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Resolución 237 de 2010 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Fecha de Expedición:
05/02/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 237 DE 2010

(Febrero 05)

 Derogada por el art. 36, Resolución Sec. Educación 1457 de 2014.

Por el cual se modifica la Resolución 2546 de 2003 que crea en el nivel central de la Secretaría de Educación del Distrito Capital, el Comité de seguimiento al proceso de matrícula del sector oficial del Distrito Capital y se asignan unas funciones.

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO CAPITAL

En uso de las facultades conferidas por las leyes 115 de 1994 y 715 de 2001 y el Decreto Distrital Nº. 330 de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde al Estado garantizar el derecho de la educación con calidad y asegurar las condiciones necesarias para el ingreso y permanencia de los niños y jóvenes en el sistema escolar.

Que la Secretaría de Educación del Distrito debe propiciar las condiciones para planear y ejecutar el proceso de matrícula dentro del marco normativo vigente.

Que el Decreto 330 de 2008 determina los objetivos, la estructura, y las funciones de la Secretaría de Educación del Distrito.

Que se hace necesario adaptar la composición y las funciones del Comité de seguimiento al proceso de matrícula del sistema de educación oficial del Distrito Capital, inicialmente establecido por la Resolución 2546 del 8 de septiembre de 2003, a la estructura y funciones establecidas por el decreto 330 de 2008.

Ver la Resolución de la Sec. de Educación 1582 de 2010

RESUELVE:

Artículo Primero. Modificación. Modificar la composición y las funciones iniciales del Comité de seguimiento al proceso de matrícula del sector oficial del Distrito Capital en los términos establecidos en los artículos siguientes.

Artículo Segundo. Conformación. El comité modificado en el presente acto administrativo estará integrado por los siguientes funcionarios:

- El Secretario de Educación, quien lo preside.

- El Subsecretario de Acceso y Permanencia.

- El Subsecretario de Integración Interinstitucional.

- El subsecretario de Gestión y Pertenencia

- El Subsecretario de la Oficina Asesora de Planeación.

- El Director General de Educación y Colegios Distritales.

- El Director de Cobertura, quien ejercerá la Secretaría Técnica del Comité.

PARÁGRAFO: En todos los eventos en los cuales el Comité lo estime conveniente convocará a sus sesiones a las personas que por su actividad o conocimientos estén en capacidad de contribuir a la mejor comprensión de los asuntos en materia de su consideración. Las citaciones efectuadas a los funcionarios tendrán carácter obligatorio.

Artículo Tercero. Sesiones. El Comité sesionará ordinariamente 3 veces al año y extraordinariamente cuando el Secretario de Educación o el Subsecretario de Acceso y Permanencia o el Director de Cobertura lo convoquen.

Artículo Cuarto. Funciones del Comité.

a. Definir los criterios, parámetros y procedimientos para la planeación, organización, administración y evaluación del proceso de matrícula del sistema de educación oficial.

b. Revisar y aprobar la Resolución para cada proceso de matrícula.

c. Formular las directrices para el diseño de los instrumentos que deban ser utilizados dentro de la ejecución del proceso de matrícula y aprobarlos.

d. Formular los lineamientos y las directrices para la adopción de planes de contingencia, en los casos que se requiera.

e. Verificar el cumplimiento del cronograma establecido para adelantar el proceso de matrícula y sugerir la adopción de correctivos cuando a ello haya lugar.

f. Las demás que sean asignadas por el Secretario de Educación del Distrito.

Articulo  Séptimo. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en particular la Resolución 2546 del 8 de septiembre de 2003.

Publíquese y Cúmplase.

Dada en Bogotá D.C. a los 05 días del mes de febrero de 2010.

JORGE ALBERTO TORRES PEÑA

Secretario de Educación del Distrito Capital (E)