Cargando el Contenido del Documento | |
Por favor espere... |
RESOLUCIÓN 189 DE 2020
(Marzo 30) Derogada por el art. 3, Resolución 102 de 2023.
Por medio de la cual se modifica el artículo 1 y el parágrafo 2 del artículo 2 de la Resolución 151 del 10 de marzo del 2020, que integra el Comité de Conciliación de la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dicta otras disposiciones
EL SECRETARIO DE DESPACHO
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006 y el Decreto Distrital 037 de 2017 y
CONSIDERADO:
Que mediante el Decreto 037 del 25 de enero del 2017 se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones.
Que conforme las modificaciones de la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y la nueva normatividad que rige la materia, es necesario derogar resolución 029 del 12 febrero del 2007, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, por medio de la cual se integra el Comité de Conciliación de la Secretaria de Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y dicta otras disposiciones.
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, mediante Resolución 151 del 10 de marzo del 2020, integró el Comité de Conciliación de la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se derogó la Resolución 029 del 12 de febrero del 2007.
Que, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, considera necesario ampliar los integrantes del Comité de Conciliación.
Que en mérito de lo expuesto:
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Modifíquese el artículo 1 de la Resolución 151 del 10 de marzo del 2020, la cual quedará así:
“ARTÍCULO PRIMERO. Integración: Integrar el Comité de Conciliación por los siguientes funcionarios quienes concurrirán con voz y voto, y tendrán la calidad de miembros permanentes:
- El (La) Secretario de Despacho o su delegado.
- El (La) Jefe de la Oficina Asesora Jurídica
- El (La) Jefe de Control Interno Disciplinario
- El (La) Asesora del Despacho del Secretario
- El (La) Asesora de la Subsecretaría de Gobernanza”
ARTÍCULO SEGUNDO: Modifíquese el artículo 2 parágrafo 2 de la Resolución 151 del 10 de marzo del 2020, la cual quedará así:
“Artículo Segundo: La participación de los integrantes será indelegable.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El Comité de Conciliación sesionará con un mínimo de tres (3) de sus miembros permanentes y adoptará tas decisiones por mayoría simple.”
ARTÍCULO TERCERO: Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa, comunicar a los integrantes del Comité de Conciliación señalados en el artículo 1 de la presente Resolución.
ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Distrital y modifica el artículo 1 y el parágrafo 2 del artículo 2 de la Resolución 151 del 2020.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de marzo del año 2020.
NICOLÁS FRANCISCO MONTERO DOMINGUEZ
Secretario de Despacho |