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Decreto 414 de 2022 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
22/09/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/09/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7539 del 26 de septiembre de 2022
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 414 DE 2022

 

(Septiembre 22)

 

Por medio del cual se realiza una adición al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022

 

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 65 del Decreto 714 de 1996, y el artículo 25 del Decreto 518 de 2021,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto 518 del 16 de diciembre de 2021 expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022, el cual fue liquidado mediante el Decreto Distrital 540 del 24 de diciembre de 2021. 


Que de conformidad con el artículo 63 del Decreto Distrital 714 de 1996, cuando fuere necesario aumentar a disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas a establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones.

 

Que el artículo 65 del Decreto Distrital 714 de 1996 dispone que durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito, si se hiciere indispensable aumentar el monto de las apropiaciones, para complementar las insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios autorizados por la Ley, se pueden abrir créditos adicionales por el Concejo o por el Gobierno, con arreglo a las disposiciones legales.

 

Que de acuerdo con la establecido en el artículo 25 del Decreto Distrital 518 de 2021, "Por el cual se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022 y se dictan otras disposiciones", y tal como la reitera el Decreto 540 de 2021, expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá, los recursos adicionales de Otras Transferencias de la Nación, así como los provenientes de la firma de convenios con entidades del nivel nacional o territorial, a asignaciones del presupuesto general de la Nación, deberán incorporarse por Decreto Distrital. La Secretarla Distrital de Hacienda informará sobre estas incorporaciones al Concejo Distrital, dentro de los treinta (30) días siguientes a la expedición del acto administrativo respectivo.

 

Que el FONDO DE PRESTACIONES ECONOMICAS, CESANTAS Y PENSIONES - FONCEP en el 2021 usa los recursos de la reserva del Fondo de Pensiones Públicas de Bogotá, de conformidad con lo establecido en el artículo del Decreto Distrital 234 de 2020, "Por el cual se modifica el artículo 7 del Decreto Distrital 629 de 2016, en relación con la utilización de las reservas para a tender el pago del pasivo pensional a cargo del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones de Bogotá, D.C. - FONCEP", para atender el pago de la nómina de los pensionados, mientras se recibían los recursos provenientes del FONPET que los financia.

 

Que la Tesorería Distrital al finalizar el mes de diciembre de 2021, registró el recaudo de $250.808.660.174 en la Administración Central, numeral rentístico "Retiros FONPET para el pago de obligaciones pensionales corrientes", situación que hace necesario llevar a cabo una modificación presupuestal en donde se incorporen los recursos en el presupuesto 2022 del establecimiento público tanto en el ingreso como en el gasto para materializar la legalización presupuestal, mediante el reintegro al FPPB por el uso previo de su reserva. Que el FONCEP indica que utilizó la suma de $58.573.237.693 de la apropiación presupuestal de 2022 para el pago de la nómina de pensionados de los meses de enero, febrero y parte de marzo para cubrir este gasto, sin requerir aumentar la apropiación.

 

Que mediante las comunicaciones EE-00133-202209116 y EE-00133-202211828, recibidas en la Secretaria Distrital de Hacienda con los radicados 2022ER40150101 del 23 de mayo y 2022ER47606501 (alcance) del 06 de julio de 2022, respectivamente, el FONCEP solicita una modificación presupuestal consistente en la adición de los restantes $192.235.422.481, de los recursos provenientes del FONPET que ingresaron en diciembre de 2021 y son requeridos para ser reintegrados en la actual vigencia al Fondo de Pensiones Públicas de Bogotá - FPPB por el uso previo de la reserva.

 

Que la Junta Directiva del FONCEP mediante Acuerdo Número 01 del 26 de abril de 2022, emitió concepto favorable para tramitar una adición en el presupuesto de ingresos y de gastos de la entidad por $192.235.422.481.

 

En virtud de lo anterior,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de la Administración Central, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022, en la suma de Ciento Noventa y Dos Mil Doscientos Treinta y Cinco Millones Cuatrocientos Veintidós Mil Cuatrocientos Ochenta y Un Pesos M/TE ($192.235.422.481), según el siguiente detalle:

 

ADMINISTRACIÔN CENTRAL

 

Código

Nombre

Valor ($)

O1

INGRESOS

192.235.422.481

O12

RECURSOS DE CAPITAL

192.235.422.481

O1210

Recursos del balance

192.235.422.481

O121002

Superávit fiscal

192.235.422.481

O12100202

Ingresos de destinación específica

192.235.422.481

 

ARTÍCULO 2°. Adicionar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022, en la suma Ciento Noventa y Dos Mil Doscientos Treinta y Cinco Millones Cuatrocientos Veintidós Mil Cuatrocientos Ochenta y Un Pesos M/TE ($192.235.422.481), según el siguiente detalle:

 

ESTABLECIMIENTO PÚBLICO

 

0206-02 Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones

Total

C2

GASTOS

192.235.422.481

C21

FUNCIONAMIENTO

192.235.422.481

C213

Transferencias corrientes

192.235.422.481

C21305

A entidades del gobierno

192.235.422.481

C2130509

A otras entidades del gobierno general

192.235.422.481

C2130509057

Fondo de pensiones públicas

192.235.422.481

 

ARTICULO 3°. Una vez expedido el presente Decreto, la Secretaría Distrital de Hacienda, Dirección Distrital de Presupuesto, incorporará las modificaciones en el Sistema de Información Presupuestal.

 

PARÁGRAFO. En cumplimiento de las políticas de maneja y control del PAC, el Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - FONCEP deberá ajustar el Programa Anual de Caja, de conformidad con las disposiciones y procedimientos que regulan la materia.

 

ARTÍCULO 4°. La Secretaría Distrital de Hacienda informará de estas operaciones a la Comisión de Presupuesto del Concejo Distrital, dentro de los treinta (30) días siguientes a la incorporación de estos recursos.

 

ARTÍCULO 5°. El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de septiembre del año 2022.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor

 

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS

 

Secretario Distrital de Hacienda


NOTA: Ver norma original en Anexos.