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Resolución 677 de 2017 Secretaría Distrital de Gobierno

Fecha de Expedición:
19/07/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/07/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6596 del 16 de julio de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 677 DE 2017

 

(Julio 19)

 

Por la cual se hace una delegación relacionada con la supervisión de sorteos, concursos y espectáculos públicos que se realicen en el Distrito Capital

 

EL SECRETARIO DISTRITAL DE GOBIERNO (E.)

 

En uso de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el Decreto Distrital No.362 de 2017 y el artículo 17 del Acuerdo Distrital No.257 de 2006, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.

 

Que de conformidad con el artículo 9o. de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

 

Que el Acuerdo Distrital No.257 de 2006, en su artículo 17, señala que las autoridades administrativas del Distrito Capital podrán delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias de conformidad con la Constitución y la Ley.

 

Que el artículo primero del Decreto Distrital No.455 de 2006 señala que corresponde al Secretario Distrital de Gobierno ejercer la función de supervisar sorteos y concursos, así como espectáculos públicos que se realicen en el Distrito Capital.

 

Que, según el literal h) del artículo 3o. del Decreto Distrital No.411 de 2016, corresponde al Secretario de Gobierno expedir los actos administrativos que sean necesarios para el cabal cumplimiento de las funciones de la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

Que en virtud de lo establecido en el literal j) del artículo 3o del Decreto Distrital No.411 de 2016, es función del Despacho del Secretario de Gobierno dirigir el seguimiento al trámite de permisos para las rifas, juegos y espectáculos dentro del territorio del Distrito, de conformidad con las normas pertinentes.

 

Que de acuerdo con el literal i) del artículo 14 del Decreto Distrital No.411 de 2016, corresponde a la Dirección para la Gestión Policiva dar respuesta sobre las solicitudes para la realización de juegos de habilidad y destreza, y juegos localizados de suerte y azar que se pretendan adelantar en Bogotá, D.C.

 

Que en aras de garantizar y facilitar la supervisión de sorteos, concursos y espectáculos públicos que se realicen en Bogotá, D.C., se hace necesario delegar, en el Director para la Gestión Policiva, algunas funciones del Despacho del Secretario de Gobierno.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1. Delegar en el Director para la Gestión Policiva de la Entidad la expedición de los actos administrativos y la definición de manuales, procedimientos, instrucciones, formatos y demás documentos controlados del Sistema Integrado de Gestión que sean necesarios para dar cumplimiento a los artículos 10 al 30, inclusive, de la Resolución No.0673 del 19 de julio de 2017, en los asuntos relacionados con la conformación y exclusiones de la Lista de Delegados para la Supervisión, delegaciones y retribución de los delegados para la supervisión de sorteos, concursos y espectáculos públicos que se realicen en el Distrito Capital.

 

ARTÍCULO 2. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de julio del año 2017.

 

LUBAR ANDRÉS CHAPARRO CABRA

 

Secretario Distrital de Gobierno (E.)