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Acuerdo 002 de 2021 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Comisión Distrital de Transformación Digital

Fecha de Expedición:
21/06/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/06/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7168 del 22 de junio de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 002 DE 2021

 

(Junio 21)

 

Por el cual se establecen los lineamientos para la integración del componente geográfico dentro de los procesos institucionales de las entidades u organismos distritales para la implementación de la Política de Gestión de Información Geoespaciai para el Distrito Capital

 

LA COMISION DISTRITAL DE TRANSFORMACION DIGITAL - CDTD

 

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el artículo 4 del Acuerdo Distrital 130 de 2004, los artículos 5 y 6 del Decreto Distrital 025 de 2021, la Resolución 005 de 2021 de la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D. C., y los artículos 3 y 13 del Acuerdo 001 de 2021 de la Comisión Distrital de Transformación Digital, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que a través del Acuerdo Distrital 130 de 2004 se creó y estableció la Infraestructura Integrada de Datos Espaciales en el Distrito Capital, en adelante IDECA, producto del intercambio, análisis y producción de información georeferenciada, relativa al área urbana y rural del Distrito Capital, con el objeto de proveer al Distrito Capital de “(…) un instrumento que permita identificar de manera constante la condición, movilidad, dinámica, expansión, procesos, proyectos y necesidades de la ciudad de Bogotá D.C., en sus áreas urbana y rural, para disponer con ello de elementos georeferenciados suficientes que le permitan a las autoridades del Distrito atender a la ciudadanía y conseguir la más acertada toma de decisiones en beneficio de la ciudad y de sus habitantes. (…)”

 

Que el artículo 4 del Acuerdo Distrital 130 de 2004, señaló que la coordinación de IDECA sería responsabilidad del Departamento Administrativo de Catastro Distrital, hoy Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, de acuerdo con los lineamientos técnicos y la política determinada por la Comisión Distrital de Sistemas, hoy Comisión Distrital de Trasformación Digital, a través de su Grupo de Trabajo de Información Georeferenciada.

 

Que el artículo 50 del Acuerdo Distrital 761 de 2020[1], en los procesos de coordinación interinstitucional distrital para la debida ejecución del Plan dispuso lo siguientes en su parágrafo 4:

 

“En la estrategia Bogotá D.C. ciudad inteligente, IDECA es la herramienta unificada del manejo de la información geográfica y espacial del Distrito Capital. Para este fin, las bases de datos de las entidades distritales que contengan información útil, oportuna, pertinente y relevante, se integrarán a la infraestructura IDECA, conforme a la temática, parámetros de seguridad de la información útil, oportuna, los estándares de calidad, los principios y lineamientos establecidos por la Comisión de Infraestructura Integrada de Datos Espaciales”. [Negrilla y subrayado fuera del texto.]

 

Que el artículo 57 del Acuerdo Distrital 761 de 2020, a través del cual se transformó la Comisión Distrital de Sistema en la Comisión Distrital de Transformación Digital señaló que los Directores de Tecnología e Información de las entidades cabeza de los Sectores del Distrito Capital y un delegado de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá, son parte de la Comisión y estarán en coordinación con el IDECA y la Secretaría Distrital de Planeación, como coordinadora del Plan Estadístico Distrital.

 

Que según el artículo 13 del Decreto Distrital 653 de 2011[2], todas las entidades u organismos que conforman la Administración Distrital, son miembros de IDECA por derecho y las personas jurídicas de carácter público que no pertenezcan a la Administración Distrital, empresas privadas y las empresas de servicios públicos que se vinculen a IDECA, son miembros asociados.

 

Que conforme a lo establecido en el artículo 14 del Decreto Distrital 653 de 2011, los miembros de IDECA tienen, entre otros, los siguientes deberes:

 

“14.1   Cumplir el reglamento adoptado para IDECA

 

14.2 Implementar los estándares técnicos y metodológicos de conformidad con las políticas, lineamientos y estrategias establecidos para IDECA

(…)

 

14.7 Implementar al interior de sus Entidades las políticas de la IDECA”

 

Que mediante Decreto Distrital 025 de 2021 se reglamentó la Comisión Distrital de Transformación Digital, estableciendo en el artículo 5 sus funciones.

 

Que mediante la Resolución 002 de 2017 de la antes denominada Comisión Distrital de Sistemas, se adoptó la “Política de Gestión de Información Geoespacial para el Distrito Capital”, iniciativa de la IDECA, formulada con base en los objetivos de la infraestructura y las funciones relacionadas con la información geográfica del Distrito Capital, contenidos en el Decreto Distrital 653 de 2011, la cual prevé el siguiente lineamiento específico:

 

LE-31 Establecer modelos de gestión de información geoespacial dentro de la cadena de valor misional, de tal forma que integren los procesos, productos y servicios a los Sistemas de Gestión Integral Institucionales [para] que se aumente el conocimiento del valor del dato geoespacial, la inversión en la gestión de información geoespacial y así lograr potenciar el uso y aprovechamiento de los recursos geoespaciales a nivel distrital.”.

 

Que la denominación de la “Política de Gestión de Información Geoespacial para el Distrito Capital”, debe abarcar en la actualidad un ámbito de aplicación acorde con la evolución de las IDE´s y la noción de información geográfica, utilizando las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) para la transformación digital de las entidades y organismos del Distrito Capital.

 

Que el punto 6 de la Directiva Distrital 005 de 2020 sobre el Gobierno Abierto de Bogotá estableció:

 

 “Las entidades miembros de la IDECA integrarán el componente geográfico dentro de sus procesos institucionales, para ello, podrán solicitar asesoría, apoyo o acompañamiento técnico a la UAECD, con el objeto de dar cumplimiento a la implementación de los lineamientos de la Política de Gestión de la información Geoespacial para el Distrito Capital”.

 

Que el Acuerdo 001 del 1 de marzo de 2021 “Por el cual se adopta el Reglamento Interno de la Comisión Distrital de Trasformación Digital”, facultó a la Comisión para formular lineamientos e impartir instrucciones a las entidades públicas del Distrito Capital en materia de transformación digital, a través de un acuerdo suscrito por el/la presidente y el secretario/a técnico/a nombre de la Comisión.

 

Que teniendo en cuenta las funciones de la Comisión Distrital de Transformación Digital es indispensable realizar la transición de manera progresiva y gradual de la gestión de la información geográfica en las entidades y organismos del Distrito Capital, implementando lineamientos de acuerdo con la competencia de IDECA y que se encuentra instituida en el Decreto Distrital 653 de 2011 y en la Resolución 002 de 2017 de la CDS por la cual se adoptó la “Política de Gestión de Información Geoespacial para el Distrito Capital”; reconocida por la Directiva 005 de 2020.  

 

Que mediante Acta n.º 002 del 07 de mayo de 2021, la Comisión Distrital de Transformación Digital, en cumplimiento de sus funciones, aprobó los lineamientos para la integración del componente geográfico dentro de los procesos institucionales de las entidades u organismos del distrito, objeto del presente acto administrativo.

 

En mérito de lo expuesto, la Comisión Distrital de Transformación Digital,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1. Objeto. Establecer los lineamientos para la integración del componente geográfico dentro de los procesos institucionales de las entidades u organismos distritales, contemplando las acciones y actividades propias de la producción, integración y disposición de la información geográfica, en cumplimiento de los objetivos de la IDECA y la implementación de la “Política de Gestión de Información Geoespacial para el Distrito Capital”, con el fin de lograr potenciar el uso y aprovechamiento de los recursos geográficos en la ciudad de Bogotá.


Artículo 2. Lineamientos. Todas las entidades y organismos distritales deberán aplicar los siguientes lineamientos para la integración del componente geográfico en sus procesos institucionales, con base en la “Política de Gestión de Información Geoespacial para el Distrito Capital”:

 

1. Identificar e implementar las acciones necesarias que optimicen la gestión de la información geográfica al interior de la entidad, para lo cual podrán solicitar el apoyo, acompañamiento o asesoría técnica de la UAECD como coordinador de la IDECA.

 

2. Definir las modificaciones a los procesos institucionales para la adecuada gestión de la información geográfica, para lo cual podrán solicitar el apoyo, acompañamiento o asesoría técnica de la UAECD como coordinador de la IDECA y podrán apoyarse en las áreas competentes de su entidad en los temas asociados al aseguramiento de los procesos institucionales y eventualmente solicitar asesoría en estos asuntos a la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional y a la Oficina de Alta Consejería Distrital de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

3. Garantizar el talento humano idóneo, así como los recursos tecnológicos, técnicos y económicos necesarios para la implementación de la “Política de Gestión de Información Geoespacial para el Distrito Capital”.

 

4. Aplicar los lineamientos y estándares en materia de gestión de datos e información geográfica y demás recursos relacionados; definidos en la “Política de Gobierno Digital” y en la “Política de Gestión de Información Geoespacial para el Distrito Capital”.

 

Parágrafo. En todo caso y en lo que corresponda, la ruta de definición e implementación de cambios institucionales y normativos conducentes a la optimización y mejora continua del proceso de gestión de información geográfica debe mediarse por el impulso y disposición de espacios y mecanismos de coordinación y diálogo con la Comisión Distrital de Transformación Digital, atendiendo a los principios de colaboración armónica y eficiencia de los procesos. 

 

Artículo 3. Cumplimiento. La efectividad en el ejercicio y cumplimiento del presente acuerdo hará parte de la implementación de las estrategias de transformación digital de las entidades y organismos distritales, contribuyendo al fortalecimiento y a la promoción de la coordinación interinstitucional, así como a la participación ciudadana con valores; lo cual será medible a través del seguimiento y evaluación del desempeño institucional en la gestión de la calidad y aprovechamiento de la información para la toma de decisiones con resultados objetivos que satisfagan a los usuarios.

 

Artículo 4. Definiciones. Sin perjuicio de las definiciones previstas en las normas vigentes, para efectos del presente Acuerdo, se entenderá por:

 

Gestión de Información Geográfica: Manera como se integran los procesos de planeación, producción, actualización, administración, custodia, disposición, acceso, uso, intercambio y evaluación asociados con la información geográfica. En concordancia con la Política de Gestión de Información Geoespacial para el Distrito Capital adoptada por la Resolución 002 de 2017 de la CDS.

 

Información Geográfica:  Conjunto de datos que posee un componente geométrico o espacial, que describe la localización de los objetos en el espacio y las relaciones espaciales entre ellos. También se entiende como información geográfica al producto de la georreferenciación de bases de datos temáticas que posean atributos geográficos, como las imágenes de sensores remotos satelitales y aerotransportados, la cartografía marítima y aeronáutica, entre otros. Conforme a lo previsto en el Documento Conpes 3585 de 2009.

 

Recurso Geográfico: Todo dato, información, bases de datos, objetos, capas, niveles organizados de manera única u original con componentes geográficos o que pueden expresarse geográficamente; así como servicios, aplicaciones, herramientas, funcionalidades, programas de computador o software, sistemas de información, documentos, materiales o resultados del apoyo a la gestión de los datos geográficos y que tienen vocación de ser compartidos de la manera más eficaz posible en el ámbito o marco de las Infraestructuras de Datos Espaciales (IDE). Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Política de Gestión de Información Geoespacial para el Distrito Capital adoptada por la Resolución 002 de 2017 de la CDS.

 

Política de Gobierno Digital:  Política pública liderada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - MinTIC, que tiene como objetivo “Promover el uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y las comunicaciones para consolidar un Estado y ciudadanos competitivos, proactivos, e innovadores, que generen valor público en un entorno de confianza digital”.  De acuerdo con lo definido en el Manual de Gobierno Digital del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTic).

 

Transformación Digital: Proceso de reinvención o modificación en la estrategia o modelo del negocio, que responde a necesidades de supervivencia de las organizaciones y se apoya en el uso de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Según lo establecido en el Manual de Gobierno Digital del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTic).

 

Artículo 5. Modificado por el art. 1, Acuerdo 001 de 2023. <El nuevo texto es el siguiente> Integración.  Las entidades y organismos distritales, quienes a la fecha de la entrada en vigencia del presente acuerdo aún no hayan integrado el componente geográfico dentro de sus procesos institucionales, tendrán plazo hasta el 21 de diciembre de 2024, para articular sus procesos, subprocesos y procedimientos a las disposiciones contempladas en el presente acto administrativo. Para tal efecto, se implementarán y aplicarán herramientas e instrumentos de acuerdo con los lineamientos de la IDECA, para lo cual las entidades que lo requieran podrán solicitar asesoría, apoyo o acompañamiento técnico que brinde la UAECD como coordinadora de la IDECA de Bogotá.


El texto original era el siguiente:

Artículo 5. Las entidades y organismos distritales, quienes a la fecha de la entrada en vigencia del presente acuerdo aún no hayan integrado el componente geográfico dentro de sus procesos institucionales, tendrán plazo de dos (2) años, contados a partir de la publicación de este acto, para articular sus procesos, subprocesos y procedimientos a las disposiciones contempladas en el presente acuerdo. Para tal efecto, se implementarán y aplicarán herramientas e instrumentos de acuerdo con los lineamientos de la IDECA, para lo cual las entidades que lo requieran podrán solicitar asesoría, apoyo o acompañamiento técnico que brinde la UAECD como coordinadora de la IDECA de Bogotá.

 

Artículo 6. Control, seguimiento y evaluación. Para los efectos del presente acuerdo, la Comisión Distrital de Transformación Digital (CDTD) hará el seguimiento al nivel de avance en la implementación de las estrategias de transformación digital de la información geográfica del Distrito, según el avance reportado por las entidades u organismos distritales, a través del área o dependencia de Tecnología e Información.

 

Artículo 7. Comunicación. Comunicar el presente acuerdo a todas las entidades y organismos distritales, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Artículo 8. Vigencia. El presente acuerdo de la Comisión Distrital de Transformación Digital rige a partir del día siguiente a su publicación en el Registro Distrital.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de junio del año 2021.

 

FELIPE EDGARDO JIMÉNEZ ÁNGEL

 

Presidente

 

FELIPE GUZMAN RAMIREZ

 

Secretario Técnico

 

NOTAS DE PIE DE PÁGINA:


[1] “Por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI””

[2] “Por medio del cual se reglamenta la Infraestructura Integrada de Datos Espaciales para el Distrito Capital -IDECA, y se dictan otras disposiciones”