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Resolución 022 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
20/04/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/04/2017
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 022 DE 2017

 

(Abril 20)


Derogada por el art. 3, Resolución 074 de 2018.

 

Por la cual se designan tres Vocales de Control como miembros de la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá EAB - ESP, para el período estatutario 2017 - 2018

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 6° del artículo 27 de la Ley 142 de 1994; el literal e) del artículo 15 del Decreto Nacional 1429 de 1995, y el artículo 56 del Decreto - Ley 1421 de 1993, y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993 establece que las juntas directivas de las empresas distritales de servicios públicos domiciliarios estarán conformadas así: Dos terceras partes de sus miembros serán designados libremente por el Alcalde Mayor y, la otra tercera parte, serán delegados de los usuarios y de organizaciones sociales, cívicas, gremiales o comunitarias, en la proporción que determine el Concejo Distrital de acuerdo con la ley.

 

Que para efectos de conformar la tercera parte de los miembros de las juntas directivas de las empresas oficiales de servicios públicos domiciliarios del orden Distrital, su escogencia se hará entre los Vocales de Control que figuren registrados como representantes de los Comités de Desarrollo y Control Social de los servicios públicos domiciliarios, conforme a lo previsto en el numeral 27-6 del artículo 27 de la Ley 142 de 1994 y el literal e) del artículo 15 del Decreto Nacional 1429 de 1995.

 

Que al respecto, en el artículo 8 del Acuerdo 10 de 2010 de la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá EAB—ESP, que adoptó un nuevo marco estatutario para la referida empresa, en concordancia con el artículo  del Decreto Distrital 216 de 2016, se prevé que la Junta Directiva de la EAB—ESP estará integrada por nueve (9) miembros, incluidos los tres (3) Vocales de Control registrados ante la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., por los Comités de Desarrollo y Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios.

 

Que agotado el procedimiento dispuesto en el Decreto Distrital 161 de 2005, adicionado por el Decreto Distrital 298 de 2005, la Dirección Distrital de Inspección, Vigilancia y Control de Entidades sin Ánimo de Lucro de la Secretaría Jurídica Distrital remitió mediante memorando No. 3-2017-661 del 23 de febrero de 2017, el "Acta de Asamblea de 2017 de conformación de ternas para integrar la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá para el período 2017-2018" en la que se registra la conformación de las ternas de Vocales de Control que harán parte de la Junta Directiva de la EAB—ESP; sesión que contó con el acompañamiento de la Veeduría Distrital Delegada para la Participación y los Programas Especiales.

 

Que de los Vocales de Control integrantes de las tres ternas elegidas en la referida sesión, el Alcalde Mayor ha previsto designar como miembros de la Junta Directiva de la EAB—ESP para el periodo estatutario 2017 - 2018, a las señoras: Damaris Alexandra Duque Corredor, identificada con la C.C. No. 52.029.978, Yesenia Marisol Ariza, identificada con C.C. No. 52.194.517, y Rocío Yaneth Vigoya Fuquene, identificada con C.C. No. 51.859.056.

 

Que, en mérito de lo expuesto,


RESUELVE:

 

Artículo 1°.- Designar como miembros de la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá EAB- ESP, a las Vocales de Control: Damaris Alexandra Duque Corredor. identificada con la C.C. No. 52.029.978, Yesenia Marisol Ariza, identificada con C.C. No. 52.194.517, y, Rocío Yaneth Vigoya Fuquene, identificada con C.C. No. 51.859.056, como representantes de los Comités de Desarrollo y Control Social de los servicios públicos domiciliarios. para un período de un (1) año, contado a partir de la fecha de posesión.

 

Artículo 2° .- Comunicar la presente resolución, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a las Vocales designadas en el artículo 1° de la presente Resolución, al Gerente General de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá EAB- ESP, y al Director del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal.

 

Artículo 3°.- Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 20 días del mes de abril del año 2017

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor