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Decreto 29 de 1993 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/01/1993
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/01/1993
Medio de Publicación:
Registro Distrital 749 de mayo 06 de 1993
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 029 DE 1993

(Enero 28)

Derogado por el art. 4, Decreto Distrital 687 de 2019.

"Por el cual se establece la Planta de Personal Docente de la Secretaría de Educación del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá"

EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL,

en ejercicio de sus facultades legales y,

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo No- 08 de 1992 dispuso la creación de una Planta de Personal Docente para el sector educativo del Distrito Capital.

Que el mismo Acuerdo prohibió expresamente el nombramiento de personal temporal y dispuso que la Secretaría de Educación debería desarrollar un estudio sobre las necesidades educativas de la ciudad, que concluyera en el establecimiento de la respectiva planta.

Que la Oficina de Planeación de la Secretaría de Educación realizó el estudio mencionado en el considerando anterior y, sobre la base de las necesidades reales del servicio para 1993, llegó a la conclusión de que es preciso fijar la planta de personal en un número de 7.120 docentes.

Que el Acuerdo No. 40 de 1992 aprobó, dentro del presupuesto para la vigencia de 1993, un rubro expresamente dedicado al pago de personal docente de la planta Distrital de educadores.

Que el Acuerdo No. 41 de 1992 dispuso que la Administración Distrital nombrará en propiedad, a partir del primero de febrero de 1993, al personal docente temporal que venía prestando sus servicios a la Secretaría de Educación, siempre y cuando cumpla con los requisitos de Ley para ocupar el cargo.

Que la naturaleza del trabajo de los educadores y las modalidades particulares de funcionamiento del sector educativo contemplan prestaciones, jornadas y períodos de receso especiales, que exigen tratamiento administrativo adecuado y uniforme con el régimen general de los educadores de la Nación.

Que el Decreto Ley 2277 del 14 de septiembre de 1979, en su Artículo 3º, dispone que los educadores que presten sus servicios en entidades oficiales son de régimen especial y se regirán por las normas previstas en el mismo Decreto.

Que el artículo 315, numeral 7º de la Constitución Política de Colombia, establece como atribución del Alcalde la de Crear, suprimir, o fusionar los empleos de sus dependencias y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.

Ver el Acuerdo Distrital 7 de 1996; Ver los Decretos Distritales 223 y 310 de 1994, 302 de 1995, 144 de 1996, 600 de 1996, 354 de 1997, 106 de 2000, 094 y 237 de 2001, 141 de 2002 y 409 de 2002, 404 de 2003, 127 y 463 de 2005, 019 de 2006, 063 de 2007 y 055 de 2008.

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. Fijar la Planta de Personal Docente del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá y establecer en siete mil ciento veinte el número de plazas que la conforman, de acuerdo con la siguiente discriminación que coincide con la ordenada por las normas nacionales aplicables:

DENOMINACIÓN

No. CARGOS

DOCENTE

7.120

ARTÍCULO 2°. Los emolumentos de los cargos creados en el Artículo 1º del presente Decreto serán fijados anualmente por el Decreto Nacional de Salarios, de acuerdo con los Grados de Escalafón establecidos en el Decreto 2277 de 1979.

ARTÍCULO 3°. Adoptar para la Planta de Personal que se fija en el presente Decreto el régimen prestacional establecido para los docentes de carácter nacional.

ARTÍCULO 4°. Las prestaciones médicas y asistenciales se harán a través de la Caja de Previsión Social del Distrito.

ARTÍCULO 5°. Las cesantías serán a cargo del Fondo de Vivienda Distrital FAVIDI.

ARTÍCULO 6°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de enero de 1993

JAIME CASTRO

Alcalde Mayor

EDUARDO BARAJAS SANDOVAL

Secretario de Educación SED

BERNARDO NAVAS TALERO

Director del Servicio Civil Distrital