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Acuerdo 647 de 2016 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
16/09/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/09/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5917 de septiembre 20 de 2016.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Acuerdo 647 DE 2016

 

(Septiembre 16)

 

“POR EL CUAL SE AUTORIZA A LA ADMINISTRACIÓN DISTRITAL, POR MEDIO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO, PARA ASUMIR COMPROMISOS CON CARGO A VIGENCIAS FUTURAS EXCEPCIONALES PARA EL PERÍODO 2017 - 2026”

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

 

En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el numeral 1º del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 1º de la Ley 1483 de 2011, y las demás normas vigentes,


Ver Proyecto de Acuerdo 371 de 2016 Concejo de Bogotá, D.C.

 

CONSIDERANDO

 

Que la Administración Distrital podrá presentar para aprobación del Concejo Distrital la asunción de compromisos que afecten presupuestos de vigencias futuras, siempre que los proyectos estén consignados en el Plan de Desarrollo respectivo.

 

Que de acuerdo con lo estipulado en el artículo 1º de la Ley 1483 de 2011, el artículo 1º del Decreto Nacional 2767 de 2012, compilado en el Decreto Nacional 1068 de 2015, el Consejo de Gobierno, declaró de importancia estratégica el componente “Administración del servicio educativo” del proyecto de inversión “Cobertura con equidad”, atendiendo la solicitud presentada por la Secretaría de Educación del Distrito, en su reunión del 22 de julio de 2016.

 

Que de acuerdo con lo estipulado en el artículo primero, literal c, de la Ley 1483 de 2011 y en el artículo 10, literal j, del Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, compilado por el Decreto 714 de 1996, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, autorizó la asunción de compromisos con cargo a vigencias futuras excepcionales, en su reunión del 28 de julio de 2016, con el fin de continuar el trámite ante el Concejo Distrital.

 

ACUERDA

 

ARTÍCULO 1°. Autorizar a la Administración Distrital por medio de la Secretaría de Educación del Distrito para asumir compromisos con cargo a las vigencias futuras excepcionales de los presupuestos de los años 2017 a 2026, hasta por la suma de ochocientos diecisiete mil quinientos cuarenta y nueve millones, trescientos sesenta y ocho mil, ciento sesenta y nueve ($817.549.368.169) pesos constantes de 2016, de acuerdo con las disposiciones legales, en las cuantías y vigencias que se relacionan a continuación:

 

Código

Concepto

2017

2018

2019

2020

3

Gastos

77.202.322.338

79.460.070.206

81.786.546.193

84.183.900.166

3-3

Inversión

77.202.322.338

79.460.070.206

81.786.546.193

84.183.900.166

3-3-1

Inversión Directa

77.202.322.338

79.460.070.206

81.786.546.193

84.183.900.166

3-3-1-15

Bogotá Mejor Para Todos

77.202.322.338

79.460.070.206

81.786.546.193

84.183.900.166

3-3-1-15-01

Pilar Igualdad de calidad de vida

77.202.322.338

79.460.070.206

81.786.546.193

84.183.900.166

3-3-1-15-01- 07

Inclusión educativa para la equidad

77.202.322.338

79.460.070.206

81.786.546.193

84.183.900.166

3-3-1-15-01- 07-1049

Cobertura con equidad

77.202.322.338

79.460.070.206

81.786.546.193

84.183.900.166

Código

Concepto

2021

2022

2023

2024

3

Gastos

86.654.350.672

76.969.887.203

79.240.542.178

81.580.718.197

3-3

Inversión

86.654.350.672

76.969.887.203

79.240.542.178

81.580.718.197

3-3-1

Inversión Directa

86.654.350.672

76.969.887.203

79.240.542.178

81.580.718.197

3-3-1-15

Bogotá Mejor Para Todos

86.654.350.672

76.969.887.203

79.240.542.178

81.580.718.197

3-3-1-15-01

Pilar Igualdad de calidad de vida

86.654.350.672

76.969.887.203

79.240.542.178

81.580.718.197

3-3-1-15-01- 07

Inclusión educativa para la equidad

86.654.350.672

76.969.887.203

79.240.542.178

81.580.718.197

3-3-1-15-01- 07-1049

Cobertura con equidad

86.654.350.672

76.969.887.203

79.240.542.178

81.580.718.197

Código

Concepto

2025

2026

Total 2017 - 2026

 

3

Gastos

83.992.597.855

86.478.433.161

817.549.368.169

 

3-3

Inversión

83.992.597.855

86.478.433.161

817.549.368.169

 

3-3-1

Inversión Directa

83.992.597.855

86.478.433.161

817.549.368.169

 

3-3-1-15

Bogotá Mejor Para Todos

83.992.597.855

86.478.433.161

817.549.368.169

 

3-3-1-15-01

Pilar Igualdad de calidad de vida

83.992.597.855

86.478.433.161

817.549.368.169

 

3-3-1-15-01- 07

Inclusión educativa para la equidad

83.992.597.855

86.478.433.161

817.549.368.169

 

3-3-1-15-01- 07-1049

Cobertura con equidad

83.992.597.855

86.478.433.161

817.549.368.169

 

 

ARTÍCULO 2°. La autorización otorgada a través del presente Acuerdo se destinará a la celebración de contratos de administración del servicio educativo de 22 Instituciones Oficiales que operan actualmente en las modalidades de concesión y/o prestación del servicio educativo en infraestructura oficial.

 

ARTÍCULO 3°. La Secretaría Distrital de Hacienda, una vez comprometidos los recursos a que se refiere el artículo anterior, deberá incluir en los presupuestos de las vigencias 2017 a 2026, las asignaciones necesarias para cumplir los compromisos adquiridos.

 

ARTÍCULO 4°. La Secretaría Distrital de Hacienda y la Secretaria de Educación del Distrito presentarán informe escrito semestral al Concejo de Bogotá dentro de los 10 primeros días hábiles de cada semestre, sobre la ejecución de las vigencias futuras excepcionales aprobadas y el funcionamiento de la administración del servicio educativo conforme al presente Acuerdo.

 

ARTÍCULO 5º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 16 días del mes de septiembre del año 2016

 

ROBERTO HINESTROSA REY

 

Presidente

 

ARMANDO GÓMEZ RAYO

 

Secretario General de Organismo de Control

 

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5917 de septiembre 20 de 2016.