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RESOLUCIÓN 303 DE 2025
(Agosto 26) Modificada por la Resolución 332 de 2025. Modificada por la Resolución 368 de 2025., Modificada por la Resolución 390 de 2025.
Por medio de la cual se modifica la Resolución 526 del 27 de diciembre del 2024 - “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”; así como las Resoluciones 027 del 27 de enero de 2025, 061 del 28 de febrero de 2025, 103 del 02 de abril de 2025, 135 del 28 de abril de 2025, 144 del 30 de abril 2025, 151 del 5 de mayo 2025, 175 del 19 de mayo 2025, 184 del 30 de mayo 2025 y 261 del 24 de julio de 2025”
EL DIRECTOR DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ – CUNDINAMARCA
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el numeral 6 del artículo 27 de la Ley 2199 del 2022, los artículos 36 y 66 del Acuerdo Regional 004 del 2023; y
CONSIDERANDO:
1. Que el Consejo Regional aprobó el Acuerdo Regional 023 del 4 diciembre 2024 “Por el cual se establece el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”, por valor de CIENTO OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL PESOS ($181.228.166.000) M/CTE.
2. Que mediante Resolución 526 del 27 de diciembre del 2024 se efectuó la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.
3. Que el Consejo Regional aprobó el Acuerdo Regional No. 002 de 28 de abril de 2025 - “Por el cual se realiza una adición en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca para la vigencia fiscal 2025”, por valor de VEINTE MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS ($20.828.815.464) M/CTE.
4. Que, de conformidad con lo anterior, mediante Resolución 135 del 28 de abril de 2025 se efectuó la liquidación de la adición en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para la vigencia fiscal 2025.
5. Que, a través de la Resolución 144 del 30 de abril 2025, se efectuó una reducción en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para la vigencia fiscal 2025, por valor de SEISCIENTOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL PESOS ($607.980.000) M/CTE.
6. Que mediante Resolución 151 del 5 de mayo de 2025 se efectuó un aplazamiento en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para la vigencia fiscal 2025, por valor total de OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTIÚN MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL PESOS ($86.221.920.000) M/CTE., en consideración al Decreto 0069 del 24 de enero de 2025, expedido por el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, “Por el cual se aplazan unas apropiaciones en el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal 2025”.
7. Que mediante Resolución 027 del 27 de enero de 2025, Resolución 061 del 28 de febrero de 2025, Resolución 103 de 2 de abril de 2025, Resolución 175 del 19 de mayo de 2025, Resolución 184 del 30 de mayo 2025 y Resolución 261 del 24 de julio de 2025, se modificó la liquidación del presupuesto en consideración al principio de gradualidad de la operación de la Entidad, de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 5 y el parágrafo 1 del artículo 9 de la Ley Orgánica 2199 de 2022.
8. Que mediante memorando CI-20250820-1000 de 20 de agosto de 2025, la Oficina Asesora de Planeación Institucional manifestó: “la Subdirección de Planeación Metropolitana y Regional, mediante memorando con radicado No. CI-20250814-987, relacionada con la necesidad de realizar una modificación en el valor total del proyecto de inversión “Fortalecimiento de la planeación territorial y socioeconómica a escala metropolitana de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca”, identificado con el BPIN 20241400230002, y la necesidad de asignar recursos al recién formulado proyecto de inversión “Fortalecimiento de las capacidades para la planeación ejecución y articulación de estrategias para la gestión integral del agua y los ecosistemas estratégicos en la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca” identificado con el BPIN 20251400230006 para iniciar su ejecución durante la vigencia 2025, se requiere realizar una reducción de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESO ($250.000.000) M/CTE. al proyecto identificado con el BPIN 20241400230002, con el fin de asignar dichos recursos al proyecto identificado con el BPIN 20251400230006. En virtud de lo anterior, nos permitimos solicitar de manera atenta realizar el ajuste correspondiente en la desagregación del presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para la vigencia fiscal 2025, en los siguientes términos:
Extracto tomado de la tabla remitida en el memorando CI-20250820-1000 de 20 de agosto de 2025
Cabe resaltar que esta redistribución de recursos entre los dos proyectos de inversión no implica modificaciones en la apropiación total autorizada en materia de inversión y tiene como objetivo asegurar tanto la continuidad del proyecto en ejecución como el inicio oportuno del nuevo proyecto. La reducción planteada para el proyecto de inversión identificado con el BPIN 20241400230002 no compromete el cumplimiento de las metas ni la capacidad operativa del mismo, cuya ficha técnica ha sido actualizada en coherencia con esta solicitud (ver ficha BPIN 20241400230002). Al mismo tiempo, la asignación de recursos al nuevo proyecto identificado con el BPIN 20251400230006 permitirá iniciar las actividades programadas para el presente año, en concordancia con lo establecido en su ficha técnica, manteniendo consistencia con los instrumentos de planeación vigentes (ver ficha BPIN 20251400230006).”
9. Que mediante memorando CI-20250825-1018 del 25 de agosto de 2025, la Subdirección de Gestión Corporativa manifestó: “(…)De acuerdo con el seguimiento y control a la ejecución del presupuesto de la entidad, la Subdirección de Gestión Corporativa de la Región Metropolitana en cumplimiento de la función asignada en el numeral 4 del literal b) del artículo 12 del Acuerdo Regional 003 de 2022, respecto de los gastos de funcionamiento de la vigencia en curso, acorde con las competencias que está adquiriendo la entidad de manera gradual y progresiva, y en virtud de los principios de concurrencia, complementariedad, coordinación y subsidiariedad, ha identificado con el concurso de las dependencias competentes de la RMBC, la siguiente necesidad:
- La Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca (RMBC), en su calidad de entidad administrativa de asociatividad regional, cumple la función de articular las competencias de las entidades territoriales que la integran, bajo los principios constitucionales de coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad en el ejercicio de la función administrativa y en la planeación del desarrollo, dada la interdependencia geográfica, ambiental, social y económica del territorio. En este contexto, la sede administrativa de la RMBC se constituye como Centro Regional, espacio físico en el que concurren tanto la Entidad como sus Agencias adscritas, y en el cual se desarrollan actividades de planeación, gestión y articulación con los 116 municipios del departamento de Cundinamarca, así como con los representantes de las entidades territoriales que hacen parte de la Región. Dicho espacio dispone de salas y áreas de trabajo que permiten cumplir con los propósitos territoriales, ambientales, sociales y económicos de la RMBC, asegurando la articulación interinstitucional y la atención adecuada a la comunidad.
El contrato de arrendamiento vigente de las instalaciones administrativas tiene como plazo de ejecución el 31 de agosto de 2025. Sin embargo, con el fin de garantizar la continuidad en la prestación del servicio administrativo y operativo de la sede, resulta necesario proyectar la celebración de un nuevo contrato de arrendamiento por un término de veinticuatro (24) meses, comprendidos entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2027, acudiendo a la figura de vigencias futuras conforme a lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 57 del Acuerdo Regional 004 de 2023 – Estatuto de Presupuesto de la RMBC.
No obstante, en razón a que el Consejo Regional aún no ha expedido la autorización requerida para comprometer recursos de vigencias futuras, y en aras de no generar afectaciones a la continuidad de las operaciones de la Entidad, se hace necesario adicionar un (1) mes al actual contrato de arrendamiento, correspondiente al mes de septiembre de 2025, hasta tanto se cuente con la aprobación de las vigencias futuras para la celebración del nuevo contrato.
El valor correspondiente a esta adición se estima en DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL PESOS ($228.146.000), discriminados en cánones de arrendamiento, administración e IVA, según se detalla en la siguiente tabla:
En consecuencia, la modificación presupuestal se justifica en la necesidad de asegurar la continuidad de la sede administrativa de la RMBC, evitando la interrupción de los servicios institucionales y garantizando el cumplimiento de los fines misionales de la Entidad, en tanto se surten los trámites correspondientes para comprometer vigencias futuras y dar continuidad contractual más allá del mes de septiembre de 2025.
Por lo cual se requiere para la ejecución en la vigencia 2025 la suma de DOSCIENTOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL PESOS ($ 206.346.000) M/CTE en el rubro de “servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados” y la suma de VENTIUN MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS ($ 21.800.000) M/CTE en el rubro de “servicios de administración de bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda) a comisión o por contrato”; que una vez revisadas las asignaciones presupuestales de estos rubros, se identificó que las mismas son insuficientes para cubrir las necesidades planteadas, por lo cual se requiere adicionarlas en estas sumas.
- Por otra parte mediante memorando CI-20250812-974 de 12 de agosto de 2025, la Oficina Jurídica remitió solicitud de recursos a la Subdirección Corporativa manifestando que “en cumplimiento de sus funciones misionales y en atención a la creciente demanda de asuntos relacionados con la estructuración de proyectos, análisis y seguimiento presupuestal, emisión de conceptos jurídicos y modificación de documentos legales de competencia de la Entidad, requiere reforzar su equipo de trabajo con el fin de garantizar la adecuada gestión y respuesta oportuna a las obligaciones asignadas. En tal sentido, se solicita la asignación de recursos para la contratación de un abogado con experiencia comprobada en dichas materias, cuya labor resulta indispensable para asegurar el cumplimiento normativo presupuestal y el adecuado funcionamiento institucional. Por lo anterior, se requiere la modificación presupuestal correspondiente, por un valor de CUARENTA Y OCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($48.000.000), con el fin de cubrir la presente necesidad y dar continuidad al desarrollo eficiente de las funciones de la Oficina Jurídica. (…)”
10. Que en el citado memorando CI-20250825-1018 del considerando 9, también se estableció: “En seguimiento de la disponibilidad de recursos del presupuesto de funcionamiento de la Región Metropolitana, la Subdirección de Gestión Corporativa ha identificado los siguientes rubros, de los cuales se puede disminuir su apropiación presupuestal para suplir las necesidades mencionadas, lo anterior en razón a que los requerimientos proyectados inicialmente para ellos, ya se encuentran cubiertos, estos son:”
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. EFECTUAR DESAGREGACIÓN PARCIAL DE RUBROS en el presupuesto de GASTOS DE INVERSIÓN de la Unidad Ejecutora 01, de conformidad con la siguiente descripción:
ARTÍCULO 2. TRASLADAR entre los rubros presupuestales de GASTOS DE FUNCIONAMIENTO la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL PESOS ($276.146.000) M/CTE; de conformidad con la siguiente descripción:
ARTÍCULO 3. COMUNICAR. Comunicar el presente acto administrativo en la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca a la Subdirección de Gestión Corporativa, Oficina Asesora de Planeación Institucional, y a los Gerentes de los Proyectos de Inversión.
ARTÍCULO 4. PUBLICACIÓN Y VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación de conformidad con lo establecido en los Estatutos de la Región Metropolitana.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Bogotá D.C., a los 26 días del mes de agosto del año 2025.
LUIS FELIPE LOTA
Director
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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