RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 116 de 2002 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
03/04/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/04/2002
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2607 del 3 de abril de 2002
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM01162002

DECRETO 116 DE 2002

(3 Abril)

«Por el cual se modifica la estructura de Rentas e Ingresos del Presupuesto Anual del Distrito Capital para la Vigencia Fiscal 2002, se sustituyen ingresos, se modifican los Decretos 955 de 2001, 063 y 072 de 2002».

Modificado por el Decreto Distrital 210 de 2002

Modificado por el Decreto Distrital 229 de 2002

Ver el Proyecto de Acuerdo Distrital 146 de 2002

Ver el Proyecto de Acuerdo Distrital 155 de 2002

Ver el Decreto Distrital 261 de 2002.

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

En uso de sus facultades legales y en especial de las consagradas en el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo No. 47 del 9 de diciembre de 2001 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año 2002, liquidado según Decreto No. 954 del 31 diciembre de 2001.

Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2°, artículo 64° del Decreto No. 714 de 1996, el Gobierno Distrital expidió el Decreto 955 de 2001 «Por el cual se suspenden unas apropiaciones del Presupuesto de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2002».

Que el Decreto No. 955 de 2001 fue modificado por el Gobierno Distrital mediante los Decretos Nos. 054, 063 y 072 de 2002, así, la suspensión de recursos del Distrito es a la fecha de $694.572.729.034.

Que la clasificación de las cuentas del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2002 en el componente Transferencias Nación, se realizó de acuerdo con lo establecido en la Ley 60 de 1993, teniendo en cuenta que en la fecha de aprobación del Presupuesto Anual por parte del Concejo Distrital, la nueva Ley de Transferencias, no había sido sancionada aún por el Gobierno Nacional.

Que la Ley 715 del 21 diciembre de 2001 «Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros», modificó la estructura de Ingresos por Transferencias de los entes territoriales, determinando una nueva composición y distribución entre los sectores de Educación, Salud y Propósito General.

Que por lo expuesto se requiere efectuar el ajuste al Presupuesto de Rentas e Ingresos de la Administración Central en el renglón de Transferencias Nación teniendo en cuenta la distribución establecida en la Ley 715 de 2001.

Que el Gobierno Nacional a través del Departamento Nacional de Planeación, mediante oficio DDT-SFPT-29 del 4 de febrero de 2002, comunicó al Distrito Capital la distribución de recursos del Sistema General de Participaciones aprobada mediante documento CONPES Social 057 del 28 de enero de 2002 correspondiente a la vigencia 2002, por un monto de $759.853.383.254.

Que en el mencionado oficio se asigna un menor valor frente a lo presupuestado por la Administración Distrital en el sector Educación. El valor del SGP- Educación se ajustará tanto en el Presupuesto de Rentas e Ingresos como en el de Gastos e Inversiones, una vez se conozca la cifra definitiva en el documento CONPES del mes de agosto de 2002.

Que la distribución comunicada al Gobierno Distrital por parte del Departamento Nacional de Planeación, contempla recursos por $114.741.840.461 para la participación de Propósito General, monto que supera en $49.492.167.801 el presupuesto estimado por la Administración Distrital.

Que con los recursos del Sistema General de Participaciones, se pueden financiar conforme a lo establecido en el título IV, capítulo II, artículo 76 de la Ley 715 de 2001, inversiones prioritarias en los sectores de cultura, recreación y deporte, atención a grupos vulnerables, equipamiento municipal, fortalecimiento institucional, seguridad y empleo entre otros.

Que de los recursos adicionales por $49.492.167.801 de la participación de Propósito General, se distribuirán inicialmente $13.179.867.268 en los sectores establecidos en el artículo 76 de la Ley 715 de 2001.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64, inciso 3° del Decreto No. 714 de 1996, el Gobierno Distrital podrá sustituir rentas e ingresos de acuerdo con el comportamiento real del recaudo.

Que teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, la Administración Distrital puede realizar una sustitución de ingresos en el agregado Transferencias en el renglón Transferencias Nación.

Que es procedente levantar la suspensión aplicada a unas apropiaciones del Presupuesto, para permitir la ejecución de proyectos prioritarios del Plan de Desarrollo en algunas entidades que corresponden a los sectores previamente mencionados.

En virtud de lo anterior,

Ver la Resolución de Hacienda 474 de 2002

DECRETA:

ARTÍCULO 1o.- Ajustar la estructura del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de la Administración Central, correspondiente a la Vigencia Fiscal 2002, así:Ver el Decreto Distrital 350 de 2002

AJUSTE ESTRUCTURA DE RENTAS E INGRESOS

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

DISMINUYE

2

INGRESOS

920.491.987.695

2 2

TRANSFERENCIAS

920.491.987.695

2 2 1

NACIÓN

920.491.987.695

2 2 1 01

Participación Ingresos Corrientes

268.296.351.398

2 2 1 02

Situado Fiscal

495.045.311.497

2 2 1 02 01

Salud

130.967.644.980

2 2 1 02 02

Educación

341.956.489.995

2 2 1 02 03

Educación (Pensionados Nación)

22.121.176.522

2 2 1 05

Otras Transferencias Nación

157.150.324.800

 

AUMENTA

 

2

INGRESOS

920.491.987.695

2 2

TRANSFERENCIAS

920.491.987.695

2 2 1

NACIÓN

920.491.987.695

2 2 1 06

Sistema General de Participaciones

920.491.987.695

2 2 1 06 01

Educación

630.773.391.593

2 2 1 06 02

Salud

224.468.923.442

2 2 1 06 03

Propósito General

65.249.672.660

ARTÍCULO 2o. - Sustituir las siguientes Rentas e Ingresos del Presupuesto Anual del Distrito Capital, correspondientes a la Vigencia Fiscal 2002, según el detalle indicado a continuación:

SUSTITUCIÓN DE RENTAS E INGRESOS

ADMINISTRAClÓN CENTRAL

DISMINUYE

2

INGRESOS

13.179.867.268

2 2

TRANSFERENCIAS

13.179.867.268

2 2 1

NACIÓN

13.179.867.268

2 2 1 06

Sistema General de Participaciones

13.179.867.268

2 2 1 06 01

Educación

13.179.867.268

 

AUMENTA

 

2

INGRESOS

13.179.867.268

2 2

TRANSFERENCIAS

13.179.867.268

2 2 1

NACIÓN

13.179.867.268

2 2 1 06

Sistema General de Participaciones

13.179.867.268

2 1 06 03

Propósito General

13.179.867.268

PARÁGRAFO. De acuerdo a la sustitución antes mencionada, el Presupuesto de Rentas e Ingresos componente Transferencias Nación, correspondiente a la Vigencia Fiscal 2002, quedará así:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

2

INGRESOS

920.491.987.695

2 2

TRANSFERENCIAS

920.491.987.695

2 2 1

NACIÓN

920.491.987.695

2 2 1 06

Sistema General de Participaciones

920.491.987.695

2 2 1 06 01

Educación

617.593.524.325

2 2 1 06 02

Salud

224.468.923.442

2 2 1 06 03

Propósito General

78.429.539.928

ARTÍCULO 3o.- Levantar la suspensión de unas apropiaciones del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, correspondientes a la Vigencia Fiscal 2002, según el siguiente detalle:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

111

SECRETARÍA DE HACIENDA

 

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

 

3

GASTOS

11.184.439.183

3 3

INVERSIÓN

11.184.439.183

3 3 2

TRANSFERENCIAS PARA INVERSIÓN

11.184.439.183

3 3 2 01

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

8.829.439.183

3 3 2 01 07

Instituto de Desarrollo Urbano -IDU

150.000.000

3 3 2 01 11

Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte - IDRD

4.329.439.183

3 3 2 01 14

Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y de la Juventud - IDIPRON

500.000.000

3 3 2 01 17

Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C.

3.850.000.000

3 3 2 02

OTRAS TRANSFERENCIAS

2.355.000.000

3 3 2 02 11

Empresa de Renovación Urbana (Creación y Capitalización)

2.355.000.000

122

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE BIENESTAR SOCIAL

 

3

GASTOS

1.845.428.085

3 3

INVERSlÓN

1.845.428.085

3 3 1

DIRECTA

1.845.428.086

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

1.845.428.085

3 3 1 11 03

JUSTICIA SOCIAL

180.000.000

3 3 1 11 03 15

Bogotá ciudad fraterna

180.000.000

3 3 1 11 03 15 7308

Centros Amar de integración

180.000.000

3 3 1 11 06

FAMILIA Y NIÑEZ

1.665.428.085

3 3 1 11 06 30

Mundos para la niñez y la familia

1.666.428.085

3 3 1 11 06 30 7187

Servicios de operación y apoyo de las unidades de servicios DABS

665.428.085

3 3 1 11 06 30 7319

Mundos para la niñez de 0 a 5 años: educación inicial

1.000.000.000

125

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL

 

3

GASTOS

150.000.000

3 3

INVERSlÓN

150.000.000

3 3 1

DIRECTA

150.000.000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

150.000.000

3 3 1 11 07

GESTlÓN PÚBLICA ADMIRABLE

150.000.000

3 3 1 11 0733

Administración a la medida

150.000.000

3 3 1 11 07 33 7326

Mejores por Bogotá

150.000.000

TOTAL SUSPENSIÓN LEVANTADA

13.179.867.268

PARÁGRAFO: El monto correspondiente a la suspensión levantada en el Presupuesto de la Secretaría de Hacienda de que trata el presente artículo, se reflejará en el Presupuesto de los siguientes Establecimientos Públicos, así:

ESTABLECIMIENTOS PÚBLlCOS

204

INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU

 

3

GASTOS

150.000.000

3 3

INVERSIÓN

150.000.000

3 3 1

DIRECTA

150.000.000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

150.000.000

3 3 1 11 02

PRODUCTIVIDAD

150.000.000

3 3 1 11 02 10

Bogotá crece con razón

150.000.000

3 3 1 11 02 10 7193

Gestión de actuaciones urbanísticas

150.000.000

211

INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL

 

DEPORTE - IDRD

   

3

GASTOS

4.329.439.183

3 3

INVERSIÓN

4.329.439.183

3 3 1

DIRECTA

4.329.439.183

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

4.329.439.183

3 3 1 11 01

CULTURA CIUDADANA

3.500.000.000

3 3 1 11 01 06

Comunicar vida y jugar limpio

3.500.000.000

3 3 1 11 01 06 3076

Administración y sostenibilidad del sistema distrital de parques

1.000.000.000

3 3 1 11 01 06 7345

Deporte para la vida

1.000.000.000

3 3 1 11 01 06 7346

Re-creando a Bogotá

1.500.000.000

3 3 1 11 05

AMBIENTE

829.439.183

3 3 1 11 05 27

Bogotá bella, construida y natural

829.439.183

3 3 1 11 05 27 3011

Desarrollo infraestructura de parques y escenarios

829.439.183

214

INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCION DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD - IDIPRON

 

3

GASTOS

500.000.000

3 3

INVERSIÓN

500.000.000

3 3 1

DIRECTA

500.000.000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

500.000.000

3 3 1 11 02

PRODUCTIVIDAD

200.000.000

3 3 1 11 02 07

Bogotanos y Bogotanas altamente competentes

200.000.000

3 3 1 11 02 07 4021

Generación de empleo como herramienta de recuperación para jóvenes de la calle

200.000.000

3 3 1 11 03

JUSTICIA SOCIAL

250.000.000

3 3 1 11 03 15

Bogotá ciudad fraterna

250.000.000

3 3 1 11 03 15 7243

Servicios de apoyo operativo y de seguridad a las unidades educativas de IDIPRON

250.000.000

3 3 1 11 06

FAMILIA Y NIÑEZ

50.000.000

3 3 1 11 06 28

Cartas de navegación para la política social

50.000.000

3 3 1 11 06 28 7449

Fomento de la participación ciudadana juvenil mediante el ejercicio del autogobierno en todos los programas del IDIPRON

50.000.000

217

FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ, D.C.

 

3

GASTOS

3.850.000.000

3 3

INVERSIÓN

3.850.000.000

3 3 1

DIRECTA

3.850.000.000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

3.850.000.000

3 3 1 11 01

CULTURA CIUDADANA

3.850.000.000

3 3 1 11 01 02

Vida sagrada

3.850.000.000

3 3 1 11 01 02 6049

Adquisición y sostenibilidad de medios de transporte destinados a la prevención

3.500.000.000

3 3 1 11 01 02 7093

Adquisición de equipo técnico y desarrollo de actividades de inteligencia policíal

350.000.000

ARTÍCULO 4°.- El monto correspondiente a la suspensión levantada de que trata el artículo 3° del presente Decreto, se compensará con la suspensión de la siguiente partida del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, correspondiente a la Vigencia Fiscal 2002, según el siguiente detalle:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

112

SECRETARIA DE EDUCACIÓN

 

3

GASTOS

13.179.867.268

3 3

INVERSIÓN

13.179.867.268

3 3 1

DIRECTA

13.179.867.268

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

13.179.867.268

3 3 1 11 04

EDUCACIÓN

13.179.867.268

3 3 1 11 04 20

Educación para la era del conocimiento

13.179.867.268

3 3 1 11 04 20 4232

Nómina de centros educativos

13.179.867.268

TOTAL SUSPENSIÓN

13.179.867.268

ARTÍCULO 5°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los tres (03) días del mes de Abril del año dos mil dos (2002).

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor

ISRAEL FAINBOIM YAKER

Secretario de Hacienda.

Nota : Publicado en el Registro Distrital 2607 de 03-04-02