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Decreto 412 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Secretaría Distrital de Gobierno

Fecha de Expedición:
30/09/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/09/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 5925 del 30 de septiembre de 2016.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 412 DE 2016

 

(Septiembre 30)

 

Por medio del cual se modifica la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Gobierno

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 7° del artículo 315 de la Constitución Política y 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, es atribución del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., crear, suprimir o fusionar los empleos de la Administración Central, señalarles sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdo correspondientes.

 

Que el artículo 13 del Acuerdo 637 de 2016, modificó los Sectores Administrativos de Coordinación de la Administración del Distrito Capital, definidos en artículo 45 del Acuerdo 257 de 2006, especialmente con el ajuste del literal b) que define el nuevo Sector Gobierno.

 

Que el artículo 15 del Acuerdo 637 de 2016, modificó el artículo 52 del Acuerdo 257 de 2006 estableciendo la naturaleza, objeto y funciones básicas de la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

Que el artículo 19 del Acuerdo 637 de 2016, concedió facultades extraordinarias al Alcalde Mayor de Bogotá. D.C., para que en el período de (6) meses contados a partir de la publicación del citado Acuerdo, se efectúen las modificaciones presupuestales requeridas para darle cumplimiento, sin superar el monto total del presupuesto anual aprobado para la vigencia 2016.

 

Que conforme al artículo 20 ibídem, la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia asumirá las funciones y programas que viene realizando la Secretaría Distrital de Gobierno y el Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C., que correspondan a la misión y funciones asignadas a esta entidad.

 

Que el artículo 11 del Acuerdo 637 de 2016, prevé que los servidores públicos que vienen prestando sus servicios en cargos de carrera administrativa de la Subsecretaría de Asuntos para la Convivencia y la Seguridad Ciudadana de la Secretaría Distrital de Gobierno, se incorporarán en la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia.

 

Que mediante el Decreto Distrital 540 del 29 de diciembre de 2006, se estableció la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Gobierno, la cual fue modificada por los Decretos Distritales 171 de 2007, 281  y 646 de 2011, 612 de 2014 y 509 de 2015.

 

Que mediante el Decreto Distrital 411 del 30 de septiembre de 2016 se modificó la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

Que como consecuencia de lo anterior, corresponde adelantar los procesos de supresión de cargos de la Secretaría Distrital de Gobierno y la creación de cargos en la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, y la consecuente incorporación de los servidores públicos, con el fin de garantizar los derechos de los servidores de carrera administrativa y de quienes vienen ejerciendo cargos en calidad de provisionales en una vacancia definitiva.

 

Que mediante oficio No. 2016EE2011 del 28 de septiembre de 2016, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico favorable para la modificación de la Planta de Empleos de la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

Que mediante oficio No. 2016EE148302 del 29 de septiembre de 2016, la Directora de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió viabilidad presupuestal para la modificación de la Planta de Empleos de la Secretaría Distrital de Gobierno

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

CAPITULO I

 

DISPOSICIONES GENERALES

 

ARTÍCULO 1°. Suprímanse los siguientes empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Gobierno, los cuales pasan a la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia.

 

NIVEL

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

No. CARGOS

DIRECTIVO

Subsecretario de Despacho

045

08

1

Director Técnico

009

04

2

Subtotal Nivel Directivo

3

PROFESIONAL

Profesional Especializado

222

30

1

Profesional Especializado

222

27

2

Profesional Especializado

222

24

24

Profesional Especializado

222

19

2

Profesional Universitario

219

18

26

Profesional Universitario

219

15

11

Profesional Universitario

219

12

12

Subtotal Nivel Profesional

78

TÉCNICO

Técnico Operativo

314

19

1

Técnico Operativo

317

17

1

Técnico Operativo

314

12

11

Subtotal Nivel Técnico

13

ASISTENCIAL

Auxiliar Administrativo

407

27

20

Secretario Ejecutivo

425

27

5

Auxiliar Administrativo

407

20

27

Auxiliar Administrativo

407

19

26

Auxiliar Administrativo

407

18

200

Teniente de Prisiones

457

21

3

Secretario

440

17

4

Sargento de Prisiones

438

18

9

Cabo de Prisiones

428

17

18

Auxiliar Administrativo

407

13

7

Conductor

480

13

2

Guardián

485

15

150

Subtotal Nivel Asistencial

471

TOTAL GENERAL

565

 

Parágrafo 1. Los servidores públicos que desempeñen empleos de carrera administrativa de los suprimidos en el presente artículo, serán incorporados sin solución de continuidad a empleos de igual o equivalente jerarquía en la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, con plena garantía de los derechos laborales adquiridos de conformidad con las normas constitucionales, legales y con la política pública de empleo del Distrito Capital.

 

Parágrafo 2. Los servidores públicos que ocupen cargos en calidad de provisionales en vacancia definitiva de los suprimidos en el presente artículo, serán incorporados sin solución de continuidad a empleos de igual o equivalente jerarquía en la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, En ningún caso está incorporación dará lugar a derechos de carrera administrativa.

 

ARTÍCULO 2°. Suprímanse los siguientes empleos de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

NIVEL

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

NO. CARGOS

DIRECTIVO

Jefe de Oficina

006

05

1

Director Técnico

009

04

7

Subtotal Nivel Directivo

8

ASESOR

Jefe de Oficina Asesora

115

05

1

Subtotal Nivel Asesor

1

PROFESIONAL

Profesional Especializado

222

30

1

Subtotal Nivel Profesional

1

ASISTENCIAL

Auxiliar Administrativo

407

27

35

Secretario Ejecutivo

425

27

12

Auxiliar Administrativo

407

20

18

Auxiliar Administrativo

407

19

9

Auxiliar Administrativo

407

18

1

Secretario

440

17

1

Subtotal Nivel Asistencial

78

TOTAL GENERAL

88

 

ARTÍCULO 3°. Créanse los siguientes empleos en la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

NIVEL

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

No. CARGOS

DIRECTIVO

Subsecretario de Despacho

045

08

1

Jefe de Oficina

006

07

1

Director Técnico

009

07

9

Subdirector Técnico

068

06

2

Subtotal Nivel Directivo

13

ASESOR

Jefe de Oficina Asesora

115

07

2

Asesor

105

07

6

Subtotal Nivel Asesor

8

PROFESIONAL

Profesional Especializado

222

24

1

Profesional Universitario

219

18

4

Subtotal Nivel Profesional

5

TÉCNICO

Técnico Administrativo

367

12

1

Subtotal Nivel Técnico

1

TOTAL GENERAL

27

 

ARTÍCULO 4°.   Modificado por el art. 2, Decreto Distrital 052 de 2023. <El nuevo texto es el siguiente> La Secretaría Distrital de Gobierno cumplirá sus funciones institucionales con la planta de empleos que se señala a continuación:

 

                         DESPACHO DEL SECRETARIO DE GOBIERNO

 

NIVEL

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

CARGOS

DIRECTIVO

Secretario de Despacho

020

09

1

Subtotal Nivel Directivo

1

ASESOR

Asesor

105

07

10

Asesor

105

01

4

Subtotal Nivel Asesor

14

TOTAL EMPLEOS DESPACHO DEL SECRETARIO DE GOBIERNO

15

PLANTA GLOBAL

 

NIVEL

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

No. CARGOS

DIRECTIVO

 

 

Subsecretario de Despacho

045

08

3

Director Técnico

009

07

13

Jefe de Oficina 

006

07

2

Subdirector Técnico

068

06

3

Alcalde Local

030

05

20

Subtotal Nivel Directivo

41

ASESOR

Jefe de Oficina Asesora

115

07

2

Subtotal Nivel Asesor

2

PROFESIONAL

Profesional Especializado

222

31

1

Profesional Especializado

222

30

5

Profesional Especializado

222

24

83

Profesional Especializado

222

23

2

Inspector de Policía Urbano Categoría Especial 1a. Categoría

233

23

126

Profesional Especializado

222

19

17

Profesional Universitario

219

18

115

Profesional Universitario

219

15

156

Profesional Universitario

219

12

90

Profesional Universitario

219

11

9

PROFESIONAL

Profesional Universitario

219

01

1

Corregidor

227

12

5

Subtotal Nivel Profesional

610

TÉCNICO

Técnico Operativo

314

19

15

Técnico Operativo

314

17

4

Técnico Operativo

314

15

1

Técnico Operativo

314

12

12

Técnico Administrativo

367

12

1

Subtotal Nivel Técnico

33

ASISTENCIAL

Auxiliar Administrativo

407

27

118

Secretario Ejecutivo

425

27

23

Secretario Ejecutivo

425

26

2

Auxiliar Administrativo

407

20

64

Auxiliar Administrativo

407

19

137

Secretario

440

19

1

Secretario

440

17

25

Secretario

440

16

12

Conductor Mecánico

482

14

2

Auxiliar Administrativo

407

13

91

Conductor

480

13

22

Operario

487

09

2

Auxiliar Administrativo

407

06

3

Operario

487

05

1

Subtotal Nivel Asistencial

503

TOTAL EMPLEOS PLANTA GLOBAL

1189

TOTAL PLANTA

1204


Otras Modificaciones: Modificado por el art. 6, Decreto Distrital 543 de 2017., Modificado por el art. 2, Decreto Distrital 506 de 2018. Modificado por el art. 3, Decreto Distrital 861 de 2019Modificado por el art.2, Decreto 302 de 2020.


El texto original era el siguiente:

Artículo 4. La Secretaria Distrital de Gobierno cumplirá sus funciones institucionales con la planta de empleos que se señala a continuación:

DESPACHO DEL SECRETARIO DE GOBIERNO

NIVEL

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

No. CARGO

DIRECTIVO

Secretario de Despacho

020

09

1

Subtotal Nivel Directivo

1

ASESOR

Asesor

105

07

6

Subtotal Nivel Asesor

6

TOTAL EMPLEOS DESPACHO DEL SECRETARIO DE GOBIERNO

7

PLANTA GLOBAL

NIVEL

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

No. CARGO

DIRECTIVO

Subsecretario de Despacho

045

08

3

Director Técnico

009

07

11

Jefe de Oficina

006

07

2

Consejero de Justicia

032

06

9

Subdirector Técnico

068

06

2

Alcalde Local

030

05

20

Subtotal Nivel Directivo

47

ASESOR

Jefe de Oficina Asesora

115

07

2

Subtotal Nivel Asesor

2

PROFESIONAL

Profesional Especializado

222

30

5

Profesional Especializado

222

24

66

Profesional Especializado

222

23

21

Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1ª Categoría

233

23

63

Profesional Especializado

222

19

13

Profesional Universitario

219

18

115

Profesional Universitario

219

15

105

Profesional Universitario

219

12

55

Corregidor

227

12

5

Subtotal Nivel Profesional

448

TÉCNICO

Técnico Operativo

314

19

15

Técnico Operativo

314

17

4

Técnico Operativo

314

15

1

Técnico Operativo

314

12

4

Técnico Administrativo

367

12

1

Subtotal Nivel Técnico

25

ASISTENCIAL

Auxiliar Administrativo

407

27

118

Secretario Ejecutivo

425

27

23

Secretario Ejecutivo

425

26

2

Auxiliar Administrativo

407

20

64

Auxiliar Administrativo

407

19

90

Secretario

440

19

1

Secretario

440

17

25

Secretario

440

16

12

Conductor Mecánico

482

14

2

Auxiliar Administrativo

407

13

37

Conductor

480

13

22

Operario

487

09

2

Auxiliar Administrativo

407

06

3

Operario

487

05

1

Subtotal Nivel Asistencial

402

TOTAL EMPLEOS PLANTA GLOBAL

924

TOTAL PLANTA

931

 

ARTÍCULO 5°. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 509 del 7 de diciembre de 2015  y las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de septiembre del año 2016.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor

 

LÚBAR ANDRÉS CHAPARRO CABRA

 

Secretario Distrital de Gobierno (E)

 

RAÚL JOSÉ BUITRAGO ÁRIAS

 

Secretario General

 

NIDIA ROCIO VARGAS

 

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital