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Resolución 189 de 2020 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

Fecha de Expedición:
30/04/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/04/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6768 del 01 de abril de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 189 DE 2020

 

(Marzo 30)


Derogada por el art. 3,  Resolución 102 de 2023.

 

Por medio de la cual se modifica el artículo 1 y el parágrafo 2 del artículo 2 de la Resolución 151 del 10 de marzo del 2020, que integra el Comité de Conciliación de la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dicta otras disposiciones

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006 y el Decreto Distrital 037 de 2017 y

 

CONSIDERADO:

 

Que mediante el Decreto 037 del 25 de enero del 2017 se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones.

 

Que conforme las modificaciones de la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y la nueva normatividad que rige la materia, es necesario derogar resolución 029 del 12 febrero del 2007, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, por medio de la cual se integra el Comité de Conciliación de la Secretaria de Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y dicta otras disposiciones.

 

Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, mediante Resolución 151 del 10 de marzo del 2020, integró el Comité de Conciliación de la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se derogó la Resolución 029 del 12 de febrero del 2007.

 

Que, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, considera necesario ampliar los integrantes del Comité de Conciliación.

 

Que en mérito de lo expuesto:

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Modifíquese el artículo 1 de la Resolución 151 del 10 de marzo del 2020, la cual quedará así:

 

“ARTÍCULO PRIMERO. Integración: Integrar el Comité de Conciliación por los siguientes funcionarios quienes concurrirán con voz y voto, y tendrán la calidad de miembros permanentes:

 

- El (La) Secretario de Despacho o su delegado.

 

- El (La) Jefe de la Oficina Asesora Jurídica

 

- El (La) Jefe de Control Interno Disciplinario

 

- El (La) Asesora del Despacho del Secretario

 

- El (La) Asesora de la Subsecretaría de Gobernanza”

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Modifíquese el artículo 2 parágrafo 2 de la Resolución 151 del 10 de marzo del 2020, la cual quedará así:

 

“Artículo Segundo: La participación de los integrantes será indelegable.

 

PARÁGRAFO SEGUNDO: El Comité de Conciliación sesionará con un mínimo de tres (3) de sus miembros permanentes y adoptará tas decisiones por mayoría simple.”

 

ARTÍCULO TERCERO: Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa, comunicar a los integrantes del Comité de Conciliación señalados en el artículo 1 de la presente Resolución.

 

ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Distrital y modifica el artículo 1 y el parágrafo 2 del artículo 2 de la Resolución 151 del 2020.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de marzo del año 2020.

 

NICOLÁS FRANCISCO MONTERO DOMINGUEZ

 

Secretario de Despacho