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Acuerdo 860 de 2022 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
21/11/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/11/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7584 del 25 de noviembre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 860 DE 2022

 

(Noviembre 22)

 

Por medio del cual se establecen los lineamientos generales del Nacimiento Humanizado y el Parto Respetado e Intercultural en el sistema de salud del Distrito y se dictan otras disposiciones

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 1 y 25 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,


Ver Proyectos de Acuerdo 020, 070 y 112 de 2022 Concejo de Bogotá, D.C.

 

ACUERDA:

 

Artículo 1. OBJETIVO. Actualizar el lineamiento del Nacimiento Humanizado en el sistema de salud de Bogotá D.C.; reconocer y promover el Parto Respetado e Intercultural, avanzando así en la garantía del bienestar físico, emocional y psicológico de las mujeres y personas con otras identidades de género en capacidad de gestar, al reconocer su protagonismo en el proceso de nacimiento (que comprende la gestación, el trabajo de parto, parto y puerperio), para que este se viva como una experiencia placentera en condiciones de dignidad humana.

 

Artículo 2. PARTO INTERCULTURAL. De conformidad con lo establecido en la Ley 1752 de 2015 y la integración con los elementos estratégicos de la Atención Primaria en Salud-APS (que incluye Salud Familiar y Comunitaria y articulación de las Intervenciones Individuales y Colectivas); así como el Enfoque Poblacional, Diferencial y de Género, el Distrito Capital en cabeza de la Secretaría Distrital de Salud, propenderá por la erradicación de las barreras culturales que dificultan el acceso a los servicios de salud, garantizando el respeto por la diversidad cultural, e integrando los saberes de la partería ancestral, indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palenquera, Rrom o gitana.

 

Adicionalmente, de conformidad con el Decreto 1953 de 2014, o la norma que haga sus veces, la administración Distrital en cabeza de la Secretaría Distrital de Salud, junto al Sistema Indígena de Salud Propia e Intercultural (SISPI), fortalecerá los procesos de articulación de los saberes ancestrales y prácticas empíricas de grupos étnicos asentados en Bogotá D.C., para robustecer la estrategia de cuidado a la persona con capacidad de gestar, respetando sus usos y costumbres de acuerdo al enfoque intercultural.

 

Artículo 3. ACTUALIZACIÓN DE LINEAMIENTOS. La Administración Distrital, en cabeza de la Secretaría Distrital de Salud, actualizará los lineamientos de Nacimiento Humanizado, así como los planes, proyectos y rutas que le correspondan; con el objetivo de reconocer, promover e implementar el Parto Respetado e Intercultural de acuerdo a lo señalado en el presente acuerdo.

 

Parágrafo. Para la actualización del lineamiento del que trata el presente artículo, se contará con ocho (8) meses a partir de la fecha de su publicación.

 

Artículo 4. LINEAMIENTOS BASE. Dentro de la actualización, establecimiento y ampliación a realizar, se tendrá en cuenta en concordancia con las disposiciones nacionales los siguientes lineamientos:

 

a. Sujetos Priorizados: Se entenderá que las mujeres y personas con otras identidades de género en capacidad de gestar son sujetos protagonistas del proceso de parto, y sus decisiones informadas serán aceptadas en lo referente a cómo, dónde y con quién se adelantará y se dejará registro en el consentimiento informado.

 

b. Soporte Emocional: En caso que las mujeres y personas con otras identidades de género en capacidad de gestar soliciten la participación en el parto de personal por fuera del grupo de atención en salud, se respetará la solicitud y garantizará la participación del soporte emocional, espiritual y físico que externos brindan.

 

c. Estándares de cuidado: Las recomendaciones proferidas por la Organización Mundial de la Salud -OMS- se adoptarán como referentes en la actualización del Nacimiento Humanizado y el Parto Respetado e Intercultural.


d. Sistema Indígena de Salud Propia e Intercultural (SISPI): La administración Distrital incluirá las disposiciones del Sistema Indígena de Salud Propia e Intercultural (SISPI) con cada uno de sus componentes en especial el del “Cuidado de la Salud Propia desde la salud materna”, en el marco del enfoque mujer, familia y generación de los pueblos indígenas.

 

e. Condiciones adecuadas: La administración Distrital establecerá las medidas pertinentes para garantizar la correcta adecuación de las condiciones físicas y de bioseguridad de los espacios para la atención del Nacimiento Humanizado y el Parto Respetado e Intercultural. Para lo anterior, se tendrá en cuenta una adecuación gradual, paulatina y acorde con la asignación presupuestal anual correspondiente.

 

f. Enfoque diferencial y vulnerabilidad: El Distrito Capital propenderá por la garantía del Nacimiento Humanizado y el Parto Respetado e Intercultural para todas las mujeres y personas con otras identidades de género en capacidad de gestar, y de manera preferencial a las personas que hagan parte de los enfoques poblacional, diferencial y de género, así como a las personas con discapacidad, en condición de vulnerabilidad económica y social.

 

g. Participación: Dentro de las medidas a adoptar se generarán espacios para el aprendizaje y socialización de experiencias de las mujeres y personas con otras identidades de género en capacidad de gestar, así como con el equipo interdisciplinario a cargo de los procesos de obstetricia, en consulta externa, atención de urgencias, en salas de parto y puerperio. Lo anterior, para generar retroalimentación y mejora continua en el sistema, garantizando la actualización de los lineamientos del Nacimiento Humanizado y el Parto Respetado e Intercultural.

 

h. Seguimiento y acompañamiento: Realizar seguimiento y acompañamiento a las mujeres y personas con otras identidades de género en capacidad de gestar que hayan presentado pérdidas gestacionales, perinatales o neonatales.

 

i. Capacitación continua: La Administración Distrital instará a capacitaciones continuas al equipo interdisciplinario a cargo de los procesos de obstetricia, en consulta externa, atención de urgencias, en salas de parto y puerperio, para el Nacimiento Humanizado y el Parto Respetado e Intercultural.

 

j. Promoción y difusión: La Administración Distrital en cabeza de la Secretaría Distrital de Salud, en articulación con Secretaría Distrital de la Mujer para garantizar los derechos sexuales y reproductivos, y los sectores que corresponda, realizará la promoción y difusión de los lineamientos, medidas, planes, programas, rutas, proyectos del Nacimiento Humanizado y el Parto Respetado e Intercultural, de las mujeres y personas con otras identidades de género en capacidad de gestar.

 

k. Sistema Distrital de Cuidado: La Administración Distrital articulará en el Sistema Distrital del Cuidado los presentes lineamientos en torno a la promoción y garantía de derechos de la salud física, emocional, sexual y reproductiva de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

 

Artículo 5. REGISTRO. La Administración Distrital establecerá la metodología de registro de los partos, en los que se incluirá la información brindada por las madres respecto a su percepción del trato y garantía del Nacimiento Humanizado y el Parto Respetado e Intercultural a nivel Distrital. Dicho registro tendrá como finalidad la caracterización correspondiente que permita la adopción de medidas para el buen desarrollo de los servicios médicos relacionados con la gestación, el trabajo de parto, el parto y el puerperio.

 

El registro contendrá:

 

Información de identificación básica de la madre y personas con otras identidades de género en capacidad de gestar.

 

a. Información personal de salud que atiende el parto y personal de acompañamiento a la atención del parto y nacimiento.

 

b. Instrumento de Percepción y validación de la madre sobre el plan de parto, que incluirá las medidas brindadas para garantizar el Nacimiento Humanizado y el Parto Respetado e Intercultural.

 

c. Reporte sobre acompañamiento a mujeres o personas en capacidad de gestar privadas de la libertad.

 

d. Reporte sobre acompañamiento a las pérdidas gestacionales, perinatales o neonatales.

 

e. Reporte de seguimiento de la información o queja.

 

Parágrafo 1. En caso de contar con un registro de identificación de los partos distritales, se procederá con la inclusión de la información establecida en el presente artículo.

 

Parágrafo 2. El Distrito Capital en cabeza de la Secretaría Distrital de Salud deberá rendir informe anual al Concejo de Bogotá sobre las estadísticas obtenidas de este registro en cada vigencia; y publicará esta información de manera accesible y de fácil consulta a la población en SaludData.

 

Artículo 6. INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL. La Administración Distrital en cabeza de la Secretaría Distrital de Salud como entidad vigilante de los servicios de salud en el Distrito, deberá continuar realizando con los entes competentes las visitas de inspección informadas y no informadas para verificar el cumplimiento de los lineamientos establecidos en este Acuerdo.

 

Artículo 7. SEMANA DISTRITAL DEL NACIMIENTO HUMANIZADO Y EL PARTO RESPETADO E INTERCULTURAL. Establézcase la tercera semana del mes de mayo como la “Semana Distrital del Nacimiento Humanizado y el Parto Respetado e Intercultural”, en la cual la Administración Distrital en cabeza de la Secretaría Distrital de Salud y en articulación con la Secretaría Distrital de la Mujer, las EAPBs y organizaciones ciudadanas que trabajen el tema, realizarán actividades de promoción y desarrollo de capacidades.

 

Artículo 8. GESTIÓN Y ARTICULACIÓN. La Administración Distrital, en cabeza de la Secretaría Distrital de Salud, consolidará un plan de gestión para la implementación de este Acuerdo con el apoyo y participación del Sistema Distrital de Cuidado –SIDICU- de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios, Institucionales, Prestadoras de Servicios de Salud, comunidad académica y las comunidades indígenas, afro, raizales y Rrom en el Distrital Capital; entre otras, para la puesta en marcha de los lineamientos de cuidado a la mujer gestante y personas con otras identidades de género en capacidad de gestar durante la experiencia del parto desde el enfoque del Parto Humanizado e Intercultural.

 

Artículo 9. IMPLEMENTACIÓN GRADUAL. La Administración Distrital, a través de las entidades responsables, programará durante cada vigencia y de acuerdo a disponibilidad presupuestal, recursos para la implementación progresiva de la actualización del lineamiento definido en el presente Acuerdo, y las acciones allí contenidas.

 

Artículo 10. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

SAMIR JOSÉ ABISAMBRA VESGA

 

Presidente

 

DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO

 

Secretario General de Organismo de Control

 

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.


Nota: Ver norma original en Anexos.