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Resolución 467 de 2020 Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES

Fecha de Expedición:
23/10/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/10/2020
Medio de Publicación:
Diario Oficial 51.479 del 26 de octubre de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Microsoft Word - Resolución 467 de 2020.docx

 RESOLUCIÓN 467 DE 2020

 

(Octubre 23)

 

Por la cual se modifica el numeral 2 del artículo 1 de la Resolución 888 de 2019 respecto del cronograma del examen Saber 11 calendario A

 

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN – Icfes

 

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en la Ley 1324 de 2009, los numerales 9° y 10° del artículo 9° del Decreto 5014 de 2009, el artículo 2.3.3.3.7.2 del Decreto 1075 de 2015 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 2.3.3.3.7.2 del Decreto 1075 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación”, señala que el calendario de aplicación del examen de Estado de Calidad de la Educación Media será determinado por el Icfes. En desarrollo de lo anterior, se expidió la Resolución 888 de 2019 en la que dispuso el cronograma de los exámenes de Estado en la vigencia 2020. 

 

Que, con base en la declaratoria de pandemia por parte de la OMS, el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 30 de mayo de 2020 e indicó que la misma podría finalizar antes de la fecha señalada o, si persisten las causas que le dieron origen, podría ser prorrogada, hechos que obligaron al Icfes a reprogramar o suspender algunos de los exámenes de Estado programados para el año 2020. El Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 844 de 2020, se prorrogó la emergencia sanitaria y, nuevamente, en la Resolución 1462 del 25 de agosto de 2020 el mismo órgano la prorrogó hasta el 30 de noviembre de 2020. 

 

Que el examen de Estado Saber 11 calendario A fue suspendido por la Resolución 220 de 2020, y reprogramado por las Resoluciones 412, 420, 427 y 450 de 2020, quedando programada su presentación para los días 7 y 8 de noviembre de 2020.

 

Que la presentación de los exámenes de Estado de forma presencial es un escenario posible, siempre y cuando se cumplan las normas de bioseguridad y distanciamiento físico que aún persisten de acuerdo con los parámetros determinados por el Ministerio de Salud y las secretarías de salud departamentales. Por lo anterior, deben acatarse todas las directrices del Gobierno nacional y el protocolo de bioseguridad adoptado en la Resolución 1346 de 2020 del Ministerio de Salud para las pruebas de Estado.  

 

Que en aras de garantizar la presentación de la prueba Saber 11 con las condiciones de bioseguridad necesarias y en procura de aumentar el distanciamiento social en algunos municipios que pueden tener algunos rasgos de rebrotes de la enfermedad, es pertinente programar dos sesiones adicionales de aplicación del examen, de manera que se conserve la fecha inicial que se estableció a través de la Resolución 412 de 2020 y adicionando los días 14 y 15 de noviembre, sin que esto habilite un nuevo escenario de inscripción ordinaria o extraordinaria y las restantes etapas que de ello dependen. En virtud de lo anterior, se modifican los sitios de aplicación y por ende es necesario la publicación de nuevas citaciones a los inscritos. 

 

Que, con el objeto de dar aplicación al principio de publicidad de las actuaciones administrativas, los numerales de la Resolución 888 de 2019 que se modifican por este acto administrativo, incluirán las etapas que ya hubieren finalizado. 


Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

 

Artículo 1º. Modificación del numeral 2 del artículo 1 de la Resolución 888 de 2019. Modifíquese el numeral 2 del artículo 1º de la Resolución 888 de 2019, modificado por las Resoluciones 412, 420, 427 y 450 de 2020, el cual quedará así:

 

2. EXAMEN SABER 11, Y VALIDACIÓN. CALENDARIO A

 

Descripción de la Etapa

Fecha de Inicio

Fecha Final

Registro Ordinario 

Viernes, 11 de septiembre de 2020 

 Jueves, 8 de octubre de 2020

Recaudo Ordinario 

Viernes, 11 de septiembre de 2020 

 Jueves, 8 de octubre de 2020 

Correcciones SIMAT

Lunes, 14 de septiembre de 2020

 Martes, 13 de octubre de 2020

Reclamaciones sobre corrección de datos, aclaración sobre reporte de discapacidad, cambio de jornada de estudiantes, cambio de inscripción de graduado a estudiante, imposibilidad de realizar el registro, cambio del municipio de presentación de la prueba, entre otras. 

  

 Viernes, 9 de octubre de 2020 

 

Martes, 13 de octubre de 2020

Solicitud de devolución de la diferencia cuando se hubiere pagado un mayor valor al que le correspondía. 

  Viernes, 9 de octubre de 2020   

Viernes, 30 de octubre de 2020

Publicación de citaciones

Viernes 23 de octubre de 2020

Viernes, 30 de octubre de 2020

Verificación datos de citación, Solicitud extraordinaria de cambio, aclaración o corrección del municipio de aplicación. Únicamente aplica cuando la citación muestre un municipio distinto al seleccionado por el usuario durante la etapa de registro.

 

 

 Martes, 3 de noviembre de 2020

 

Jueves, 5 de noviembre de 2020

 

Descripción de la Etapa

Fecha de Inicio

Fecha Final

Aplicación Saber 11A y Validación

Sábados 7 y 14 de noviembre de 2020

 Domingos 8 y 15 de noviembre de 2020

Solicitud de abono para otro examen por razones de fuerza mayor o caso fortuito

 domingo, 15 de noviembre de 2020

 Lunes 7 de diciembre de 2020

Publicación de resultados de estudiantes e individuales Saber 11 en página web

 

Miércoles 30 diciembre de 2020

Miércoles 30 diciembre de 2020

Publicación de resultados de validantes (incluye diplomas y actas de aprobación de

Validación General del Bachillerato)

  Viernes 8 de enero de 2021

Viernes 8 de enero de 2021

Publicación de resultados agregados por Institución y Secretarías de Educación

 sábado, 20 de febrero de 2021

sábado, 20 de febrero de 2021

Publicación clasificación de resultados de planteles según categoría de rendimiento

 

sábado, 27 de febrero de 2021

Sábado, 27 de febrero de 2021

Plazo para interponer reclamos contra

resultados individuales

 Dentro de los dos (02) meses siguientes a la fecha de publicación de los resultados individuales, inclusive.

Plazo para interponer reclamaciones contra resultados agregados por Institución y Secretarías de Educación (Cuando aplique)

 Dentro de los dos (02) meses siguientes a la fecha de publicación       de los resultados agregados por Institución y Secretarías de Educación inclusive.

Plazo para interponer reclamos sobre resultados de clasificación de planteles según categoría de rendimiento (Cuando aplique)

 Dentro de los seis (06) meses siguientes a la fecha de publicación  de los resultados de clasificación de planteles según categoría de rendimiento, inclusive.

 

Artículo 2º. Las demás disposiciones contenidas en las Resoluciones 888 de 2019, 407, 420, 427 y 450 de 2020, que no se modifican expresamente por el presente acto administrativo continúan vigentes.

 

Artículo 3º. Esta Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de octubre del año 2020.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

MÓNICA OSPINA LONDOÑO

 

Directora general