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Resolución 0066 de 2022 Secretaría Distrital de la Mujer

Fecha de Expedición:
07/03/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/03/2022
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 066 DE 2022

 

(Marzo 07)

 

Por medio de la cual se consolidan los resultados del proceso de elección del Consejo Consultivo de Mujeres y se reconocen como Consejeras de acuerdo a lo establecido en el Decreto 364 de 2021

 

LA SECRETARIA DISTRITAL DE LA MUJER

 

En uso de sus facultades legales y constitucionales, en especial las conferidas por los literales b), j) y l) del artículo 5º del Acuerdo Distrital 490 de 2012; el literal u) del artículo 5º y el literal c) del artículo 14 del Decreto Distrital 428 de 2013; el literal c) del artículo 2º del Acuerdo Distrital 434 de 2021; y los artículos 25 y 26 del Decreto Distrital 364 de 2021 y:



Ver Resoluciones 230 y 264 de 2022, Secretaría Distrital de la Mujer. 


CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Decreto Distrital 364 de 2021 “Por medio del cual se actualiza el Consejo Consultivo de Mujeres de Bogotá, se estructuran los espacios que lo componen, se define el mecanismo de coordinación de la instancia, y se dictan otras disposiciones”, estableció en el artículo 25 “CONVOCATORIA AL PROCESO DE ELECCIÓN. La Secretaría Distrital de la Mujer convocará de manera amplia a las organizaciones, grupos y redes de mujeres para hacer parte del Consejo Consultivo de Mujeres de Bogotá - Espacio Autónomo. La convocatoria a elecciones estará acompañada de un proceso de información sobre el carácter de esta instancia y sus funciones. Así como de los requisitos de inscripción de las organizaciones, grupos y redes de mujeres, quienes inscribirán a las candidatas por derechos, territorio y diferencias y diversidad. Igualmente, se incluirá el procedimiento para la elección”; y en el artículo 26 se definió el proceso de designación y elección de las integrantes a cargo de la Secretaría Distrital de la Mujer quien “(…) coordinará el proceso de elección, establecerá sus lineamientos y garantizará que su desarrollo sea transparente”.

 

Que en el artículo 27 de la normativa en cita, señaló que el período de la Consejera Consultiva es de tres (3) años, contados a partir de su posesión. Así mismo, se indicó que aquellas “(…) consejeras consultivas que aspiren a continuar en un segundo período (de 3 años), deberán en todo caso postularse como candidatas durante el proceso de elección de un nuevo Espacio Autónomo y ser elegidas”, sin que sea posible ejercer por parte de las consejeras consultivas su carácter de representante en el Espacio Autónomo por más de dos periodos consecutivos, es decir, no podrán sobrepasar los seis (6) años. 

 

Que la Secretaría Distrital de la Mujer, a través de la Resolución No. 0599 de 5 de noviembre de 2021, “Por medio de la cual se adopta el proceso de elección del Consejo Consultivo de Mujeres de Bogotá D.C Espacio Autónomo para el período 2021 - 2024”, fijó el proceso para la elección de las integrantes, las representaciones a elegir, las fases del proceso, los requisitos correspondientes a las inscripciones de candidatas y votantes, y el cronograma general del proceso, entre otros aspectos.

 

Que la Secretaría Distrital de la Mujer, a través de la Resolución No. 681 de 2021 “Por medio de la cual se fija un nuevo cronograma para ampliar la participación en el proceso establecido en la Resolución 0599 de 2021, a través de la cual se determinó el proceso de elección del Consejo Consultivo de Mujeres de Bogotá D.C Espacio Autónomo para el período 2021-2024”, amplió las fechas para las inscripciones de organizaciones de mujeres interesadas a participar en el proceso eleccionario estipulando en el artículo 2 el “Cronograma general del proceso de elección para las representaciones señaladas en el artículo anterior”. 

 

Que la Resolución 681 de 2021 fue modificada por medio de la Resolución 686 de 2021 “Por medio de la cual se modifica el artículo 2o de la Resolución 681 del 10 de diciembre de 2021”, especificando que la fecha correcta de ampliación de la fase de Convocatoria, información y divulgación y del plazo para cargar los documentos exigidos como requisitos para la inscripción correspondía a la divulgada en el proyecto de Resolución publicado en LegalBog, esto es el 27 de diciembre de 2021, término que se consideró apropiado por la Subsecretaría del Cuidado y Políticas de Igualdad para asegurar la participación de la ciudadanía.

 

Que durante los días del 19 al 21 de enero de 2022, en cumplimiento del artículo 2 de la Resolución 686 de 2021, la Subsecretaría del Cuidado y Políticas de Igualdad verificó el cumplimiento de cada uno de los requisitos establecidos para las organizaciones formales e informales de mujeres y mixtas, que se inscribieron como votantes o que inscribieron candidatas. 

 

Que, en cumplimiento del artículo 2 de la Resolución 686 de 2021, el 24 de enero de 2021 se publicaron en la página web de la Secretaría Distrital de la Mujer los listados de organizaciones que cumplieron los requisitos y de las organizaciones que debían subsanar requisitos. 

 

Que, en cumplimiento del artículo 2 de la Resolución 686 de 2021, el 31 de enero de 2022 se publicó en la página web de la Secretaría Distrital de la Mujer, el listado parcial de las organizaciones y candidatas que cumplen los requisitos y que quedan habilitadas para participar en las Asambleas.

 

Que el día 7 de febrero de 2022 se publicó en la página web de la Secretaría Distrital de la Mujer, el listado definitivo de las organizaciones habilitadas para votar y de las candidatas habilitadas para participar en el proceso de elección, teniendo en cuenta que no se recibieron observaciones a los listados parciales, de acuerdo con el artículo 2 de la Resolución 686 de 2021. 

 

Que la Subsecretaría del Cuidado y Políticas de Igualdad, certificó el día 7 de febrero de 2022 que catorce (14) representaciones cumplían con el requisito estipulado en el parágrafo 4 del artículo 22 de la resolución 0599 del 5 de noviembre del 2021, el cual indica “La Secretaría Distrital de la Mujer a través de la Subsecretaría de Políticas de Igualdad garantizará que las asambleas se realicen con un amplio número de organizaciones y candidatas. En todo caso, no se realizarán asambleas con una única candidata y el mínimo de candidatas para llevar a cabo las asambleas será de dos (2) candidatas”, así:

 

Por Territorio:

 

- Localidad de Santa Fe con cinco (5) organizaciones y dos (2) candidatas.

 

- Localidad de Bosa con dieciséis (16) organizaciones y dos (2) candidatas.

 

- Localidad de Kennedy con cinco (5) organizaciones y cuatro (4) candidatas.

 

- Localidad de Antonio Nariño con tres (3) organizaciones y cuatro (4) candidatas.

 

Por Derecho:

 

- Una vida libre de violencias con seis (6) organizaciones y tres (3) candidatas.

 

- Participación y representación con equidad con ocho (8) organizaciones y tres (3) candidatas.

 

- Cultura y comunicación libre de sexismos con tres (3) organizaciones y tres (3) candidatas.

 

- Educación con equidad con seis (6) organizaciones y tres (3) candidatas.

 

Por Diferencias y Diversidad:

 

- Representante por orientación sexual (lesbianas y bisexuales) con cinco (5) organizaciones y dos (2) candidatas.

 

- Mujeres transgeneristas con doce (12) organizaciones y dos (2) candidatas.

 

- Mujeres en actividades sexuales pagadas con tres (3) organizaciones y dos (2) candidatas.

 

- Mujeres víctimas de violencia sociopolítica con cinco (5) organizaciones y dos (2) candidatas.

 

- Representante de los derechos de las mujeres privadas de la libertad con tres (3) organizaciones y tres (3) candidatas.

 

- Mujeres víctimas del desplazamiento forzado por la violencia con tres (3) organizaciones y tres (3) candidatas. 

 

Que acorde al cronograma establecido para adelantar la elección del Consejo  Consultivo de Mujeres, del artículo 2 de la Resolución 686 de 2021, la Secretaría Distrital de la Mujer realizó catorce (14) Asambleas de Elección los días 14, 15, 16, 17, 18 y 21 de febrero de 2022, con la participación de las organizaciones candidatas y/o votantes debidamente inscritas y habilitadas, garantizando el ejercicio democrático y de participación activa de las mujeres, encaminada a la consolidación e implementación de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género, fortaleciendo los procesos de representación e incidencia en los asuntos que se relacionan con esta Política. Esto consta en las actas respectivas de cada asamblea, publicadas el día 25 de febrero de 2022 en la página web de la entidad, las cuales hacen parte integral del presente acto administrativo[1]

 

Que para la representación de mujeres Rrom, el día 12 de febrero de 2022 se remitió a la Secretaría Distrital de la Mujer la delegación de Juanita Melissa Gómez Cerón por parte del Proceso Organizativo del Pueblo Rom Gitano de Colombia ProRom, la cual hace parte integral del presente acto administrativo

 

Que para la representación de mujeres indígenas el día 22 de febrero de 2022 se remitió la delegación de Jimena Telpiz Fuelagan por parte de la Consejería Distrital de Mujeres Indígenas, la cual hace parte integral del presente acto administrativo

 

Que de acuerdo a los considerandos de la Resolución 0599 de 2021, se garantiza la representatividad en el Consejo Consultivo de Mujeres de las comunidades indígenas y Rrom, de acuerdo a lo siguiente:

 

“Que el artículo 2 de la Constitución Política de Colombia señala que es un fin esencial del Estado “facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación”.

 

Que el artículo 13 de la Constitución Política de 1991 establece que "El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados".

 

Que la Constitución Política de 1991 establece en el artículo 103 que: "El Estado contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales, sin detrimento de su autonomía con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública que se establezcan".

 

Que mediante el Acuerdo Distrital 490 de 2012 “Por el cual se crean el Sector Administrativo de Mujeres y la Secretaría Distrital de la Mujer y se expiden otras disposiciones el literal j del artículo 5°, dispone que: “(…) la Secretaría Distrital de la Mujer debe Promover y facilitar la participación de las ciudadanas para la toma de decisiones y el fortalecimiento del control social de la gestión pública en los asuntos de su competencia, en las diferentes instancias de concertación de políticas, planes y programas (...)”.

 

De acuerdo a lo expresado anteriormente y reconociendo la autonomía de los grupos étnicos residentes en Bogotá D.C., con fundamento en la Constitución Política de Colombia y el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Subsecretaría del Cuidado y Políticas de Igualdad mediante documento emitido el día 7 de marzo de 2022, validó la delegación  recibida por parte del Proceso Organizativo del Pueblo Rom Gitano de Colombia ProRom y de la Consejería Distrital de Mujeres Indígenas, que hacen parten integral de este acto administrativo. 

 

Que de acuerdo al artículo 5 del Decreto 364 de 2021, define como integrante del Consejo Consultivo de Mujeres de Bogotá Espacio Autónomo, como representante de las mujeres en su Diferencias y Diversidad, a una representante de las organizaciones de mujeres en el Consejo Territorial de Planeación Distrital, la cual no es  sujeta de elección, puesto que  por obligación  hace parte de la instancia mencionada anteriormente, por lo tanto es importante indicar que  el día 7 de febrero de 2022, la Secretaría Distrital de la Mujer recibió el acta de plenaria permanente definida por el Consejo Distrital de Planeación Distrital CTPD, en la cual “(…)se ratifica la delegada al Consejo Consultivo de Mujeres Alexandra Useche Cuervo” la mencionada acta hace parte integral de este acto administrativo. 

 

Que de acuerdo al artículo 2 de la resolución 686 de 2021, el día 25 de febrero de 2022, se recibieron observaciones por parte de una candidata sobre el Acta correspondiente a la Asamblea de la Localidad de Santa Fe, realizada el 21 día de febrero de 2022. Las observaciones estuvieron relacionadas con ajustes en el número de identificación de la candidata. De acuerdo con esas observaciones y a partir de las verificaciones realizadas en los registros de asistencia de la asamblea, se modificó el número de identificación de la candidata Vietnam Rafaela Pereira Poveda en el acta correspondiente. 

 

Que como resultado de las observaciones recibidas, se identificó que ninguna de ellas se relacionaba directamente con los resultados de las Asambleas realizadas para el proceso eleccionario, por lo cual se  consolidaron los resultados de las votaciones, de conformidad con las Actas de Escrutinio Generales de Votaciones para la Elección de las catorce (14) Consejeras Consultivas de las representaciones mencionadas anteriormente, y que de acuerdo al artículo 2 de la Resolución 686 de 2021, se publicaron  en la página web de la entidad las listas definitivas el día 3 de marzo de 2022.  

 

Que de acuerdo con el parágrafo 3 del artículo 26 del Decreto 364 de 2021 “(…) ante la ausencia definitiva de cualquiera de las representantes del Espacio Autónomo, será asumida por la segunda en votación, quien tendrá voz y voto y cumplirá el período restante. En el caso de no presentarse una segunda en votación se definirá conforme al reglamento interno del Espacio Autónomo”. 

 

Que en mérito de lo expuesto,

   

RESUELVE:

 

Artículo 1. Consejeras Consultivas de Mujeres Electas. De conformidad con los resultados del proceso de elección contenidos en las Actas de Escrutinios Generales de Votaciones y los listados de asistencia, para la Elección de las catorce (14) Consejeras Consultivas, de fechas 14, 15, 16, 17, 18 y 21 de febrero de 2022, las Consejeras Consultivas que resultaron elegidas en las diversas representaciones son las siguientes:

 

Nombre de la Organización

Nombre de la Consejera Consultiva

Número de Cédula

Representación

Colectivo 25/11

Vietnam Rafaela Pereira Poveda

52.262.868

Localidad de Santa Fe

Colectivo Alicia Perilla Murillo

Erlika Murillejo

Gaona

1.099.202.199

Localidad de Bosa

Corporación Centro de Promoción y Cultura

Martha Claudia Tovar

39.757.223

 Localidad de Kennedy

COLMYG de Antonio

Nariño

Luz Marina Quiroga Tavera

52.140.513

Localidad de Antonio Nariño

Corporación Centro de Promoción y Cultura

Marlen Muñoz Muñoz

24.218.274

Una vida libre de violencias

Corporación Tiempo de Mujeres Colombia

Astrid Daza Gómez

52.763.057

Participación y

representación con equidad

Corporación Colombiana de Teatro

Ana Julieta Barbosa Rojas

51.594.596

Cultura y comunicación libre de sexismos

Red de docentes para la equidad de género

Gloria María

Bermúdez Barrera

52994791

Educación con equidad

Colectiva Feminista Gordas sin Chaqueta

July Tatiana Rosero Triana

1.015.432.749

Representante por orientación sexual (lesbianas y bisexuales)

ORÍGENES Organización

Social de Mujeres étnicas Afrodescendientes

Linda Sofía Baquero Fernández De Castro

7.570.812

Mujeres Transgeneristas

Asociación Mujer, Derecho y Trabajo (MUDET)

Elvia Marsela Santos

Amaya

52.271.284

Mujeres en actividades sexuales pagadas

Asociación Mujeres del Río

Luz Yaneth Suarez

51.598.707

Mujeres víctimas de violencia sociopolítica

Organización

FASOFAMIPREC

Lilia Quintero Murillo

60.287.516

Representante de los derechos de las mujeres privadas de la libertad

Fundación Grupo Distrital de Seguimiento e Incidencia al Auto 092. 

María Yolanda

Guzmán González

51.745.350

Mujeres víctimas del desplazamiento forzado por la violencia

  

Parágrafo:  El período es de tres (3) años para el cual fue elegida la consejera consultiva, se contará a partir de la fecha de su posesión.  

 

Artículo 2. Consejeras Consultivas de Mujeres Delegadas. De conformidad con las delegaciones efectuadas por parte del Proceso Organizativo del Pueblo Rom Gitano de Colombia ProRom, la Consejería Distrital de Mujeres Indígenas y el Consejo Distrital de Planeación Distrital, y avaladas por la Subsecretaría del Cuidado y Políticas de Igualdad, se realizó la delegación para las representaciones de mujeres indígenas, mujeres Rrom y representante de las organizaciones de mujeres en el Consejo Territorial de Planeación Distrital, son las siguientes:

 

Nombre de la Organización

Nombre de la Consejera Consultiva

Número de Cédula

Representación

Proceso Organizativo del

Pueblo Rom Gitano de

Colombia ProRom

Juanita Melissa

Gómez Cerón

1.015.484.581

Mujeres Rrom

Consejería Distrital de Mujeres Indígenas

Jimena Telpiz Fuelagan

1.032.362.672

Mujeres Indígenas

Consejo Distrital de Planeación Distrital

Alexandra Useche Cuervo

52.343.426

Representante de las organizaciones de mujeres en el Consejo Territorial de Planeación Distrital

 

Parágrafo:  El período es de tres (3) años para el cual fue elegida la consejera consultiva, se contará a partir de la fecha de su posesión.  

 

Artículo 3. Acto de reconocimiento de las Consejeras Consultivas Electas. El reconocimiento formal a las Mujeres Consejeras Consultivas elegidas, se realizará el 8 de marzo de 2022.

 

Artículo 4. Publicación. Publicar el presente acto administrativo, en la página web de esta Secretaría, en el link “Transparencia y Acceso a la información Pública”, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 4º del Decreto Nacional No. 103 de 2015[2], y en el sitio habilitado para el proceso de elección 2022. 

 

Artículo 5. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 07 días del mes de marzo del año 2022.

 

DIANA RODRÍGUEZ FRANCO

 

SECRETARIA DISTRITAL DE LA MUJER

 

NOTAS AL PIE DE PÁGINA:

[1] https://www.sdmujer.gov.co/las-mujeres-en-bogota/elecciones-consejo-consultivo-de-mujeres-2022_

[2] Compilado en el Decreto Único Reglamentario 1081 de 2015