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Resolución 014 de 2021 Ministerio de Salud y Protección Social

Fecha de Expedición:
07/01/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/01/2021
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 51551 del 08 de enero de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 014 DE 2021

 

(Enero 07)

 

Por la cual se modifica el Capítulo 5 del Anexo Técnico 2 de la Resolución 2388 de 2016

 

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

 

En ejercicio de sus facultades, en especial, de las conferidas en el artículo 3.2.3.4 del Decreto 780 de 2016, el numeral 23 del artículo 2 del Decreto - Ley 4107 de 2011 y

 

CONSIDERANDO

 

Que en desarrollo de lo establecido en el literal b) del artículo 15 de la Ley 797 de 2003, el Gobierno Nacional mediante el artículo 3.2.3.4 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario en Salud y Protección Social dispuso la adopción de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA como una ventanilla virtual que permite la autoliquidación y pago integrado de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales.

 

Que, mediante la Resolución 2388 de 2016, modificada por las Resoluciones 5858 de 2016, 980, 1608 y 3016 de 2017, 3559, 5306 de 2018, 736, 1740, 2514 de 2019, 454, 686, 1438, 1844 y 2421 de 2020, se unifican las reglas para el recaudo de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA, con el fin de ser aplicados por los aportantes, los operadores de información y las administradoras del Sistema.

 

Que, mediante comunicación radicada con el número 202042302088032, los Ministerios del Trabajo y de Hacienda y Crédito Público, solicitaron a este Ministerio mantener en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA, el tipo de cotizante 51 - Trabajador de Tiempo Parcial" hasta que sea expedida la reglamentación del aporte a Caja de Compensación Familiar para los trabajadores vinculados al Piso de Protección Social.

 

Que, de acuerdo con el análisis técnico realizado por la Dirección de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud, Riesgos Laborales y Pensiones y la Oficina de Tecnología de la Información y la Comunicación a la solicitud elevada por las citadas carteras, se hace necesario ajustar la vigencia del tipo de cotizante “51 - Trabajador de Tiempo Parcial", en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

Artículo 1. Modificar el numeral 5.19 del Capítulo 5 "PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN DE ACTUALIZACIONES" del Anexo Técnico 2 "Aportes a Seguridad Social de Activos", de la Resolución 2388 de 2016, así:

 

"CAPITULO NO. 5.

 

PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN DE ACTUALIZACIONES

 

(…)

 

5.19 En el numeral 2.1.2.1 "Descripción detallada de las variables de novedades generales. Registro tipo 2" del Capítulo 1 "Archivos de entrada" del Anexo Técnico 2 "Aportes a Seguridad Social de Activos" suprimir el uso del tipo de cotizante “51 - Trabajador de Tiempo Parcial" a partir de la fecha de entrada en operación del Sistema de Subsidio Familiar en el Piso de Protección Social.

 

Artículo 2. La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica el anexo técnico 2 de la Resolución 2388 de 2016, modificada por las Resoluciones 5858 de 2016, 980, 1608 y 3016 de 2017, 3559, 5306 de 2018, 736, 1740, 2514 de 2019, 454, 686, 1438, 1844 y 2421 de 2020.

 

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C. a los, 07 días del mes de enero del año 2021.

 

FERNANDO RUIZ GÓMEZ

 

Ministro de Salud y Protección Social