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Resolución 613 de 2014 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD

Fecha de Expedición:
23/10/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/10/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5462 de octubre 30 de 2014
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 613 DE 2014

(Octubre 23)

Por medio de la cual se modifica el Manual de Aprovechamiento Económico del Espacio Público Administrado por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte”

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE

En ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y estatutarias, en especial las que le confiere el numeral 1º del Artículo 6º del Acuerdo Distrital No. 4 de 1978, la resolución 131 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD -, en desarrollo de las facultades regladas contenidas en el numeral del artículo 2º y en el numeral del artículo 12 del Acuerdo Distrital 4 de 1978, adoptó el Manual de Aprovechamiento Económico del espacio público administrado por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte.

Que el Decreto 463 de 2003, “Por el cual se reglamentan la administración, el mantenimiento y el aprovechamiento económico del espacio público construido y sus usos temporales en Bogotá, Distrito Capital”, en su artículo establece como una de las entidades administradoras del espacio público del Distrito Capital al Instituto Distrital de Recreación y Deporte, por lo que en desarrollo de dichas competencias administrativas le corresponde: “… la facultad de otorgar permisos o suscribir contratos que tengan como fin organizar, promocionar, utilizar, regular, conservar, rehabilitar, dotar, reivindicar, restituir, recuperar, mantener y aprovechar económicamente el espacio público del Distrito Capital”, cuya aplicación depende de lo previsto en el régimen de transición del Decreto 456 de 2013, “por el cual se adopta el marco regulatorio del aprovechamiento económico del espacio público en el Distrito Capital”, que igualmente en los artículos y 10° le asigna al IDRD la responsabilidad de administrar los grandes escenarios y ofrecer las áreas susceptibles de aprovechamiento económico.

Que en el artículo de la Resolución No. 198 de abril 15 de 2013, expedida por la Dirección  General del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, se delegó la facultad de celebrar contratos y convenios, ordenar el gasto y pago en la actividad contractual del IDRD, con el alcance general indicado en el artículo de la mencionada resolución, sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos, en el (la)  Subdirector (a) Técnico (a) de Parques, a quien se asignó, entre otras,  las siguientes funciones: cuando se trate de contratos que generen ingresos para el IDRD, lo cual se extiende a la facultad de suscribir los acuerdos de pago que se requieran para garantizar dichos ingresos y en general, la realización de todas las actuaciones pertinentes para su eficiente y efectivo recaudo; suscribir las autorizaciones para el uso de escenarios y demás áreas del Sistema de Parques Distritales administrados y de competencia del IDRD, cuando las mismas no generen ningún ingreso para el IDRD; y la competencia para la ordenación del gasto y la facultad para celebrar contratos y convenios en lo relativo al manejo y uso de los parques escenarios deportivos. Esta delegación comprende la actividad contractual que se requiera para el desarrollo de la explotación económica de tales escenarios, así como celebrar contratos de permuta, canje, exoneración y aprovechamiento económico con particulares y entidades del orden Distrital y Nacional, y demás actos inherentes al préstamo de los escenarios administrados por el IDRD.

Que en aras de dar cumplimiento a los principios que rigen la administración pública, se hizo necesario rediseñar y establecer a través del Manual de Aprovechamiento Económico adoptado mediante la Resolución 277 de 2007, un esquema de retribución económica y social aplicable a los espacios ubicados en parques y escenarios administrados por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, con el propósito de obtener mayor efectividad, diligencia y control de los espacios susceptibles de aprovechamiento económico.

Que el Manual de Aprovechamiento Económico del Espacio Público administrado por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, adoptado mediante Resolución 277 de 2007, fue modificado mediante Resoluciones 583 de 2008, 338 de 2010, 316 de 2013 y 018 de 2014.

Que el día 6 de agosto de 2014, se inauguraron en la Unidad Deportiva El Salitre, ocho canchas de squash: seis sencillas y dos dobles, cuyas tarifas no se encuentran reguladas, razón por la cual se hace necesario modificar el Manual de Aprovechamiento Económico del Espacio Público administrado por el IDRD, para establecerlas.

Que el IDRD, realizó un estudio de mercado de tarifas establecidas para canchas similares, con el fin de determinar el valor a cobrar, observando criterios de sostenibilidad económica y social, para garantizar el cumplimiento del objeto misional de la entidad, el cual consiste en la promoción de la actividad física, la recreación, el deporte y el aprovechamiento del tiempo libre.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: El subnumeral 2.2. VALOR DE USO, del Título II, Capítulo III, numeral 2. PARQUES Y ESCENARIOS DE USO DEPORTIVO, RECREATIVO Y CULTURAL, del Manual de Aprovechamiento Económico del Espacio Público administrado por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, quedará de la siguiente manera:

1. Coliseos cubiertos y teatrinos del Sistema Distrital de Parques

Solicitante


Hora de Utilización

Estratos 1,2,3

Estratos 4,5,6

Diurno

Nocturno

Diurno

Nocturno

Sector Privado

0,168

0,210

0,187

0,234

Entidad sin Animo de Lucro

0,118

0,152

0,131

0,168

Educativo Privado

0,059

0,076

0,065

0,084

Escuelas y Clubes Avalados

0,034

0,042

0,037

0,047

Sector Comunitario

0,034

0,042

0,037

0,047


2. Canchas Deportivas: Baloncesto, mini-baloncesto, microfútbol, voleibol, voleibol playa, mini voleibol, hockey, softbol, beisbol, Patinódromos recreativos y/o reglamentarios, canchas de tenis y coliseo auxiliar Cayetano Cañizares.

Solicitante


Hora de Utilización

Estratos 1,2,3

Estratos 4,5,6

Diurno

Nocturno

Diurno

Nocturno

Sector Privado

0,034

0,042

0,037

0,047

Entidad sin Animo de Lucro

0,024

0,029

0,026

0,033

Educativo Privado

0,012

0,015

0,013

0,017

Escuelas y Clubes Avalados

0,017

0,021

0,019

0,023

Sector Comunitario

0,017

0,021

0,019

0,023


3. Canchas de fútbol  que cuentan con cerramiento y camerinos (Estadios) 

Solicitante

Hora de Utilización

Estratos 1,2,3

Estratos 4,5,6


Todos los Sectores


Diurno

Nocturno

Diurno

Nocturno

0,126

0,160

0,140

0,178


4. Canchas de fútbol  que cuentan con cerramiento 


Hora de Utilización

Solicitante

Estratos 1,2,3

Estratos 4,5,6

Diurno

Nocturno

Diurno

Nocturno

Todos los Sectores

0,076

0,093

0,084

0,103


5. Canchas de fútbol que no cuentan con cerramiento y canchas de minifutbol.


Hora de Utilización


Estratos 1,2,3

Estratos 4,5,6

Todos los Sectores

Diurno

Nocturno

Diurno

Nocturno

0,059

0,076

0,065

0,084


6. Piscinas, hora carril del Sistema Distrital de Parques 


Hora de Utilización



Estratos 1,2,3

Estratos 4,5,6


Todos los Sectores

Diurno

Nocturno

Diurno

Nocturno


0,028

0,030

0,056

0,058



7.Coliseo Parque Recreodeportivo El Salitre 

Solicitante

Hora de Utilización

Diurno

Nocturno

Sector Privado

0,281

0,351

Entidad sin Animo de Lucro

0,196

0,246

Educativo Privado

0,098

0,123

Escuelas y Clubes Avalados

0,056

0,070

Sector Comunitario

0,056

0,070


8. Salones del Sistema Distrital de parques

Estrato 1, 2 y 3


CAPACIDAD SALONES

Solicitante

Hasta 50

51- 100

101- 200

201-300

>30


Vr/hora de utilización

SMMLV

Sector Privado

0,060

0,108

0,156

0,198

0,264

Entidad sin Ánimo de Lucro

0,042

0,076

0,109

0,139

0,168

Educativo Privado

0,042

0,076

0,109

0,139

0,168

Escuelas y Clubes Avalados

0,013

0,038

0,055

0,069

0,084

Sector Comunitario

0,013

0,038

0,055

0,069

0,084

Sector Público

0,030

0,054

0,078

0,099

0,132

Estratos 4, 5 y 6


CAPACIDAD SALONES

Solicitante

Hasta 50

51- 100

101- 200

201-300

>300


Vr/hora de utilización

SMMLV

Sector Privado

0,07

0,126

0,182

0,231

0,28

Entidad sin Ánimo de Lucro

0,05

0,126

0,182

0,231

0,28

Educativo Privado

0,024

0,126

0,182

0,231

0,28

Escuelas y Clubes Avalados

0,014

0,063

0,091

0,012

0,14

Sector Comunitario

0,014

0,063

0,091

0,012

0,14

Sector Público

0,035

0,063

0,091

0,116

0,14

Nota: Para liquidar el horario nocturno se aumentará un diez (10%) sobre la tarifa del horario diurno.

9. Gimnasio del Parque Cayetano Cañizares


 Hora de Utilización Persona


Diurno/Nocturno

Todos los Sectores

0,005


10. Multifuerza UDS y Cayetano Cañizares


Hora de Utilización Persona


Estratos 1,2,3

Estratos 4,5,6


Cayetano Cañizares

Unidad Deportiva El Salitre  -UDS- 


Diurno/

Nocturno

Diurno

Nocturno

Todos los Sectores

0,004

0,006

0,005

0,007


11. Pista de Atletismo y Bicicross 


Hora de utilización persona


Estratos 1,2,3

Estratos 4,5,6


Diurno

Nocturno

Diurno

Nocturno

Todos los Sectores

0,004

0,006

0,005

0,007


12. Filmaciones y/o  fotografías de tipo comercial en el Sistema Distrital de Parques


Hora de Utilización


Estratos 1,2,3

Estratos 4,5,6


Diurno

Nocturno

Diurno

Nocturno

Todos los Sectores

0,210

0,264

0,234

0,293


13. Derechos de transmisiones radiales


Hora de transmisión


Estratos 1,2,3

Estratos 4,5,6


Diurno

Nocturno

Diurno

Nocturno

Todos los Sectores

0,126

0,126

0,140

0,140


14. Canchas de tenis del Sistema Distrital de Parques – Práctica Libre


Hora de Utilización


Estratos 1,2,3

Estratos 4,5,6


Diurno

Nocturno

Diurno

Nocturno

Todos los sectores

0,007

0,007

0,013

0,013


15. Área verde y zonas duras del Sistema Distrital de Parques (diferente a canchas deportivas)


Hora de utilización por cada 100 metros cuadrados


Estratos 1,2,3

Estratos 4,5,6


Diurno

Nocturno

Diurno

Nocturno

Todos los sectores

0,014

0,014

0,028

0,028


16. Velódromo Primero de Mayo actividades deportivas sin público


Actividades Deportivas

Eventos

Solicitante

Diurno

Nocturno

Diurno

Nocturno

Sector Privado

0,037

0,047

0,74

0,93

Entidad sin Animo de Lucro

0,026

0,033

0,52

0,65

Educativo Privado

0,013

0,017

0,26

0,33

Escuelas y Clubes Avalados

0,019

0,023

0,52

0,65

Sector Comunitario

0,019

0,023

0,52

0,65


17. Velódromo Primero de Mayo – entrenamientos sin público


Hora de Utilización Persona


Estratos 1,2,3


Diurno

Nocturno

Todos los sectores

0,007

0,007


18. Velódromo Primero de Mayo para eventos


Hora de utilización

Solicitante

Diurno

Nocturno

Sector Privado

0,74

0,93

Entidad sin Ánimo de Lucro

0,52

0,65

Educativo Privado

0,26

0,33

Escuelas y Clubes Avalados

0,52

0,65

Sector Comunitario

0,52

0,65


19. Kioscos con Asadores


Hora de uso

Solicitante

Estratos 1,2,3

Estrato 4,5,6

Diurno/nocturno

Diurno/nocturno

Todos los sectores

0,018

0,036


20. Estadios de Sóftbol y Béisbol,

Solicitante

Hora de Utilización

Estratos 1,2,3

Estratos 4,5,6

Diurno

Nocturno

Diurno

Nocturno

Todos los Sectores

0,126

0,16

0,14

0,178


21. ESTADIO DE ATLETISMO PARA EVENTOS CON PÚBLICO

Solicitante

Hora de Utilización

Estrato 1,2,3

Estrato 3,4,5

Diurno

Nocturno

Diurno

Nocturno

Sector Privado

0,74

0,93

0,82

1,03

Entidad sin Ánimo de Lucro

0,52

0,65

0,58

0,72

Educativo Privado

0,26

0,33

0,29

0,36

Escuelas y Clubes Avalados

0,26

0,33

0,29

0,36

Sector Comunitario

0,26

0,33

0,29

0,36


22. ESTADIO DE ATLETISMO PARA PRACTICAS DEPORTIVAS  

Solicitante

Hora de Utilización

Estrato 1,2,3

Estrato 3,4,5

Diurno

Nocturno

Diurno

Nocturno

Sector Privado

0,198

0,2475

0,22

0,275

Entidad sin Ánimo de Lucro

0,1395

0,1735

0,155

0,1925

Educativo Privado

0,07

0,088

0,0775

0,0975

Escuelas y Clubes Avalados

0,07

0,088

0,0775

0,0975

Sector Comunitario

0,07

0,088

0,0775

0,097

NOTA: Cuando se requiera el Estadio de Atletismo por carriles, para prácticas deportivas, se aplicará para cada uno la tarifa establecida en el cuadro número 2. Canchas Deportivas, del numeral 2.2. VALORES DE USO.

23. Pista de Bicicross eventos con público

Solicitante

Hora de Utilización

Estratos 1,2,3

Estratos 4,5,6

Diurno

Nocturno

Diurno

Nocturno

Sector Privado

0,168

0,21

0,187

0,234

Entidad sin Ánimo de Lucro

0,118

0,152

0,131

0,168

Educativo Privado

0,059

0,076

0,065

0,084

Escuelas y Clubes Avalados

0,034

0,042

0,037

0,047

Sector Comunitario

0,034

0,042

0,037

0,047


24. Piscina para niños Parque Sauzalito


Valor/hora

Todos los Sectores

0,056

0,058


25. Lotes con área inferior a 500 Mtrs2

ZONA

Valor / Metro cuadrado Mes

Urbano

Zonal

Puntual

Metropolitano

Promedio

ZONA SUR

,0312

,0173

,0135

,0582

,0301

ZONA CENTRO

,0308

,0171

,0133

,0575

,0297

ZONA OCCIDENTE

,0332

,0184

,0144

,0619

,0320

ZONA NORTE

,0436

,0242

,0189

,0814

,0420

Valores expresados en Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes


26. Lotes con área de 500 Mtrs2 o más

Todos los Sectores

Valor

30.95

Valores expresados en Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes

El presente valor es el mínimo a cobrar independientemente de si se usa por horas, días o por el mes completo

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, deroga en todas sus partes las demás disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE,

Dada en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de octubre del año 2014.

ALDO ENRIQUE CADENA

Director General.


NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5462 de octubre 30 de 2014