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DECRETO
181 DE 2017 (Abril 06) Derogado por el art. 2, Decreto Distrital 291 de 2018. Por
medio del cual se determina la integración de la Junta Directiva de la Empresa
de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá, EAB-ESP EL
ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso
de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 56 del
Decreto Ley 1421 de 1993 y, CONSIDERANDO: Que el artículo 56 del
Decreto Ley 1421 de 1993 establece que los integrantes de las Juntas Directivas
de las Empresas Distritales de Servicios Públicos Domiciliarios, serán
designados así: dos terceras partes de sus miembros por el Alcalde Mayor y la
otra tercera parte serán delegados de los usuarios y de organizaciones
sociales, cívicas, gremiales, o comunitarias, en la proporción que determine el
Concejo Distrital de acuerdo con la ley. Que de conformidad con
lo establecido en el artículo 8 del Acuerdo 11 de 2010 de la Junta Directiva de
la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá - EAB-ESP, la Junta
Directiva de la entidad estará integrada por nueve (9) miembros que son: el
Alcalde Mayor de Bogotá D.C. o su delegado, quien la presidirá; cuatro (4)
miembros designados libremente por el Alcalde Mayor; tres (3) miembros
escogidos por el mandatario distrital, entre los Vocales de Control registrados
ante la Alcaldía por los Comités de Desarrollo y Control Social de los
Servicios Públicos Domiciliarios; y un (1) representante del sector laboral
organizado, que no podrá ser trabajador activo o pensionado de la empresa. Que la doctora Astrid Álvarez
Hernández presentó renuncia a su designación como miembro de la Junta Directiva
de la Empresa, por lo que se hace necesario designar su reemplazo. En mérito de Io
expuesto, DECRETA: Artículo 1°.- Modificado por el art. 1, Decreto Distrital 251 de 2018. Los miembros de la Junta Directiva de la
Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá - EAB-ESP serán: 1. El Alcalde Mayor de
Bogotá. D.C., o su delegado que será el Secretario General de la Alcaldía Mayor
de Bogotá. D.C., quien la presidirá. 2. El Subsecretario
Técnico de la Secretaría Distrital de Hacienda 3. El doctor Daniel
Isaza Bonnet 4. El doctor Andrés
Quintero Múnera 5. El doctor Andrés
Escobar Uribe 6. Tres (3) vocales de
control registrados ante la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., por los Comités de
Desarrollo y Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios 7. Un (1) Representante
del Sector Laboral Organizado. Parágrafo. El
Gerente General de la EAB-ESP asistirá a las sesiones de la Junta Directiva con
voz, pero sin voto, y actuará como secretario técnico de la misma el Secretario
General de la Empresa. Artículo
2º. - El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
publicación y deroga los Decretos Distritales 216 y 366 de 2016 y demás
disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado
en Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de abril de 2017. ENRIQUE
PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor |