RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 302 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
22/12/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/12/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital 7004 del 25 de diciembre de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 302 DE 2020

 

(Diciembre 22)

 

Por medio del cual se modifica la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Gobierno

 

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.,

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 7 del artículo 315 de la Constitución Política y 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, es atribución de la Alcaldesa Mayor de Bogotá crear, suprimir o fusionar los empleos de la Administración Central, señalarles sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.

 

Que el artículo 13 del Acuerdo Distrital 637 de 2016, modificó los Sectores Administrativos de Coordinación de la Administración del Distrito Capital, definidos en el artículo 45 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, especialmente el literal b), que define el nuevo Sector Gobierno.

 

Que el Decreto Distrital N° 411 de 2016 modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

Que el artículo 24 del Acuerdo Distrital 735 de 2019 suprimió el Consejo de Justicia Distrital. Con ocasión de dicha supresión fue necesario modificar el Decreto Distrital 411 de 2016 mediante los Decretos Distritales 099 y 860 de 2019, para establecer la dependencia que asumiría la segunda instancia de los procesos verbales abreviados, entre otras funciones.

 

Que mediante el artículo 2 del Decreto 860 de 2019 se modificó el artículo 4 del Decreto Distrital 411 de 2016, creando la Dirección para la Gestión Administrativa Especial De Policía, responsable de la segunda instancia de los procesos verbales abreviados.

 

Que la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Gobierno se encuentra establecida el Decreto Distrital 412 de 2016, modificado por el artículo 3 del Decreto Distrital 861 de 2019.

 

Que la Secretaría Distrital de Gobierno presentó el estudio técnico que dispone el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto Nacional 1083 de 2015, con el fin de modificar su planta de personal.

 

Que el estudio técnico evidencia la necesidad de fortalecer el proceso de gestión policiva desde el talento humano, como un factor esencial dentro de la estrategia para avanzar en la mejora del servicio de justicia policiva en la ciudad, en el marco del Propósito 3 “Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación” y en la meta “Descongestionar el 60% de actuaciones de policía que se encuentran pendientes de fallo en primera instancia” establecida esta como meta estratégica en el artículo 13 del Decreto Distrital 761 del 2020 “Por medio del cual se adopta el Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI”

 

Lo anterior, puesto que desde la entrada en vigencia de la Ley 1801 de 2016 “Por la cual se expide el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana”, la capacidad institucional del Distrito no se ajusta a los requerimientos de la nueva justicia policiva, creando un escenario constante de congestión y represamiento de los procesos verbales inmediatos y abreviados conforme se evidenció en el mencionado estudio, conllevando a una constante denegación de justicia policiva, por lo cual se propuso la creación de los siguientes empleos:

 

Denominación del empleo

Empleos propuestos

Asesor (105-07)

4

Asesor (105-01)

4

Profesional Especializado (222-31)

1

Profesional Especializado (222-24)

4

Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría (233-23)

44

Profesional Especializado (222-19)

4

Profesional Universitario (219-15)

51

Profesional Universitario (219-12)

18

Profesional Universitario (219-11)

9

Auxiliar Administrativo (407-13)

54

Total

193

 

Que mediante oficio N° 2020EE3801O1 del 26 de noviembre de 2020, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió concepto técnico favorable para la modificación de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

Que mediante oficio N° 2020EE197003O1 del 17 de diciembre de 2020, la Directora Distrital de Presupuesto, expidió la viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.- Crear los siguientes empleos en la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Gobierno:

 

DESPACHO DEL SECRETARIO DE GOBIERNO

Denominación del empleo

Asesor (105-07)

Asesor (105-01)

PLANTA GLOBAL

Denominación del empleo

Profesional Especializado (222-31)

Profesional Especializado (222-24)

Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría (233-23)

Profesional Especializado (222-19)

Profesional Universitario (219-15)

Profesional Universitario (219-12)

Profesional Universitario (219-11)

Auxiliar Administrativo (407-13)

Total

 

ARTÍCULO 2º.- Modificar el artículo 4 del Decreto Distrital 412 de 2016, modificado por el artículo 3 del Decreto Distrital 861 de 2019, el cual quedará así:

 

“Artículo 4º. La Secretaría Distrital de Gobierno cumplirá sus funciones institucionales con la planta de empleos que se señala a continuación:”

 

                                    DESPACHO DEL SECRETARIO DE GOBIERNO

 

NIVEL

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

CARGOS

DIRECTIVO

Secretario de Despacho

020

09

1

Subtotal Nivel Directivo

 

1

ASESOR

Asesor

105

07

10

Asesor

105

01

4

Subtotal Nivel Asesor

 

14

TOTAL EMPLEOS DESPACHO DEL SECRETARIO DE GOBIERNO

 

15

PLANTA GLOBAL

 

NIVEL

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

No. CARGOS

DIRECTIVO

Subsecretario de Despacho

045

08

3

Director Técnico

009

07

12

Jefe de Oficina

006

07

2

Subdirector Técnico

068

06

2

Alcalde Local

030

05

20

Subtotal Nivel Directivo

 

39

ASESOR

Jefe de Oficina Asesora

115

07

2

Subtotal Nivel Asesor

 

2

PROFESIONAL

Profesional Especializado

222

31

1

Profesional Especializado

222

30

5

Profesional Especializado

222

24

83

Profesional Especializado

222

23

2

Inspector de Policía Urbano Categoría Especial 1a. Categoría

233

23

126

Profesional Especializado

222

19

17

Profesional Universitario

219

18

115

Profesional Universitario

219

15

156

Profesional Universitario

219

12

90

Profesional Universitario

219

11

9

PROFESIONAL

Profesional Universitario

219

01

1

Corregidor

227

12

5

Subtotal Nivel Profesional

 

 

610

TÉCNICO

Técnico Operativo

314

19

15

Técnico Operativo

314

17

4

Técnico Operativo

314

15

1

Técnico Operativo

314

12

12

Técnico Administrativo

367

12

1

Subtotal Nivel Técnico

 

 

33

ASISTENCIAL

Auxiliar Administrativo

407

27

118

Secretario Ejecutivo

425

27

23

Secretario Ejecutivo

425

26

2

Auxiliar Administrativo

407

20

64

Auxiliar Administrativo

407

19

137

Secretario

440

19

1

Secretario

440

17

25

Secretario

440

16

12

Conductor Mecánico

482

14

2

Auxiliar Administrativo

407

13

91

Conductor

480

13

22

Operario

487

09

2

Auxiliar Administrativo

407

06

3

Operario

487

05

1

Subtotal Nivel Asistencial

 

 

503

TOTAL EMPLEOS PLANTA GLOBAL

 

 

1187

TOTAL PLANTA

 

 

1202

 

ARTÍCULO 3º.- Comunicar el presente decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

ARTÍCULO 4º.- El presente decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de diciembre del año 2020.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor

 

LUIS ERNESTO GÓMEZ LONDOÑO

 

Secretario Distrital de Gobierno

 

NIDIA ROCÍO VARGAS

 

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital