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Resolución 184 de 2025 Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca

Fecha de Expedición:
30/05/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/06/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8337 del 4 de junio de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 184 DE 2025

 

(Mayo 30)


Modificada por la Resolución 303 de 2025. Modificada por la Resolución 368 de 2025.

 

Por medio de la cual se modifica la Resolución 526 del 27 de diciembre del 2024 – “Por la cual se efectúa la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca”; la Resolución 027 del 27 de enero de 2025; la Resolución 061 del 28 de febrero de 2025; la Resolución 103 del 02 de abril de 2025; la Resolución 135 del 28 de abril de 2025; la Resolución 144 del 30 de abril 2025; la Resolución 151 del 5 de mayo 2025 y Resolución 175 del 19 de mayo 2025 ”

 

EL DIRECTOR DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ - CUNDINAMARCA

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el numeral 6 del artículo 27 de la Ley 2199 del 2022, los artículos 36 y 66 del Acuerdo Regional 004 del 2023; y

 

CONSIDERANDO:

 

1. Que el Consejo Regional aprobó el Acuerdo Regional 023 del 4 diciembre 2024 “Por el cual se establece el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”, por valor de CIENTO OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL PESOS ($181.228.166.000) MCTE.

 

2. Que mediante Resolución 526 del 27 de diciembre del 2024 se efectuó la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca.

 

3. Que mediante Resolución 027 del 27 de enero de 2025, Resolución 061 del 28 de febrero de 2025 y Resolución 103 de 2 de abril de 2025, se modificó la liquidación del presupuesto en consideración al principio de gradualidad de la operación de la Entidad, de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 5 y el parágrafo 1 del artículo 9 de la Ley Orgánica 2199 de 2022.

 

4. Que el Consejo Regional aprobó el Acuerdo Regional No. 002 de 28 de abril de 2025 - “Por el cual se realiza una adición en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para la vigencia fiscal 2025”, por valor de VEINTE MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS ($20.828.815.464) MCTE.

 

5. Que, de conformidad con lo anterior, mediante Resolución 135 del 28 de abril de 2025 se efectuó la liquidación de la adición en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para la vigencia fiscal 2025.

 

6. Que, a través de la Resolución 144 del 30 de abril 2025, se efectuó una reducción en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para la vigencia fiscal 2025, por valor de SEISCIENTOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL PESOS ($607.980.000) MCTE.

 

7. Que mediante Resolución 151 del 5 de mayo de 2025 se efectuó un aplazamiento en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para la vigencia fiscal 2025, por valor total de OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTIÚN MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL PESOS ($86.221.920.000) MCTE, en consideración al Decreto 0069 del 24 de enero de 2025, expedido por el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, “Por el cual se aplazan unas apropiaciones en el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal 2025”.

 

8. Que mediante Resolución 175 del 19 de mayo de 2025, se modificó la liquidación del presupuesto en consideración al principio de gradualidad de la operación de la Entidad, de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 5 y el parágrafo 1 del artículo 9 de la Ley Orgánica 2199 de 2022.

 

9. Que mediante memorando CI-20250527-665 de 27 de mayo de 2025, la Oficina Asesora de Planeación solicitó a la Subdirección de Gestión Corporativa, ajuste en los rubros presupuestales del proyecto BPIN 20241400230001 estableciendo lo siguiente: “De acuerdo con el memorando con radicado número CI-20250527-664 enviado por la Oficina Asesora de Comunicaciones y Participación Ciudadana y en el marco del proyecto de inversión BPIN 20241400230001 “IMPLEMENTACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE  PROCESOS PARTICIPATIVOS INCIDENTES EN LOS ASUNTOS DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ D.C. – CUNDINAMARCA”, particularmente desde la actividad 4.3 “Desarrollar estrategias y acciones de comunicación”, se identificó la necesidad de vincular un profesional en comunicación social para apoyar el diseño y la implementación de estrategias de comunicación que fortalezcan tanto la socialización y el posicionamiento del Ágora Metropolitana, como las acciones institucionales de la Región Metropolitana. Actualmente la actividad del proyecto de inversión mencionada no cuenta con los recursos suficientes para la contratación del profesional requerido, sin embargo, dicha actividad está directamente relacionada con las actividades que desarrollará dicho profesional y, por ende, su vinculación aportará directamente en el cumplimiento de las metas establecidas en el producto “Servicios de promoción ciudadana”. (…) se hace necesario realizar un ajuste presupuestal en la actividad mencionada. (…) Se aclara además que esta solicitud no modifica el monto total del proyecto de inversión, así como tampoco la ficha técnica del proyecto de inversión.”

 

10. Que en concordancia con la necesidad y justificación presentada por la dependencia competente de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca, se efectuará el ajuste presupuestal con el fin de garantizar la correcta ejecución de las actividades descritas y amparadas, mediante la desagregación parcial de rubros en el presupuesto del proyecto de Inversión BPIN 20241400230001 de acuerdo con el considerando 9, en el presupuesto de la vigencia 2025.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1. EFECTUAR DESAGREGACIÓN PARCIAL DE RUBROS en el presupuesto de GASTOS DE INVERSIÓN de la Unidad Ejecutora 01, de conformidad con la siguiente descripción:

 

RUBRO

DESCRIPCIÓN

 

UNIDAD EJECUTORA 01

REGION METROPOLITANA

VALOR (Pesos)

 

 

BPIN 20241400230001

IMPLEMENTACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE PROCESOS PARTICIPATIVOS

INCIDENTES EN LOS ASUNTOS DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ D.C. CUNDINAMARCA

 

4.028.170.000

2.3.2

ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

4.028.170.000

2.3.2.02

ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS

4.028.170.000

2.3.2.02.02

ADQUISICIÓN DE SERVICIOS

4.028.170.000

2.3.2.02.02.008

SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN

4.028.170.000

2.3.2.02.02.00802

SERVICIOS JURÍDICOS Y CONTABLES

79.200.000

2.3.2.02.02.00803

SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS (EXCEPTO LOS SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN, URBANISMO, JURÍDICOS Y DE CONTABILIDAD)

2.352.691.407

2.3.2.02.02.00805

SERVICIOS DE SOPORTE

1.596.278.593

 

ARTÍCULO 2. COMUNICAR. Comunicar el presente acto administrativo en la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca a la Subdirección de Gestión Corporativa, Oficina Asesora de Planeación Institucional, y al Gerente del Proyecto de Inversión que se citan en el artículo 1 de la presente resolución.


 

ARTÍCULO 3. PUBLICACIÓN Y VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación de conformidad con lo establecido en los Estatutos de la Región Metropolitana.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de mayo del año 2025.

 

LUIS FELIPE LOTA

 

Director

 

Nota: Ver norma original en Anexos.