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Acuerdo 002 de 2022 Caja de Vivienda Popular

Fecha de Expedición:
17/08/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/09/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7528 del 12 de septiembre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 002 DE 2022

 

(Agosto 17)

 

Por medio del cual se modifica la estructura organizacional de La Caja de la Vivienda Popular

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR,

 

En ejercicio de las facultades que le confiere los Acuerdos 20 de 1942, 15 de 1959, artículo 59 del Decreto 1421 de 1993, el literal c) del artículo 14 del Acuerdo 003 de 2008, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el parágrafo del artículo 93 de la Ley 1952[1] de 2019, cuya entrada en vigencia fue prorrogada hasta el 29 de marzo de 2022 por el artículo 265 de la Ley 2094 de 2021, establece:

 

“Se entiende por oficina del más alto nivel la conformada por servidores mínimo del nivel profesional de la administración. El jefe de la Oficina de Control Disciplinario Interno, quien deberá ser abogado, pertenecerá al nivel directivo de la entidad”

 

Que la Secretaría Jurídica Distrital, con base en lo dispuesto por el numeral del artículo 3º del Decreto Distrital 323 de 2016, modificado parcialmente por el artículo del Decreto Distrital 798 de 2019, expidió la Circular No. 034 de 2020, a través de la cual dispuso:

 

“(…) y en aras de impartir los lineamientos a las Secretarías, Subsecretarías y Direcciones, mantener la unidad de criterio jurídico, y con miras a prevenir el daño antijurídico en las entidades y organismos distritales; recalca la obligación de crear una unidad u oficina que tenga a su cargo los procesos disciplinarios al interior de las entidades u organismos del estado, a efecto de preservar su autonomía e independencia y el principio de la doble instancia (…)”

 

Que mediante Acuerdo del Consejo Directivo No. 012 del 16 de diciembre de 2016, modificado por los Acuerdos 05 de 2019 y 08 de 2020, se establece la estructura organizacional así: 

 

1. DESPACHO DEL DIRECTOR

 

1.1. Oficina Asesora de Planeación

 

1.2. Oficina Asesora de Comunicaciones

 

1.3. Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

 

2. DIRECCIÓN DE REASENTAMIENTOS 

 

3. DIRECCIÓN DE URBANIZACIONES Y TITULACIÓN

 

4. DIRECCIÓN DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA

 

5. DIRECCIÓN DE MEJORAMIENTO DE BARRIOS

 

6. DIRECCIÓN JURÍDICA

 

7. DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA y CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO

 

7.1. Subdirección Administrativa

 

7.2. Subdirección Financiera

 

Que la Ley 2094 de 2021[2], en su artículo 3, modificó el artículo 12 de la Ley 1952 de 2019, en el que se estableció que los sujetos disciplinables, deben ser investigados y juzgados por funcionarios diferentes e independientes:

 

“ARTÍCULO  3. Modificase el Artículo 12 de la Ley 1952 de 2019, el cual quedará así:

 

ARTÍCULO 12. Debido proceso. El disciplinable deberá ser investigado y luego juzgado por funcionario diferente, independiente, imparcial y autónomo que sea competente, quienes deberán actuar con observancia formal y material de las normas que determinen la ritualidad del proceso, en los términos de este código y dándole prevalencia a lo sustancial sobre lo formal”.

 

Que para dar cumplimiento a la norma citada, es necesario dividir la primera instancia del proceso disciplinario en etapa de instrucción y etapa de juzgamiento Que como consecuencia de lo anterior se hace necesario modificar las funciones de la Dirección General, la Dirección Jurídica y de la Dirección de Gestión Corporativa y CID y además, crear la Oficina de Control Disciplinario Interno con el cargo de Jefe de Oficina.

 

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio radicado No. 2-2022-2105 fechado el 25 de julio de 2022, emitió concepto técnico favorable para la modificación de la estructura organizacional y las funciones de las dependencias de la Dirección General, la Dirección de Gestión Corporativa y CID, la Dirección Jurídica y la creación de los cargos de Jefe de Oficina Código 06 Grado 01 y Asesor Código 105 Grado 01.

 

Que la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto de viabilidad presupuestal según radicado 2022EE367042O1 del 17 de agosto de 2022 conforme a lo dispuesto en la Circular Conjunta Externa No. 05 de 2021 del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y la Secretaria Distrital de Hacienda, únicamente respecto a la creación del cargo de Jefe de Oficina de Control Disciplinario Interno Código 006 Grado 01.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1. Creación de la Oficina de Control Disciplinario Interno. Créase la Oficina de Control Disciplinario Interno en la estructura organizacional de la Caja de la Vivienda Popular dependiente del Despacho del Director.

 

Artículo 2. Estructura Organizacional de la Caja de la Vivienda Popular. Como consecuencia de lo anterior, se modifica el Artículo del Acuerdo 4 de 2008, modificado por el Artículo 1º del Acuerdo 12 de 2016 del Consejo Directivo, el cual quedará así:

 

“Artículo 1º. Estructura Organizacional. La estructura organizacional de la Caja de la Vivienda Popular estará conformada como a continuación se indica:

 

1. Dirección General

 

1.1. Oficina Asesora de Planeación

 

1.2. Oficina Asesora de Comunicaciones

 

1.3. Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

 

1.4. Oficina de Control Disciplinario Interno

 

2. Dirección de Reasentamientos

 

3. Dirección de Urbanizaciones y Titulación

 

4. Dirección de Mejoramiento de Vivienda

 

5. Dirección de Mejoramiento de Barrios

 

6. Dirección Jurídica

 

7. Dirección de Gestión Corporativa

 

7.1. Subdirección Administrativa

 

7.2. Subdirección Financiera”

 

Artículo 3. Funciones Dirección General. Son funciones de la Dirección General:

 

1. Dirigir el desarrollo y realización de las funciones técnicas, financieras, sociales, legales y administrativas de la Caja de la Vivienda Popular

 

2. Ejecutar y adoptar los planes, programas y proyectos, referentes a la vivienda de interés social en particular lo relativo al reasentamiento por Alto Riesgo No Mitigable, la titulación predial, el Mejoramiento de Vivienda, el Mejoramiento Integral de Barrios.

 

3. Llevar la representación legal de la Caja de la Vivienda Popular.

 

4. Expedir los actos administrativos y celebrar de acuerdo a su competencia, los contratos que sean necesarios para el cabal cumplimiento de las funciones de la Caja de la Vivienda Popular.

 

5. Dirigir las políticas relacionadas con el talento humano de los funcionarios de la Caja de la Vivienda Popular de acuerdo con las disposiciones vigentes.

 

6. Establecer y mantener el Sistema de Control Interno, el cual debe ser adecuado a la naturaleza, estructura y misión de la Caja de la Vivienda Popular.

 

7. Dirigir la formulación del Plan Indicativo de Gestión de la entidad.

 

8. Distribuir los empleos de la Planta Global de la Caja de la Vivienda Popular de acuerdo con su naturaleza y responsabilidades, fundada en razón de las necesidades del servicio o de la modernización de la Administración.

 

9. Asignar y distribuir las funciones entre los funcionarios de la Caja de la Vivienda Popular, para el cumplimiento de la misión institucional.

 

10. Crear y conformar con carácter permanente o transitorio grupos internos de trabajo y comités, teniendo en cuenta las necesidades del servicio y los planes, proyectos y programas trazados por la entidad.

 

11. Proponer al Consejo Directivo la creación, supresión o modificación de cargos, la asignación salarial y prima técnica de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

 

12. Someter a consideración del Consejo Directivo el proyecto de presupuesto anual de la Caja de la Vivienda Popular, así como las modificaciones presupuéstales que garanticen la ejecución normal de los planes y proyectos de la misma, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

 

13. Conocer y decidir en segunda instancia los procesos disciplinarios que se adelanten en contra de los/as servidores/as y ex servidores/as del organismo, de conformidad con el Código General Disciplinario o aquella norma que lo modifique o sustituya y las demás disposiciones vigentes sobre la materia.

 

14. Expedir los actos administrativos mediante los cuales se resuelva las solicitudes de reconocimiento de edificaciones de viviendas de interés social ubicadas en asentamientos legalizados urbanística y las licencias urbanísticas de construcción, así como aprobación otras actuaciones en las zonas o áreas que hayan sido objeto de legalización urbanística y en las cuales se adelanten planes, programas, proyectos o políticas de mejoramiento de condiciones de habitabilidad de las viviendas de interés social formulados por la Secretaría Distrital del Hábitat.

 

15. Adoptar los manuales específicos de funciones y competencias laborales, y el de procesos y procedimientos, así como los instructivos, formatos, reglamentos operativos y/o procedimientos internos que permitan el correcto funcionamiento y cumplimiento de la misión de la entidad.

 

Artículo 4. Funciones Oficina Control Disciplinario Interno. Son funciones de la Oficina de Control Disciplinario Interno:

 

1. Adelantar en primera instancia la etapa de instrucción hasta la notificación del pliego de cargos o la decisión de archivo de los procesos disciplinarios contra los (las) servidores (as) y ex servidores (as) públicos(as) de la entidad u organismo, de conformidad con el Código General Disciplinario o aquella norma que lo modifique o sustituya y las demás disposiciones vigentes sobre la materia.

 

2. Mantener actualizada la información de los procesos disciplinarios en etapa de instrucción de la Caja de la Vivienda Popular, en el Sistema de Información Disciplinaria Distrital o el que haga sus veces, en el Sistema de Actos Procesales de la Personería de Bogotá OCDI y fijar procedimientos operativos disciplinarios en esta etapa, acorde con las pautas señaladas por la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

3. Orientar y capacitar a los servidores (as) públicos (as) de la entidad en la prevención de acciones disciplinarias en aplicación de las políticas que en materia disciplinaria se expidan por parte de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

4. Surtir el proceso de notificación y/o comunicación y organización documental de los expedientes disciplinarios en los términos y forma establecida en la normatividad disciplinaria vigente.

 

5. Efectuar el seguimiento a la ejecución de las sanciones que se impongan a los servidores(as) y ex servidores (as) públicos (as) de la entidad, de manera oportuna y eficaz, de acuerdo con el reporte que realice la dependencia que tenga a cargo la etapa de juzgamiento.

 

6. Atender las peticiones y requerimientos relacionados con asuntos de su competencia, de manera oportuna y eficaz.

 

7. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.”

 

Artículo 5. Funciones Dirección de Gestión Corporativa. Modificado por el Art. 1°. Acuerdo 006 de 2023. <El texto modificado es el siguiente Son funciones de la Dirección de Gestión Corporativa:

 

1. Dirigir las actividades administrativas y financieras de las Dependencias de la Caja de la Vivienda Popular.

 

2. Dirigir la implementación y aplicación de las normas que regulan y controlan el sistema presupuestal, de tesorería, de cartera y contable de la Entidad.

 

3. Adoptar los instructivos, metodologías e instrumentos que permitan garantizar que los procesos contables, la elaboración y presentación de estados financieros e informes de la Entidad, se hagan de conformidad con las normas que regulan la materia y en forma tal que faciliten las tareas a cargo de las autoridades hacendarías, de planeación y de los organismos de control.

 

4. Asesorar a la Dirección General en la formulación de políticas, planes y programas tendientes a garantizar que el recurso humano al servicio de la Entidad cuente con las condiciones en materia de capacitación, dotación, bienestar, incentivos al buen desempeño y salud ocupacional que le permita contribuir de manera eficaz al cumplimiento de las funciones de la Entidad y al logro de los objetivos definidos en el Plan Estratégico de la Entidad.

 

5. Dirigir y coordinar la elaboración del Plan Anual de Adquisición de Bienes y Servicios, de acuerdo con las necesidades de la Entidad.

 

6. Dirigir y coordinar la consolidación del Programa Anual y Mensualizado de Caja (PAC), de la vigencia y de las reservas presupuestales constituidas para su presentación a la Tesorería Distrital.

 

7. Diseñar los esquemas y alternativas financieras para los diferentes proyectos que adelante la Entidad en cumplimiento de su misión institucional.

 

8. Coordinar con la Oficina Asesora de Planeación y las demás Dependencias, la elaboración del anteproyecto de presupuesto de la Entidad.

 

9. Diseñar políticas para el desarrollo de estrategias de racionalización del gasto en la Entidad y velar por su efectiva aplicación.

 

10. Adoptar las políticas en materia de producción y n, manejo documental en la entidad y de administración del archivo, de acuerdo con las políticas definidas por el Archivo General y Distrital.

 

11. Implementar el Control Interno Contable asociado a los procesos bajo su responsabilidad, así como en el Sistema de Información Financiera de la Entidad, de acuerdo con las normas que regulan la materia.

 

12. Dirigir la prestación de servicios generales y suministro de bienes para el funcionamiento de la Caja de la Vivienda Popular, así como la administración de los bienes muebles e inmuebles y, el manejo del programa de correspondencia.

 

13. Coordinar la implementación de la política integral de servicio al ciudadano.


El texto original era el siguiente:

Son funciones de la Dirección de Gestión Corporativa:

1. Dirigir las actividades administrativas y financieras de las dependencias de la Caja de la Vivienda Popular.

2. Dirigir la implementación y aplicación de las normas que regulan y controlan el sistema presupuestal, de tesorería, de cartera y contable de la Entidad.

 3. Adoptar los instructivos, metodologías e instrumentos que permitan garantizar que los procesos contables, la elaboración y presentación de estados financieros e informes de la entidad se hagan de conformidad con las normas que regulan la materia y en forma tal que faciliten las tareas a cargo de las autoridades hacendarias, de planeación y de los organismos de control.

 4. Asesorar a la Dirección General en la formulación de políticas, planes y programas tendientes a garantizar que el recurso humano al servicio de la entidad cuente con las condiciones en materia de capacitación, dotación, bienestar, incentivos al buen desempeño y salud ocupacional que le permita contribuir de manera eficaz al cumplimiento de las funciones de la entidad y al logro de los objetivos definidos en el Plan Estratégico de la entidad.

5. Dirigir y coordinar la elaboración y ejecución del Plan Anual de Compras, de acuerdo con las necesidades de la entidad.

 6. Dirigir y coordinar la consolidación del Programa Anual y Mensualizado de Caja (PAC) de la vigencia y de las reservas presupuestales constituidas para su presentación a la Tesorería Distrital.

 7. Diseñar los esquemas y alternativas financieras para los diferentes proyectos que adelante la entidad en cumplimiento de su misión institucional.

8. Coordinar con la Oficina Asesora de Planeación y las demás dependencias la elaboración del anteproyecto de presupuesto de la entidad.

9. Diseñar políticas para el desarrollo de estrategias de racionalización del gasto en la entidad y velar por su efectiva aplicación.

10. Adoptar las políticas en materia de producción y manejo documental en la entidad y de administración del archivo, de acuerdo con las políticas definidas por el Archivo General y Distrital.

 11. Implementar el Control Interno Contable asociado a los procesos bajo su responsabilidad, así como en el Sistema de Información Financiera de la entidad, de acuerdo con las normas que regulan la materia.

12. Dirigir la prestación de servicios generales y suministro de bienes para el funcionamiento de la Caja de la Vivienda Popular, así como la administración de los bienes muebles e inmuebles y el manejo del programa de correspondencia.

 13. Apoyar y asesorar la etapa precontractual de la entidad en aquellos proyectos y procesos que no sean propios de la Dirección de Gestión Corporativa.

 14. Dirigir toda la actividad contractual y post contractual de la entidad.

 15. Elaborar y revisar los contratos y convenios a celebrar por parte de la entidad.

 16. Proyectar para la firma del ordenador del gasto los actos administrativos relativos a la contratación, así como caducidades multas liquidaciones, modificaciones e interpretaciones unilaterales y demás necesarias en la ejecución contractual.

 17. Coordinar la implementación de la política integral de servicio al ciudadano.

 

Artículo 6. Funciones Dirección Jurídica.   Modificado por el Art. 2°. Acuerdo 006 de 2023. <El texto modificado es el siguiente>  Son funciones de la Dirección Jurídica:


1. Asesorar a la Dirección General en los asuntos legales relacionados con el funcionamiento y misión de la Entidad.

 

2. Hacer seguimiento y formular observaciones, cuando haya lugar, a los proyectos de ley, Acuerdos, Decretos, u otra normativa relacionada con temas de competencia de la Caja de la Vivienda Popular, en coordinación con las Dependencias de la Entidad.

 

3. Establecer, evaluar y aplicar las directrices para el desarrollo normativo que le corresponde a la Caja de la Vivienda Popular.

 

4. Unificar, recopilar y estandarizar conceptos relevantes sobre las diferentes normas relacionadas con los asuntos de competencia de la Entidad.

 

5. Revisar y acompañar jurídicamente la ejecución de los programas y proyectos que adelante la Entidad en cumplimiento de su objeto.

 

6. Emitir conceptos en los asuntos legales encomendados por la Dirección General, o requeridos por las diferentes Dependencias de la Entidad.

 

7. Responder las consultas jurídicas que formulen los particulares sobre la interpretación y aplicación general de las normas, respecto de los asuntos que son competencia de la Entidad.

 

8. Participar en procesos de capacitación sobre las normas que, en materia de mejoramiento integral de barrios, reasentamiento de hogares, titulación de predios y mejoramiento de vivienda, así como en los asuntos jurídicos propios del objeto y las funciones de la Entidad.

 

9. Elaborar o revisar, según sea el caso, los proyectos de Acto Administrativo que se deban expedir por parte de la Dirección General o hayan de someterse a consideración del Consejo Directivo de la Entidad.

 

10. Tramitar y notificar los Actos Administrativos proferidos por la Entidad, así como su publicación y/o comunicación según sea el caso En los términos legalmente establecidos y reglamentarios.

 

11. Representar Legalmente a la Caja de la Vivienda Popular, con las facultades que para ello le conceda la Ley y/o normatividad vigente, en asuntos judiciales y extrajudiciales, ejerciendo la defensa de los intereses de la Entidad en los procesos y litigios que esta adelante o en los cuales haga parte.

 

12. Adelantar el seguimiento a la ejecución del Plan Anual de Adquisición de Bienes y Servicios de la Entidad.

 

13. Desarrollar la etapa precontractual de acuerdo con lo establecido en el plan anual de adquisiciones.

 

14. Ejecutar toda la actividad contractual y post contractual de la Entidad con el apoyo técnico de las Dependencias de la Entidad.

 

15. Elaborar los contratos, convenios y demás actos jurídicos de naturaleza contractual a celebrar por parte de la Entidad.

 

16. Convocar al Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Entidad, ejerciendo la Secretaría Técnica del mismo.

 

17. Adelantar el control de legalidad de los Actos Administrativos de la Caja de la Vivienda Popular y realizar el trámite pertinente ante las instancias competentes.

 

18. Adelantar la etapa de juzgamiento en primera instancia de los procesos disciplinarios contra los/as servidores/as y ex servidores/as de la Entidad, de conformidad con el Código General Disciplinario o aquella norma que lo modifique, adicione o sustituya, así como las demás disposiciones vigentes sobre la materia.

 

19. Surtir el proceso de notificación y/o comunicación, así como la organización documental de los expedientes disciplinarios en la etapa de juzgamiento en los términos y forma establecida en la normatividad disciplinaria vigente.


El texto original era el siguiente:

1. Realizar los asuntos legales relacionados con el funcionamiento de la Entidad.

 2. Hacer seguimiento y formular observaciones, cuando haya lugar, a los proyectos de ley, acuerdos, decretos, u otra normativa relacionada con temas de competencia de la Caja de la Vivienda Popular, en coordinación con las dependencias.

 3. Establecer, evaluar y aplicar directrices para el desarrollo normativo que le corresponde a la Caja de la Vivienda Popular y unificar, recopilar y estandarizar conceptos relevantes sobre las diferentes normas relacionadas con los asuntos de competencia de la Entidad.

4. Garantizar la certeza jurídica en la ejecución de los programas y proyectos que adelante la Entidad en cumplimiento de su objeto.

5. Emitir los conceptos en los asuntos legales encomendados por la Dirección General, o requeridos por las diferentes dependencias de la Entidad.

6. Resolver las consultas jurídicas que formulen los particulares sobre la interpretación y aplicación general de las normas, respecto a los asuntos de competencia de la entidad.

7. Participar en procesos de capacitación sobre las normas que en materia de mejoramiento integral de barrios, reasentamiento de hogares, titulación de predios y mejoramiento de vivienda y en los asuntos jurídicos propios del objeto y las funciones de la entidad.

8. Elaborar los proyectos de normas y actos administrativos que se deban expedir por la Dirección General o hayan de someterse a consideración del Consejo Directivo.

9. Adelantar el control legal de los actos administrativos de la Caja de la Vivienda Popular y realizar el trámite pertinente ante las instancias competentes.

10. Dar el trámite y notificar en los términos legales y reglamentarios los Actos Administrativos proferidos por la Entidad y difundirlos según sea el caso.

11. Adelantar la defensa de los intereses de la Caja de la Vivienda Popular en los procesos y litigios en que hace parte la misma.

12. Convocar al Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Entidad a través de la Secretaría técnica del mismo.

13. Adelantar la etapa de juzgamiento en primera instancia de los procesos disciplinarios contra los/ as servidores/as y ex servidores/as de la entidad u organismo, de conformidad con el Código General Disciplinario o aquella norma que lo modifique o sustituya y las demás disposiciones vigentes sobre la materia.

14. Surtir el proceso de notificación y/o comunicación y organización documental de los expedientes disciplinarios en la etapa de juzgamiento en los términos y forma establecida en la normatividad disciplinaria vigente.

  

Artículo 7. Comunicación. Comunicar el contenido del presente Acuerdo al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y Secretaría Distrital de Hacienda

 

Artículo 8. El presente Acuerdo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y modifica todas las disposiciones que sean contrarias, en especial lo pertinente de los Acuerdos 04 de 2016 y 12 de 2016.

 

Artículo 9. Facúltese al Director General para adelantar los trámites administrativos para adoptar e implementar las modificaciones aquí aprobadas.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de agosto del año 2022.

 

NADYA MILENA RANGEL RADA

 

Presidenta

 

MARÍA MERCEDES MEDINA OROZCO

 

Secretaria

 

NOTAS AL PIE DE PAGINA:


[1] Por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario, se derogan la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario.

[2] Por medio de la cual se reforma la Ley 1952 de 2019 y se dictan otras disposiciones.