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Acuerdo 250 de 2026 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva

Fecha de Expedición:
25/03/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/03/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8553 del 01 de abril de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 250 DE 2026

 

(Marzo 25)

 

Por medio del cual se emite concepto previo favorable a una distribución de la disponibilidad final en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2026

 

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA ESP, EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES LEGALES Y ESTATUARIAS CONSAGRADAS EN EL NUMERAL 1, LITERAL D, DEL ARTÍCULO 11 DEL ACUERDO 05 DE 2019 Y

 

CONSIDERANDO:

 

Que es función de la Junta Directiva, por disposición del literal D del numeral 1 del artículo 11 del Acuerdo de Junta No. 05 del 17 de enero de 2019, tramitar las modificaciones y ajustes presupuestales, de acuerdo a su competencia y según lo establecido en el régimen legal vigente y, en particular conforme a lo dispuesto en el Decreto 662 de 2018 y las normas que lo adicionen sustituyan o reformen.

 

Que conforme a lo establecido en el artículo 10° del Decreto Distrital 191 de 2021, que reglamenta y establece directrices y controles en el proceso presupuestal de las empresas distritales y dicta otras disposiciones,

 

"EI CONFIS Distrital podrá delegar en las juntas o consejos directivos de las empresas distritales descritas en el ámbito de aplicación del Decreto Distrital 662 de 2018, la autorización para efectuar el ajuste al presupuesto de rentas e ingresos y de gastos e inversiones en curso de la vigencia, con base en el ejercicio del cierre presupuestal y financiero de la vigencia fiscal inmediatamente anterior y previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto y adicionalmente de la Secretaria Distrital de Salud para las ESEs. La incorporación del ajuste al presupuesto lo realizará el representante legal e informará a la junta o consejo directivo, para lo cual efectuará los ajustes necesarios en el presupuesto de ingresos y gastos.

 

La distribución de la Disponibilidad Final será aprobada por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la junta o consejo directivo de la empresa y de la Secretaria Distrital de Hacienda -Dirección Distrital de Presupuesto. En el caso de las Empresas Sociales del Estado, adicionalmente se requerirá el concepto previo de la Secretaría Distrital de Salud.

 

Que el CONFIS Distrital mediante Resolución 015 de 2021, aprobó delegar en las juntas o consejos directivos de las empresas distritales no financieras a las que hace referencia el artículo 1° del Decreto Distrital 662 de 2018, la facultad para aprobar y modificar el presupuesto de rentas e ingresos y gastos e inversiones, y establece en su artículo 4°.

 

*ARTICULO CUARTO. Delegar en las Juntas o Consejos Directivos de las entidades a las cuales hace referencia el artículo primero de la presente resolución, la aprobación mediante acto administrativo, del ajuste al presupuesto de rentas e ingresos y de gastos e inversiones en curso de la vigencia, con base en el ejercicio del cierre presupuestal y financiero de la vigencia fiscal inmediatamente anterior y previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto....

 

Parágrafo segundo. La distribución de la Disponibilidad Final será aprobada por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la junta o consejo directivo de la empresa y de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. En el caso de las Empresas Sociales del Estado, adicionalmente se requerirá el concepto previo de la Secretaria Distrital de Salud.

 

Que la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, mediante Acuerdo No 235 del 27 de octubre de 2025, aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la EAAB-ESP para la vigencia fiscal 2026, por la suma de SIETE BILLONES CIENTO VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA MIL PESOS ($7.129.858.260.000) M/CTE, en el cual se estableció una disponibilidad final de DOS BILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL PESOS ($2.340.848.499.000) M/CTE.

 

Que la Junta Directiva de la EAAB-ESP mediante Acuerdo No 245 del 11 de marzo de 2026 aprobó el ajuste del presupuesto 2026, con base en el cierre fiscal de la vigencia 2025, con lo cual se incrementó la disponibilidad final en CIENTO TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS ($135.874.724.538) M/CTE, quedando establecida en la suma de DOS BILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS MILLONES DOSCIENTOS VEINTITRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHOS PESOS ($2.476.723.223.538) M/CTE.

 

Que la Junta Directiva de la EAAB-ESP, mediante Acuerdo N° 246 del 11 de marzo de 2026, emitió concepto favorable a una distribución de la disponibilidad final de SESENTA Y TRES MIL MILLONES DE PESOS ($63.000.000.000) M/CTE, en gastos de inversión, con lo cual la disponibilidad final queda establecida en DOS BILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS MILLONES DOSCIENTOS VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS ($2.413.723.223.538) M/CTE. Esta distribución, a la fecha, se encuentra en trámite de aprobación ante el CONFIS Distrital.

 

Que la Dirección de Gestión de Compensaciones, mediante correo electrónico, informa que respecto al incremento del 23% al salario mínimo legal mensual (smlmv) para la vigencia 2026, que fijó el Gobierno Nacional mediante Decreto 1469 de 2025, más dos puntos adicionales pactados convencionalmente, se determina un mayor valor en gastos de personal de $71.518.477.539. Así mismo, se requiere un ajuste en este mismo rubro por $19.635.462.018 correspondientes al reintegro de los recursos del rubro "Pensiones de Jubilación", contracreditados en la Resolución 0010 del 9 de enero de 2026 para financiar el mayor valor previsto para los contratos del Plan Adicional de Salud (PAS). Por lo tanto, el ajuste requerido al presupuesto 2026 en gastos de personal es de $91.153.939.557

 

Que la Gerencia Corporativa de Gestión Humana y Administrativa mediante oficio N°1410001-2026-0006 solicita recursos por $1.655.874.730, con el fin de cubrir el mayor valor generado en los diferentes pagos que se deben realizar a las organizaciones sindicales de la EAAB-ESP, por concepto de auxilio sindical enmarcados en cada una de las convenciones colectivas vigentes, debido al incremento del smlmv de 23%, decretado por el Gobierno Nacional para 2026.

 

Que la Dirección Planeación y Control de Gastos y Costos mediante oficio N°1240001-2026-0056, solicita realizar la modificación presupuestal correspondiente, para atender lo solicitado por la Gerencia Corporativa de Gestión Humana y Administrativa en cuanto al mayor valor en el concepto de auxilio sindical. De otra parte, el Gobierno Nacional expidió cinco decretos legislativos para atender la emergencia climática declarada mediante Decreto 150 de 2026, que afecta a varios departamentos del Caribe y el noroccidente del país tras el fenómeno hidrometeorológico que dejó familias y hectáreas productivas impactadas. Las medidas adoptadas en estos decretos son de naturaleza tributaria, financiera y ambiental.

 

Que en el marco de la aplicación del Decreto 0173 de 2026, mediante el cual se adoptan las medidas tributarias en materia de impuesto al patrimonio, con el fin de atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para hacer frente al estado de emergencia declarado mediante el Decreto Legislativo 0150 de 2026, la EAAB-ESP queda sujeta al impuesto al patrimonio, cuyo pago tiene un valor aproximado de $30.000.000.000, de acuerdo con lo informado por la Dirección Tributaria, mediante oficio N°1360001-2026-167 y lo solicitado por la Dirección de Planeación y Control de Rentabilidad Gastos y Costos mediante oficio N°1240001-2026-055.

 

Que con base en lo expuesto, la Empresa requiere efectuar una distribución de la disponibilidad final en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la EAAB-ESP de la vigencia 2026 por la suma de CIENTO VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($122.809.814.287) M/CTE, en gastos de funcionamiento:

 

 

Que con base en la distribución de la disponibilidad final, el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la EAAB-ESP para la vigencia 2026, quedara conformado así:

 

 

Que en virtud de lo anterior,

 

ACUERDA:

 

ARTICULO PRIMERO. Emitir concepto previo favorable, para presentar ante el CONFIS Distrital la aprobación de una distribución de la disponibilidad final en el Presupuesto de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. en la suma de CIENTO VEINTIDÓS MIL OCHOCIENTOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($122.809.814.287) M/CTE, así:

 

 

Como resultado de esta distribución, la disponibilidad final del Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la Empresa Acueducto y Alcantarillado de Bogotá- ESP, queda en DOS BILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS TRECE MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS ($2.290.913.409.251) M/CTE.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

 

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 25 días del mes marzo del año 2026.

 

VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL

 

Presidente

 

HEYBY POVEDA FERRO

 

Secretaria

 

Nota: Ver norma original en Anexos.