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Resolución 046 de 2019 Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB

Fecha de Expedición:
12/02/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/02/2019
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 046 DE 2019

 

(Febrero 12)

 

Por la cual se efectúa un traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, para la vigencia fiscal 2019

 

LA DIRECTORA GENERAL DE LA ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ,

 

En uso de las facultades legales, y en especial la conferida en el artículo 1º. de la Resolución No. 006 de septiembre 6 de 2001 expedida por la Junta Directiva de la Orquesta Filarmónica de Bogotá y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el 27 de diciembre de 2018 se expidió Decreto No. 826, “Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo 728 del 26 de diciembre de 2018, expedido por el Concejo de Bogotá”.

 

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 396 de 1996, por el cual se reglamenta el Acuerdo 24 de 1995 Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital,  “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hace parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Consejo Distrital, se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda - Director Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Distrital.”

 

Que mediante Resolución No. 006 de 2001, la Junta Directiva de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, delegó en la Dirección General la facultad de aprobar los traslados presupuestales.

 

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo del Decreto 396 de 1996, la Orquesta Filarmónica de Bogotá mediante oficio 201902030000061 de fecha 25 de enero de 2019, solicitó a la Dirección Distrital de Presupuesto, concepto favorable para el traslado solicitado, el cual fue expedido mediante oficio No. 2019EE14796 de fecha 11 de febrero de 2019.

 

Que surtido el trámite y verificado el cumplimiento de requisitos señalados en la Resolución SDH - 000191 del 22 de septiembre de 2017 de la Secretaría Distrital de Hacienda D.C., “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, procede el traslado solicitado.


En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1: Trasladar los siguientes recursos apropiados en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de 2019 de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 396 de 1996 así:

 

CONTRA CRÉDITOS

 

CRÉDITOS

                                                                                                                                                                                                                                                      

ARTÍCULO 2: Remitir copia de la presente Resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda para los fines pertinentes, así como al Área de Presupuesto de la Subdirección Administrativa y Financiera de la Orquesta Filarmónica de Bogotá.

 

ARTÍCULO 3: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

Dada en Bogotá D. C. a los 12 días del mes de febrero del año 2019.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

SANDRA MELUK ACUÑA

 

Directora General