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Resolución 008 de 2022 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
03/03/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 008 DE 2022

 

(Marzo 03)


Dejada sin efectos por el art. 3°, Resolución 008 de 2023

 

Por medio de la cual se conforma el Consejo Distrital de Juventud de la ciudad de Bogotá Distrito Capital

 

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en los artículos 4 y 21 de la Ley 1885 de 2018 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la participación de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud está prevista en el artículo 45 de la Constitución.

 

Que en cumplimiento de las obligaciones contenidas en el artículo 45 de la Constitución Política, el Estado mediante la Ley Estatutaria 1622 de 2013, "Por medio de la cual se expide el estatuto de ciudadanía juvenil y se dictan otras disposiciones", modificada por la Ley 1885 de 2018 “Por la cual se modifica la Ley estatutaria 1622 de 2013 y se dictan otras disposiciones”, estableció el marco institucional para garantizar el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil.

 

Que en el artículo 39 de la Ley 1622 de 2013 se definieron la estructura y composición de los Consejos Distritales y Locales de Juventud:

 

"Artículo 39. Consejos Locales y Distritales de Juventud. De conformidad con el régimen administrativo de los distritos, se conformarán Consejos Locales de Juventud, los cuales se regirán por las disposiciones para los Consejos Municipales de Juventud, contenidas en la presente ley.

 

Los Consejos Distritales de Juventud serán integrados por un (1) delegado de cada uno de los Consejos Locales de Juventud.

 

Parágrafo 1°. El Consejo Distrital de Juventud de Bogotá, D.C., será Integrado por un (1) delegado de cada uno de los Consejos Locales de Juventud"

 

Que el 5 de diciembre se eligieron 285 consejeros y consejeras de juventud por voto popular en la ciudad de Bogotá Distrito Capital.

 

Que a través de procesos concertados y autónomos se eligieron en la ciudad de Bogotá Distrito Capital 65 consejeros y consejeras de juventud para ocupar las curules especiales creadas por la ley 1885 de 2018 (curules de Víctimas del conflicto armado, curules de organizaciones campesinas, y curules étnicas).

 

Que el Articulo 40 de la Ley 1622 de 2013 establece la Obligación de los alcaldes Distritales de conformarán el Consejo Distrital de Juventud.

 

"ARTÍCULO 40. Convocatoria y Composición de los Consejos Distritales De Juventud. De conformidad con el régimen administrativo del Distrito, dentro de los treinta (30) días siguientes a la elección de los Consejos Locales de Juventud, los alcaldes de Distritos conformarán el Consejo Distrital de Juventud a razón de delegado por cada localidad o comuna según corresponda. "

 

Que mediante acción de tutela numero 2022-04 proferida por el Juzgado 64 administrativo de oralidad del circuito judicial de Bogotá de fecha, 25 de enero de 2022, cuyo accionante es Diego Alejandro Beltrán Martínez y como accionados, se encuentra la dirección de gestión electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil y otros, se resolvió suspender la posesión del concejo juvenil de Kennedy hasta tanto se acredite la respuesta clara y de fondo por parte de la directora de gestión electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejero Presidencial para la Juventud de Colombia de la petición recibida el 09 de diciembre de 2021.

 

Que mediante auto de fecha 11 de febrero de 2022 el juzgado 64 administrativo de oralidad del circuito judicial de Bogotá decidió no levantar la medida cautelar decretada y extendida mediante sentencia del (sic) fecha 25 de enero de 2022, hasta tanto se acredite la respuesta clapa y de fondo por parte de la directora de gestión electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejero Presidencial para la Juventud de Colombia de la petición elevada por el accionante.

 

Que con el fin de no dilatar en el tiempo los derechos políticos de los delegados al Consejo Distrital de Juventudes y de no desconocer el deber contenido en el artículo 40 de la Ley 1622 de 2013 de conformar el Consejo Distrital de Juventud dentro de los treinta (30) días siguientes a la elección de los consejeros, se procederá a conformar el referido espacio.

 

Que lo anteriormente expuesto se ejecutará sin perjuicio de que una vez se levante la suspensión decretada por el Juzgado 64 administrativo de oralidad del circuito judicial de Bogotá, se incluirá al Delegado Distrital de Juventudes de la localidad de Kennedy.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

Artículo 1.- Modificado por el art. 1, Resolución 033 de 2022. <El nuevo texto es el siguiente> CONFORMAR el Consejo Distrital de Juventud de la Ciudad de Bogotá Distrito Capital para el período 2022 de la siguiente manera:

 

Localidad / Comunidad / Población

Nombre y documentos de identidad.

Teusaquillo

Valentina Sánchez C.C. 1003826245

Barrios Unidos

Nicolas Cortés González C.C. 1010129756

Sumapaz

Erika Romero Pérez C.C. 1023009879

Ciudad Bolívar

Valentina Urrego Quiroga C.C. 1233508001

Puente Aranda

Juan Pablo Suárez C.C. 1007403141

Tunjuelito

Jhon Jairo Calderón Grisales C.C. 1033793667

Bosa

Donnovan Gómez González C.C. 1000242315

Chapinero

Andrés Giovanny Camelo Garzón C.C. 1000833900

Usme

Jhon Fredy Moreno Suarez C.C. 1023001390

Engativá

Alejandro Ballesteros López C.C. 1001201824

Candelaria

Daniela Cárcamo Posada C.C. 1026294454

Mártires

Angie Lorena Camberos Rodríguez C.C. 1013676747

Usaquén

Sergio Cáceres Rojas C.C. 1000698068

Suba

Miguel Ángel Clavijo C.C. 1010133985

Santa Fe

Juan Carlos Pasachova Ramírez C.C. 1000352329

San Cristóbal

Johan Moreno Jiménez C.C. 1021663789

Antonio Nariño

Jennifer Bermúdez Garrido C.C. 1013688711

Rafael Uribe Uribe

Nathalia Alexandra Acero Pérez C.C. 1013692332

Fontibón

Brenda Tatiana Bermúdez Pulido C.C. 1016067111

Kennedy

Junior Julián Martínez Silvestre C.C. 1005912122

Jóvenes Gitanos

Jefrey Jair Gómez Tovar C.C. 1015445331

Jóvenes Raizales

Tzeitel Daniela Díaz Thyme C.C. 1007624992

Jóvenes Negros

Mario Alberto Socarrás Narváez C.C. 1020840752

Jóvenes Afrocolombianos

Jael Masciel Gutiérrez C.C. 1001919957

Jóvenes Palenqueros

Mayerlis Salgado Navarro C.C. 1007874275

Organizaciones Juveniles Campesinas

Leydi Natali Tiga Tiga C.C. 1031173776

Jóvenes Indígenas

Nancy Montano Almendra C.C. 1016082785

Jóvenes Víctimas del Conflicto Armado

Andrés Felipe Dager C.C. 1005650164

Joven representante de la curul impar

Bibian Andrea Rubiano C.C. 1003671201

 

Parágrafo. - Lo anterior, sin perjuicio de incluir al delegado de la localidad de Kennedy una vez se superen los hechos mencionados en la parte motiva de la presente resolución.


El texto original era el siguiente:  

Artículo 1.- CONFORMAR el Consejo Distrital de Juventud de la ciudad de Bogotá Distrito Capital para el período 2022 de la siguiente manera: 

Localidad / Comunidad/

Población

Nombres y documento de identidad

Teusaquillo

Valentina Sánchez C.C. 1003826245

Barrios Unidos

Nicolás Cortés González C.C. 1010129756

Sumapaz

Erika Romero Pérez C.C. 1023009879

Ciudad Bolívar

Valentina Urrego Quiroga C.C. 1233508001

Puente Aranda

Juan Pablo Suárez C.C. 1007403141

Tunjuelito

Jhon Jairo Calderón Grisales C.C. 1033793667

Bosa

Donnvan Gómez González C.C. 1000242315

Chapinero

Andrés Giovanny Camelo Garzón C.C. 1000833900

Usme

Jhon Fredy Moreno Suarez C.C. 1023001390

Engativá

Alejandro Ballesteros López C.C. 1001201824

Candelaria

Daniela Cárcamo Posada C.C. 1026294454

Mártires

Angie Lorena Camberos Rodríguez C.C. 1013676747

Usaquén

Sergio Cáceres Rojas C.C. 1000698068

Suba

Miguel Ángel Clavijo C.C. 1010133985

Santa FE

Juan Carlos Pasachova Ramírez C.C. 1.000.352.329

San Cristóbal

Johan Moreno Jiménez C.C. 1021663789

Antonio Nariño

Jennifer Bermúdez Garrido C.C 1013688711

Rafael Uribe Uribe

Nathalia Alexandra Acero Pérez C.C. 1013692332

Fontibón

Brenda Tatiana Bermúdez Pulido C.C. 1016067111

Kennedy

Por definir

Jóvenes Gitanos

Jefrey Jair Gómez Tovar C.C. 1015445331

Jóvenes Raizales

Tzeitel Daniela Díaz Thyme C.C. 1007624992

Jóvenes Negros

Mario Alberto Socarrás Narváez C.C. 1020840752

Jóvenes Afrocolombianos

Jael Masciel Gutiérrez C.C.

Jóvenes Palenqueros

Mayerlis Salgado Navarro C.C. 1007874275

Organizaciones juveniles Campesinas

Leydi Natali Tiga Tiga C.C. 1031173776

Jóvenes Indígenas

Nancy Montano Almendra C.C. 1016082785

Jóvenes Víctimas del conflicto armado

Andrés Felipe Dager C.C1005650164

Joven representante de la curul impar

Bibian Andrea Rubiano C.C. 1003671201

 Parágrafo. - Lo anterior, sin perjuicio de incluir al delegado de la localidad de Kennedy una vez se superen los hechos mencionados en la parte motiva de la presente resolución.

 

Artículo 2.-. COMUNÍQUESE el contenido de la presente Resolución a través de la Secretaria Distrital de Gobierno a los interesados.

 

Articulo 3.- VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Dado en Bogotá, a los 03 días del mes de marzo del año 2022.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ