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ACUERDO 232 DE 2006 (JUNIO 29) Modificado por el art. 21, Acuerdo Distrital 637 de 2016 "por el cual se establece el Sistema Integrado de Seguridad y Emergencias NUSE 123 del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones" Ver el art. 59 y ss. del Decreto Distrital 503 de 2003 , Ver el Decreto Distrital 451 de 2005 , Ver los Acuerdos Distritales 233 de 2006 y 375 de 2009 EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución Política y el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, Ver Proyecto de Acuerdo 131 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C. ACUERDA: ARTÍCULO 1. ESTABLECIMIENTO. Establécese el Sistema Integrado de Seguridad y Emergencias NUSE 123 del Distrito Capital como un instrumento de cooperación, planeación y articulación de los sistemas de prevención y atención de seguridad y emergencias. ARTÍCULO 2. OBJETO. El Sistema Integrado de Seguridad y Emergencias NUSE 123 tendrá como objetivo garantizar una respuesta eficiente y rápida de las entidades que se encuentran incluidas en el sistema para la prevención, atención y despacho de cada uno de los eventos de emergencias y seguridad que se susciten en el Distrito Capital. ARTÍCULO 3. Conforman parte del Sistema Integrado de Seguridad y Emergencias NUSE 123: a. La Secretaría de Gobierno Distrital b. El Comité de Apoyo y Seguimiento. c. El operador del NUSE 123. d. Los operadores de los servicios de telecomunicaciones. e. Las Agencias de Despacho:
f. Los mecanismos de Registro e Información Estadística. g. Los usuarios del servicio. PARÁGRAFO: El Sistema Integrado de Seguridad y Emergencias ¿NUSE 123, es de obligatoria aplicación para todas las instituciones que lo componen o adhieran al mismo. Todas las agencias que integren el sistema deberán garantizar el presente objeto, en el marco de las políticas públicas de seguridad y emergencias. ARTÍCULO 4. ARTICULACION DE NUEVOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN. La Secretaría de Gobierno Distrital, adelantará las acciones de coordinación con las autoridades civiles, militares y de policía de nivel distrital, departamental y/o municipal del entorno de Bogotá como ciudad región para adherir nuevos sistemas de información de seguridad y emergencias al Sistema Integral de Seguridad y Emergencias NUSE 123 del Distrito Capital. ARTÍCULO 5. DIVULGACION DEL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS NUSE 123. Bajo la coordinación de la Secretaría de Gobierno, quien definirá las políticas y los procedimientos de divulgación, las entidades que conforman el Sistema Integral de Seguridad y Emergencias NUSE 123 del Distrito Capital financiarán de conformidad con su disponibilidad presupuestal, la estrategia de divulgación a través de los medios de comunicación masivos. ARTÍCULO 6. FINANCIACION Y SOSTENIMIENTO DEL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS NUSE 123. Las entidades respectivas asumirán con cargo a su presupuesto el sostenimiento del Sistema Integral de Seguridad y Emergencias NUSE 123 del Distrito Capital. ARTÍCULO 7. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su promulgación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
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