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Resolución 041 de 2021 Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - ATENEA

Fecha de Expedición:
23/09/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7445 del 27 de mayo de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 041 DE 2021

 

(Septiembre 23)


Derogada por el art. 4, Resolución 046 de 2022.

 

Por la cual se efectúa el reconocimiento de honorarios para los miembros del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”

 

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA “ATENEA”

 

En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en el artículo 11 del Acuerdo 02 de 2021, expedido por el Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 315 de la Constitución Política señaló como atribución del alcalde dirigir la acción administrativa del municipio, asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo.

 

Que de conformidad con el Decreto Distrital 273 del 14 de diciembre de 2020, expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C., se creó la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología ATENEA.

 

Que el artículo 9 ibidem reguló la conformación del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, y en el numeral 3 del artículo 10 se le atribuyó a ese órgano de dirección la función de establecer y modificar los estatutos de la Agencia.

 

Que el numeral 7 del artículo 10 del Decreto Distrital 273 de 2020 señala entre las funciones del Consejo Directivo de la Agencia “Darse su propio reglamento”.

 

Que la Secretaría de Educación del Distrito mediante Resolución No. 919 de 2021 definió los criterios y el procedimiento para la postulación, selección y designación de candidatos para ser parte del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, en cumplimiento de parágrafo 2 del artículo 9 del Decreto 273 de 2020.

 

Que en cumplimiento del artículo 9 de la norma citada, mediante Decreto 428 del 29 de octubre de 2021 y la Resolución 2211 del 3 de noviembre de 2021 se designó a los miembros del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”.

 

Que el Artículo 13 del Decreto Nacional 128 de 1976 determina que: “Los empleados o funcionarios públicos no podrán recibir remuneración por más de dos (2) juntas o consejos directivos de que formen parte en virtud de mandato legal o por delegación”.

 

Que el literal f) del artículo 19 de la Ley 4 de 1992, consagra que: “Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público, ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúanse las siguientes asignaciones: (…) f. Los honorarios percibidos por los miembros de las juntas directivas, en razón de su asistencia a las mismas, siempre que no se trate de más de dos juntas. (...)”.

 

Que a su vez el Artículo 2.5.3.1.5. del Título 3 del Capítulo 1 del Decreto Nacional 1068 de 2015, estableció que “De conformidad con el literal f) del artículo 19 de la Ley 4 de 1992, los funcionarios públicos no podrán recibir remuneración por más de dos (2) juntas o consejos directivos que formen parte en virtud de mandato legal o por delegación”.

 

Que el Decreto Distrital 202 de 2018 señala las directrices para fijar los honorarios de los miembros de las juntas y consejos directivos de los Establecimientos Públicos, Empresas Industriales y Comerciales, Sociedades Públicas, y Unidades Administrativas Especiales con Personería Jurídica del Distrito Capital, y se derogan los Decretos Distritales 063 de 1997 y 112 de 2018.

 

Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 48 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, modificado por el artículo 6 del Acuerdo Distrital 638 de 2016, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., debe orientar y liderar la formulación y seguimiento de las políticas para el fortalecimiento de la función administrativa de los organismos y entidades de Bogotá, Distrito Capital, estando dentro de sus funciones la de “(…) b). Formular, adoptar, orientar y coordinar las políticas para el fortalecimiento de la función administrativa distrital y su modernización, a través del mejoramiento de la gestión y de las estrategias de información y comunicación, de la utilización de los recursos físicos, financieros, tecnológicos e informáticos, y del desarrollo de las funciones de organización, dirección, control y seguimiento…”.

 

Que mediante el Acuerdo 01 del 5 noviembre de 2021 por el cual se adopta el reglamento interno del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología y se dictan otras disposiciones, señala en su capítulo III artículos 11 y 12 la clase de sesiones del Consejo Directivo.

 

Que mediante el Acuerdo No. 02 del 5 de noviembre de 2021, el Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, en su artículo No. 11, estableció:

 

“HONORARIOS. Los miembros del Consejo Directivo que no tengan la calidad de servidores públicos podrán recibir honorarios por su asistencia a las sesiones ordinarias y extraordinarias, los cuales se fijaran con fundamento en la resolución que expida El/La Director/Directora de la agencia, teniendo en cuanta las condiciones y topes fijados en el Decreto 202 de 2018 ”Por medio del cual se dictan directrices para fijar los honorarios de los miembros de las juntas y consejos directivos de los Establecimientos Públicos, Empresas Industriales y Comerciales, Sociedades Públicas, y Unidades Administrativas Espéciales con Personería Jurídica del Distrito Capital, y se derogan los Decretos Distritales 063 de 1997 y 112 de 2018” y por las normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan.

 

Que mediante Acuerdo 05 de 5 de noviembre de 2021 se aprobó el Presupuesto de Gastos de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología, “Atenea”, para la vigencia fiscal de 2021.

 

Que en la segunda sesión del Consejo Directivo de Atenea celebrada el 13 de diciembre de 2021, como parte de los informes del Director se presentó el porcentaje para el pago de los honorarios de los miembros del Consejo Directivo de Atenea que no ostentan la calidad de funcionarios públicos.

 

En mérito de los expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Ordenar el reconocimiento de honorarios por asistencia a cada sesión del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, en los términos previstos en el Decreto Distrital No. 202 del 2 de abril de 2018.

 

Artículo 2. Fijar como honorarios para los miembros del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, La Ciencia y la Tecnología “Atenea” el Cero Punto Cincuenta (0.50) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes para el año 2021.

 

Artículo 3. Fijar máximo de remuneración devengada por mes por la asistencia a cada sesión a los miembros del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea” el Uno coma Veinticinco (1,25) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes.

 

Artículo 4. Establecer que para cada vigencia fiscal la remuneración de los honorarios que establece el Decreto Distrital de 202 de 2018, se hará de acuerdo con el presupuesto aprobado anualmente para la Agencia Atenea.

 

Artículo 5. Fijar que el valor de los honorarios establecidos se incrementará automáticamente con el porcentaje anual del salario mínimo legal mensual decretado por el Gobierno Nacional.

 

Artículo 6. Ordenar que los honorarios reglamentados en la presente resolución, se tramitarán a través de la Gerencia de Gestión Corporativa de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, con la constancia de asistencia de los respectivos miembros del Consejo Directivo expedida por la (el) Secretario (a) de la misma, con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se expida en la respectiva vigencia.

 

Artículo 7. La presente Resolución aplica para las sesiones del Consejo Directivo celebradas durante el año 2021 en virtud de las normas de carácter general que la fundamentan y la puesta en funcionamiento de la entidad.

 

Artículo 8. Comuníquese la presente Resolución a la Gerencia de Gestión Corporativa para lo de su competencia.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de diciembre del año 2021.

 

GERMÁN BARRAGÁN AGUDELO

 

Director General