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RESOLUCIÓN 1058 DE 2014 (Diciembre 10) Derogada por el art. 7, Resolución Sec Hábitat 525 de 2016. LA SECRETARIA DISTRITAL DEL HÁBITAT En ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 489 de 1998, el Acuerdo No. 257 de 2006 y en los Decretos Distritales Nos. 121 de 2008, 455 de 2014, y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO: Que en el artículo 17 del Acuerdo 257 de 2006 por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, distrito capital, y se expiden otras disposiciones, se prevé: “Las autoridades administrativas del Distrito Capital podrán delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias, de conformidad con la Constitución Política y la ley, especialmente con la Ley 489 de 1998”. Que la Secretaria del Despacho de la Secretaría Distrital del Hábitat, facultada para delegar las funciones que le sean propias de conformidad con las atribuciones conferidas en la normatividad legal y en particular, en el artículo 9 de la ley 489 de 1998, expidió la Resolución 1032 de 4 diciembre de 2014. Que en razón a la constitución de la firma digital por parte de los ordenadores del gasto y a la realización de los demás trámites administrativos necesarios para la suscripción de contratos y convenios y para la ordenación de gasto y de pago, se requiere suspender los efectos de algunos artículos de la citada resolución hasta el día 2 de enero de 2015. Que en mérito de lo expuesto este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO 1º. Adicionar los siguientes numerales al artículo 7º de la Resolución 1032 de 2014: “6. Conceder los permisos sindicales y establecer el correspondiente procedimiento. 7. Ordenar el gasto y el pago de los compromisos relacionados con los rubros de Gastos de Funcionamiento y con los gastos de personal de los proyectos de inversión. 8. Ordenar el gasto y el pago de los compromisos y necesidades que se requieran para el desarrollo de las funciones y competencias de la Subsecretaría Jurídica y del Despacho. 9. Otorgar los permisos hasta de tres (3) días remunerados a los servidores públicos de la entidad, de conformidad con la normativa vigente, previo visto bueno de los jefes inmediatos de la respectiva dependencia en la cual se encuentren prestando sus servicios.” ARTÍCULO 2º. Los artículos 1° al 6° y 12° de la Resolución 1032 del 4 de diciembre de 2014, entrarán en vigencia a partir el 2 de enero de 2015. PARÁGRAFO 1°. En consideración a las razones operativas derivadas de la necesidad de ajustar los procedimientos internos y el manual de contratación, se aplicarán los vigentes a la fecha de expedición del presente acto administrativo hasta tanto se efectúe el ajuste correspondiente. PARÁGRAFO 2°. El (a) Director (a) de Gestión Corporativa y CID continuará ejerciendo las funciones que le fueron delegadas a través de las Resoluciones 104 de 2008 y 191 de 2009, hasta el próximo 2 de enero de 2015, sin perjuicio de las delegaciones efectuadas en el Artículo 7° de la Resolución 1032 de 2014. ARTÍCULO 3º. Los demás artículos y considerandos de la Resolución 1032 de 4 de diciembre de 2014 permanecen vigentes y producen efectos a partir del día de hoy 10 de diciembre de 2014. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. HELGA MARÍA RIVAS ARDILA Secretaria Distrital del Hábitat NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5585 de mayo 04 de 2015 |