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Resolución 158 de 2008 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Fecha de Expedición:
29/02/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/03/2008
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3942 de marzo 5 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 0158 DE 2008

(Febrero 29)

Derogada por el art. 5, Resolución E.A.A.B. 1383 de 2010

Por la cual se delegan unas funciones

EL GERENTE GENERAL (E.) DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ E.S.P.,

en ejercicio de sus facultades legales, y estatutarias, en especial las conferidas por los literales a) y k) del artículo 15 del Acuerdo No. 001 de 2002 y

CONSIDERANDO

Que el principio de delegación es de rango constitucional y está consagrado en el artículo 209 de la Carta, en los siguientes términos: "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación, y la desconcentración de funciones". (s.n.).

Que el artículo 9º de la ley 489 de 1998, desarrolla el anterior principio constitucional al preceptuar que: "Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias". (s.n.).

Que en razón a la gran cantidad de resoluciones de delegación existentes en la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, ESP., en adelante el Acueducto de Bogotá, es necesario actualizar y unificar las funciones delegadas en un solo acto administrativo que esté en concordancia con la nueva estructura organizacional modificada por el Acuerdo No. 11 del 25 de junio de 2007.

RESUELVE

ARTÍCULO  PRIMERO.- Modificado por la Resolución de la E.A.A.B. 539 de 2009, Modificado por el art. 1, de la Resolución de la E.A.A.B. 210 de 2010.  Delegar en la Secretaría General, los Gerentes Corporativos de Servicio al Cliente, de Sistema Maestro, Financiero, de Gestión Humana y Administrativa, Ambiental, de Planeamiento y Control, de Tecnología y Jurídico, así como en los Directores de Servicios Administrativos, de Salud y de Seguridad, la representación legal de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP- en todos los asuntos relacionados con las actividades propias de cada área.

PARÁGRAFO.- La delegación de la representación legal de que trata este artículo comprende: la ordenación del gasto y del pago, la aceptación de ofertas y suscripción de contratos y convenios, la expedición de actos administrativos, fijación de las tarifas de los servicios prestados por sus respectivas dependencias conexos con los servicios públicos domiciliarios, otorgamiento de poderes y demás actos en virtud de los cuales se contraigan obligaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Derogado por el art. 2, Resolución E.A.A.B. 649 de 2008. Delegar la representación legal del Acueducto de Bogotá para el ejercicio de las siguientes funciones específicas:

En la Secretaría General:

1.-Ordenar el gasto y el pago en los temas relacionados de forma directa, conexa y complementaria con la Gerencia General, la Junta Directiva, la Dirección de seguros y de la Oficina Asesora de Imagen Corporativa y Comunicaciones. La representación legal incluye la celebración de contratos, la ordenación del gasto, del pago y la negociación de las pólizas de seguros.

2.-Asistir con voz y voto en el Comité de Conciliación de que trata el artículo 8 de la Resolución 247 de 2003.

3.-Autenticar los documentos que reposen en los archivos de su dependencia y los expedidos por la Gerencia General.

En el Gerente Corporativo de Gestión Humana y Administrativa:

1.Suscribir los contratos de trabajo a término indefinido, a términos fijo y por obra o labor contratada.

2.Expedir los actos administrativos necesarios para dar cumplimiento a las solicitudes del Ministerio Público sobre imposición de sanciones disciplinarias.

3.Dar posesión a los servidores públicos que se vinculen al Acueducto de Bogotá.

4.Suscribir las Escrituras del Fondo Especial de Vivienda.

5.Actuar en las diligencias administrativas y judiciales de carácter laboral.

En el Gerente Corporativo Financiero:

1. Efectuar el trámite de los asuntos y procesos de carácter administrativo, relacionados con tributos y demás obligaciones fiscales de carácter nacional, departamental, municipal y distrital, lo cual comprende el diligenciamiento y firma de las correspondientes declaraciones tributarias, salvo las delegadas específicamente al Director Financiero Tributario en la presente Resolución. Así mismo, incluye la liquidación y modificación del presupuesto y del PAC del Acueducto de Bogotá.

2.Crear, suprimir o modificar las Cajas Menores del Acueducto de Bogotá y expedir su reglamento.

3.Reconocimiento de compromisos como pasivos exigibles y asignación de presupuesto.

En el Gerente Corporativo Ambiental:

Realizar los trámites ambientales, permisos y licencias ante las autoridades ambientales competentes de las obras o proyectos que ejecute el Acueducto de Bogotá.

En los Gerentes Corporativos de Sistema Maestro, de Servicio al Cliente y Gerente de Tecnología:

Adoptar y modificar las normas técnicas obligatorias del Acueducto del Bogotá.

En los Gerentes de Zona:

1.Ordenar el pago de los asuntos relacionados con su dependencia.

2.Conceder el recurso de apelación formulado por los usuarios de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado contra las decisiones que profiera cada dependencia en ejercicio de sus funciones, y remitir el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

2. (Sic) Firmar los actos de asignación de compromisos de urbanizadores y constructores.

En los Asesores Nivel 06 y 08, Jefes de Oficinas Asesoras y Directores:

1.Ordenar el pago de los asuntos relacionados con su dependencia.

2.Autenticar los documentos que reposen en los archivos de su dependencia.

En el Jefe de Oficina de Asesoría Legal:

Adelantar el trámite de notificación de las resoluciones y demás actos administrativos expedidos por la Empresa, excepto aquellos que se originen en peticiones, quejas o recursos formulados por los usuarios de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, y compulsar las copias a las áreas que corresponda.

En el Jefe Oficina Asesora de Representación Judicial y Actuación Administrativa:

1.Constituir apoderados para que ejerzan la representación del Acueducto de Bogotá, en los procesos judiciales o administrativos en que ella sea parte.

2.Representar al Acueducto de Bogotá en las audiencias de conciliación judiciales y prejudiciales.

3.Interponer en forma directa o a través de apoderado judicial ante la autoridad competente las querellas relacionadas con la comisión de defraudación de fluidos y las demás relacionadas con las actividades propias del Acueducto de Bogotá.

En el Director de Compensaciones:

1.Ordenar el gasto y el pago de las obligaciones legales, convencionales y contractuales en lo relativo al pago de salarios, prestaciones sociales, aportes a la seguridad social, aportes a parafiscales y reconocimiento y pago de comisiones, viáticos, vacaciones y licencias de los servidores públicos del Acueducto de Bogotá.

2.Expedir los actos administrativos sobre reconocimiento y pago de pensiones de los servidores públicos del Acueducto de Bogotá.

3.Expedir los actos correspondientes al disfrute, aplazamiento, interrupción o compensación de vacaciones en dinero de los servidores públicos del Acueducto de Bogotá.

4.Expedir y suscribir las certificaciones laborales de los servidores públicos del Acueducto de Bogotá, incluidas las destinadas al reconocimiento de bonos pensionales.

En el Director de Mejoramiento Calidad de Vida:

Expedir los actos administrativos relacionados con licencias o permisos, comisiones y encargos de los servidores públicos del Acueducto de Bogotá.

En el Director de Servicios Administrativos:

1.Ordenar el gasto y el pago de la caja menor de la Central de Operaciones y demás actividades relacionadas con el cumplimiento de la resolución que reglamenta las cajas menores del Acueducto de Bogotá; así como la planeación y administración del presupuesto asignado a la caja menor dentro de los parámetros fijados por el Acueducto de Bogotá.

2.Realizar los trámites relacionados con el traspaso de vehículos y en general todo lo relacionado con los trámites administrativo de los vehículos de propiedad del Acueducto de Bogotá.

En el Director de Bienes Raíces:

1.Tramitar los procesos de adquisición de inmuebles y firma de las escrituras correspondientes.

2.Tramitar los procesos de constitución e imposición de servidumbres y firma de las escrituras correspondientes.

3.Suscribir contratos de ocupación temporal y arrendamiento de los inmuebles que el Acueducto de Bogotá requiera para la ejecución de sus proyectos.

4.Tramitar el proceso de expropiación.

5.Suscribir contratos de comodato de bienes inmuebles del Acueducto de Bogotá.

6.Tramitar y firmar las escrituras para englobe y desenglobe de predios de propiedad del Acueducto de Bogotá.

7.Tramitar y firmar contratos de arrendamiento de predios del Acueducto de Bogotá.

8.Tramitar y firmar las escrituras públicas de permuta de bienes inmuebles del Acueducto de Bogotá.

9.Tramitar y firmar las escrituras públicas mediante las cuales se transfiere el derecho de dominio de inmuebles a favor del Acueducto de Bogotá.

10.Otorgar poderes para representar judicialmente al Acueducto de Bogotá, en los procesos que conozca esta Dirección.

11.Expedir y firmar las resoluciones que anuncien e identifiquen obra, programa o proyecto o la actuación a ejecutar por parte del Acueducto de Bogotá, que constituya el objeto específico para la adquisición de inmuebles en desarrollo de motivos de utilidad pública o de interés social declarados por la ley; las que afecten para utilidad pública y desafecten los predios cuya adquisición haya sido ordenada y aquellas por las cuales se ordene adelantar los estudios de tipo social, técnico jurídico y económico que fundamenten los procesos de adquisición de los inmuebles requeridos.

 12. Adicionado por la Resolución EAAB 959 de 2009, Adicionado por el art. 2, de la Resolución EAAB 210 de 2010

En los Directores Comerciales de Zona:

Suscribir las facturas de servicios de acueducto y alcantarillado necesarias para efectuar el cobro coactivo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 130 de la ley 142 de 1994 y demás normas que lo adicionen o complementen.

En el Director Financiero Tributario:

1.Ordenar el gasto y el pago en los asuntos relacionados con los impuestos nacionales, distritales y municipales.

2.Diligenciar y firmar los formularios correspondientes a las declaraciones del impuesto predial de los inmuebles y unificado de vehículos de propiedad del Acueducto de Bogotá.

3.Diligenciar y firmar los formularios correspondientes a las declaraciones de impuesto unificado de vehículos.

En el Director de Jurisdicción Coactiva:

1.Ordenar el gasto y el pago de los honorarios de los auxiliares de la justicia devengados dentro de los procesos de cobro por jurisdicción coactiva.

2.Otorgar poderes especiales para representar judicialmente al Acueducto de Bogotá en los asuntos que deban conocer las jurisdicciones ordinaria y de lo contencioso administrativo, originados en los procesos que adelanta la Dirección de Jurisdicción Coactiva.

3.Otorgar poderes especiales para representar judicialmente al Acueducto de Bogotá en procesos concursales y/o liquidatorios.

En el Director Financiero de Tesorería:

Ordenar el gasto y el pago en los asuntos relacionados con los servicios de la deuda pública, los gastos conexos a ésta y los gastos que se generen con ocasión de las operaciones de cobertura que sobre la deuda pública se realicen.

En el Director de Apoyo Técnico:

La representación legal de Acueducto de Bogotá incluidas las funciones de ordenador de gasto y pago del presupuesto asignado a la Unidad Ejecutora de las Localidades (UEL).

En el Director de Apoyo Comercial:

Notificarse en forma directa o mediante poder otorgado a un funcionario de su área de los actos administrativos por medio de los cuales la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios resuelve los recursos de queja y apelación interpuestos por los usuarios de los servicios a cargo del Acueducto de Bogotá.

En los Directores de Servicio de Acueducto y Alcantarillado de las Gerencias Zonales:

Se delega en los Directores de Servicio de Acueducto y Alcantarillado de las Gerencias Zonales la función de expedir actos de disponibilidad de servicio de acueducto y alcantarillado.

En el Director de Servicios de Informática:

Ordenar el gasto y el pago de los procesos de contratación que tengan relación directa con la dirección Sistema de Información Empresarial.

ARTÍCULO  TERCERO.- Derogatoria y Vigencia: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga en especial las resoluciones Nos. 576 del 4 de julio, 589 del 11 de julio, 762 del 5 de septiembre, 873 y 874 del 26 de septiembre y 1297 del 27 de diciembre, todas de 2007 y las demás que le sean contrarias.

Expedida en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días del mes de febrero de dos mil ocho (2008).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

ÓSCAR GARCÍA POVEDA

Gerente General (E.)

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3942 de marzo 05 de 2008.