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Resolución 24826 de 2017 Ministerio de Educación Nacional

Fecha de Expedición:
15/11/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/11/2017
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 50419 del 16 de noviembre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Resolución 24826 DE 2017

 

(Noviembre 15)

 

Por la cual se modifica el artículo 1° de la Resolución número 21292 de 2016, modificada por las Resoluciones número 664, 13995 y 15790 de 2017

 

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el parágrafo del artículo 35 del Decreto-ley número 1278 de 2002 y el numeral 3 del artículo 2.4.1.4.2.1 del Decreto número 1075 de 2015, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Decreto-ley número 1278 de 2002 se expidió el Estatuto de Profesionalización Docente, el cual regula las relaciones entre el Estado y los docentes y directivos docentes que prestan sus servicios en las instituciones educativas oficiales de preescolar, básica y media que hacen parte de las entidades territoriales certificadas en educación.

 

Que el mencionado Decreto-ley consagra en su artículo 35 y en el numeral 2 del artículo 36 la Evaluación de Competencias como el mecanismo voluntario que evalúa la práctica educativa y pedagógica por los educadores oficiales en su puesto de trabajo, con el fin de lograr su ascenso de grado o reubicación en el Escalafón Docente.

 

Que el Decreto número 1657 de 2016 subrogó las Secciones 1, 2, 3 y 4 del Capítulo 4, Título 1, Parte 4, Libro 2, del Decreto número 1075 de 2015, Único Reglamentario del Sector Educación, en donde se regula la evaluación de que trata el artículo 35 y el numeral 2 del artículo 36 del Decreto-ley número 1278 de 2002, atribuyéndole a la misma un carácter diagnóstico formativo.

 

Que mediante la Resolución número 22453 de 2016 aclarada, modificada y adicionada por la Resolución número 775 de 2017, el Ministerio de Educación Nacional definió las reglas y la estructura de la evaluación de carácter diagnóstico formativo (ECDF) que inició trámites en el año 2016 y que se desarrolla durante el año 2017.

 

Que con fundamento en el numeral 3 del artículo 2.4.1.4.2.1 del Decreto número 1075 de 2015, el Ministerio de Educación Nacional expidió la Resolución 21292 de 2016, modificada por las Resoluciones número 664, 13995 y 15790 de 2017, mediante la cual se definió el cronograma de la ECDF indicada en el considerando anterior.

 

Que el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (ICFES) viene ejecutando las actividades relacionadas con la evaluación de los docentes y directivos docentes que participan en la ECDF que inició trámites en el año 2016 y que se desarrolla durante el año 2017.

 

Que al ICFES se le imposibilitó cumplir con el cronograma establecido en la Resolución número 21292 de 2016, modificada por las Resoluciones número 664, 13995 y 15790 de 2017, por no contar con el ajuste al techo presupuestal requerido para adelantar las actividades evaluación de los instrumentos de evaluación, calificación de los instrumentos de evaluación y publicación y entrega de resultados, por lo que se hizo necesario que el Icfes le solicitara al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la adición de su presupuesto, pues solo así podría asumir obligaciones que superaran su techo inicialmente propuesto. Por tanto, sin esta adición no se podrían llevar a cabo tales actividades

 

Que, en virtud de lo anterior, el Icfes solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público desde el 23 de agosto de 2017 la modificación de su Presupuesto de Ingresos y Gastos, y solo hasta el 22 de septiembre de 2017 fue expedida la Resolución número 0037, “por la cual se modifica el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes) para la vigencia fiscal de 2017”, en la que el Director del Presupuesto Público adicionó el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Icfes.


Que solo desde el momento en que efectivamente se haya adicionado el presupuesto del Instituto, es decir, desde la fecha de publicación de la Resolución número 0037 de 2017, el Icfes podría ejecutar las actividades relacionadas con la ECDF.

 

Que por lo anterior, el Ministerio de Educación Nacional se hace necesario modificar el cronograma de actividades de que trata el artículo 1° de la Resolución número 21292 de 2016, modificado por las Resoluciones número 664, 13995 y 15790 de 2017.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Modifíquese el artículo 1° de la Resolución número 21292 de 2016, modificado por el artículo 1° de las Resoluciones número 664, 13995 y 15790 de 2017, a partir de la etapa de Aplicación del instrumento de encuestas, el cual quedará así:

 

Actividad

Periodo de ejecución

Aplicación del instrumento encuestas

Hasta 15 de noviembre de 2017

Publicación de resultados por parte del ICFES

17 de diciembre de 2017

Término para presentar reclamaciones frente a los resultados

Desde el 18 hasta 22 de diciembre de 2017

Publicación, por parte de la entidad territorial, de los listados definitivos de candidatos de educadores que no presentaron reclamación y que aprobaron la ECDF

26 de diciembre de 2017

Término para resolver las reclamaciones

7 de febrero de 2018

Publicación, por parte del Icfes, de los resultados actualizados o ajustados de los educadores que hayan presentado reclamaciones

8 de febrero de 2018

Publicación, por parte de la entidad territorial, de los listados definitivos de candidatos de educadores que presentaron reclamación y que aprobaron la ECDF

9 de febrero de 2018

 

Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de noviembre del año 2017

 

La Ministra de Educación Nacional,

 

Yaneth Giha Tovar