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Resolución 3 de 2005 Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB

Fecha de Expedición:
15/09/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/09/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3440 de noviembre 23 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 003 DE 2005

(Septiembre 15)

Derogada por el art. 5, Resolución de la O.F. 01 de 2006

"Por la cual se adopta el sistema de nomenclatura, clasificación de los empleos, la escala salarial y se dictan otras disposiciones".

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ,

en uso de sus facultades legales y especialmente las conferidas por el parágrafo 2 del artículo 21 y siguientes del Decreto 785 del 17 de marzo de 2005.

CONSIDERANDO:

Que la ley 909 de 2004 es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades distritales.

Que el parágrafo 2 del artículo 21 del Decreto 785 del 17 de marzo de 2005, dispone: "Con estricta sujeción a lo dispuesto en este artículo, las entidades a las cuales se aplica el presente Decreto procederán a adoptar las anteriores equivalencias dentro del año siguiente a la fecha de vigencia del mismo. La equivalencia en la nomenclatura en ningún caso podrá conllevar incrementos salariales."

Que en sentido similar se pronuncia el Artículo 27 del mismo Decreto cuando dispone: "Establecimiento de la planta de personal. Con sujeción a la nomenclatura y a la clasificación de empleos por niveles, a las funciones, competencias y requisitos generales de que trata el presente decreto, las autoridades territoriales competentes procederán a adecuar la planta de personal y el manual específico de funciones y de requisitos dentro del año siguiente a la vigencia del presente decreto.

Que por lo anterior, se hace necesario ajustar los cargos existentes a la nueva nomenclatura de empleos establecida en la norma antes citada.

Que la Orquesta Filarmónica de Bogotá solicitó al Departamento Administrativo de Servicio Civil Distrital el Concepto Técnico establecido por el artículo 18 del Decreto 427 del 28 de diciembre de 2004, para realizar modificaciones en los cargos de la planta de personal y ese departamento emitió el concepto No. DIR 3993 del 15 Septiembre de 2005 aprobando la solicitud.

Que la Orquesta solicitó a la Secretaría de Hacienda Distrital la viabilidad presupuestal para la presente modificación y fue expedida mediante oficio No. 2005EE230849 del 15 de septiembre de 2005, del Director Distrital de Presupuesto.

Que en mérito de lo antes expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: La asignación básica para el año 2005, de los empleados públicos de la entidad, conforme con la clasificación de los empleos por niveles jerárquicos señalados en el decreto Ley No. 785 de 2005 es la siguiente:

GRADO SALARIAL

DIRECTIVO

ASESOR

PROFESIONAL

TECNICO

ASISTENCIAL

 

 

 

 

 

 

01

2.416.481

1.939.447

1.424.161

1.120.211

551.145

02

2.699.493

2.699.493

1.724.405

1.450.072

726.023

03

3.565.004

1.889.555

1.464.606

769.083

 

04

3.709.589

1.926.334

812.136

 

 

05

4.150.190

1.990.884

1.075.221

 

 

06

 

 

2.037.047

1.123.190

 

07

 

 

2.102.319

1.272.215

 

08

 

 

2.114.938

1.318.671

 

09

 

 

2.294.607

1.450.073

 

10

 

 

2.354.468

 

 

11

 

 

2.697.170

 

 

12

 

 

3.062.257

 

 

13

 

 

3.438.019

 

 

PARÁFRAFO.- Los empleados públicos con derechos de carrera administrativa que actualmente se encuentren desempeñando empleos a los cuales se ha suprimido el nivel jerárquico y por consiguiente la denominación del empleo en virtud de lo ordenado por el Decreto Ley 785 de 2005 y la presente resolución, continuarán percibiendo los porcentajes de gastos de representación y prima técnica asignados, mientras permanezcan en el mismo cargo.

ARTÍCULO 2º: GASTOS DE REPRESENTACIÓN: Los porcentajes sobre la asignación básica que se reconocen como gastos de representación, a los empleos pertenecientes al nivel directivo y asesor continuarán vigentes en el mismo porcentaje en que se vienen cancelando, así:

GRADO

DIRECTIVO %

ASESOR %

01

16.00%

 

02

25.00%

18.00%

03

 

 

04

 

 

05

37.00%

 

06

 

 

07

 

 

ARTÍCULO 3º: PRIMA TÉCNICA: Se reconocerá mensualmente a los empleados que pertenezcan a los niveles Directivo, Asesor y Profesional, que laboren tiempo completo en el porcentaje que para cada grado salarial se determine y se liquidará sobre la asignación básica que devengue el funcionario en los porcentajes que se reconocen actualmente de acuerdo con la reglamentación establecida, así:

GRADO

DIRECTIVO %

ASESOR %

PROFESIONAL %

01

30.00%

30.00%

14.00%

02

30.00%

30.00%

14.00%

03

14.00%

 

14.00%

04

14.00%

 

14.00%

05

30.00%

 

14.00%

06

 

 

14.00%

07

 

 

14.00%

08

 

 

14.00%

09

 

 

14.00%

10

 

 

14.00%

11

 

 

14.00%

12

 

 

14.00%

13

 

 

14.00%

ARTÍCULO 4º: Ajustar a la nueva nomenclatura y clasificación de los cargos de empleados públicos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, así:

NOMENCLATURA ANTERIOR

NOMENCLATURA ACTUAL

DENOMINACION

CODIGO

GRADO

No.

ASIGNACION BASICA

DENOMINACION

CODIGO

GRADO

No.

ASIGNACION BASICA

Director General

050

02

1

4.150.190

Director General de Entidad Descentralizada

050

05

1

4.150.190

Director de Orquesta

270

07

1

3.709.589

Subdirector Técnico

068

04

1

3.709.589

Jefe de Unidad

207

06

1

3.565.004

Jefe de Oficina

006

03

1

3.565.004

Subdirector Administrativo

068

01

1

2.699.493

Subdirector Administrativo y Financiero

068

02

1

2.699.493

Jefe Oficina Asesora de Control Interno

115

02

1

2.416.481

Jefe de Oficina

006

01

1

2.416.481

Jefe de Oficina Asesora de Jurídica

115

03

1

2.699.493

Jefe de Oficina Asesora de Jurídica

115

02

1

2.699.493

Jefe Oficina Asesora de Divulgación y Prensa

115

01

1

1.939.447

Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones

115

01

1

1.939.447

Jefe de Grupo

223

05

14

3.438.019

Profesional Especializado

222

13

14

3.438.019

Jefe Unidad de Recursos Humanos

207

04

1

2.294.607

Profesional Especializado

222

09

1

2.294.607

Jefe Unidad de Producción Audiovisual

207

02

1

1.990.884

Profesional Especializado

222

05

1

1.990.884

Músico de Orquesta

321

13

28

2.697.170

Músico de Orquesta

221

11

28

2.697.170

Músico de Orquesta

321

12

22

2.354.468

Músico de Orquesta

221

10

22

2.354.468

Músico de Orquesta

321

11

19

2.114.938

Músico de Orquesta

221

08

19

2.114.938

Tesorero General

201

03

1

2.102.319

Tesorero General

201

07

1

2.102.319

Almacenista General

215

01

1

1.424.161

Almacenista General

215

01

1

1.424.161

Profesional Especializado

335

14

12

3.062.257

Profesional Especializado

222

12

12

3.062.257

Profesional Especializado

335

10

1

2.037.047

Profesional Especializado

222

06

1

2.037.047

Profesional Universitario

340

08

1

1.926.334

Profesional Universitario

219

04

1

1.926.334

Profesional Universitario

340

07

1

1.889.555

Profesional Universitario

219

03

1

1.889.555

Profesional Universitario

340

04

1

1.724.405

Profesional Universitario

219

02

1

1.724.405

Técnico

401

05

1

1.464.606

Técnico Administrativo

367

03

1

1.464.606

Técnico

401

04

2

1.450.072

Técnico Administrativo

367

02

2

1.450.072

Técnico

401

01

1

1.120.211

Técnico Administrativo

367

01

1

1.120.211

Secretario Ejecutivo

525

04

2

1.450.073

Secretario Bilingüe

420

09

2

1.450.073

Secretario Ejecutivo

525

04

1

1.450.073

Secretario Ejecutivo

425

09

1

1.450.073

Secretario

540

03

1

1.318.671

Secretario

440

08

1

1.318.671

Secretario

540

02

2

1.272.215

Secretario

440

07

2

1.272.215

Secretario

540

01

1

812.136

Secretario

440

04

1

812.136

Operario

625

05

1

1.123.190

Operario Calificado

490

06

1

1.123.190

Operario

625

04

1

1.075.221

Operario

487

05

1

1.075.221

Operario

625

03

1

769.083

Operario

487

03

1

769.083

Conductor

620

03

1

769.083

Conductor Mecánico

482

03

1

769.083

Operario

625

02

1

726.023

Operario

487

02

2

726.023

Celador

615

02

1

726.023

 

 

 

 

 

Celador

615

01

1

551.145

Auxiliar de Servicios Generales

470

01

1

551.145

Auxiliar de Servicios Generales

605

01

2

551.145

Auxiliar de Servicios Generales

470

01

2

551.145

TOTAL

 

 

130

 

TOTAL

 

 

130

 

PARÁGRAFO: Los cargos de Director de Orquesta Código 270, Grado 07; Jefe de Unidad Código 207, Grado 06 (concertino de la Orquesta) y Jefe de Oficina Asesora de Control Interno Código 115, Grado 02, pasan en la planta ajustada a Nivel Directivo con las siguientes denominaciones Subdirector Técnico Código 068, Grado 04; Jefe Oficina Código 06, Grado 03 y Jefe Oficina Código 06, Grado 01, respectivamente.

ARTÍCULO 5º: Establecer la planta semiglobal de cargos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá que se indica a continuación:

DESPACHO DEL DIRECTOR

No. DE CARGOS

DENOMINACION

CODIGO

GRADO

1

Director General De Entidad Descentralizada

050

05

1

Secretario Bilingüe

420

09

1

Conductor Mecánico

482

03

3

 

 

 

PLANTA GLOBAL

No. DE CARGOS

DENOMINACION

CODIGO

GRADO

1

Subdirector Técnico

068

04

1

Subdirector Administrativo y Financiero

068

02

1

Jefe Oficina

006

03

1

Jefe Oficina

006

01

1

Jefe de Oficina Asesora Jurídica

115

02

1

Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones

115

01

14

Profesional Especializado

222

13

12

Profesional Especializado

222

12

28

Músico de Orquesta

221

11

22

Músico de Orquesta

221

10

1

Profesional Especializado

222

09

19

Músico de Orquesta

221

08

1

Tesorero General

201

07

1

Profesional Especializado

222

06

1

Profesional Especializado

222

05

1

Profesional Universitario

219

04

1

Profesional Universitario

219

03

1

Profesional Universitario

219

02

1

Almacenista General

215

01

PLANTA GLOBAL

No. DECARGOS

DENOMINACION

CODIGO

GRADO

1

Técnico Administrativo

367

03

2

Técnico Administrativo

367

02

1

Técnico Administrativo

367

01

1

Secretario Bilingüe

420

09

1

Secretario Ejecutivo

425

09

1

Secretario

440

06

2

Secretario

440

07

1

Secretario

440

04

1

Operario Calificado

490

06

1

Operario

487

05

1

Operario

487

03

2

Operario

487

02

3

Auxiliar de Servicios Generales

470

01

127

 

 

 

ARTÍCULO 6º: Los grados que se señalan en el artículo anterior, corresponden a las asignaciones básicas de las diferentes denominaciones de los empleos de la planta de cargos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, de acuerdo con el nivel jerárquico y no generan incremento salarial ni prestacional alguno.

ARTÍCULO 7º: Los porcentajes sobre la asignación básica por gastos de representación y prima técnica no sufren ninguna modificación por el ajuste de nomenclatura realizado.

ARTÍCULO 8º: Facultar al Director de la Orquesta Filarmónica de Bogotá para llevar a cabo la incorporación de los funcionarios de esta entidad, a los empleos de la planta global que se adopta mediante la presente resolución.

ARTÍCULO 9: Delegar en el Director de la Orquesta Filarmónica de Bogotá la facultad de expedir y actualizar el Manual especifico de Funciones y de Competencias Laborales, así como sus equivalencias de conformidad con lo establecido en el Decreto 785 de 2005 artículos 27 y siguientes.

ARTÍCULO  10: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, especialmente la Resolución 005 del 9 de noviembre de 1998 de la Junta Directiva de la Orquesta.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

JUAN MANUEL OSPINA R.

Presidente Junta Directiva

NELLY SUSANA TORRES N.

Secretaria Junta Directiva

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3440 de noviembre 23 de 2005.