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Decreto 543 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/10/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/10/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6174 del 11 de octubre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 543 DE 2017

 

(Octubre 10)

 

Por medio del cual se modifica la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Gobierno

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 7 del artículo 315 de la Constitución Política y 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,


 Ver Decreto 052 de 2023.

CONSIDERANDO:

 

Que el Acuerdo Distrital 637 de 2016, modificó el Sector Administrativo de Gobierno, Seguridad y Convivencia, definido en el literal b) del artículo 45 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, quedando únicamente como Sector Gobierno.

 

Que así mismo, el artículo 15 del Acuerdo Distrital 637 de 2016, modificó el artículo 52 del Acuerdo Distrital 257 de 2006. estableciendo la naturaleza, objeto y funciones básicas de la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

Que el Decreto Distrital No. 411 de 2016, estableció la nueva estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

Que el Decreto Distrital No. 412 de 2016, modificó la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Gobierno, derogando así el Decreto Distrital 509 de 2015.

 

Que la Secretaría Distrital de Gobierno presentó ante el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, el estudio técnico, en los términos establecidos en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.1.2.3 del Decreto Nacional 1083 de 2015, con el fin de modificar su planta de personal.

 

Que mediante oficio No. 2017EE1120 del 23 de junio de 2017, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico favorable “Para la modificación de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Gobierno adoptada mediante Decreto Distrital 412 de 30 de septiembre de 2016 (...)”.

 

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda. mediante oficio No. 2017EE127989 del 19 de julio de 2017, expidió la viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

En mérito de lo expuesto.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°.- Suprimir los siguientes empleos de la planta global de personal de la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

NIVEL

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

No. CARGOS

PROFESIONAL

Profesional Especializado

222

23

19

 

 

 

TOTAL

19

 

PARÁGRAFO. Los servidores públicos que desempeñen los empleos de carrera administrativa suprimidos por el presente decreto, serán incorporados sin solución de continuidad, en empleos de igual o equivalente jerarquía en la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Gobierno, con plena garantía de los derechos laborales adquiridos de conformidad con las normas constitucionales, legales y con la política pública de empleo del Distrito Capital.

 

ARTÍCULO 2°.- Crear los siguientes empleos en la planta global de personal de la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

NIVEL

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

No. CARGOS

PROFESIONAL

Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y la Categoría

233

23

1 9

Subtotal Nivel Profesional

 

19

 

 

TOTAL

19


ARTÍCULO 3°.- La Secretaría Distrital de Gobierno cumplirá sus funciones institucionales con la planta de empleos que se señala a continuación:

 

DESPACHO DEL SECRETARIO DE GOBIERNO

NIVEL

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

No. CARGOS

DIRECTIVO

Secretario de Despacho

020

09

1

Subtotal Nivel Directivo

 

1

ASESOR

Asesor

105

07

6

Subtotal Nivel Asesor

 

6

TOTAL EMPLEOS DESPACHO DEL SECRETARIO DE GOBIERNO

7

PLANTA GLOBAL

 

NIVEL

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

No. CARGOS

DIRECTIVO

Subsecretario de Despacho

045

08

3

Director Técnico

009

07

11

Jefe de Oficina

006

07

2

Consejero de Justicia

032

06

9

Subdirector Técnico

068

06

2

Alcalde Local

030

05

20

Subtotal Nivel Directivo

 

47

ASESOR

Jefe de Oficina Asesora

115

07

2

Subtotal Nivel Asesor

 

2

PROFESIONAL

Profesional Especializado

222

30

5

Profesional Especializado

222

24

66

Profesional Especializado

222

23

2

Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y la Categoría

233

23

82

Profesional Especializado

222

19

13

Profesional Universitario

219

18

115

Profesional Universitario

219

15

105

Profesional Universitario

219

12

55

Corregidor

 

12

5

Subtotal Nivel Profesional

 

448

TÉCNICO

Técnico Operativo

314

19

15

           

Técnico Operativo

314

17

4

Técnico Operativo

314

15

1

Técnico Operativo

314

12

4

Técnico Administrativo

367

12

1

Subtotal Nivel Técnico

 

 

25

ASISTENCIAL

Auxiliar Administrativo

407

27

118

Secretario Elecutivo

425

27

23

Secretario Eiecutivo

425

26

2

Auxiliar Administrativo

407

20

64

Auxiliar Administrativo

407

19

90

Secretario

440

19

1

Secretario

440

17

25

Secretario

440

16

12

Conductor Mecánico

482

14

2

Auxiliar Administrativo

407

13

37

Conductor

480

13

22

Operario

487

09

2

Auxiliar Administrativo

407

06

3

Operario

487

05

1

Subtotal Nivel Asistencial

 

 

402

TOTAL EMPLEOS PLANTA GLOBAL

 

 

924

TOTAL PLANTA

931

 

ARTÍCULO 4°.- Los empleos de Profesional Especializado Código 222 Grado 23 se suprimirán cuando se produzca la incorporación de los mismos en los empleos de Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y la Categoría Código 233 Grado 23, empleos de igual o equivalente jerarquía, por lo tanto los Profesionales Especializados Código 222 Grado 23 continuarán ejerciendo las funciones a ellos asignadas y mantendrán sus condiciones laborales hasta tanto se de dicha incorporación, lo cual deberá efectuarse en los diez (10) meses siguientes a la publicación del presente Decreto, atendiendo en todo caso las restricciones en la Ley de Garantías Electorales.

 

ARTÍCULO 5°.- Comunicar el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C.

 

ARTÍCULO 6°.- El presente Decreto Distrital rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y modifica el artículo 4 del Decreto Distrital 412 de 2016, y las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá. D.C., a los 10 días del mes de octubre del año 2017.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor

 

MIGUEL URIBE TURBAY

 

Secretario Distrital de Gobierno

 

NIDIA ROCÍO VARGAS

 

Directora Departamental Administrativo del Servicio Civil Distrital