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Decreto 836 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/12/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/12/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6463 del 28 de diciembre de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 836 DE 2018

 

(Diciembre 28)

 

Por el cual se crean unos cargos temporales en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política y el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política dispone que es atribución de los Alcaldes: “Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado”.

 

Que la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades distritales.

 

Que el artículo 21 ídem consagra que los organismos y entidades pueden crear excepcionalmente, en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio para el desarrollo de programas y proyectos de duración determinada o para suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo.

 

Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, es atribución del Alcalde Mayor de Bogotá crear, suprimir o fusionar los empleos de la Administración Central, señalarles sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.

 

Que producto del estudio jurídico adelantado por parte de la Secretaría Distrital de Hacienda en los términos establecidos en el Decreto Distrital 607 de 2017, se concluyó que era viable concentrar la actividad de cobro coactivo de las acreencias Tributarias en la Dirección Distrital de Cobro como se mencionó en el concepto 2018IE10222 del 23 de abril de 2018 de la Dirección Jurídica de la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

Que en atención al estudio técnico elaborado por la Secretaría Distrital de Hacienda en los términos del Decreto Distrital 607 de 2017 se evidenció la necesidad de fortalecer la Dirección Distrital de Cobro con la creación de ciento treinta y dos (132) empleos de carácter temporal para el desarrollo de estas funciones.

 

Que la Secretaría Distrital de Hacienda presentó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital el estudio técnico para la creación de ciento treinta y dos (132) empleos de carácter temporal, con base en el cual éste emitió concepto técnico favorable hasta el 30 de junio de 2020, mediante oficio número 2018EE2318 del 22 de octubre de 2018 de conformidad con las facultades otorgadas por el artículo 6 del Acuerdo Distrital 199 de 2005.

 

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió viabilidad presupuestal favorable para la creación de los referidos ciento treinta y dos (132) empleos de carácter temporal mediante Oficio con radicado No. 2018IE29475 del 6 de noviembre de 2018, señalando que a la fecha existe apropiación y disponibilidad presupuestal para cubrir el pago de salarios y prestaciones sociales de los servidores públicos que sean vinculados en tal planta temporal.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Crear los siguientes empleos de carácter temporal, en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda hasta el 30 de junio de 2020:

 

 

PLANTA GLOBAL

 

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

No. DE

CARGOS

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

27

UNO (1)

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

24

CUATRO (4)

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

21

SIETE (7)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

18

DIEZ (10)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

14

TREINTA Y UNO (31)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

11

CINCUENTA Y UNO (51)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

5

SIETE (7)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

1

TRECE (13)

TECNICO OPERATIVO

314

17

UNO (1)

TECNICO OPERATIVO

314

9

TRES (3)

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

22

CUATRO (4)

TOTAL

132

 

NOTA: Empleos prorrogados hasta el 31 de diciembre de 2023 por el art. 1, Decreto Distrital 455 de 2021.


Artículo 2. Los empleos de carácter temporal creados en el presente decreto, deberán cumplir las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto Nacional 1083 de 2015 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan, conforme al manual específico de funciones y competencias laborales que expedirá la Secretaría Distrital de Hacienda para tales fines dentro de los dos meses siguientes a la vigencia de este decreto.

 

Artículo 3. La provisión de los empleos de carácter temporal se efectuará, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.5 del Decreto Nacional 648 de 2017 que modificó y adicionó el Decreto Nacional 1083 de 2015.

 

Artículo 4. El término de duración de los empleos temporales deberá sujetarse al concepto técnico y a la disponibilidad presupuestal emitidos para el efecto.

 

Artículo 5. El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Registro Distrital, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de diciembre del año 2018.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor

 

JOSÉ ALEJANDRO HERRERA LOZANO

 

Secretario Distrital de Hacienda (E)

 

MARÍA CONSTANZA ROMERO OÑATE

 

Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital (E)