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Acuerdo 001 de 2023 Secretaría Jurídica Distrital - Comité Institucional de Coordinación de Control Interno

Fecha de Expedición:
11/12/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 001 DE 2023

 

(Diciembre 11)

 

Por el cual se aprueba la actualización del Estatuto de Auditoría Interna y del Código de Ética del auditor interno

 

EL COMITÉ INSTITUCIONAL DE COORDINACIÓN DE CONTROL INTERNO

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 13 de la Ley 87 de 1993 y el artículo 2.2.21.1.6. del Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de Función Pública y la Resolución 196 de 2017, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el inciso 2 del artículo 209 de la Constitución Política establece que “Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”.

 

Que el artículo 269 ídem dispone que “En las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la ley, la cual podrá establecer excepciones y autorizar la contratación de dichos servicios con empresas privadas colombianas”.

 

Que en desarrollo de los mencionados preceptos se expidió la Ley 87 de 1973 (sic), mediante la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado, norma que definió el control interno como “(...) el sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad, con el fín de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos.”

 

Que de conformidad con el artículo 6 idem “El establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en los organismos y entidades públicas, será responsabilidad del representante legal o máximo directivo correspondiente. No obstante, la aplicación de los métodos y procedimientos al igual que la calidad, eficiencia y eficacia del control interno, también será de responsabilidad de los jefes de cada una de las distintas dependencias de las entidades y organismos”.

 

Que el Decreto Nacional 648 de 2017, en su artículo 4 adicionó, entre otros, los artículos 2.2.21.1.5 y 2.2.21.1.6 al Capítulo 1 del Título 21 del Decreto 1083 de 2015 y dispuso que las entidades que hacen parte del ámbito de aplicación de la Ley 87 de 1993 deben establecer un Comité Institucional de Coordinación de Control Interno el cual tendrá dentro de sus funciones, la de aprobar el Estatuto de Auditoría Interna y el Código de Ética del Auditor y verificar su cumplimiento.

 

Que mediante Resolución 196 de 2017 de la Secretaría Jurídica Distrital, se creó y reglamentó el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno de la entidad, y en artículo se establecen las funciones del comité, particularmente en el literal c. se señala: “Aprobar el Estatuto de Auditoría Interna y el Código de ética del Auditor, así como verificar su cumplimiento”. –

 

Que mediante Acuerdo 001 de 2018, el Comité de Coordinación de Control Interno de la Secretaría Jurídica Distrital, en el marco de sus funciones, aprobó el Estatuto de Auditoría para la entidad, documento que requiere de actualizaciones y ajustes relacionados con la inclusión de normas nacionales, distritales, el Marco Internacional para la Práctica Profesional de Auditoría Interna, la actualización de la guía rol de las unidades u oficinas de control interno, auditoría interna, o quien haga sus veces, emitida por el Departamento Administrativo de la Función Pública, así como la actualización del procedimiento de Auditoría Interna 2310300-PR-031 y el Manual de Auditoria Interna 2310300-MA-010.

 

Que, en ejecución de la función de aprobación del Código de Ética del Auditor Interno, el Comité de Coordinación de Control Interno de la Secretaría Jurídica Distrital, en sesión del 11, de marzo de 2018, aprobó la versión 1 del mismo, documento que se encuentra formalizado en el Sistema de Gestión de Calidad del proceso de evaluación independiente, con el código 2310300-OT-01.

 

Que en la Sesión Extraordinaria del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del 31 de octubre de 2023, se presentó por parte de la Jefe de la Oficina de Control Interno, la propuesta de actualización del Estatuto de Auditoria Interna y del Código de Ética del Auditor Interno, documentos sometidos a votación por parte de los miembros de esta instancia, y debidamente aprobados.

 

Que, conforme a lo expuesto, se hace necesario formalizar la aprobación del Estatuto de Auditoría Interna y el Código de Ética del Auditor Interno de la Secretaría Jurídica Distrital que definen el propósito, autoridad, independencia y objetividad, responsabilidad y aseguramiento y mejora de la actividad de auditoría interna, así como los principios y conductas de la misma, dentro de la organización. En mérito de lo anterior,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1º. Aprobar la actualización del Estatuto de Auditoría Interna de la Secretaría Jurídica Distrital, contenido en el documento anexo y que hace parte integral del presente acuerdo.

 

Artículo 2º. Aprobar la actualización del Código de Ética del Auditor Interno de la Secretaría Jurídica Distrital, contenido en el documento anexo y que hace parte integral del presente acuerdo. 


Artículo 3º. Cuando se requiera, tanto el Estatuto de Auditoría Interna como el Código de Ética del Auditor de la Secretaría Jurídica Distrital, podrán ser actualizados como parte del mejoramiento continuo que se implemente en el proceso de evaluación independiente y de las actividades de auditoría interna.

 

Parágrafo: Cada actualización será formulada y presentada por el/la jefe de la Oficina de Control Interno, para consideración y aprobación del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, decisión que deberá concretarse mediante acuerdo instancia.

 

Artículo 4º. Incluir la actualización del Estatuto de Auditoría como documento controlado al Sistema integrado de Gestión de la Secretaria Jurídica Distrital como versión 1 y asociarlo al proceso de evaluación independiente. Actividad que deberá ser realizada por el/la jefe de la Oficina de Control Interno como líder del proceso de Evaluación independiente.

 

Artículo 5º. Realizar actualización del Código de Ética del Auditor Interno código 2310300-OT-01, en el Sistema Integrado de Gestión de la Secretaría Jurídica Distrital, en versión 2. Actividad que deberá ser realizada por el/la jefe de la Oficina de Control Interno como líder del proceso de Evaluación Independiente.

 

Artículo 6º. VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, reemplaza el documento Código de Etica (código 2310300-OT-01 versión 1) y deroga el Acuerdo 001 de 2018 — Estatuto de Auditoría y las demás disposiciones que lo contraríen.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de diciembre del año 2023.

 

WILLIAM MENDIETA MONTEALEGRE


Presidente — Comité Institucional de Coordinación de Control Interno

 

IVÁN DAVID MÁRQUEZ CASTIBLANCO


Subsecretario Jurídico Distrital

 

AURA YANETH MALAGÓN ORJUELA


Directora Gestión Corporativa

 

CAMILO ANDRÉS PEÑA CARBONELL


Jefe Oficina Asesora de Planeación

 

RICARDO JOSÉ BARRIOS SAFI


Jefe Oficina de Telecomunicaciones TIC

 

OLGA MILENA CORZO ESTEPA


Secretaría Técnica – Jefe Oficina Control Interno

 

Nota: Ver norma original en Anexos.