RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 767 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
17/12/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/12/2019
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6698 del 18 de diciembre de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 767 DE 2019

 

(Diciembre 17)

 

Por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2019, con cargo al Fondo de Compensación Distrital

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 3 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 35 del Decreto Distrital 714 de 1996 y el artículo 2 del Decreto Distrital 396 de 1996, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 63 del Decreto Distrital 714 de 1996, “Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”, establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

 

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto Distrital 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal.

 

Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2 consagra que cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente.

 

Que adicionalmente, el mismo artículo establece que cuando la operación presupuestal afecte los recursos del Fondo de Compensación Distrital, se hará mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto.

 

Que la Contraloría de Bogotá D.C., mediante comunicación radicada con el número 2019ER114846 del 22 de octubre de 2019 en la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto solicita adición de recursos al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la entidad por valor de $3.550.349.594 para atender los gastos asociados al cumplimiento de la Sentencia T 416 de 2016.

 

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto Distrital 396 de 1996, la Directora Distrital de Presupuesto mediante oficio 2019IE30688 del 07 de noviembre de 2019 emitió concepto favorable sobre la modificación al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, por la Suma de $3.550.349.594

 

Que con cargo al rubro Fondo de Compensación Distrital se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 404 del 06 de noviembre de 2019, por valor de $3.550.349.594.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1º.- Trasladar en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2019, la suma de tres mil quinientos cincuenta millones trescientos cuarenta y nueve mil quinientos noventa y cuatro pesos ($3.550.349.594) m/cte., según el siguiente detalle:

 

CONTRACRÉDITOS

 

111

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA

3.550.349.594

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

3.550.349.594

3

GASTOS

3.550.349.594

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

3.550.349.594

3.1.5

Transferencias corrientes de funcionamiento

3.550.349.594

3.1.5.01

Distrital

3.550.349.594

3.1.5.01.02

A otras entidades del gobierno general

3.550.349.594

3.1.5.01.02.01

Fondo de Compensación Distrital

3.550.349.594

 

TOTAL CONTRACRÉDITOS

3.550.349.594

 

CRÉDITOS

 

235

CONTRALORÍA DE BOGOTÁ

3.550.349.594

01

UNIDAD 01

3.550.349.594

3

GASTOS

3.550.349.594

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

3.550.349.594

3.1.5

Transferencias corrientes de funcionamiento

3.550.349.594

3.1.5.07

Sentencias y conciliaciones

3.550.349.594

3.1.5.07.01

Sentencias

3.550.349.594

 

TOTAL CRÉDITOS

3.550.349.594

 

Artículo 2º.- El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de diciembre del año 2019.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor

 

BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ

 

Secretaria Distrital de Hacienda