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Decreto 114 de 2023 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
23/03/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/03/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7679 del 23 de marzo de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 114 DE 2023

 

(Marzo 23)

 

Por medio del cual se modifica la planta de empleos de la Secretarla Distrital de integración Social

 

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 7° del artículo 315 de la Constitución Política, los numerales 3°, 6° 9° del artículo 38 y el inciso 2° del artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 122 de la Constitución Política establece que no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en Ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente.

 

Que al artículo 125 de la Constitución Política estipula que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la Ley.

 

Que el numeral del artículo 315 de la Constitución Política establece como funciones de los alcaldes crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.

 

Que el numeral del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 establece: crear, suprimir o fusionar los empleos de la administración central, señalarles sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. Con base en esta facultad, no podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado.

 

Que el artículo 19 de la Ley 909 de 2004 estipula al empleo público como el núcleo básico de la estructura de la función pública. Por empleo se entiende el conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propósito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los fines del Estado.

 

Que el artículo 2.2.12.1 del Título 12 de la parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública, modificado por el artículo del Decreto 498 de 2020, establece que las reformas a las plantas de empleos deben motivarse en necesidades del servicio o en razones de modernización de la administración, además de contar con estudios técnicos que lo justifiquen.

 

Que el artículo del Acuerdo No. 199 de 2005 del Concejo de Bogotá dispone que la modificación de la planta de empleos para las entidades del orden distrital, deben contar con el concepto técnico favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

 

Que el artículo 89 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 señala que a Secretaría Distrital de Integración Social “tiene por objeto orientar y liderar la formulación y el desarrollo de políticas de promoción, prevención, protección, restablecimiento y garantía de los derechos de los distintos grupos poblacionales, familias y comunidades, con especial énfasis en la prestación de servicios sociales básicos para quienes enfrentan una mayor situación de pobreza y vulnerabilidad. Así como, prestar servicios sociales básicos de atención a aquellos grupos poblacionales que además de sus condiciones de pobreza se encuentran en riesgo social, vulneración manifiesta o en situación de exclusión social”.

 

Que mediante Decreto Distrital 607 de 2007, modificado por los Decretos Distritales 445 de 2014, 587 de 2017, 459 de 2021 y 508 de 2022 se determina el objeto, la estructura organizacional y funciones de la Secretaría Distrital de Integración Social.

 

Que mediante Decreto Distrital 476 de 2017, se creó un (1) cargo de Asesor 105-05 en cumplimiento de Sentencia Judicial (Tutela) que ordenó el reintegro de un funcionario en ese empleo.

 

Que mediante Decreto Distrital 509 de 2022, se modificó la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Integración Social que corresponde a la planta de empleos vigente de la entidad.

 

Que las entidades públicas como personas jurídicas son dinámicas y deben alinear y evaluar periódicamente su modelo operacional ya sea en su estructura, en su planta de personal, en su modelo de procesos de conformidad con las necesidades del servicio o en razón a la modernización de la administración a fin de mejorar los niveles de eficacia, eficiencia, economía y celeridad, bajo criterios de razonabilidad, proporcionalidad y prevalencia del interés general para alcanzar sus objetivos institucionales. Por esta razón la Secretaría Distrital de Integración Social se ve en la necesidad de modificar su planta de personal.

 

Que la Secretaría Distrital de Integración Social elaboró estudio técnico basado en metodologías de diseño organizacional para la modificación de la planta de empleos de la entidad de conformidad con las directrices y parámetros indicados por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

 

Que mediante comunicaciones Nos. DASCD Nos. 1-2023-1324, 1-2023-1325, 1-2023-1326 y 1-2023-1631 de enero de 2023, la Secretaría Distrital de Integración Social solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital concepto Técnico Favorable para la modificación de la Planta de empleos de la Entidad.

 

Que mediante radicado No. 2-2023-1858 del 08 de febrero de 2023 la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió concepto técnico favorable para la modificación de la planta de empleos vigente de la Secretaría Distrital de Integración Social.

 

Que mediante comunicación No. 2023ER049883O1 del 6 de febrero de 2023, con alcance mediante el oficio 2023ER101566O1 del 7 de marzo de 2023, la Secretaría Distrital de Integración Social radicó ante la Dirección Distrital de Presupuesto la solicitud de concepto de viabilidad presupuestal para la modificación de la Planta de empleos de la Entidad, particularmente para la creación de trece (13) empleos.

 

Que mediante radicado No. 2023EE073292O1 del 8 de marzo de 2023, la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda autorizó la creación de once (11) empleos, que permiten la implementación de la nueva estructura organizacional.

 

Que en consecuencia, la Secretaría Distrital de Integración Social solicitó alcance al concepto técnico favorable emitido por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital respecto a la modificación de la planta de personal, en razón de la viabilidad presupuestal otorgada por la Secretaría Distrital de Hacienda para la creación de los once (11) empleos públicos de los niveles directivo, asesor y profesional.

 

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital a través del radicado No. 2-2023-3723 del 15 de marzo de 2023, dio alcance y complementó el concepto técnico favorable emitido el pasado 8 de febrero de 2023 bajo el radicado No. 2-2023-1858 para la modificación de la planta de empleos vigente en los términos indicados.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°. Créase en la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Integración Social, los siguientes cargos:

 

Nivel Jerárquico

Denominación del Empleo

Código

Grado

No. De Cargos

Directivo

Subsecretario de Despacho

045 

08

Uno (1)

Directivo

Director Técnico

009

08

Uno (1)

Directivo

Subdirector Técnico

068

05

Uno (1)

Asesor

Asesor

105

03

Dos (2)

Profesional

Profesional Especializado

222

21

Cinco (5)

Profesional

Profesional Universitario

219

01

Uno (1)

TOTAL

Once (11)

 

Artículo 2°. Las funciones de la Secretaría Distrital de Integración Social serán desarrolladas por la siguiente planta de empleos:

 

DESPACHO DE LA SECRETARÍA

DENOMINACIÓN

CODIGO

GRADO

No. CARGOS

Secretario de Despacho

020

09

Uno (1)

Asesor

105

07

Uno (1)

Asesor

105

05

Ocho (8)

Asesor

105

04

Cinco (5)

Asesor

105

03

Doce (12)

Asesor

105

02

Uno (1)

Asesor

105

01

Dos (2)

TOTAL PLANTA DESPACHO

Treinta (30)

  

PLANTA GLOBAL

NIVEL DIRECTIVO

DENOMINACIÓN

CODIGO

GRADO

No. CARGOS

Subsecretario de Despacho

045

08

Dos (2)

Director Técnico

009

08

Siete (7)

Jefe de Oficina

006

08

Uno (1)

Jefe de Oficina

006

06

Dos (2)

Subdirector Técnico

068

05

Treinta y cuatro (34)

TOTAL NIVEL DIRECTIVO

Cuarenta y seis (46)

NIVEL ASESOR

Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones

115

06

Uno (1)

TOTAL NIVEL ASESOR

Uno (1)

NIVEL PROFESIONAL

Comisario de Familia

202

28

Setenta y dos (72)

Profesional Especializado

222

28

Tres (3)

Profesional Especializado

222

25

Dos (2)

Profesional Especializado

222

23

Diecisiete (17)

Profesional Especializado

222

22

Tres (3)

Profesional Especializado

222

21

Treinta y uno (31)

Profesional Universitario

219

17

Cinco (5)

Profesional Universitario

219

16

Ciento veintiuno (121)

Profesional Universitario

219

15

Noventa y seis (96)

Profesional Universitario

219

12

Quince (15)

Profesional Universitario

219

11

Setenta (70)

Profesional Universitario

219

09

Doscientos diecinueve (219)

Profesional Universitario

219

01

Doscientos uno (201)

Odontólogo

214

15

Cuatro (4)

Médico General

211

17

Tres (3)

Médico General

211

11

Uno (1)

TOTAL NIVEL PROFESIONAL

Ochocientos sesenta y tres (863)

NIVEL TÉCNICO

Técnico Operativo

314

22

Uno (1)

Técnico Operativo

314

15

Ocho (8)

Técnico Operativo

314

14

Treinta y ocho (38)

Técnico Operativo

314

13

Tres (3)

Técnico Operativo

314

11

Trece (13)

Técnico Operativo

314

09

Siete (7)

Instructor

313

14

Ciento noventa y ocho (198)

Instructor

313

11

Veintiocho (28)

Instructor

313

08

Treinta y cuatro (34)

Instructor

313

05

Doscientos setenta y nueve (279)

TOTAL NIVEL TÉCNICO

Seiscientos nueve (609)

NIVEL ASISTENCIAL

Auxiliar Administrativo

407

27

Cuarenta y nueve (49)

Auxiliar Administrativo

407

24

Cuarenta y seis (46)

Auxiliar Administrativo

407

23

Cuatro (4)

Auxiliar Administrativo

407

19

Catorce (14)

Auxiliar Administrativo

407

15

Doce (12)

Auxiliar Administrativo

407

13

Sesenta y tres (63)

Auxiliar Administrativo

407

11

Quince (15)

Auxiliar Administrativo

407

10

Cinco (5)

Auxiliar Administrativo

407

08

Cuarenta y siete (47)

Auxiliar Área Salud

412

13

Diecinueve (19)

Secretario Ejecutivo

425

27

Cuatro (4)

Secretario

440

23

Dieciocho (18)

Secretario

440

19

Dos (2)

Secretario

440

15

Diecisiete (17)

Secretario

440

13

Veinticinco (25)

Secretario

440

11

Nueve (9)

Secretario

440

09

Catorce (14)

Auxiliar Servicios Generales

470

09

Uno (1)

Auxiliar Servicios Generales

470

08

Doscientos cuarenta y nueve (249)

Conductor

480

17

Uno (1)

Operario

487

13

Veintidós (22)

TOTAL NIVEL ASISTENCIAL

Seiscientos treinta y seis (636)

TOTAL PLANTA GLOBAL

Dos mil ciento cincuenta y cinco (2.155)

TOTAL PLANTA DESPACHO

Treinta (30)

TOTAL PLANTA

Dos mil ciento ochenta y cinco (2.185)

 

Parágrafo. El empleo de asesor código 105 grado 05 que se creó de manera temporal adicional a los empleos adoptados en la planta, una vez quede vacante se entenderá suprimido conforme a lo establecido en el artículo No. 2 del Decreto Distrital 476 del 6 de septiembre de 2017.

 

Artículo 3º. Comunicar el presente decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital DASCD y a la Secretaría Distrital de Integración Social, a través de la Subdirección de gestión documental, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Artículo 4º. El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y, deroga el artículo del Decreto Distrital 509 de 2022 y demás disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de marzo del año 2023.

 

             CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor

 

             MARGARITA BARRAQUER SOURDIS

 

Secretaria Distrital de Integración Social

 

             NIDIA ROCÍO VARGAS

 

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital


NOTA: Ver norma original en Anexos.