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Resolución 516 de 2009 Secretaría Distrital de Movilidad

Fecha de Expedición:
15/12/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 516 DE 2009

(Diciembre 15)

"Por medio de la cual se determina el valor de las tasas de algunos trámites de los Registros Dístritales que presta la Secretaría Distrital de Movilidad, los cuales no se encuentran señalados en la Resolución No. 405 del 30 de octubre de 2009 y se aclaran otros."

EL SECRETARIO DISTRITAL DE MOVILIDAD.

En uso de las facultades constitucionales, legales y en especial las señaladas por la Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito, Decreto 567 de 2006, Resolución 201 de 2004, el literal b) del artículo 108 del Acuerdo 257 de 2006 del Concejo de Bogotá D.C.

CONSIDERANDO

Que el Decreto 567 de 2006 adopta la estructura organizacional y las funciones de la Secretaría Distrital del Movilidad.

Que el parágrafo del artículo 3 del Decreto No. 258 de 2007, faculta la Secretaría Distrital de Movilidad, a fijar los valores por los servicios que presta la entidad.

Que mediante Resolución No. 201 de 2004 se determinó el valor de las tasas para los servicios que presta la Secretaría de Tránsito y Transporte de Bogotá D.C., estableciendo que se liquidarán en SMDLV para el año 2004 y siguientes las cuales se incrementarán en adelante de acuerdo con el Salario Mínimo indicado por el Gobierno Nacional en cada vigencia,

Que el artículo 9 de la Ley 769 de 2009, Código Nacional de Tránsito, establece que la sostenibilidad del Registro Único Nacional de Tránsito RUNT deberá estar garantizada con el cobro de las tarifas, para el manejo de la información contenida en el mismo, la cual será de carácter público.

Que la Ley 1005 del 19 de enero de 2006 estableció el método y sistema para la

determinación de las tarifas que se cobrarán a los usuarios por concepto de inscripción, el ingreso de datos, expedición de certificados y la prestación de servicios relacionados con los diferentes registros señalados en el Código Nacional de Tránsito o las normas que lo modifiquen, adicionen, sustituyan o reglamenten.

Que el Ministerio de Transporte, mediante Resolución 002395 del 9 de junio de 2009 fijó las tarifas de las Especies Venales asignadas a los Organismos de Tránsito del País, los derechos de los trámites que atiende el Ministerio y las tarifas de los servicios para garantizar la sostenibilidad del Registro Único Nacional de Tránsito -RUNT.

Que mediante la citada Resolución, el Ministerio fijó las tarifas a favor del mismo para los trámites que se adelante ante este, los cuales serán incrementados anualmente según el aumento del índice de Precios al Consumidor IPC decretado por el DANE respecto del año inmediatamente anterior.

Que el artículo segundo de la Resolución señalada, indica que los Organismos de Tránsito del País deberán transferir al Ministerio de Transporte, por concepto de costos inherentes a la facultad que tienen de asignar códigos y rangos de especies venales, una suma equivalente al 35% de los derechos de tránsito que cancele el usuario, definidos en la misma norma como el "valor total facturado que cancelan los usuarios, propietarios y conductores de vehículos para obtener el beneficio de su matrícula y trámites asociados ante un Organismo de Tránsito para la obtención de las licencias y placas respectivas, según el caso, exceptuándose el concepto de retención en la fuente de vehículo en el evento en que sea incluido en la factura."

Que el Reglamento del contrato de concesión No. 071 de 2007, mediante el cual el Concesionario de Servicios Integrales para la Movilidad "asume por su cuenta y riesgo la prestación de los servicios administrativos de los Registros Distrital Automotor, de Conductores y Tarjetas de Operación para la Secretaría Distrital de Movilidad; de conformidad con las especificaciones que se relacionan en los estudios previos de oportunidad y conveniencia, el pliego de condiciones de la Licitación Pública SDM-LP006-2007, sus adendas, la propuesta presentada por el concesionario y la naturaleza del servicio", establece "la Secretaría Distrital de Movilidad mantendrá el control de las tarifas, cuya equivalencia en salarios mínimos no será modificada por ésta durante el contrato."

Que el Ministerio del Transporte expidió el 1 de octubre de 2009 la resolución No.4775 por medio de la cual se establece el manual de trámites para el registro o matricula de vehículos automotores y no automotores en todo el territorio nacional y se dictan otras disposiciones; que deroga el Acuerdo 51 de 1993 y rige a partir del 1 de noviembre de 2009.

Que igualmente el Ministerio del Transporte expidió la Resolución No.477tde 2009 por medio de la cual se adopta los certificados de información para los registros que integran el Registro Único Nacional de Transito -RUNT y se dictan otras disposiciones.

Que mediante Resolución No. 405 del 30 de octubre de 2009 la Secretaría Distrital de Movilidad estableció el valor de las tasas para los trámites de los Registros Distritales que presta esta Entidad, de conformidad con la Entrada en vigencia del RUNT.

Que la Secretaría encuentra necesario establecer el valor de las tasas de algunos trámites del los Registros Distritales que presta esta Entidad, los cuales no fueron señalados en la Resolución No. 405 del 30 de octubre de 2009,así como adicionar otros ya indicados.

En mérito de lo expuesto,

Ver la Resolución de la Sec. Movilidad 0405 de 2009

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO.- Para la presente vigencia, año 2009, se autoriza que las tarifas para los usuarios, de los siguientes servicios concesionados por el contrato 071 de 2007, son los que contiene la tabla detallada a continuación, producto de adicionar a las tarifas existentes para el Distrito Capital, el 35% del valor de la especie venal para el Ministerio de Transporte, y el valor establecido por ese Ministerio para el Registro Único Nacional de Tránsito -RUNT:

TRÁMITE

TARIFA ACTUAL PARA EL DISTRITO CAPITAL

35% MINISTERIO

RUNT

TOTAL COBRO AL USUARIO

Inscripción ó Levantamiento ó Modificación (solicitada por el propietario) de Prenda Carro Moto Maquinaria y no automotores

46.000

16.100

5.100

67.200

Registro de la Inscripción ó Levantamiento de limitación ó gravamen a la propiedad de un vehículo, diferente a Prenda 46.000

16.100

1.300

63.400

 

Modificación acreedor prendario Carro Moto Maquinaria y no automotores solicitada por el Acreedor Prendario

56.400

0

2.700

59.100

Transformación, - Carro - Moto - Maquinaria - Remolques, Semírremolques, Multimodulares y Similares

62.100

21.700

1.300

85.100

Modificación acreedor prendario -'Tracción Animal

40.500

0

0

40.500

Trámites de Licencias de Conducción - Tracción Animal

24.000 0

0

0

24.000

Certificado de Información sobre conductor

15.900

0

1,300

17.200

Registro Inicial de Carro, Carga, Maquinaria Agrícola, de Construcción e Industrial Autopropulsada

175.500

61.400

11.700

248.600

ARTICULO SEGUNDO.- De acuerdo con los procedimientos establecidos por el Ministerio de Transporte, es responsabilidad exclusiva de esa autoridad, a través de la Concesión RUNT, la liquidación de los valores que corresponden tanto al Ministerio de Transporte como al RUNT.

ARTICULO TERCERO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.

Dada en Bogotá D.C., a los 15 días del mes de diciembre de dos mil nueve (2009)

FRANCISCO FERNANDO ÁLVAREZ MORALES

Secretario Distrital de Movilidad