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RESOLUCIÓN 003 DE 2005 (Septiembre 15) Derogada por el art. 5, Resolución de la O.F. 01 de 2006 "Por la cual se adopta el sistema de nomenclatura, clasificación de los empleos, la escala salarial y se dictan otras disposiciones". LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ, en uso de sus facultades legales y especialmente las conferidas por el parágrafo 2 del artículo 21 y siguientes del Decreto 785 del 17 de marzo de 2005. CONSIDERANDO: Que la ley 909 de 2004 es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades distritales.Que el parágrafo 2 del artículo 21 del Decreto 785 del 17 de marzo de 2005, dispone: "Con estricta sujeción a lo dispuesto en este artículo, las entidades a las cuales se aplica el presente Decreto procederán a adoptar las anteriores equivalencias dentro del año siguiente a la fecha de vigencia del mismo. La equivalencia en la nomenclatura en ningún caso podrá conllevar incrementos salariales." Que en sentido similar se pronuncia el Artículo 27 del mismo Decreto cuando dispone: "Establecimiento de la planta de personal. Con sujeción a la nomenclatura y a la clasificación de empleos por niveles, a las funciones, competencias y requisitos generales de que trata el presente decreto, las autoridades territoriales competentes procederán a adecuar la planta de personal y el manual específico de funciones y de requisitos dentro del año siguiente a la vigencia del presente decreto. Que por lo anterior, se hace necesario ajustar los cargos existentes a la nueva nomenclatura de empleos establecida en la norma antes citada. Que la Orquesta Filarmónica de Bogotá solicitó al Departamento Administrativo de Servicio Civil Distrital el Concepto Técnico establecido por el artículo 18 del Decreto 427 del 28 de diciembre de 2004, para realizar modificaciones en los cargos de la planta de personal y ese departamento emitió el concepto No. DIR 3993 del 15 Septiembre de 2005 aprobando la solicitud. Que la Orquesta solicitó a la Secretaría de Hacienda Distrital la viabilidad presupuestal para la presente modificación y fue expedida mediante oficio No. 2005EE230849 del 15 de septiembre de 2005, del Director Distrital de Presupuesto. Que en mérito de lo antes expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1º: La asignación básica para el año 2005, de los empleados públicos de la entidad, conforme con la clasificación de los empleos por niveles jerárquicos señalados en el decreto Ley No. 785 de 2005 es la siguiente:
PARÁFRAFO.- Los empleados públicos con derechos de carrera administrativa que actualmente se encuentren desempeñando empleos a los cuales se ha suprimido el nivel jerárquico y por consiguiente la denominación del empleo en virtud de lo ordenado por el Decreto Ley 785 de 2005 y la presente resolución, continuarán percibiendo los porcentajes de gastos de representación y prima técnica asignados, mientras permanezcan en el mismo cargo.ARTÍCULO 2º: GASTOS DE REPRESENTACIÓN: Los porcentajes sobre la asignación básica que se reconocen como gastos de representación, a los empleos pertenecientes al nivel directivo y asesor continuarán vigentes en el mismo porcentaje en que se vienen cancelando, así:
ARTÍCULO 3º: PRIMA TÉCNICA: Se reconocerá mensualmente a los empleados que pertenezcan a los niveles Directivo, Asesor y Profesional, que laboren tiempo completo en el porcentaje que para cada grado salarial se determine y se liquidará sobre la asignación básica que devengue el funcionario en los porcentajes que se reconocen actualmente de acuerdo con la reglamentación establecida, así:
ARTÍCULO 4º: Ajustar a la nueva nomenclatura y clasificación de los cargos de empleados públicos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, así:
PARÁGRAFO: Los cargos de Director de Orquesta Código 270, Grado 07; Jefe de Unidad Código 207, Grado 06 (concertino de la Orquesta) y Jefe de Oficina Asesora de Control Interno Código 115, Grado 02, pasan en la planta ajustada a Nivel Directivo con las siguientes denominaciones Subdirector Técnico Código 068, Grado 04; Jefe Oficina Código 06, Grado 03 y Jefe Oficina Código 06, Grado 01, respectivamente.ARTÍCULO 5º: Establecer la planta semiglobal de cargos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá que se indica a continuación: DESPACHO DEL DIRECTOR
PLANTA GLOBAL
PLANTA GLOBAL
ARTÍCULO 6º : Los grados que se señalan en el artículo anterior, corresponden a las asignaciones básicas de las diferentes denominaciones de los empleos de la planta de cargos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, de acuerdo con el nivel jerárquico y no generan incremento salarial ni prestacional alguno.ARTÍCULO 7º: Los porcentajes sobre la asignación básica por gastos de representación y prima técnica no sufren ninguna modificación por el ajuste de nomenclatura realizado. ARTÍCULO 8º: Facultar al Director de la Orquesta Filarmónica de Bogotá para llevar a cabo la incorporación de los funcionarios de esta entidad, a los empleos de la planta global que se adopta mediante la presente resolución. ARTÍCULO 9: Delegar en el Director de la Orquesta Filarmónica de Bogotá la facultad de expedir y actualizar el Manual especifico de Funciones y de Competencias Laborales, así como sus equivalencias de conformidad con lo establecido en el Decreto 785 de 2005 artículos 27 y siguientes. ARTÍCULO 10: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, especialmente la Resolución 005 del 9 de noviembre de 1998 de la Junta Directiva de la Orquesta. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. JUAN MANUEL OSPINA R. Presidente Junta Directiva NELLY SUSANA TORRES N. Secretaria Junta Directiva NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3440 de noviembre 23 de 2005. |