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DIRECTIVA 009 DE 2017 (Diciembre
20) PARA: SECRETARIOS DE DESPACHO; DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS
ADMINISTRATIVOS Y DE UNIDADES
ADMINISTRATIVAS ESPECIALES CON Y SIN PERSONERÍA JURÍDICA; GERENTES, PRESIDENTES
Y DIRECTORES DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, DE EMPRESAS INDUSTRIALES Y
COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES ENTRE
ENTIDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS OFICIALES Y MIXTAS,EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO; RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO; ALCALDES LOCALES;PRESIDENTE DEL CONCEJO DE BOGOTÁ; CONTRALOR DE BOGOTÁ; PERSONERO DE BOGOTÁ; VEEDOR DISTRITAL. DE: ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. ASUNTO: IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA DISTRITAL PARA LA ASUNTO: RESPUESTA A
EMERGENCIAS - MARCO DE ACTUACIÓN. Radicación
interna 1-2018-28053 El artículo 37 de la Ley 1523 de 2012 “Por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de
desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
y se dictan otras disposiciones”,
señala: “Planes departamentales, distritales y municipales de gestión del riesgo y estrategias de respuesta. Las autoridades
departamentales, distritales y municipales formularán y concertarán con sus respectivos consejos de gestión del
riesgo, un plan de gestión del riesgo de desastres y una estrategia para la respuesta a
emergencias de su respectiva jurisdicción (…)”. De otra parte, en el literal d) del artículo 11 del Acuerdo Distrital
546 de 2013 “Por el cual se transforma el Sistema Distrital de Prevención y Atención de Emergencias
-SDPAE-, en el Sistema Distrital de Gestión de Riesgo y Cambio Climático
-SDGR-CC, se actualizan sus instancias, se crea el Fondo Distrital para la
Gestión de Riesgo y Cambio Climático “FONDIGER” y se dictan otras
disposiciones”, se señala como función del IDIGER: “Ejercer
las funciones de dirección, coordinación, seguimiento y evaluación del conjunto de las actividades
administrativas y operativas que sean indispensables para la ejecución de la
Estrategia Distrital de Respuesta (...)”, estrategia contemplada entre los
instrumentos de planificación para la gestión de riesgos y cambio climático
detallados en el artículo 7 del Decreto Distrital
172 de 20141. Adicional, conforme al numeral 4.1 del artículo 3 del
Decreto Distrital 173 de 20142, el IDIGER tiene la función de: “formular en el marco del SDGR-CC, la
Estrategia Distrital de Respuesta a
situaciones de emergencia, calamidad y/o desastre”. En
consecuencia, el IDIGER en conjunto con las entidades que conforman la Mesa de
Trabajo para el Manejo de Emergencias y Desastres, instancia reglamentada por
el Acuerdo 01 de 2014 de la Comisión Intersectorial de Gestión de Riesgos y
Cambio Climático, formularon el instrumento Estrategia
Distrital para la Respuesta a Emergencias - Marco de Actuación, validada
por el Consejo Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático en sesión del
25 de octubre de 2017 conforme se registra en el Acta No. 1 de tal fecha, Marco
de Actuación disponible en la URL www.idiger.gov.co/marcodeactuacion. De igual
manera, siguiendo las orientaciones de la Ley 1523 de 2012 para el proceso de
manejo de emergencias, en especial lo detallado en los numerales 17 y 24 del
artículo 4 ídem con respecto a la preparación y respuesta, y cumpliendo con los
lineamientos del artículo 37 ibídem, la Estrategia Distrital para la Respuesta a Emergencias - Marco de
Actuación define que la atención de emergencias en el
Distrito Capital se realiza mediante la prestación de 16 servicios y 7
funciones de respuesta. Igualmente, precisa las entidades ejecutoras de la
respuesta y la entidad responsable principal de cada servicio, así mismo, establece
el procedimiento general, presenta la estructura de coordinación en 4
niveles y compila las guías de actuación para cada uno de los servicios y funciones de
respuesta. Ahora, con el
fin de implementar la Estrategia
Distrital para la Respuesta a Emergencias Marco de Actuación, se establecen
las siguientes directrices: 1. Las entidades y organismos distritales responsables de la
ejecución de servicios y funciones de respuesta, en su calidad de integrantes
del SDGR-CC de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 del Acuerdo Distrital
546 de 2013, deben consultar y acoger el Marco
de Actuación y sus actualizaciones, donde se
detallan las instrucciones para responder ante emergencias o desastres
generados por cualquier evento de origen natural, socionatural
o antrópico. 2. Las entidades y organismos identificados como “Responsable principal” en cada servicio
de respuesta, referenciado en el Marco de
Actuación, en su calidad de integrantes del SDGR-CC, deben desarrollar
avances en la preparación para la respuesta de los servicios que lideran, a través de acciones de
capacitación, entrenamiento y equipamiento con el fin de optimizar su desempeño en emergencias. 3. Todas las entidades y organismos, en su calidad de
integrantes del SDGR-CC y con base en los lineamientos de los Decretos
Distritales 172 y 173 de 2014, deben tener en cuenta los 4 niveles de la estructura de
coordinación (Red Distrital de Comunicaciones de Emergencias, Puesto de Mando
Unificado — PMU, Centro de Operaciones de Emergencias — COE y el Consejo
Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático) que serán desplegados en la
medida en que el procedimiento
general de la respuesta lo indique, de acuerdo a las orientaciones incluidas en el Marco de Actuación. 4. El IDIGER, con el apoyo de la Mesa de Trabajo para el
Manejo de Emergencias y Desastres, debe realizar y publicar las
respectivas actualizaciones del Marco de Actuación,
en la medida que su uso e implementación así
lo demanden. La presente
Directiva rige a partir de la fecha de su publicación. ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor de Bogotá Proyectó: Claudia
Patricia Coca Galeano, Contratista, Subdirección para el Manejo de emergencias
y Desastres IDIGER / Faride P. Solano Hamdan, Profesional Especializado, Subdirección para el
Manejo de Emergencias y Desastres IDIGER / Jorge Suárez Stevenson, Profesional
Especializado, Subdirección para el Manejo de Emergencias y Desastres IDIGER Revisó: Viviana Carolina
Ortíz Guzmán, Directora Legal Ambiental – SDA / Olga
Teresa de Jesús Ávila, Jefe Oficina Asesora Jurídica – IDIGER / Carlos Edgar
Torres Becerra, Subdirector para el Manejo de Emergencias y Desastres – IDIGER Aprobó: Francisco J.
Cruz Prada, Secretario Distrital de Ambiente // Richard A.Vargas Hernández, Director General – IDIGER NOTAS DE PIE DE PÁGINA: 1 “Por medio del cual
se reglamenta el Acuerdo 546 de 2013, se organizan las instancias de coordinación
del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático SDGR-CC y se
definen tratamientos para su funcionamiento” 2 “Por medio del cual
se dictan disposiciones en relación con el Instituto Distrital de Gestión de
Riesgos y Cambio Climático – IDIGER, su naturaleza, funciones, órganos de
dirección y administración” |