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RESOLUCIÓN 461 DE 2022
(Noviembre 11)
Por la cual se efectúan modificaciones en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaria Jurídica Distrital, para la vigencia fiscal de 2022
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL
En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001, los numerales 1 y 11 del artículo 5 del Decreto Distrital 323 de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Distrital 714 de 1996, en su artículo 87 establece que los órganos y entidades que conforman el presupuesto anual del distrito capital, tienen la capacidad para contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la que hacen parte, así como ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones que hayan sido incorporadas en su presupuesto.
Que mediante el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001, se determinó que las secretarías de despacho, en cabeza de los secretarios respectivos, como entidades ejecutoras que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, tienen la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la que hacen parte, e igualmente ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en su presupuesto, competencias que serán ejercidas teniendo en cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y en las disposiciones vigentes.
Que los numerales 1 y 11 del artículo 5 del Decreto Distrital 323 de 2016 establecieron como funciones del despacho de la Secretaría Jurídica Distrital “dirigir el desarrollo y realización de las funciones jurídicas y administrativas de la entidad, orientando sus planes y políticas para el debido cumplimiento de su misión y objetivos institucionales, en el marco de los principios de racionalización del gasto”, así como: “expedir los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de las funciones y el desarrollo de los procesos establecidos para la entidad”.
Que mediante el Decreto Distrital 540 del 24 de diciembre de 2021 se líquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Decreto 518 del 16 de diciembre de 2021 expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá, Distrito Capital.
Que la Resolución No. SDH-000191 del 22 de septiembre de 2017 adoptó el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, la cual establece en el numeral 3.2.1.4.2. “Traslados presupuestales internos”, los requisitos para efectuar un traslado presupuestal al interior de agregados.
Que la solicitud de traslado radicada con el No. 3-2022-7786 el 19 de octubre de 2022 y el alcance a la solicitud radicada con el No. 3-2022-7957 del 24 octubre de 2022, obedece a la necesidad de pagar la compensación de vacaciones en dinero de seis (6) servidores públicos que se retiran de la entidad en el mes de octubre de 2022.
Que mediante comunicación No. 2022EE51571201 del 04 de noviembre de 2022, la directora distrital de presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda, remitió concepto favorable para el trámite de la presente modificación
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaria Jurídica Distrital, para la vigencia 2022, por valor de Doce Millones Catorce Mil Seiscientos Tres Pesos ($12.014.603) M/cte, así:
136 - 01 SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL
136 - 01 SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL
Artículo 2°. Remítase copia de la presente resolución a la Secretaria Distrital de Hacienda y a la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Jurídica Distrital.
Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de noviembre de 2022.
WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE
Secretario Jurídico Distrital Nota: Ver norma original en Anexos. |