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RESOLUCIÓN 0331 DE 2017 (Mayo
31) Por la cual se suprime un parágrafo de la Resolución de Delegación
No. 0196 del 7 de abril de 2017 EL GERENTE GENERAL DE
LA EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTA ESP En ejercicio de sus
funciones, en especial de las conferidas en los literales a) y n) del artículo 16
del Acuerdo No. 11 de 2010, expedido por la Junta Directiva y, CONSIDERANDO: Que
mediante Resolución No. 0196 del 7 de abril de 2017, el Gerente General de la
Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá-ESP delegó en
funcionarios del nivel directivo algunas funciones, con fundamento en lo establecido
en el artículo 9° de la Ley 489 de 1998. Que
mediante la Resolución No. 0290 del 15 de mayo de 2017 se modificó el numeral
primero del parágrafo primero del artículo primero, se adicionó un párrafo al literal
b) del numeral 6.3 del artículo quinto y se corrigió el parágrafo único del artículo
segundo y los numerales del artículo quinto de la Resolución No. 0196 de 2017. Que
en el parágrafo único del artículo segundo de la Resolución 0196, el Gerente
General delegó en el Director Administrativo de Activos Fijos la ordenación del
pago para los contratos de suministro a los cuales se les realiza el ingreso a
la División de Almacenes. Que
con el fin de minimizar impactos operativos derivados de la parametrización de
la Resolución de delegación en el Sistema de Información Integrado Empresarial
SIE-ERP que es el soporte tecnológico de la ejecución presupuestal y para
lograr una mejor operatividad en la gestión de la Empresa, es necesario suprimir
el parágrafo único de la Resolución 0196 y en su lugar, delegar la función de
ordenación del pago referida anteriormente a los empleados públicos que actúan
como ordenadores del gasto en cada uno de estos contratos, de acuerdo con lo
establecido en el artículo segundo de la Resolución 0196 de 2017. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo Primero.- Suprimir el parágrafo único del artículo
segundo que fue corregido por el artículo tercero de la Resolución 0290 del 15
de mayo de 2017. Artículo Segundo.- La presente resolución rige a partir de la
fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dada en Bogotá D.C., a
los treinta y un días del mes de mayo de dos mil diecisiete (2017) GERMÁN GONZÁLEZ REYES Gerente General |