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Decreto 205 de 2000 (Marzo 24) «Por el cual se modifican los Decretos 940 de 1999 y 088 del 2000». EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, y CONSIDERANDO: Que se expidió el Decreto 940 de 1999, «Por el cual se suspenden unas apropiaciones del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2000». Que es necesario levantar parcialmente la suspensión de una apropiación presupuestal en el Instituto de Desarrollo Urbano - IDU por $1.800.000.000, para efectuar la adquisición de predios requeridos en la construcción de la Avenida el Tintal del Distrito Capital y aplicar dicha suspensión a otra entidad, en la misma cuantía. Que es necesario levantar parcialmente la suspensión de una apropiación presupuestal en el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte por $3.036.000.000 para adelantar el mantenimiento de los parques del Distrito Capital y aplicar dicha suspensión a otras entidades, en la misma cuantía. Que las modificaciones a realizar en el presente Decreto no afectarán el monto total de la suspensión ordenada por el Decreto 940 de 1999. En virtud de lo anterior, Modificado por el Decreto Distrital 267 de 2000 Modificado por el Decreto Distrital 369 de 2000Modificado por el Decreto Distrital 380 de 2000 Modificado por el Decreto Distrital 650 de 2000 Modificado por el Decreto Distrital 750 de 2000 DECRETA: Artículo 1o.- Levantar la suspensión de las siguientes apropiaciones del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, correspondiente a la vigencia fiscal 2000, así: ADMINISTRACIÓN CENTRAL
Parágrafo : El levantamiento de la suspensión en la Secretaría de Hacienda a que se refiere el presente artículo se reflejará en el Presupuesto de Inversión del Instituto de Desarrollo Urbano - IDU y el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte - IDRD, correspondiente a la vigencia fiscal 2000, así:ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
211 INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE -IDRD 3.036.000.000
Artículo 2o.- El monto correspondiente a la suspensión levantada de que trata el artículo 1° del presente Decreto, se compensará con la suspensión de las siguientes partidas del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital correspondiente a la vigencia fiscal 2000, así:ADMINISTRACIÓN CENTRAL
Artículo 3o.- Remítase copia del presente Decreto a la Secretaría de Hacienda y demás oficinas competentes.Artículo 4o.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de marzo del año dos mil (2000). El alcalde mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO; El Secretario de Hacienda, CARLOS ALBERTO SANDOVAL REYES. Nota: Publicado en el registro distrital numero 2114 de marzo 24 de 2000. |
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