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Resolución 366 de 2022 Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
03/10/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/10/2022
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 366 DE 2022

 

(Octubre 03)

 

Por la cual se efectúan modificaciones en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaria Jurídica Distrital, para la vigencia fiscal de 2022

 

EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL

 

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001, los numerales 1 y 11 del Decreto Distrital 323 de 2016, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto Distrital 714 de 1996, en su artículo 87 establece que las secretarias de despacho, como entidades que conforman el presupuesto anual del distrito capital, tienen la capacidad para contratar y comprometer a la persona jurídica de la que hacen parte, así como ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones que hayan sido incorporadas en su presupuesto.

 

Que mediante el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001, se determinó que las secretarías de despacho, en cabeza de los secretarios respectivos, como entidades ejecutoras que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, tienen la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la que hacen parte, e igualmente ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en su presupuesto, competencias que serán ejercidas teniendo en cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y en las disposiciones vigentes.

 

Que en el Decreto Distrital 323 de 2016 se estableció en el artículo 5 las funciones del despacho de la Secretaria Jurídica Distrital y concretamente, los numerales 1 y 11, señalan que es competencia de esa entidad: “dirigir el desarrollo y realización de las funciones jurídicas y administrativas de la entidad, orientando sus planes y políticas para el debido cumplimiento de su misión y objetivos institucionales, en el marco de los principios de racionalización del gasto”; así como: “expedir los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de las funciones y el desarrollo de los procesos establecidos para la entidad”.

 

Que el Decreto Distrital No. 540 del 24 de diciembre de 2021 “Por el cual se líquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Decreto 518 del 16 de diciembre de 2021, expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá, Distrito Capital”, fija el presupuesto para la entidad ubicado en el sector jurídico, dicta las disposiciones generales de su aplicación y establece el marco jurídico para su ejecución.


Que la Resolución No. SDH-000191 de 22 de septiembre de 2017 “Por la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito capital”, establece en el numeral 3.2.1.4.2. “Traslados presupuestales internos”, los requisitos para efectuar un traslado presupuestal al interior de agregados.

 

Que la entidad comprometida con el bienestar de sus colaboradores viene adelantando diferentes acciones, entre las que se encuentran la adopción de medidas de bioseguridad, la adquisición de elementos de protección personal e insumos y la adquisición de elementos para la brigada de emergencias, siendo necesario realizar las modificaciones presupuestales pertinentes.

 

Que mediante comunicación Nro. 2022EE45352001 del 28 de septiembre de 2022, la directora distrital de presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda remitió concepto favorable para el trámite de la presente modificación

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Jurídica Distrital, para la vigencia 2022, por valor Veinticinco Millones Seiscientos Cincuenta y Cinco Mil Pesos ($25.655.000) así:

 

136 - 01 SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL

 

CODIGO

NOMBRE

CONTRACRÉDITOS

02

GASTOS

25.655.000

021

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

25.655.000

0212

Adquisición de bienes servicios

25.655.000

021202

Adquisiciones diferentes de activos

25.655.000

02120203

Gastos imprevistos

25.655.000

 

136 - 01 SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL

 

CODIGO

NOMBRE

CRÉDITOS

02

GASTOS

25.655.000

021

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

25.655.000

0212

Adquisición de bienes servicios

25.655.000

021201

Adquisición de activos no financieros

6.591.000

02120101

Activos fijos

6.591.000

02120101003

Maquinaria y equipo

3.382.000

021201010032

Maquinaria para usos especiales

462.000

021201010030207

Aparatos de uso doméstico sus partes y piezas

462.000

0212010100304

Maquinaria y aparatos eléctricos

445.000

021201010030404

Acumuladores, pilas baterías primarias sus partes y piezas

445.000

0212010100305

Equipo y aparatos de radio, televisión comunicaciones

1.800.000

021201010030503

Radiorreceptores y receptores de televisión; aparatos para la grabación y reproducción de sonido y video; micrófonos, altavoces, amplificadores, etc.

1.800.000

021201010030306

Aparatos médicos, instrumentos ópticos de precisión, relojes

675.000

021201010030601

Aparatos médicos y quirúrgicos y aparatos ortésicos y protésicos

675.000

02120101004

Activos fijos no clasificados como maquinaria y equipo

3.209.000

0212010100401

Muebles, instrumentos musicales, artículos de deporte y antigüedades

3.209.000

021201010040101

Muebles

3.209.000

02120101004010102

Muebles del ti utilizado en la oficina

3 709.000

021202

Adquisiciones diferentes de activos

19.064.000

02120201

Materiales suministros

19.064.000

02120201002

Productos alimenticios, bebidas y tabaco; textiles, prendas de vestir y productos de cuero

9.825.000

0212020100207

Artículos textiles (excepto prendas de vestir)

9.261.000

02120201002072716001

Carpas de lona

2 773.000

02120201002072719004

Tapabocas y otras prendas de ropa médica

6.488.000

0212020100208

Tejido de punto o ganchillo; prendas de vestir

382.000

02120201002082823610

Overoles para trabajo

382.000

0212020100209

Cuero y productos de cuero; calzado

182.000

02120201002092931001

Botas de caucho

182.000

02120201003

Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y  equipo

9.239.000

0212020100302

Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos similares

904.000

02120201003023219304

Toallas de papel

743.000

02120201003023262005

Avisos de material plástico

161.000

0212020100304

Químicos básicos

3.998.000

02120201003043413999

Alcoholes n.c.p.

3.998.000

0212020100305

Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre

3.876.000

02120201003053526114

Productos farmacéuticos para uso humano (dermatológicos)

108.000

02120201003053527015

Esparadrapo

372.000

02120201003053529901

Botiquines para emergencia

3.217.000

02120201003053532212

Preparaciones para limpieza desengrase

179.000

0212020100306

Productos de caucho y plástico

250.000

02120201003063626004

Guantes de cirugía

250.000

0212020100307

Vidrio y productos de vidrio y otros productos no metálicos n.c.p.

51.000

02120201003073791009

Paños y telas abrasivas para aseo y limpieza

51.000

0212020100308

Muebles; otros bienes transportables n.c.p

160.000

02120201003083899996

Artículos plásticos n.c.p. de mercería

160.000

 

Artículo 2°. Remítase copia de la presente resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda y a la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de octubre del año 2022.

 

WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE

 

Secretario Jurídico Distrital


Nota: Ver norma original en Anexos.