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RESOLUCIÓN 0679
DE 2017 (Octubre 6) Por la cual se
modifica la Resolución de Delegación No. 0196 del 7 de abril de 2017 LA GERENTE
GENERAL DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ ESP En ejercicio de
sus funciones, en especial de las conferidas en los literales a) y n) del
artículo 16 del Acuerdo No. 11 de 2010, expedido por la Junta Directiva y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No. 0196 del 7 de abril de 2017, el
Gerente General de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá-ESP
delegó en funcionarios del nivel directivo algunas funciones, con fundamento en
lo establecido en el artículo 9° de la Ley 489 de 1998. Que en el numeral primero del parágrafo primero del artículo
primero de la citada Resolución, el Gerente General delegó en el Secretario
General, los Gerentes Corporativos y los Gerentes de Tecnología y Jurídico la
representación legal en todos los asuntos relacionados con las actividades
propias de la respectiva área. Tal delegación comprende entre otros asuntos, la
aceptación de ofertas y suscripción de contratos hasta por una cuantía de 7000
SMLMV. Que tal determinación fue modificada por el artículo
primero de la Resolución No. 0290 del 15 de mayo de 2017, en el sentido de
ampliar la cuantía para la suscripción de contratos hasta por un valor de
16.000 SMLMV, entendiéndose incorporadas en la citada cuantía el valor de las
adiciones de los contratos. Que con el fin de hacer más eficiente y eficaz la gestión
de la Empresa así como dar plena aplicación a los principios de economía y
celeridad en la actividad contractual, se hace necesario eliminar el límite de
cuantía para la suscripción de contratos y sus correspondientes adiciones. Que en armonía con lo expuesto, es pertinente suprimir el
parágrafo cuarto(Sic) del artículo segundo de la Resolución No. 0196 de 2017, que
señala que las solicitudes de inicio del proceso para la celebración de
contratos de prestación de servicios con personas naturales y jurídicas que se
adelanten bajo la modalidad de contratación directa conforme a los numerales 2,
3 y 4 del artículo 25 de la Resolución 0798 del 13 de septiembre de 2016,
deberán contar con el visto bueno previo del Gerente General. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo Primero.
-
Modificar el numeral 1° del Parágrafo Primero del Artículo Primero de la Resolución
0196 de 2017, el cual fue modificado por el artículo primero de la Resolución
0290 de 2017, el cual quedará así: “1°Aceptación
de ofertas, suscripción de contratos sin límite de cuantía y adiciones. Esta delegación
comprende la competencia para: dirigir y adelantar la fase precontractual, sin perjuicio de las
funciones y responsabilidades asignadas a la Dirección de Contratación y
Compras; expedir todos los trámites, actuaciones, actos administrativos, cuando
se requiera; actas, restablecimiento de desequilibrio económico, actas de
suspensión, reinicio y liquidación, declaratorias de siniestro y demás
actuaciones requeridas para la debida ejecución de los contratos hasta su
liquidación.” Artículo Segundo.
- Suprimir
el parágrafo cuarto del artículo primero de la Resolución 0196 de 2017. Artículo Tercero: La presente
resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las
disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá
D.C., a los seis (6) días del mes de octubre de dos mil diecisiete (2017). MARÍA CAROLINA
CASTILLO AGUILAR Gerente General |