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Decreto 037 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
25/01/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/01/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6006 del 30 de enero de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D

DECRETO 037 DE 2017


(Enero 25)


Derogado por el art. 25,  Decreto Distrital 340 de 2020.

 

Por medio del cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los  numerales  3° y 6°, del artículo 38 y del inciso segundo del artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 94 del Acuerdo 257 de 2006, expedido por el Concejo Distrital de Bogotá, fijó la naturaleza, objeto y funciones básicas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, cuya estructura organizacional y funciones fueron establecidas mediante el Decreto Distrital 558 de diciembre de 2006, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

 

Que mediante el Decreto Distrital 342 de 2007 se modificó parcialmente la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte al cambiar el nombre de la Subsecretaría General por el de Subsecretaría General y de Control Disciplinario y agregarle la función referente a la aplicación del régimen disciplinario.

 

Que por medio de Decreto Distrital 102 de 2013 se adicionó el Decreto Distrital 558 de 2006 y se asignaron funciones para la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, relacionadas con: i) Diseñar políticas orientadas a fomentar el hábito de frecuentar las bibliotecas y desarrollar el hábito de la lectura y la escritura entre los habitantes del Distrito Capital; ii) Fomentar el uso de las bibliotecas, proponer su creación y dotarlas de los insumos que requieren para su óptimo funcionamiento; iii) Gestionar, coordinar y orientar la oferta programática a través de la Red de Bibliotecas Públicas.

 

Que mediante el Decreto 402 de 2013, se modificó la estructura interna de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte al crear en la estructura organizacional la Dirección de Lectura y Bibliotecas.

 

Que el Decreto Distrital 619 de 2013, asignó funciones a la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte relacionadas con la inspección, vigilancia y control a entidades sin ánimo de lucro con fines culturales, recreativos o deportivos.

 

Que mediante oficio No. 2016EE2689 de fecha diciembre 22 de 2016, el Departamento Administrativo de Servicio Civil Distrital, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Acuerdo No. 199 de 2005 emitió concepto técnico favorable para la modificación de la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

CAPÍTULO I

 

DE LA NATURALEZA, OBJETO Y FUNCIONES GENERALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE

 

Artículo 1°. Naturaleza. La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, perteneciente al Sector Cultura, Recreación y Deporte, es un organismo del Sector Central con autonomía administrativa y financiera.

 

Artículo 2°. Objeto. La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil.

 

Artículo 3°. Funciones. La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tendrá las siguientes funciones básicas:

 

a. Formular estrategias para garantizar la conservación y enriquecimiento de la creación y expresiones culturales propias de la ciudad diversa en su conformación étnica, socio cultural e histórica.

 

b. Diseñar estrategias de divulgación y conservación del patrimonio cultural tangible e intangible.

 

c. Velar por el ejercicio del deporte en sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas en pro de la formación de las personas y la preservación del desarrollo de una mejor salud en el ser humano.

 

d. Formular mecanismos para lograr la participación de los ciudadanos y ciudadanas en programas recreativos y deportivos en desarrollo del derecho constitucional que le asiste a todas las personas para la práctica del deporte y el aprovechamiento del tiempo libre.

 

e. Formular estrategias para garantizar la formación y apoyo integral a los deportistas.

 

f. Impulsar la formación y gestión de actividades y programas artísticos, culturales, deportivos y de alto rendimiento, acorde con los planes sectoriales y con el plan de desarrollo económico y social y de obras públicas del Distrito Capital.

 

g. Formular políticas, vigilar y supervisar la correcta administración y funcionamiento de los sistemas distritales de cultura de parques y de escenarios distritales, recreativos y deportivos.

 

h. Orientar el desarrollo, fomento y difusión del repertorio sinfónico nacional y universal por parte de la Orquesta Filarmónica de Bogotá.

 

i. Coordinar la ejecución de las políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y del deporte que desarrollen las entidades adscritas y vinculadas y las localidades.

 

j. Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.

 

k. Ejercer seguimiento, vigilancia y control sobre la debida ejecución de los planes de gestión de las entidades del sector.

 

l. Formular, orientar y coordinar políticas que propicien y consoliden la conformación y permanencia de los clubes, escuelas, ligas o asociaciones solidarias de deportistas.


m. Promocionar actividades recreativas e impulsar masivamente la práctica deportiva no competitiva prioritariamente para los niños, jóvenes y adultos mayores.

 

n. Priorizar en la inversión la construcción de parques con escenarios deportivos y recreativos.

 

o. Promover e impulsar estrategias que garanticen el desarrollo del arte y estímulos para los artistas.

 

p. Promover el reconocimiento público a los deportistas de alta figuración y rendimiento que representen a nuestra ciudad en las gestas deportivas.

 

q. Formular, ejecutar y coordinar con la Secretaria Ambiental, los programas, proyectos y acciones para la conservación, preservación y recuperación del componente de la estructura ecológica principal parques urbanos.

 

r. Impulsar estrategias para garantizar el desarrollo de expresiones artísticas que interpreten la diversidad cultural de los habitantes del Distrito Capital.

 

s. Impulsar la formación y gestión de actividades y programas artísticos, culturales, deportivos y de alto rendimiento para la población con algún grado de discapacidad.

 

t. Liderar la formulación de políticas públicas orientadas a garantizar y restablecer los derechos culturales y a contribuir al desarrollo de la cultura de los derechos, así como la formulación de la Política Pública de Cultura Ciudadana y Democrática, de conformidad con el Decreto Disrital 599 de 2015 o la norma que lo modifique.

 

u. Orientar y coordinar las actividades para el funcionamiento de los espacios de concertación, las instancias y los procesos del Sistema Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio y demás funciones previstas en el Decreto 627 de 2007 o la norma que lo modifique.

 

v. Dirigir y coordinar la concertación, el diseño, la implementación y la evaluación de políticas públicas de fomento en lectura, escritura y cultura digital para el Distrito Capital, de conformidad con el Acuerdo 644 de 2016, reglamentado por el Decreto Distrital 624 de 2016 o la norma que lo modifique.

 

w. Ejercer la inspección, vigilancia y control a las entidades sin ánimo se lucro con fines culturales, recreativos o deportivos del Distrito que le sean asignadas por la norma.

 

CAPITULO II

 

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL Y FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS

 

Artículo 4º. Estructura Organizacional. Para el desarrollo de su objeto y funciones la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tendrá la siguiente estructura organizacional:

 

1. DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE

 

1.1. Oficina de Control Interno

 

1.2. Oficina de Control Interno  Disciplinario

 

1.3. Oficina Asesora de Jurídica

 

1.4. Oficina Asesora de Comunicaciones

 

2. SUBSECRETARÍA DE GOBERNANZA

 

2.1 Dirección de Asuntos Locales y Participación

 

2.2 Dirección de Fomento

 

2.3 Dirección de Personas Jurídicas

 

3. DIRECCIÓN DE ARTE, CULTURA Y PATRIMONIO

 

3.1. Subdirección de Arte, Cultura y Patrimonio

 

3.2. Subdirección de Infraestructura Cultural

4. DIRECCIÓN DE CULTURA CIUDADANA

 

4.1. Subdirección Observatorio de Culturas

 

5. DIRECCIÓN DE LECTURA Y BIBLIOTECAS

 

6. DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN

 

7. DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA

 

Artículo 5°. Despacho de el/la Secretario/a: Son funciones del despacho de la Secretaría Distrital de la Cultura, Recreación y Deporte, las siguientes:

 

a. Formular y adoptar de manera articulada las políticas, planes, programas y proyectos en los campos del arte, la cultura, el patrimonio cultural, la recreación, el deporte y la actividad física del Distrito Capital.

 

b. Dirigir las funciones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

c. Orientar las acciones del Comité Sectorial de desarrollo Administrativo de Cultura, Recreación y Deporte, impulsar la concertación en la toma de decisiones y en la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos del sector.

 

d. Dirigir la participación de la entidad en la formulación del Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas del Distrito Capital en lo atinente al arte, la cultura, el patrimonio cultural, la recreación, el deporte y la actividad física del Distrito Capital.

 

e. Formular la política de democratización de la gestión sectorial y orientar el diseño de estrategias que propicien la participación de la sociedad civil en la toma de decisiones sobre política y en la ejecución y control de las mismas, en los campos del arte, la cultura, el patrimonio cultural, la recreación, el deporte y la actividad física del Distrito Capital.

 

f. Formular las políticas referentes a la administración y manejo de los sistemas y subsistemas distritales de Arte, Cultura y Patrimonio, de Deporte, Recreación y Actividad Física, y los demás que se creen para el cumplimiento de la misión sectorial.

 

g. Definir la política de diálogo con otros sectores del Distrito Capital y con instituciones del orden regional, nacional e internacional con los cuales haya complementariedad entre sus políticas y las del sector, para fortalecer los campos del arte, la cultura, el patrimonio cultural, la recreación, el deporte y la actividad física del Distrito Capital.

 

h. Definir políticas y estrategias que estimulen la corresponsabilidad público-privada en el fortalecimiento de los campos del arte, la cultura, el patrimonio cultural, la recreación, el deporte y la actividad física del Distrito Capital, y fomenten la organización social de sus agentes e instancias.

 

i. Formular y dirigir las acciones de intervención sobre los proyectos de ley, acuerdos y decretos que se expidan en relación con el Sector Cultura, Recreación y Deporte.

 

j. Dirigir el desarrollo y realización de las funciones técnicas y administrativas de la entidad, orientando sus planes y políticas para el debido cumplimiento de su misión y objetivos institucionales.

 

k. Dirigir la elaboración y presentación oportuna de los informes que requiera el Concejo de Bogotá y la Alcaldía Mayor, así como cualquier otro ente de control político, fiscal, o de control social.

 

l. Dirigir la formulación e implementación de las políticas para el establecimiento, desarrollo y mejoramiento continuo del sistema de control interno de la entidad.

 

m. Ejercer la función disciplinaria de conformidad con las normas legales y generar las condiciones que permitan su desarrollo.

 

n. Expedir los actos administrativos y celebrar de acuerdo con su competencia, los contratos y convenios que sean necesarios para el cabal cumplimiento de las funciones de la Secretaría, sin perjuicio de delegar tal responsabilidad en los servidores públicos de la entidad.


Ver Resolución 470 de 2020. Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

o. Promover la participación ciudadana y el control social del Sector Cultura, Recreación y Deporte, su articulación con otros sistemas y el fortalecimiento de espacios de participación, y/o de control social distrital y nacional, de acuerdo con las dinámicas propias de los campos del arte, la cultura, el patrimonio cultural, la recreación, el deporte y la actividad física del Distrito Capital.

 

p. Las demás que le sean propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 6º. Oficina de Control Interno. Corresponde a la Oficina de Control Interno el ejercicio de las siguientes funciones.

 

a. Evaluar en forma independiente el Sistema de Control Interno de la entidad y proponer al representante legal las recomendaciones para mejorarlo.

 

b. Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del Sistema de Control Interno.

 

c. Verificar que el Sistema de Control Interno esté formalmente establecido dentro de la Secretaría y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y, en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de mando.

 

d. Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la Secretaría, se cumplan por los responsables de su ejecución y en especial, que las áreas o servidores públicos encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta función

 

e. Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades de la Secretaría, estén adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente.

 

f. Propender por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la Secretaría y recomendar los ajustes necesarios;

 

g. Servir de apoyo a los directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin que se obtengan los resultados esperados.

 

h. Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información de la entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios.

 

i. Fomentar en toda la Secretaría la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.

 

j. Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, que en desarrollo del mandato constitucional y legal, diseñe la dependencia correspondiente.

 

k. Mantener permanentemente informados a los directivos acerca del estado del control interno dentro de la entidad, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento.

 

l. Desarrollar acciones para valorar la administración de los riesgos institucionales, informar a la alta dirección sobre el estado de los mismos y aconsejar sobre la mejora en los controles  y posibilidades de mitigación.

 

m. Asesorar a la Secretaría en la relación con organismos de control externos, facilitando los requerimientos, la coordinación de los informes y la información relevante y pertinente que estos requieran.

 

n. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 7º. Oficina de Control Interno Disciplinario. Corresponde a la Oficina de Control Interno Disciplinario Interno el ejercicio de las siguientes funciones.

 

a. Participar en la formulación y ejecución del Plan Estratégico de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

b. Dirigir la atención de consultas en materia disciplinaria y la elaboración de análisis sobre la misma materia, de acuerdo con la normatividad vigente.

 

c. Adelantar la indagación preliminar, la investigación formal y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios contra los servidores y ex servidores de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con el Código Disciplinario Único y demás disposiciones que regulan la materia.

 

d. Asesorar y mantener informado al Despacho de la Secretaría en todo lo relacionado con la aplicación del régimen disciplinario y de los procesos que se adelanten contra los servidores y ex servidores de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

e. Divulgar al interior de la entidad el Código Disciplinario Único con el objeto de prevenir la ocurrencia de conductas violatorias del mismo.

 

f. Coordinar programas de asesoría y capacitación a los funcionarios de la entidad, para prevenir la ocurrencia de conductas, acciones u omisiones que puedan dar lugar a la imposición de sanciones disciplinarias.

 

g. Comunicar y notificar los actos administrativos, fallos y autos proferidos por la Secretaría en ejercicio de la potestad disciplinaria, en los términos previstos en el Código Disciplinario Único y la normatividad que rige la materia.

 

h. Proyectar las resoluciones mediante las cuales se haga efectiva la aplicación de las sanciones disciplinarias impuestas contra los servidores y ex servidores de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

i. Efectuar el seguimiento a la ejecución de las sanciones disciplinarias que se impongan  a  los servidores y ex servidores de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, hasta su remisión a la jurisdicción coactiva, si es el caso.

 

j. Asesorar al Despacho de la Secretaría en la implementación de estrategias para prevenir la  comisión de faltas disciplinarias.

 

k. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 8º. Oficina Asesora de Jurídica. Corresponde a la Oficina Asesora de Jurídica el ejercicio de las siguientes funciones.

 

a. Formular objetivos y estrategias relacionadas con la gestión jurídica de la Secretaría, así como asesorar al despacho de la Secretaría y demás dependencias de la entidad en materia jurídica.

 

b. Emitir respuesta a los requerimientos y peticiones formulados por los ciudadanos y por los organismos públicos y privados, relacionados con aspectos de los asuntos jurídicos y regulatorios de conformidad con la normativa vigente.

 

c. Emitir conceptos sobre los asuntos jurídicos y regulatorios formulados por el sector cultura, recreación y deporte.

 

d. Establecer, fijar e impartir directrices jurídicas, a partir de la conservación de la unidad de criterio en la interpretación, aplicación e implementación de las disposiciones normativas referentes a las políticas culturales, recreativas y deportivas en el Distrito Capital.

 

e. Ejercer y orientar la representación judicial y extrajudicial de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en los diferentes procesos y demás acciones legales que se instauren en su contra o que esta deba promover conforme a los lineamientos legales y ante las instancias judiciales y administrativas, de conformidad con las delegaciones que le sean conferidas para estos efectos.

 

f. Responder por la actualización permanente de la normativa y jurisprudencia correspondiente a asuntos propios de la Secretaría y del Sector Cultura, Recreación y Deporte, respectivamente, así como procurar su divulgación y debida aplicación, a partir de la definición de los criterios jurídicos de la entidad.

 

g. Estudiar y proyectar las providencias o fallos que deba proferir el/la Secretario/a de Despacho en segunda instancia, acerca de los procesos disciplinarios relacionados con servidores públicos de la entidad.

 

h. Emitir la viabilidad jurídica de proyectos de ley, decretos, acuerdos, actos administrativos y demás asuntos normativos que se sometan a su consideración.

 

i. Proyectar los actos administrativos que resuelvan las solicitudes de revocatoria y recursos interpuestos contra los actos administrativos de competencia del Despacho de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

j. Dirigir la gestión contractual de la entidad y orientar la unidad de criterio en materia de contratación en la Secretaría en el desarrollo de las diferentes etapas y de conformidad con las políticas institucionales y la normativa vigente.

 

k. Proyectar los actos administrativos de competencia del Despacho de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, que autoricen a las entidades adscritas al sector la suscripción de contratos de apoyo y convenios de asociación con entidades sin ánimo de lucro.

 

l. Dirigir y orientar la formulación, actualización, adopción de propuestas y medidas regulatorias necesarias para el fortalecimiento del Sector Cultura, Recreación y Deporte.

 

m. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 9º. Oficina Asesora de Comunicaciones. Corresponde a la Oficina Asesora de Comunicaciones el ejercicio de las siguientes funciones.

 

a. Asesorar en la definición y ejecución de políticas y estrategias de comunicación orientadas a la articulación sectorial, así como a la promoción y apropiación ciudadana de los temas sectoriales.

 

b. Asesorar y proponer acciones y procesos de comunicación sectoriales que contribuyan a garantizar el acceso a la información pública como bien colectivo y propendan por la coordinación y el fortalecimiento de gestión comunicacional de las entidades.

 

c. Desarrollar estrategias de divulgación de contenidos sectoriales en medios de comunicación e incentivar el mejoramiento continuo de los medios de comunicación institucionales con uso y aprovechamiento de las nuevas tecnologías de información y comunicación.

 

d. Desarrollar y evaluar, en coordinación con las áreas de la Secretaría, el plan estratégico de comunicación de la entidad de acuerdo con las políticas Distritales y los objetivos estratégicos institucionales.

 

e. Promover el desarrollo de capacidades comunicacionales así como la generación de contenidos y el adecuado uso de los medios de comunicación en las entidades del Sector Cultura, Recreación y Deporte.

 

f. Diseñar y desarrollar estrategias de comunicación organizacional para los servidores públicos de la Secretaría que faciliten los flujos de información de acuerdo con los procedimientos establecidos por la entidad.

 

g. Establecer, gestionar y mantener relaciones permanentes con los medios de comunicación que permitan la generación y seguimiento de una agenda pública institucional sectorial y realizar monitoreo de dicha agenda.

 

h. Conformar y coordinar el comité de comunicaciones y publicaciones de la Secretaría para el seguimiento del plan estratégico de comunicación, así como de políticas y acciones de fortalecimiento de la misma entidad y el sector.

 

i. Realizar las actividades necesarias para la publicación de los materiales requeridos por la Secretaría, en coordinación con cada una de sus dependencias, así como diseñar y programar la producción audiovisual, la impresión documental de información y el material de prensa, radio y televisión de la Secretaría.

 

j. Formular lineamientos y técnicas de comunicación a los servidores públicos designados por el Despacho de la Secretaría para trasmitir comunicados oficiales.

 

k. Diseñar e implementar programas y estrategias de comunicación interna que permitan facilitar y fortalecer la integración y sinergia dentro de la entidad.

 

l. Las demás que le sean propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 10º. Subsecretaría de Gobernanza. Corresponde a la Subsecretaría de Gobernanza el ejercicio de las siguientes funciones.

 

a. Definir las estrategias y mecanismos para articular el diseño e implementación de políticas, planes, programas y proyectos sectoriales de arte, cultura, patrimonio, deporte, recreación, actividad física en el contexto del Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas del Distrito Capital y de las directrices del Despacho de la Secretaría.

 

b. Realizar la orientación técnica en el proceso de ejecución de los planes, programas y proyectos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para el cumplimiento de su misión como cabeza de sector.

 

c. Definir los criterios técnicos para coordinar el ejercicio de las funciones a cargo de las dependencias de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para mantener la unidad de propósito.

 

d. Orientar la definición y ejecución de estrategias de participación ciudadana, así como el fortalecimiento y estímulo al control social de las organizaciones frente a la gestión del Sector Cultura, Recreación y Deporte.

 

e. Definir las estrategias de intervención de la Secretaría en las localidades para mantener un hilo conductor entre éstas y las dependencias centrales, con el fin de garantizar la eficacia de las metas, la eficiencia en el uso de los recursos y la efectividad de las políticas, planes, programas y proyectos.

 

f. Diseñar lineamientos e implementar estrategias para el fomento de la Cultura, la Recreación y el Deporte en el Distrito Capital.

 

g. Coordinar las acciones necesarias para dinamizar el funcionamiento de las instancias, espacios y procesos del Subsistema de Cultura de grupos étnicos y sectores sociales y etarios.

 

h. Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales

 

i. Dirigir los procesos de diseño, formulación y puesta en marcha de la política de emprendimiento e industrias culturales y creativas del Distrito Capital.

 

j. Orientar a la entidad en el manejo de relaciones interinstitucionales a nivel, local distrital, nacional e internacional de acuerdo con las políticas institucionales y lineamientos distritales.

 

k. Gestionar alianzas y convenios interinstitucionales y de corresponsabilidad social público-privadas, que fortalezcan el desarrollo de la política pública de cultura, recreación y deporte en Bogotá de acuerdo con la normativa vigente.

 

l. Dirigir el desarrollo de estrategias y acciones de inspección, vigilancia y control sobre las entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto social central sea cultural, recreativo o deportivo en los casos en que éstas no pertenezcan al Sistema Nacional del Deporte, sin perjuicio de lo que sobre este tema compete a otras entidades.

 

m. Dirigir los trámites y procedimientos derivados del otorgamiento de personería jurídica de las entidades sin ánimo de lucro con fines recreativos y/o deportivos del Distrito Capital que conforman el Sistema Nacional del Deporte.

 

n. Las demás que le sean propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 11º. Dirección de Asuntos Locales y Participación. Corresponde a la Dirección de Asuntos Locales y Participación el ejercicio de las siguientes funciones.

 

a. Generar acciones para dinamizar el funcionamiento de las instancias, espacios y procesos del Subsistema Local de Arte, Cultura y Patrimonio.

 

b. Formular, con base en el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas del Distrito Capital y en las directrices de la Subsecretaría, las estrategias, planes, programas y proyectos de la Secretaría en las localidades del Distrito Capital.

 

c. Articular las entidades del sector en el proceso de implementación de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos locales relacionados con el cumplimiento de la misión sectorial.

 

d. Coordinar la intervención de los gestores en las localidades del Distrito Capital y articular su desempeño en los diferentes campos de acción de la Secretaría en las localidades.

 

e. Dirigir el seguimiento y evaluación a las estrategias de articulación sectorial y local y hacer los ajustes del caso para mantener la dinámica del desarrollo de las políticas.

 

f. Diseñar los dispositivos de información requeridos para garantizar un conocimiento objetivo de la problemática de las localidades en el campo de acción de los gestores locales.

 

g. Diseñar y ejecutar estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales.

 

h. Coordinar, hacer seguimiento y análisis del proceso y espacios de participación en los campos del arte y la cultura que establece el Sistema Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio. 

 

i. Orientar los planes, programas y proyectos requeridos tendientes a fortalecer las comunicaciones con las localidades y el control de las acciones sectoriales en estas instancias del gobierno distrital, para garantizar la adecuada coordinación y el cumplimiento de las metas.

 

j. Definir y gestionar las estrategias para la identificación, reconocimiento, valoración y apropiación social de territorios culturalmente significativos.


k. Las demás que le sean propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 12º. Dirección de Fomento. Corresponde a la Dirección de Fomento el ejercicio de las siguientes funciones.

 

a. Dirigir la estrategia conjunta de trabajo del sector cultura, recreación y deporte en lo que respecta a la política de Fomento.

 

b. Dirigir actividades relacionadas con el diseño, ejecución y seguimiento de las convocatorias públicas ofertadas a través del Programa Distrital de Estímulos y del Programa Distrital de Apoyos Concertados y bajo criterios de equidad, pertinencia y transparencia.

 

c. Dirigir las acciones tendientes a la formulación de políticas planes, programas y proyectos relacionados con el fortalecimiento del proceso sectorial de fomento.

 

d. Impartir lineamientos para la implementación de políticas, planes, programas y proyectos relacionados con el fortalecimiento del proceso de fomento, de acuerdo a los objetivos, proyectos y metas institucionales.

 

e. Diseñar estrategias orientadas a fortalecer las capacidades de las instituciones locales y articular la organización y participación de actores sociales, comunitarios y sectoriales a nivel local para la gestión de la cultura, la recreación y el deporte en el marco de las políticas y metas institucionales.

 

f. Dirigir las acciones tendientes al diseño de estrategias de monitoreo y seguimiento tanto al Programa Distrital de Estímulos, de Apoyos Concertados y de Alianzas Estratégicas.

 

g. Las demás que le sean propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 13°. Dirección de Personas Jurídicas. Corresponde a la Dirección de Personas Jurídicas el ejercicio de las siguientes funciones.

 

a. Reconocer la personería jurídica de las entidades sin ánimo de lucro con fines recreativos o deportivos con domicilio en Bogotá D.C., vinculadas al Sistema Nacional del Deporte conforme a la Ley 181 de 1995, Decreto 1228 de 1995 y demás normas vigentes sobre la materia.

 

b. Aprobar e inscribir las reformas estatutarias de las entidades sin ánimo de lucro con fines recreativos o deportivos con domicilio en Bogotá D.C. vinculadas al Sistema Nacional del Deporte, de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia.

 

c. Suspender o cancelar la personería jurídica de las entidades sin ánimo de lucro con fines recreativos o deportivos con domicilio en Bogotá D.C. vinculadas al Sistema Nacional del Deporte, por orden del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre – COLDEPORTES, o la autoridad que haga sus veces.

 

d. Inscribir a los dignatarios de las entidades sin ánimo de lucro con fines recreativos o deportivos con domicilio en Bogotá D.C. vinculadas al Sistema Nacional del Deporte, de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia.

 

e. Realizar el registro y sello de los libros de actas de las entidades sin ánimo de lucro con fines recreativos o deportivos con domicilio en Bogotá D.C. vinculadas al Sistema Nacional del Deporte, de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia.

 

f. Orientar a las entidades sin ánimo de lucro con fines recreativos o deportivos vinculadas al Sistema Nacional del Deporte en el proceso de reconocimiento de personería jurídica y demás trámites derivados de la misma.

 

g. Expedir los certificados de existencia y representación legal de las entidades sin ánimo de lucro con fines recreativos o deportivos con domicilio en Bogotá, D.C.  vinculadas al Sistema Nacional del Deporte de acuerdo con la normativa vigente.

 

h. Ejercer la inspección, vigilancia y control a las entidades sin ánimo de lucro con fines culturales, recreativos o deportivos con domicilio en Bogotá, D.C. que no estén vinculadas al Sistema Nacional del Deporte, que se encuentren registradas en la Cámara de Comercio de Bogotá y que no estén sometidas a la inspección, vigilancia y control del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre - COLDEPORTES -,  a efecto de determinar el cumplimiento del régimen legal y estatutario.

 

i. Adelantar las investigaciones administrativas, y sancionar cuando a ello hubiere lugar, con suspensión o cancelación de la personería jurídica, a las entidades sin ánimo de lucro con fines culturales, recreativos o deportivos con domicilio en Bogotá, D.C. que no estén vinculadas al Sistema Nacional del Deporte que se encuentren registradas en la Cámara de Comercio de Bogotá, cuando sus actividades se desvíen del objeto de sus estatutos, se aparten de los fines que motivaron su creación, incumplan las disposiciones legales o estatutarias que las rijan.

 

j. Resolver los recursos de reposición interpuestos contra los actos administrativos expedidos por la Dirección de Personas Jurídicas.

 

k. Las demás que le sean propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 14°. Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio. Corresponde a la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio el ejercicio de las siguientes funciones.

 

a. Gestionar la formulación e implementación de políticas para los campos del arte, la cultura y el patrimonio cultural en el marco del Sistema Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio.

 

b. Formular los lineamientos y realizar la coordinación intrasectorial e intersectorial para la implementación de políticas para los campos del arte, la cultura y el patrimonio cultural.

 

c. Formular los lineamientos y estrategias para el fortalecimiento organizativo de las entidades adscritas o vinculadas al sector.

 

d. Dirigir y coordinar la estrategia de desarrollo cultural territorial del sector cultural en el Distrito Capital.

 

e. Desarrollar el contenido para las estrategias de socialización y apropiación de las políticas del arte, la cultura y el patrimonio cultural.

 

f. Orientar la articulación de las políticas distritales de patrimonio cultural, con otras políticas y planes del orden distrital, regional, nacional e internacional y prestar la colaboración sectorial e intersectorial para propender por su desarrollo.

 

g. Liderar las estrategias conducentes al fortalecimiento de la infraestructura cultural del Distrito Capital, en coordinación con otros entes competentes del orden distrital y nacional.

 

h. Las demás que le sean propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 15°. Subdirección de Arte, Cultura y Patrimonio. Corresponde a la Subdirección de Arte, Cultura y Patrimonio el ejercicio de las siguientes funciones.

 

a. Orientar la articulación de las políticas distritales en los campos del arte, la  cultura y el patrimonio, con otras políticas y planes del orden distrital, regional, nacional e internacional y prestar la colaboración sectorial e intersectorial para propender por su desarrollo. 

 

b. Desarrollar y aplicar los mecanismos de articulación interinstitucional y sectorial para la implementación y el fortalecimiento de políticas planes, programas y proyectos relacionados con las artes en el Distrito Capital.

 

c. Formular lineamientos que promuevan, fomenten, y fortalezcan escenarios para la transformación de imaginarios sobre la diversidad, interculturalidad y cultura democrática. 

 

d. Coordinar las acciones necesarias para dinamizar el funcionamiento de las instancias, espacios y procesos del Subsistema de Artes y del Subsistema de Patrimonio.

 

e. Diseñar estrategias para el fomento del arte, la cultura y el patrimonio en el Distrito Capital que permitan fortalecer las dimensiones de formación, investigación, protección y salvaguarda, circulación y apropiación.

 

f. Diseñar e implementar políticas y estrategias de arte en el espacio público conforme a los objetivos y metas institucionales.

 

g. Elaborar conceptos técnicos que fundamenten la expedición de normas o la suscripción de contratos y convenios por parte de las entidades adscritas en los campos del arte, la cultura y el patrimonio dentro de los marcos normativos vigentes.

 

h. Implementar lineamientos y estrategias para el fortalecimiento organizativo de los agentes del sector de arte, cultura y patrimonio.

 

i. Desarrollar el contenido para las estrategias de socialización y apropiación de los campos del arte, la cultura y el patrimonio en el Distrito Capital.

 

j. Realizar acompañamiento en los espacios de participación del campo del patrimonio cultural que establece el Sistema Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio.

 

k. Diseñar estrategias de divulgación y conservación del patrimonio cultural tangible e intangible en coordinación con el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural.

 

l. Gestionar en coordinación con la Dirección de Patrimonio y Renovación Urbana de la Secretaría Distrital de Planeación y de conformidad con el literal e) del artículo 11 del Decreto Distrital 16 de 2013, el trámite de solicitudes de declaratoria, exclusión, cambio de categoría y  aprobación de los Bienes de Interés Cultural del ámbito Distrital y Planes Especiales de Manejo y Protección de los mismos cuando haya lugar.

 

m. Gestionar el trámite de las órdenes de amparo para aquellos inmuebles que por sus valores urbanísticos y arquitectónicos ameritan ser declarados Bienes de Interés Cultural.

 

n. Diseñar, implementar y hacer seguimiento al Sistema de intervención en la gestión de sectores de interés cultural del Distrito.

 

o. Emitir conceptos técnicos en materia de determinación de hechos generadores del efecto plusvalía en Bienes de Interés Cultura, cuando se adopten decisiones administrativas que configuren acciones urbanísticas según lo establecido en la normativa vigente.

 

p. Dirigir la evaluación técnica de las solicitudes de enajenación o préstamo de Bienes de Interés Cultural del ámbito distrital que pertenezcan a entidades públicas, entre entidades públicas de cualquier orden, y autorizar cuando proceda a las entidades públicas propietarias de Bienes de Interés Cultural - BIC del ámbito distrital.

 

q. Las demás que le sean propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 16°. Subdirección de Infraestructura Cultural. Corresponde a la Subdirección de Infraestructura Cultural el ejercicio de las siguientes funciones.

 

a. Articular y acompañar las estrategias conducentes al fortalecimiento de la infraestructura cultural del Distrito Capital, en coordinación con otros entes competentes del orden distrital y nacional.

 

b. Gestionar y desarrollar acciones de implementación del Plan Maestro de Equipamientos Culturales –PLAMEC y realizar coordinación intra e inter sectorial para atender la oferta y la demanda cultural de los sectores de la ciudad.

 

c. Gestionar la ejecución de los recursos asignados a la Secretaría por concepto de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos para las artes escénicas - Ley de Espectáculo Público.

 

d. Desarrollar mecanismos de gestión participativa que garanticen la sostenibilidad económica y social de los equipamientos culturales públicos en las diferentes escalas.

 

e. Generar lineamientos y emitir conceptos técnicos que fundamenten la expedición y reglamentación de normas en los campos del arte, cultura y patrimonio cultural.

 

f. Gestionar el acompañamiento y dinamización de las Casas de la Cultura en el Distrito Capital.

 

g. Las demás que le sean propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 17°. Dirección de Cultura Ciudadana. Corresponde a la Dirección de Cultura Ciudadana el ejercicio de las siguientes funciones.

 

a. Liderar la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación participativa de las políticas distritales de cultura ciudadana y de transformación cultural y realizar el acompañamiento y seguimiento a su implementación conforme a los términos y condiciones establecidos para su ejecución.

 

b. Definir los criterios conceptuales, metodológicos y técnicos que orientan la formulación e implementación de políticas, planes, programas y proyectos de cultura ciudadana y transformación cultural en la administración distrital en los niveles central, descentralizado y local.

 

c. Orientar y acompañar a las entidades distritales del nivel central, descentralizado y local, en la formulación, implementación y seguimiento de políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la cultura ciudadana y transformación cultural, promoviendo su incorporación técnica, administrativa y financiera, en aras de garantizar la sostenibilidad de las intervenciones y estrategias implementadas.

 

d. Orientar y acompañar a la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y a las entidades adscritas y vinculadas del sector en la formulación, implementación y desarrollo de planes y programas enfocados en la transformación cultural y la cultura ciudadana, de acuerdo con lo establecido por los lineamientos de políticas públicas en la materia y los Planes Distritales de Desarrollo.

 

e. Implementar planes, proyectos y estrategias de cultura ciudadana que permitan una transformación cultural

 

f. Realizar el seguimiento a los impactos y transformaciones alcanzadas por los planes, programas y proyectos relacionados con cambio cultural que realicen las entidades y organimos de la administración Distrital, en el marco de los dispuesto por los Planes Distritales de Desarrollo.

 

g. Liderar, en articulación con la Secretaría Distrital de Gobierno, la puesta en marcha y coordinación técnica de la Red de Cultura Ciudadana y Democrática, de conformidad con el Acuerdo Distrital 609 de 2015 y el Decreto Distrital 599 de 2015 o las normas que lo modifiquen, mediante la cual se promueven las políticas, planes, programas y proyectos orientados a fortalecer la cultura ciudadana y democrática y la transformación cultural en Bogotá, así como la articulación y complementariedad entre actores e iniciativas de la sociedad civil y entre éstos y la administración pública.

 

h. Promover la creación y puesta en marcha de políticas y estrategias dirigidas a fomentar y orientar técnicamente las iniciativas de transformación cultural y cultura ciudadana implementadas por la ciudadanía, especialmente las que se encuentren vinculadas a la Red de Cultura Ciudadana y Democrática, de tal manera que se aumente la eficacia y eficiencia de la acción del gobierno y de las acciones colectivas e individuales.

 

i. Promover procesos de organización social y comunitaria de los agentes que trabajan en iniciativas de transformación cultural en sus territorios o con las poblaciones a las que pertenecen, así como el diálogo e intercambio distrital, regional, nacional e internacional, de tal manera que se reconozcan experiencias replicables, se garantice la sostenibilidad de las intervenciones públicas y las iniciativas privadas y comunitarias y se impulse la cultura y la transformación cultural como un componente transversal en el desarrollo humano y la transformación de la ciudad.

 

j. Orientar y coordinar los planes, programas y proyectos de la dependencia y de la Subdirección Observatorio de Culturas.

 

k. Fomentar y adelantar procesos, estrategias y sistemas de información y conocimiento sobre las prácticas culturales de la ciudad en el marco de la Subdirección Observatorio de Culturas, que permitan generar conocimiento en materia de prácticas culturales de la ciudad, que orienten a entidades gubernamentales y no gubernamentales en sus acciones y cualifique los ejercicios de acompañamiento técnico que se realicen.

 

l. Coordinar y liderar los procesos de generación de información y conocimiento que sobre la ciudad realiza la Subdirección Observatorio de Culturas, en concordancia con las prioridades institucionales y conforme a las políticas culturales.

 

m. Hacer seguimiento a los programas, proyectos y las actividades de medición y monitoreo que realiza la Subdirección Observatorio de Culturas, de acuerdo a los planes y protocolos priorizados en los espacios de coordinación sectorial e intersectorial.

 

n. Promover la apropiación social y el diálogo de saberes entre agentes públicos y privados que llevan a cabo programas y proyectos de transformación cultural y cultura ciudadana

 

o. Las demás que le sean propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 18°. Subdirección Observatorio de Culturas. Corresponde a la Subdirección Observatorio de Culturas el ejercicio de las siguientes funciones.

 

a. Fomentar y adelantar investigaciones en torno a las prácticas culturales de la ciudad, así como encuestas, sondeos y censos que orienten a entidades gubernamentales y no gubernamentales en los planes, programas y proyectos de transformación cultural y cultura ciudadana.

 

b. Promover el diálogo e intercambio distrital, regional, nacional e internacional en torno a los aspectos teóricos y metodológicos y de generación de conocimiento social en materia de transformación cultural y cultura ciudadana.

 

c. Gestionar los procesos y sistemas de información sobre prácticas culturales de la ciudad mediante la recolección, observación, análisis y comunicación con las instancias de la Secretaría, del sector y de la administración distrital que desarrollen programas de la misma naturaleza y con otras instituciones y organizaciones afines al objeto de la Subdirección Observatorio de Culturas

 

d. Definir los protocolos de recolección, medición, observación, análisis y divulgación de información, memoria y saber social sobre los proyectos de transformación cultural y cultura ciudadana, así como dirigir, asesorar y coordinar las actividades para el cumplimiento de los mismos a nivel sectorial, intersectorial y local.

 

e. Formular y realizar el seguimiento al Plan de Información Sectorial sobre proyectos de transformación cultural y cultura ciudadana y brindar la asesoría y acompañamiento a la Secretaría y entidades del sector en su implementación.

 

f. Orientar al sector cultura, recreación y deporte en los procesos de construcción de indicadores, estadísticas y líneas de base para la toma de decisiones y la formulación de políticas, planes, programas y proyectos del sector.

 

g. Generar los análisis estratégicos del sector cultura, recreación y deporte, para generar información que apoye la construcción de políticas, planes, programas y proyectos.

 

h. Producir documentos, boletines, libros y demás publicaciones, así como diseñar estrategias de comunicación y divulgación de la información y el conocimiento que se genere desde la Subdirección Observatorio de Culturas.

 

i. Las demás que le sean propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 19°. Dirección de Lectura y Bibliotecas. Corresponde a la Dirección de Lectura y Bibliotecas el ejercicio de las siguientes funciones.

 

a. Formular, implementar y evaluar las políticas públicas de fomento en lectura, escritura y cultura digital.

 

b. Adelantar estrategias de articulación y cooperación interinstitucional con agentes públicos y privados, a nivel local, distrital, nacional e internacional, para el desarrollo de acciones que fortalezcan las bibliotecas públicas y los programas de lectura, escritura y cultura digital en la ciudad.

 

c. Dirigir la operación, el fortalecimiento, la modernización y el desarrollo de la Red Distrital de Bibliotecas Públicas de Bogotá, D.C., de conformidad con el Acuerdo Distrital 644 de 2016 y el Decreto Distrital 624 de 2016 o las normas que la modifiquen.

 

d. Concertar y definir estrategias y mecanismos para impulsar la articulación entre la Red Distrital de Bibliotecas Públicas de Bogotá, D.C., la red de bibliotecas escolares y las bibliotecas del sector privado.

 

e. Formular estrategias que permitan ampliar los sistemas de producción y circulación de materiales de lectura y promover nuevas posibilidades de circulación y acceso a los ciudadanos.

 

f. Fomentar la permanente actualización y formación del talento humano que interviene en las bibliotecas y en los programas de lectura, escritura y cultura digital, mediante procesos de formación, sistematización, investigación e intercambio de experiencias.

 

g. Divulgar las iniciativas, programas y proyectos de lectura, escritura y cultura digital a través de medios masivos de comunicación resaltando su significado, importancia y beneficios para la ciudad.

 

h. Desarrollar líneas de investigación e innovaciones tecnológicas para el fortalecimiento de los programas de fomento a la lectura, la escritura y la cultura digital en la ciudad.

 

i. Conservar, actualizar y difundir el patrimonio bibliográfico del Distrito Capital, en coordinación con la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

j. Dirigir la implementación y la evaluación de la política distrital de lectura, escritura, cultura digital y bibliotecas en la Red Distrital de Bibliotecas Públicas de Bogotá D.C. - "Biblored", previa recomendación del Consejo Distrital de Fomento de la lectura y la Escritura, de conformidad con el artículo 7° del Acuerdo Distrital 644 de 2016 o la norma que lo modifique.

 

k. Concertar con Biblored la planeación y organización de sus acciones en cumplimiento del plan de acción y metas aprobados por la Dirección de Lectura y Bibliotecas y supervisar su cumplimiento.

 

l. Dirigir la articulación de la Bibliored con otras redes de bibliotecas y espacios no convencionales de lectura y escritura y bibliotecas comunitarias.

 

m. Coordinar con Biblored las estrategias de cooperación interinstitucional en los territorios para promover a nivel local el desarrollo de los servicios bibliotecarios y los programas de lectura, escritura y cultura digital

 

n. Coordinar los programas de formación dirigidos a los bibliotecarios de BibloRed y otros agentes de lectura y escritura.

 

o. Coordinar y difundir las estrategias que fortalezcan la Biblioteca Digital de Bogotá.

 

p. Las demás que le sean propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 20°. Dirección de Planeación. Corresponde a la Dirección de Planeación el ejercicio de las siguientes funciones.

 

a. Asesorar a las dependencias de la Secretaría en la formulación de las políticas sectoriales, en el marco de los lineamientos distritales.

 

b. Coordinar la formulación y actualización de planes, programas y proyectos, consolidar el avance de su ejecución, y realizar seguimiento a la ejecución física y financiera de los mismos, tanto para las áreas de la Secretaría como para las entidades del sector.

 

c. Coordinar la elaboración, consolidación, y presentación ante las instancias competentes, el presupuesto de la Secretaría de acuerdo con los lineamientos de la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

d. Consolidar la información sectorial relacionada con el anteproyecto de presupuesto de las entidades adscritas y vinculadas al Sector, y orientar a las mismas en la presentación y sustentación ante la Secretaría Distrital Hacienda y el Concejo Distrital.

 

e. Gestionar la implementación, sostenibilidad y mejora continua del Sistema Integrado de Gestión de la entidad y de los subsistemas que lo componen de acuerdo con la normativa vigente.

 

f. Liderar la rendición de cuentas del Sector Cultura, Recreación y Deporte, de acuerdo a los lineamientos de la  Secretaría Distrital de Planeación.

 

g. Realizar el análisis de las fuentes de financiación, seguimiento y ajustes presupuestales que se requieran para la administración de los recursos de inversión de la Secretaría.

 

h. Consolidar y/o elaborar los informes de la Secretaría y del Sector, requeridos por el nivel central, organismos de control, Concejo de Bogotá y ciudadanía en general.

 

i. Asesorar a las áreas de la Secretaría en la elaboración del plan de acción y realizar la consolidación, el seguimiento y la evaluación periódica de los mismos.

 

j. Consolidar y administrar el plan anual de compras de gastos de inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte de acuerdo con el procedimiento establecido.

 

k. Administrar el sistema de Información sectorial bajo los lineamientos emitidos por la Secretaría Distrital de Planeación y el Despacho de la Secretaría, y difundir los resultados de los análisis sectoriales.

 

l. Realizar análisis estratégicos del sector cultura, recreación y deporte, para generar documentos e información que apoyen la construcción de políticas, planes, programas y proyectos.

 

m. Las demás que le sean propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

Artículo 21º. Dirección de Gestión Corporativa. Corresponde a la Dirección de Gestión Corporativa el ejercicio de las siguientes funciones.

 

a. Formular estrategias, planes, programas y proyectos en materia de talento humano, gestión financiera, recursos físicos, y de tecnologías de la información y las comunicaciones – TIC, de  acuerdo con las necesidades de la entidad y según las directrices del Secretario/a de Despacho.

 

b. Intervenir en el diseño y la ejecución del Plan Estratégico Institucional en los asuntos de su competencia, así como formular y ejecutar los planes de acción que se requieran.

 

c. Planear y ejecutar procesos en materia de gestión financiera, presupuestal, contable y de pagos, acorde con la normatividad financiera y presupuestal vigente y orientadas a la racionalización del gasto. 

 

d. Coordinar la preparación y consolidación del anteproyecto de presupuesto de funcionamiento de la entidad, las solicitudes de adición y traslado presupuestal y el Programa Anual de Caja.

 

e. Consolidar y administrar el plan anual de compras de gastos de funcionamiento de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte de acuerdo con el procedimiento establecido.

 

f. Dirigir las acciones conducentes a la modernización de la estructura organizacional y la planta de empleos de la Secretaría de acuerdo con las necesidades del servicio y los lineamientos Distritales.

 

g. Diseñar y desarrollar planes, programas y reglamentaciones internas sobre la administración de personal, nómina, capacitación, bienestar social, estímulos, evaluación del desempeño, y seguridad y salud en el trabajo.

 

h. Dirigir y administrar el manejo de los recursos físicos, el almacén y los inventarios de bienes muebles e inmuebles de la entidad, de acuerdo con los procedimientos establecidos.

 

i. Liderar la gestión estratégica de tecnologías de la información y las comunicaciones mediante la definición, implementación, ejecución, seguimiento y divulgación de un Plan Estratégico de Tecnología y Sistemas de Información (PETI).

 

j. Dirigir las políticas, metodologías y procedimientos para el desarrollo, adquisición, implementación, administración, seguridad y uso de la infraestructura tecnológica y de sistemas de la entidad, con el fin de garantizar la confiabilidad, integridad y disponibilidad de la información.

 

k. Dirigir los planes y programas de gestión documental, custodiar, manejar y conservar el archivo de la entidad, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

 

l. Liderar la implementación y mantenimiento del Plan Institucional de Gestión Ambiental (PIGA) para mejorar la gestión ambiental, minimizando impactos generados y contribuyendo con la calidad ambiental del distrito.

 

m. Liderar los procesos de atención al ciudadano de la Secretaría, incluidos los relacionados con la administración de las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias – PQRS, dentro del marco normativo vigente y las políticas distritales.

 

n. Administrar las circulares y resoluciones expedidas por la entidad y llevar los controles legales de los términos de notificación, cuando corresponda.

 

o. Las demás que le sean propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

CAPITULO III

 

DISPOSICIONES GENERALES

 

Artículo 22°. Modificación de la Planta de personal.  De conformidad con la estructura prevista en el presente Decreto, se procederá a modificar la planta de cargos de la SCRD., la cual será distribuida de acuerdo con la estructura organizacional, las necesidades del servicio, los planes, programas y proyectos que aquellas adelanten, la naturaleza de las funciones, los niveles de responsabilidad y el perfil de los cargos.

 

Artículo 23°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el  Decreto 558 de diciembre 29 de 2006, el Decreto 102 del 12 de marzo de 2013 y el Decreto 402 del 13 de Septiembre de 2013.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de enero del año 2017.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor

 

MARÍA CLAUDIA LÓPEZ SORZANO

 

Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

NIDIA ROCÍO VARGAS

 

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital