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Resolución 044 de 2020 Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
24/03/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/03/2020
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 044 DE 2020

 

(Marzo 24)

 

Por la cual se efectúan modificaciones en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Jurídica Distrital, para la vigencia fiscal de 2020


EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL


En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Acuerdo 257 de 2006 y el Decreto Distrital 714 de 1996, y

 

CONSIDERANDO:


Que el Acuerdo 638 del 31 de marzo de 2016, se modificó parcialmente el Acuerdo 257 de 2006, creando entre otros, en el artículo 4, la Secretaría Jurídica Distrital, cuyo objeto y funciones se fijan en el artículo 5 del mismo.

 

Que el Decreto No. 816 del 26 de diciembre de 2019, se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Decreto 744 del 6 de diciembre de 2019, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, Distrito Capital.

 

Que la Resolución No. SDH-000191 de 22 de septiembre de 2017 “Por la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito capital”, establece en el numeral 3.2.1.4.2. “Traslados presupuéstales internos”, establece los requisitos para efectuar un traslado presupuestal al interior de agregados.

 

Que la Circular Externa No. 000008 del 31 de diciembre de 2019, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda, comunica que en busca de promover la reducción de trámites que faciliten y agilicen la ejecución de las Entidades del Distrito, estableció mediante el parágrafo único del artículo 9 de Decreto 777 de 2019, modificar el procedimiento de concepto previo y favorable de las solicitudes radicadas por las entidades que componen el Presupuesto Anual y los Fondos de Desarrollo Local.

 

Que la modificación presupuestal que se presenta de Gastos de Funcionamiento, al interior de cada uno de los rubros, no requiere concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda-Dirección Distrital de Presupuesto.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:


Artículo 1º. Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Jurídica Distrital, para la vigencia 2020, por valor de Diez y Ocho Millones Novecientos Setenta y Tres Mil Cuatrocientos Cincuenta y Cuatro Pesos ($18.973.454) M/cte, así:

 

136 - 01 SECRETARIA JURÍDICA DISTRITAL

 

CODIGO

NOMBRE

CRÉDITOS

3

GASTOS

18.973.454

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

18.973.454

3-1-2

 

Adquisición de Bienes y Servicios

18.973.454

3-1-2-02

 

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

18.973.454

3-1-2-02-02

 

Adquisición de servicios

18.973.454

3-1-2-02-02-03

 

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

18.973.454

3-1-2-02-02-03-0005

 

Servicios de soporte

18.973.454

3-1-2-02-02-03-0005-003

Servicios de copia y reproducción

18.973.454

 

136-01 SECRETARIA JURÍDICA DISTRITAL

 

CODIGO

NOMBRE

CRÉDITOS

3

GASTOS

18.973.454

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

18.973.454

3-1-2

 

Adquisición de Bienes y Servicios

18.973.454

3-1-2-02

 

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

18.973.454

3-1-2-02-02

 

Adquisición de servicios

18.973.454

3-1-2-02-02-03

 

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

18.973.454

3-1-2-02-02-03-0003

 

Servicios de arrendamiento o alquiler sin operario

18.973.454

3-1-2-02-02-03-0003-004

Servicios de arrendamiento sin opción de compra de otros bienes

18.973.454

 

Artículo 2º. Remítase copia de la presente Resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda y demás oficinas pertinentes.


Artículo 3º. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.


COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.


Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de marzo del año 2020.

 

WILLIAM LlBARDO MENDIETA MONTEALEGRE


Secretario Jurídico Distrital