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Resolución 168 de 2020 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD

Fecha de Expedición:
19/05/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/05/2020
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 168 DE 2020

 

(Mayo 19)

 

Por la cual se efectúa una modificación en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones del INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE para la vigencia fiscal 2020

 

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE

 

En uso de sus facultades legales, estatutarias y en especial las conferidas en la Resolución No. 004 del 3 de mayo de 2017 “Por la cual se delegan unas funciones” y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Junta Directiva del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, mediante Resolución No. 004 del 3 de mayo de 2017, delegó en el Director General del Instituto “la facultad de aprobar las modificaciones al presupuesto de rentas, ingresos, gastos e inversiones del IDRD, que no impliquen adición o disminución a los montos aprobados en el Decreto de Liquidación de Presupuesto del Instituto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación y de la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda” 

 

Que el Decreto Distrital No. 714 de 1996, “Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”, estableció en el artículo 63 “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones según lo siguiente: a) Traslado Presupuestal. Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar la de otra, en la misma cuantía. b) Crédito Adicional. Es la adición a las partidas inicialmente aprobadas o no previstas para un objeto del gasto. En el último caso se crearán nuevos rubros en el Presupuesto Vigente”.

 

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo del Decreto 777 de 2019, “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones”, las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hace parte del presupuesto anual, incluidos los Organismos de Control y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante Resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto de alcalde local. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos

 

Que mediante Decreto 816 del 26 de diciembre de 2019 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2020.

 

Que mediante la Circular Externa No. DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019 de la Secretaría de Hacienda Distrital -Dirección Distrital de Presupuesto, en el marco de sus competencias y en virtud de lo establecido en el parágrafo del artículo  del Decreto 777 de 2019, modificó lo relacionado al requisito del concepto previo y favorable emitido por la Dirección Distrital de Presupuesto para las solicitudes de traslados presupuestales en Gastos de Funcionamiento al interior de los rubros que componen los Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales), establecidos en el Catálogo de Clasificación Presupuestal del Distrito (…)”.

 

Que dado lo anterior y de acuerdo con las precisiones realizadas por la Dirección de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda Distrital, a la Circular citada, para la aplicación de éste lineamiento, es necesario que los traslados sean presentados de manera individual, es decir, en caso de requerirse otras modificaciones presupuestales en donde se afecten otros niveles de desagregación diferentes a los mencionados en esta circular, la Entidad deberá atender lo señalado en el Manual Operativo Presupuestal numeral 3.2.1 Modificaciones Presupuestales.

 

Que el Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, mediante comunicación No. 20201010060031 del 04 de mayo de 2020, solicitó a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda concepto de modificación presupuestal por la suma de MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL TRESCIENTOS DOCE PESOS ($1.339.910.312) MONEDA LEGAL COLOMBIANA

 

Que mediante comunicación radicada con el No. 2020EE54309 del 15 de mayo de 2020, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió concepto favorable considerando que la entidad efectúo los estudios técnicos legales necesarios para realizar el traslado presupuestal.

 

En mérito de lo expuesto:

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectuar un traslado en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones en el presupuesto de funcionamiento del INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE, para la vigencia fiscal de 2020, en la suma MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL TRESCIENTOS DOCE PESOS ($1.339.910.312) MONEDA LEGAL COLOMBIANA, así:

 

                                                                                                                                                                                                       Pesos

 

CONTRACREDITOS

 

CODIGO

CUENTA PRESUPUESTAL

 MODIFICACION

3

GASTOS

1.339.910.312

3-1

FUNCIONAMIENTO

1.339.910.312

3-1-1

Gastos de Personal

1.339.910.312

3-1-1-01

Planta de Personal permanente

1.222.613.312

3-1-1-01-01

Factores constitutivos de salario

  764.132.110

3-1-1-01-01-01

Factores salariales comunes

  684.132.110

3-1-1-01-01-01-0001

Sueldo Básico -N

  491.774.312

3-1-1-01-01-01-0005

Horas Extras, Dominicales, Festivos, Recargo Nocturno y Trabajo Suplementario 

    12.000.000

3-1-1-01-01-01-0009

Prima de servicios -N

  135.357.798

3-1-1-01-01-01-0010

Prima de Navidad -N

    45.000.000

3-1-1-01-01-02

Factores salariales especiales 

   80.000.000

3-1-1-01-01-02-0001

Prima de antigüedad

   40.000.000

3-1-1-01-01-02-0002

Prima Técnica

   40.000.000

3-1-1-01-02

Contribuciones inherentes a la nómina

  455.000.000

3-1-1-01-02-01

Aportes a la seguridad social en pensiones

 160.000.000

3-1-1-01-02-01-0002

Aportes a la seguridad social en pensiones privadas

  160.000.000

3-1-1-01-02-02

Aportes a la seguridad social en salud

  120.000.000

3-1-1-01-02-02-0002

Aportes a la seguridad social en salud privada

  120.000.000

3-1-1-01-02-03

Aportes de cesantías

  70.000.000

3-1-1-01-02-03-0002

Aportes de cesantías a fondos privados

   70.000.000

3-1-1-01-02-04

Aportes a cajas de compensación familiar

   50.000.000

3-1-1-01-02-04-0001

Compensar

   50.000.000

3-1-1-01-02-06

Aportes al ICBF

   35.000.000

3-1-1-01-02-06-0001

Aportes al ICBF de funcionarios

   35.000.000

3-1-1-01-02-07

Aportes al SENA

   20.000.000

3-1-1-01-02-07-0001

Aportes al SENA de funcionarios

   20.000.000

3-1-1-01-03

Remuneraciones no constitutivas de factor salarial

     3.481.202

3-1-1-01-03-05

Reconocimiento por permanencia en el servicio público Btá D.C.

     3.481.202

3-1-1-02

Personal supernumerario y temporal

     95.500.00  

3-1-1-02-01

Factores constitutivos de salario

   74.000.000

3-1-1-02-01-01

Factores salariales comunes

   73.000.000

3-1-1-02-01-01-0001

Sueldo básico

  55.000.000

3-1-1-02-01-01-0006

Auxilio de transporte 

    4.000.000

3-1-1-02-01-01-0007

Subsidio de alimentación

    3.000.000

3-1-1-02-01-01-0009

Prima de servicios

    5.000.000

3-1-1-02-01-01-0010

Prima de navidad

    4.000.000

3-1-1-02-01-01-0011

Prima de vacaciones

    2.000.000

3-1-1-02-01-02

Factores salariales especiales 

    1.000.000

3-1-1-02-01-02-0001

Prima de antigüedad

    1.000.000

3-1-1-02-02

Contribuciones inherentes a la nómina

     21.500.000

3-1-1-02-02-01

Aportes a la seguridad social en pensiones

   6.000.000

3-1-1-02-02-01-0002

Aportes a la seguridad social en pensiones privadas

       6.000.000

3-1-1-02-02-02

Aportes a la seguridad social en salud

   5.000.000

3-1-1-02-02-02-0002

Aportes a la seguridad social en salud privada

       5.000.000

3-1-1-02-02-03

Aportes de cesantías

       6.000.000

3-1-1-02-02-03-0002

Aportes de cesantías a fondos privados

   6.000.000

3-1-1-02-02-04

Aportes a cajas de compensación familiar

   2.000.000

3-1-1-02-02-04-0001

Compensar

   2.000.000

3-1-1-02-02-06

Aportes al ICBF

   1.500.000

3-1-1-02-02-06-0001

Aportes al ICBF de funcionarios

   1.500.000

3-1-1-02-02-07

Aportes al SENA

   1.000.000

3-1-1-02-02-07-0001

Aportes al SENA de funcionarios

   1.000.000

3-1-1-03

Trabajadores Oficiales

 21.797.000

3-1-1-03-03

Remuneraciones no constitutivas de factor salarial

 21.797.000

3-1-1-03-03-03

Reconocimiento por permanencia en el servicio público -Bogotá D.C.

 11.797.000

3-1-1-03-03-04

Beneficios convencionales

 10.000.000

 

TOTAL CONTRACREDITOS

1.339.910.312 

 

                                                                                                                                                                                                     Pesos

 

 

CRÉDITOS

 

CODIGO

CUENTA PRESUPUESTAL

 MODIFICACION

3

GASTOS

1.339.910.312

3-1

FUNCIONAMIENTO

1.339.910.312

3-1-1

Gastos de Personal

1.339.910.312

3-1-1-01

Planta de Personal permanente

   789.000.000

3-1-1-01-01

Factores constitutivos de salario

   160.000.000

3-1-1-01-01-01

Factores salariales comunes

   160.000.000

3-1-1-01-01-01-0008

Bonificación por servicios prestados

    35.000.000

3-1-1-01-01-01-0011

Prima de vacaciones 

   125.000.000

3-1-1-01-02

Contribuciones inherentes a la nómina

   622.000.000

3-1-1-01-02-03

Aportes de cesantías

   492.000.000

3-1-1-01-02-03-0001

Aportes de cesantías a fondos públicos

   492.000.000

3-1-1-01-02-05

Aportes generales al sistema de riesgos laborales

   130.000.000

3-1-1-01-02-05-0001

Aportes generales al sistema de riesgos laborales públicos

130.000.000

3-1-1-01-03

Remuneraciones no constitutivas de factor salarial

   7.000.000

3-1-1-01-03-02

Bonificación por recreación

    7.000.000

3-1-1-02

Personal Supernumerario y Temporal

     5.800.000

3-1-1-02-01

Factores constitutivos de salario

     3.000.000

3-1-1-02-01-01

Factores salariales comunes

     3.000.000

3-1-1-02-01-01-0005

Horas Extras, Dominicales, Festivos, Recargo Nocturno y Trabajo Suplementario

    3.000.000

3-1-1-02-02

Contribuciones inherentes a la nómina

    2.800.000

3-1-1-02-02-03

Aportes de cesantías

   2.500.000   

3-1-1-02-02-03-0001

Aportes cesantías de fondos públicos

    2.500.000

3-1-1-02-02-05

Aportes generales al sistema de riesgos laborales

      300.000

3-1-1-02-02-05-0001

Aportes generales al sistema de riesgos laborales públicos

      300.000

3-1-1-03

Trabajadores Oficiales

545.110.312

3-1-1-03-01

Factores constitutivos de salario

103.000.000

3-1-1-03-01-01

 Factores salariales comunes

  87.000.000

3-1-1-03-01-01-0001

Sueldo Trabajadores Oficiales 

    1.000.000

3-1-1-03-01-01-0005

Auxilio de transporte

   6.500.000

3-1-1-03-01-01-0006

Subsidio de alimentación 

   6.500.000

3-1-1-03-01-01-0007

Prima de Navidad

  30.000.000

3-1-1-03-01-01-0008

Prima de vacaciones

  43.000.000

3-1-1-03-01-02

Factores salariales especiales

  16.000.000

3-1-1-03-01-02-0001

Prima de antigüedad

  12.000.000

3-1-1-03-01-02-0002

Prima Semestral

    4.000.000

3-1-1-03-02

Contribuciones inherentes a la nómina

439.500.000

3-1-1-03-02-03

Aportes cesantías

422.000.000

3-1-1-03-02-03-0001

Aportes de cesantías a fondos públicos

422.000.000

3-1-1-03-02-04

Aportes a cajas de compensación familiar

   7.000.000

3-1-1-03-02-04-0001

Compensar

   7.000.000

3-1-1-03-02-05

Aportes generales al sistema de riesgos laborales

   1.000.000

3-1-1-03-02-05-0001

Aportes generales al sistema de riesgos laborales públicos

   1.000.000

3-1-1-03-02-06

Aportes al ICBF

   5.500.000

3-1-1-03-02-06-0001

Aportes al ICBF de funcionarios

   5.500.000

3-1-1-03-02-07

Aportes al SENA

   4.000.000

3-1-1-03-02-07-0001

Aportes al SENA de funcionarios

   4.000.000

3-1-1-03-03

Remuneraciones no constitutivas de factor salarial

    2.610.312

3-1-1-03-03-01

Indemnización por vacaciones

    1.610.312

3-1-1-03-03-02

Bonificación por recreación

    1.000.000

TOTAL CONTRACREDITOS

 1.339.910.312 

 

ARTÍCULO SEGUNDO Remitir copia de la presente Resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda y a las dependencias del IDRD, para lo de su competencia.

 

ARTICULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

Dada en Bogotá, D. C., a los 19 días del mes de mayo del año 2020

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

 

BLANCA INÉS DURÁN HERNÁNDEZ

 

Directora General

 

NOTA: Ver norma original en anexos

 

Proyectó: Olga Nubia Ossa Zamora – Contratista Área de Presupuesto

Revisó: Gilberto Augusto Almanza Hernández – Profesional Especializado 10

Revisó: Luz Adriana León Rodríguez – Profesional Especializado 11

Aprobó: Hector Elpidio Corredor Igua – Subdirector Administrativo y Financiero

Vo.Bo.: Sandra Jaber Martinez – Secretaría General