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Decreto 643 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
14/11/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/11/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6433 del 14 de noviembre de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 643 DE 2018

 

(Noviembre 14)

 

Por medio del cual se modifica la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Integración Social

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 7° del artículo 315 de

la Constitución Política y numeral 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que los numerales 7 del artículo 315 de la Constitución Política y 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, le otorgan atribuciones al Alcalde Mayor para crear, suprimir o fusionar los empleos de la administración central, señalando sus funciones especiales y determinando sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.

 

Que el artículo 89 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 señala que la Secretaría Distrital de Integración Social “tiene por objeto orientar y liderar la formulación y el desarrollo de políticas de promoción, prevención, protección, restablecimiento y garantía de los derechos de los distintos grupos poblacionales, familias y comunidades, con especial énfasis en la prestación de servicios sociales básicos para quienes enfrentan una mayor situación de pobreza y vulnerabilidad. Así como, prestar servicios sociales básicos de atención a aquellos grupos poblacionales que además de sus condiciones de pobreza se encuentran en riesgo social, vulneración manifiesta o en situación de exclusión social”.

 

Que mediante Decreto Distrital 607 de 2007, modificado por los Decretos Distritales 445 de 2014 y 587 de 2017 se determina el objeto, la estructura organizacional y funciones de la Secretaría Distrital de Integración Social.

 

Que mediante Decreto Distrital 592 de 2017 se modificó la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Integración Social.

 

Que las entidades públicas como personas jurídicas son dinámicas y deben alinear y evaluar periódicamente su modelo operacional ya sea en su estructura, en su planta de personal, en su modelo de procesos de conformidad a las necesidades del servicio o en razones de modernización de la administración a fin de mejorar los niveles de eficacia, eficiencia, economía y celeridad, bajo criterios de razonabilidad, proporcionalidad y prevalencia del interés general para alcanzar sus objetivos institucionales, por esta razón la Secretaria se ve en la necesidad de modificar su planta de personal.

 

Que mediante radicado No. 2018EE2090 del 25 de septiembre de 2018 el Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital (E) emitió concepto técnico favorable consistente en la supresión de tres (3) empleos (un Asesor Código 105 Grado 03, un Instructor Código 313 Grado 05 y un Auxiliar de Servicios Generales Código 470 Grado 08) y la creación de (1) empleo (Asesor Código 105 Grado 05).

 

Que mediante radicado No. 2018EE205189 del 12 de octubre de 2018, el Director Distrital de Presupuesto (E) de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió viabilidad presupuestal para la supresión de tres (3) empleos y la creación de (1) empleo financiado con el presupuesto de inversión a costo cero (0).

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°.- Suprímase de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Integración Social, los siguientes cargos:

 

Nivel Jerárquico

Denominación del Empleo

Código

Grado

No. De Cargos

Asesor

Asesor

105

03

Uno (1)

Técnico

Instructor

313

05

Uno (1)

Asistencial

Auxiliar de servicios generales

470

08

Uno (1)

 

Total de cargos

 

 

Tres  (3)


ARTÍCULO 2°.- Créase en la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Integración Social, los siguientes cargos:

 

Nivel Jerárquico

 

Denominación del Empleo

Código

Grado

No. De Cargos

Asesor

Asesor 

 

105

05

Uno (1)

 

 

Total

 

 

uno (1)

 

ARTÍCULO 3°. Derogado por el art. 5, Decreto 460 de 2021. 


El texto derogado era el siguiente: 

Artículo 3. Las funciones de la Secretaría Distrital de Integración Social serán desarrolladas por la siguiente planta de empleos:

 

DESPACHO DE LA SECRETARÍA

DENOMINACIÓN

CODIGO

GRADO

No. CARGOS

Secretario de Despacho

020

09

Uno (1)

Asesor

105

07

Dos (2)

Asesor

105

05

Ocho (8)

Asesor

105

04

Seis (6)

Asesor

105

03

Diez (10)

Asesor

105

02

Uno (1)

Asesor

105

01

Dos (2)

TOTAL PLANTA DESPACHO

 

Treinta (30)

 

PLANTA GLOBAL

 

 

NIVEL DIRECTIVO

 

DENOMINACIÓN

CODIGO

GRADO

No. CARGOS

Subsecretario de Despacho

045

08

Uno (1)

Director Técnico

009

08

Cinco (5)

Jefe de Oficina

006

06

Dos (2)

Subdirector Técnico

068

05

Treinta y dos (32)

TOTAL NIVEL DIRECTIVO

 

Cuarenta (40)

 

NIVEL ASESOR

 

Jefe de Oficina Asesora Jurídica

115

08

Uno (1)

Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones

115

06

Uno (1)

TOTAL NIVEL ASESOR

 

Dos (2)

 

NIVEL PROFESIONAL

 

Comisario de Familia

202

28

Sesenta (60)

Profesional Especializado

222

28

Tres (3)

Profesional Especializado

222

25

Dos (2)

Profesional Especializado

222

23

Diecisiete (17)

Profesional Especializado

222

22

Tres (3)

Profesional Especializado

222

21

Veintiséis (26)

Profesional Universitario

219

17

Cinco (5)

Profesional Universitario

219

16

Ciento veintiuno (121)

Profesional Universitario

219

 

15

Noventa y seis (96)

Profesional Universitario

219

 

12

Quince (15)

Profesional Universitario

219

 

11

Setenta (70)

Profesional Universitario

219

 

09

Doscientos diecinueve (219)

Odontólogo

214

 

15

Cuatro (4)

Médico General

211

 

17

Tres (3)

Médico General

211

 

11

Uno (1)

TOTAL NIVEL PROFESIONAL

 

 

Seiscientos cuarenta y cinco (645)

 

NIVEL TÉCNICO

 

Técnico Operativo

314

 

22

Uno (1)

Técnico Operativo

314

 

15

Ocho (8)

Técnico Operativo

314

 

14

Treinta y ocho (38)

Técnico Operativo

314

 

13

Tres (3)

Técnico Operativo

314

 

11

Trece (13)

Técnico Operativo

314

 

09

Siete (7)

Instructor

313

 

14

Ciento noventa y ocho (198)

Instructor

313

 

11

Veintiocho (28)

Instructor

313

 

08

Treinta y cuatro (34)

Instructor

313

 

05

Doscientos setenta y nueve (279)

TOTAL NIVEL TÉCNICO

 

 

Seiscientos nueve (609)

NIVEL ASISTENCIAL

Auxiliar Administrativo

407

 

27

Cuarenta y nueve (49)

Auxiliar Administrativo

407

 

24

Cuarenta y seis (46)

Auxiliar Administrativo

407

 

23

Cuatro (4)

Auxiliar Administrativo

407

 

19

Catorce (14)

Auxiliar Administrativo

407

 

15

Doce (12)

Auxiliar Administrativo

407

 

13

Sesenta y tres (63)

Auxiliar Administrativo

407

 

11

Quince (15)

Auxiliar Administrativo

407

 

10

Cinco (5)

Auxiliar Administrativo

407

 

08

Cuarenta y siete (47)

Auxiliar Área Salud

412

 

13

Diecinueve (19)

Secretario Ejecutivo

425

 

27

Cuatro (4)

Secretario

440

 

23

Dieciocho (18)

Secretario

440

 

19

Dos (2)

Secretario

440

 

15

Diecisiete (17)

Secretario

440

 

13

Veinticinco (25)

Secretario

440

 

11

Nueve (9)

Secretario

440

 

09

Catorce (14)

Auxiliar Servicios Generales

470

 

09

Uno (1)

Auxiliar Servicios Generales

470

 

08

Doscientos cincuenta y uno (251)

Conductor

480

 

17

Uno (1)

Operario

487

 

13

Catorce (14)

TOTAL NIVEL ASISTENCIAL

 

 

Seiscientos treinta 630

TOTAL PLANTA GLOBAL

 

 

Mil novecientos veintiséis   (1926)

TOTAL PLANTA DESPACHO

 

 

Treinta (30)

TOTAL PLANTA

 

 

Mil novecientos cincuenta y seis (1956)


ARTÍCULO 4º.- Comunicar el presente decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al DASCD, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, deroga el artículo 3 del Decreto Distrital 592 de 2017 y demás disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de noviembre del año 2018.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor

 

CRISTINA VÉLEZ VALENCIA

 

Secretaria Distrital de Integración Social

 

NIDIA ROCÍO VARGAS

 

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital