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RESOLUCIÓN REGIONAL 151 DE 2025
(Mayo 05) Modificada por las resoluciones regionales 184, 261, 303 y 332 de 2025. Modificada por la Resolución 368 de 2025. Modificada por la Resolución 390 de 2025.
Por el cual se efectúa un aplazamiento en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca para la vigencia fiscal 2025
EL DIRECTOR DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ - CUNDINAMARCA
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el numeral 6 del artículo 27 de la Ley 2199 del 2022, los artículos 36 y 69 del Acuerdo Regional 004 del 2023; y
CONSIDERANDO:
1. Que el numeral 6 del artículo 5 y el parágrafo 1 de artículo 9 de la Ley Orgánica 2199 del 2022 previeron la gradualidad en la implementación de las funciones y competencias de la Región Metropolitana, la cual tiene sus efectos en materia presupuestal.
2. Que el literal a) del numeral 6 del artículo 21 de la Ley 2199 del 2022 establece como una de las funciones del Consejo Regional, en materia fiscal, “aprobar el Plan de Inversiones y el Presupuesto Anual de Rentas y Gastos de la Región Metropolitana y sus entidades”.
3. Que el Consejo Regional aprobó el Acuerdo Regional 023 del 4 diciembre 2024 “Por el cual se establece el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”, por valor de CIENTO OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL PESOS ($181.228.166.000) MCTE.
4. Que mediante Resolución 526 del 27 de diciembre del 2024 se efectuó la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.
5. Que mediante Resolución 027 del 27 de enero de 2025, Resolución 061 del 28 de febrero de 2025 y Resolución 103 de 2 de abril de 2025, se modificó la liquidación del presupuesto en consideración al principio de gradualidad de la operación de la Entidad, de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 5 y el parágrafo 1 del artículo 9 de la Ley Orgánica 2199 de 2022.
6. Que el Consejo Regional aprobó el Acuerdo Regional No. 002 de 28 de abril de 2025 - “Por el cual se realiza una adición en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para la vigencia fiscal 2025”, por valor de VEINTE MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS ($20.828.815.464) MCTE.
7. Que, de conformidad con lo anterior, mediante Resolución 135 del 28 de abril de 2025 se efectuó la liquidación de la adición en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para la vigencia fiscal 2025.
8. Que, a través de la Resolución 144 del 30 de abril 2025, se efectuó una reducción en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca para la vigencia fiscal 2025, por valor de SEISCIENTOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL PESOS ($607.980.000) MCTE, en consideración al impacto de la actualización del IPC en el aporte de la Nación, el cual corresponde para el año 2025 a la suma de OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTIÚN MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL PESOS ($86.221.920.000) MCTE. 9. Que el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió Decreto 0069 del 24 de enero de 2025 “Por el cual se aplazan unas apropiaciones en el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal 2025”, a través del cual, de acuerdo con el detalle presentado en el artículo 1 del citado Decreto, se encuentra la transferencia corriente del Aporte Nacional a la Región Metropolitana Bogotá- Cundinamarca.
10. Que la Región Metropolitana remitió al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, comunicación CCE-20250116-020 de fecha 20 de enero de 2025, previo a la expedición del citado Decreto 069 de 2025, manifestando “… En virtud de lo expuesto y en cumplimiento de la disposición legal en cita, en relación con el Aporte Nacional, a la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para la vigencia 2025 incluido el porcentaje del IPC del año inmediatamente anterior, asciende a la suma de OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTIÚN MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL PESOS ($86.221.920.000) M/CTE, de acuerdo con la siguiente proyección… A partir de la anterior proyección del Aporte Nacional, en la siguiente tabla se presenta el Flujo Mensual de Caja que requiere la Región Metropolitana para la vigencia 2025”
11. Que posteriormente se remitió desde la Región Metropolitana, la comunicación CCE20250204-045, con fecha 5 de febrero del año en curso, dirigida al Ministerio de Hacienda y Crédito Público haciendo precisiones frente a la incidencia del citado Decreto 0069 de 2025 sobre el aporte nacional – artículo 42 de la Ley Orgánica 2199 de 2022, en la que se realizó una propuesta de reprogramación del flujo mensual de caja que requeriría la Entidad, con el fin de evitar impactos en el desarrollo y continuidad de los proyectos de inversión y evitar riesgos derivados de los compromisos vigentes de ámbito contractual asociados a los mismos.
12. Que como respuesta el Ministerio de Hacienda y Crédito Público remitió con fecha 28 de febrero de 2025, comunicación 2-2025-013829 a la Región Metropolitana donde informó: “… Esta subdirección solicitó mediante memorando 3-2025-002305 del 11 de febrero a la Dirección General del Presupuesto Público Nacional y a la Oficina Asesora de Planeación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el desbloqueo de las apropiaciones requeridas para atender la transferencia de los recursos a la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca (se adjunta copia de la comunicación). Al respecto, una vez se cuente con la respuesta por parte de las áreas competentes se informará a la entidad lo correspondiente”.
13. Que el 22 de abril de 2025, la Región Metropolitana mediante comunicación CCE20250424-191 solicitó al Ministerio de Hacienda, información sobre el estado del desbloqueo de recursos aplazados - Transferencia Región Metropolitana Bogotá Cundinamarca, vigencia 2025, y entre otras se manifestó “(…) De acuerdo con lo anterior, amablemente solicitamos nos informe el estado actual del trámite de desbloqueo de la apropiación mencionada y las fechas precisas en junio, agosto y septiembre en las que la RMBC contará con la disponibilidad de los recursos de cada desembolso. Agradecemos la atención prestada y solicitamos pronta respuesta, con el fin de garantizar la adecuada ejecución de las actividades y proyectos amparados con estos recursos, conforme a lo establecido en la normatividad vigente.”
14. Que el 2 de mayo de 2025, la Oficina Asesora de Planeación remitió memorando CI-20250502-544 manifestando: “Teniendo en cuenta que el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió Decreto 069 del 24 de enero de 2025, por el cual “se aplazan unas apropiaciones en el presupuesto general de la nación de la vigencia fiscal 2025”, donde de acuerdo con el detalle presentado en el Artículo 1º del citado Decreto, se encuentra la transferencia corriente del Aporte Nacional, de la que habla el Artículo 42 de la Ley 2199 de 2022, y teniendo en cuenta que el valor de la transferencia del Aporte Nacional corresponde a la suma de OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTIÚN MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL PESOS ($86.221.920.000) MCTE., se hace necesario aplazar del Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana, para la vigencia fiscal 2025 en dicha suma, según el siguiente detalle:
i) BPIN 20241400230003 – “Fortalecimiento de la capacidad organizacional y tecnológica de la Región Metropolitana Bogotá D.C. Cundinamarca” por la suma de DOS MIL MILLONES DE PESOS ($2.000.000.000) MCTE.
ii) BPIN 20241400230004 – “Fortalecimiento de las capacidades para la planeación ejecución y articulación de estrategias de transporte público de pasajeros metropolitano y regional en Cundinamarca” por la suma de CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA PESOS ($47.998.280.290) MCTE.
iii) BPIN 20241400230005 – “Fortalecimiento de las capacidades para la planeación ejecución y articulación de estrategias para la seguridad alimentaria metropolitana y regional en Cundinamarca” por la suma de NUEVE MIL CIENTO OCHENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS ($9.183.687.588) MCTE.
iv) BPIN 20251400230005 – “Fortalecimiento de la articulación en la planeación y ejecución de estrategias en materia de seguridad integral de la región metropolitana en Cundinamarca” por la suma de ONCE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO VEINTIDÓS PESOS ($11.839.952.122) MCTE.
v) BPIN 20231400230001 – “Elaboración de los estudios diseños y construcción del ͕ intercambiador vial en la intersección de la Avenida Medellín (Calle 80) con Avenida Las quintas (Carrera 119) y la Carrera 120 en Bogotá D.C.” por la suma de QUINCE MIL DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($15.200.000.000) MCTE (...)”
15. Que considerando que a la fecha no se ha dado ningún pronunciamiento adicional por parte del Gobierno Nacional y que artículo 69 del Acuerdo Regional 04 de 2023 establece: “Le corresponde al Director de la Región Metropolitana y a los representantes legales de las entidades adscritas y vinculadas reducir o aplazar total o parcialmente las apropiaciones presupuestales, en caso de ocurrir uno de los siguientes eventos: a. Que los recaudos del año sean inferiores al total de las apropiaciones de gastos; b. Que no fueran aprobados los nuevos recursos por el Consejo Regional o las Juntas Directivas, o que los aprobados fueren insuficientes para atender los gastos. c. Que no se perfeccionen los recursos de crédito autorizados. (…)” se hace necesario hacer un aplazamiento por valor total de OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTIÚN MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL PESOS ($86.221.920.000) MCTE.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Modificado por el art. 1, Resolución Reglamentaria 175 de 2025. <El nuevo texto es el siguiente> el detalle del aplazamiento del Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana, para la vigencia fiscal 2025 cuyo valor es por suma de OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTIÚN MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL PESOS ($86.221.920.000) MCTE, el cual quedará así:
El texto original era el siguiente: Artículo 1. APLAZAR del Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana, para la vigencia fiscal 2025 en la suma de OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTIÚN MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL PESOS ($86.221.920.000) MCTE, según el siguiente detalle:
PARAGRAFO. A partir de la vigencia de la presente Resolución, cualquier solicitud que curse trámite ante la Subdirección de Gestión Corporativa, relacionada con Certificados de Disponibilidad Presupuestal con cargo a Gastos de Inversión, deberá contar con el Visto Bueno (VoBo) de la Oficina Asesora de Planeación Institucional. ARTÍCULO 2. COMUNICAR. Comunicar el presente acto administrativo en la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca a la Subdirección de Gestión Corporativa, Oficina Asesora de Planeación Institucional, y los Gerentes de Proyectos de Inversión que se citan en el numeral 14 del acápite de los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 3. PUBLICACIÓN Y VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación de conformidad con lo establecido en los Estatutos de la Región Metropolitana.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 05 días del mes de mayo del año 2025.
LUIS FELIPE LOTA
Director
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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