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Acuerdo 001 de 2023 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Comisión Distrital de Transformación Digital

Fecha de Expedición:
06/06/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/06/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7735 del 8 de junio de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 001 DE 2023

 

(Junio 06)

 

Por el cual se modifica el Acuerdo 002 de 2021 que establece los lineamientos para la integración del componente geográfico dentro de los procesos institucionales de las entidades u organismos distritales para la implementación de la Política de Gestión de Información Geoespacial para el Distrito Capital

 

LA COMISIÓN DISTRITAL DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL – CDTD

 

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el artículo 57 del Acuerdo Distrital 761 de 2020, los artículos 2 y 3 y el artículo 5 en los numerales 1, 2, 3 y 4 del Decreto Distrital 025 de 2021 y el artículo 3, numeral 1, y artículo 13 del Acuerdo 001 de 2021 de la Comisión Distrital de Transformación Digital, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el parágrafo 3 del artículo 18 del Acuerdo Distrital 20 de 1989, facultó al Alcalde Mayor de Bogotá para crear y reglamentar la Comisión Distrital de Sistemas. Para dar cumplimiento al Acuerdo Distrital 20 de 1989, el Alcalde Mayor de Bogotá expidió el Decreto Distrital 443 de 1990, por medio del cual creó la Comisión Distrital de Sistemas, en adelante CDS.

 

Que el artículo 5 del Acuerdo Distrital 057 de 2002 “Por el cual se dictan disposiciones generales para la implementación del Sistema Distrital de Información - SDI, se organiza la Comisión Distrital de Sistemas, y se dictan otras disposiciones”, designó a la CDS como el “organismo rector de las políticas y estrategias que a nivel de tecnología informática y de comunicaciones se adopten en todas las entidades del Distrito Capital, será además el asesor técnico de la Administración Distrital en dichas materias”.

 

Que el Acuerdo Distrital 130 de 2004 “Por medio del cual se establece la infraestructura integrada de datos espaciales para el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”, creó y estableció la Infraestructura integrada de Datos Espaciales -IDECA- en el Distrito Capital para: “(…) disponer (…) de elementos georeferenciados suficientes que (…) permitan a las autoridades del Distrito atender a la ciudadanía y conseguir la más acertada toma de decisiones en beneficio de la ciudad y de sus habitantes”, determinando como responsable de su coordinación al Departamento Administrativo de Catastro Distrital, hoy la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Gerencia de la IDECA, de acuerdo con los lineamientos técnicos y la política determinada por la CDS, hoy Comisión Distrital de Transformación Digital, a través de su Grupo de Trabajo de Información Georeferenciada.

 

Que mediante la Resolución 002 de 2017 de la CDS, se adoptó la “Política de Gestión de Información Geoespacial para el Distrito Capital”, iniciativa de la IDECA, formulada con base en los objetivos de la infraestructura y las funciones relacionadas con la información geográfica del Distrito Capital.

 

Que la denominación de la “Política de Gestión de Información Geoespacial para el Distrito Capital”, debe abarcar en la actualidad un ámbito de aplicación acorde con la evolución de las Infraestructuras de Datos Espaciales (IDE´s) y la noción de información geográfica, utilizando las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) para la transformación digital de las entidades y organismos del Distrito Capital.

 

Que el inciso primero del artículo 57 del Acuerdo Distrital 761 de 2020, “Por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”, transformó la CDS en la Comisión Distrital de Transformación Digital como: “instancia de coordinación y articulación de las iniciativas de transformación digital en la ciudad. Harán parte de la Comisión los Directores de Tecnología e Información de las entidades cabeza de cada uno de los Sectores del Distrito Capital y un delegado de la ETB, y estarán en coordinación con la IDECA y la Secretaria Distrital de Planeación, como coordinadora del Plan Estadístico Distrital”.

 

Que el parágrafo 4 del artículo 50 ibidem, dentro de los procesos de coordinación interinstitucional distrital para la debida ejecución del Plan advierte que: “En la estrategia Bogotá D.C. ciudad inteligente, IDECA es la herramienta unificada del manejo de la información geográfica y espacial del Distrito Capital. Para este fin, las bases de datos de las entidades distritales que contengan información útil, oportuna, pertinente y relevante, se integrarán a la infraestructura IDECA, conforme a la temática, parámetros de seguridad de la información útil, oportuna, los estándares de calidad, los principios y lineamientos establecidos por la Comisión de Infraestructura Integrada de Datos Espaciales”.

 

Que la Directiva Distrital 005 de 2020 sobre el Gobierno Abierto de Bogotá estableció: “Las entidades miembros de la IDECA integrarán el componente geográfico dentro de sus procesos institucionales, para ello, podrán solicitar asesoría, apoyo o acompañamiento técnico a la UAECD, con el objeto de dar cumplimiento a la implementación de los lineamientos de la Política de Gestión de la información Geoespacial para el Distrito Capital”.

 

Que mediante Decreto Distrital 025 de 2021 se reglamentó la Comisión Distrital de Transformación Digital y se establecieron sus funciones.

 

Que el artículo 13 del Acuerdo 001 del 1 de marzo de 2021 Por el cual se adopta el Reglamento Interno de la Comisión Distrital de Transformación Digital, facultó a la Comisión para formular lineamientos e impartir instrucciones a las entidades públicas del Distrito Capital en materia de transformación digital, a través de un acuerdo suscrito por el/la presidente y el secretario/a técnico/a nombre de la Comisión.

 

Que mediante Acta n.º 002 del 07 de mayo de 2021, la Comisión Distrital de Transformación Digital, en cumplimiento de sus funciones, aprobó los lineamientos para la integración del componente geográfico dentro de los procesos institucionales de las entidades u organismos del distrito, objeto del presente acto administrativo.

 

Que el Decreto Distrital 608 de 2022 “Por medio del cual se actualiza la reglamentación de Infraestructura de Datos Espaciales para el Distrito Capital (IDECA), se deroga el Decreto 653 de 2011 y se dictan otras disposiciones”, dispone que todas las entidades u organismos que conforman la Administración Distrital, son miembros de IDECA por Derecho y que las personas jurídicas de carácter público que no pertenezcan a la Administración Distrital, empresas privadas y las empresas de servicios públicos que se vinculen a IDECA, son miembros Asociados, los cuales, atendiendo lo establecido en el artículo 10 ibidem, tienen, entre otros, el deber de: “10.1 Cumplir el reglamento adoptado para IDECA”; “10.2 Implementar los estándares técnicos y metodológicos de conformidad con los objetivos, políticas, lineamientos y estrategias establecidos para IDECA acorde a las necesidades de la entidad”; “10.9 Implementar al interior de sus Entidades las políticas de IDECA” y dar cumplimiento, especialmente a los lineamientos de la Política de Gestión de Información Geoespacial para el Distrito Capital.

 

Que teniendo en cuenta las funciones de la Comisión Distrital de Transformación Digital es indispensable realizar la transición de manera progresiva y gradual de la gestión de la información geográfica en las entidades y organismos del Distrito Capital, implementando lineamientos de acuerdo con la competencia de IDECA y que se encuentra instituida en el Decreto Distrital 608 de 2022 y en la Resolución 002 de 2017 de la CDS por la cual se adoptó la “Política de Gestión de Información Geoespacial para el Distrito Capital”; reconocida por la Directiva 005 de 2020.

 

Que de acuerdo con el “informe de avance en la implementación del acuerdo 002 de 2021 de la comisión distrital de transformación digital (CDTD)” realizado en diciembre de 2022 se pudo identificar que del total de las entidades u organismos distritales encargados de articular sus procesos, subprocesos y procedimientos a las disposiciones contempladas en el Acuerdo 002 de 2021 únicamente el 12% han implementado en alguna medida las recomendaciones del Acuerdo, justificado ello en que existe un 42% de las entidades que manifiestan no contar con los recursos técnicos y de talento humano, un 54% manifiestan no contar con los recursos económicos y un 58% de las entidades manifiesta que requiere acompañamiento para realizar los ajustes necesarios para dar cumplimiento a lo plasmado en el Acuerdo 002 de 2021.

 

Que por lo anterior se hace necesario ampliar el plazo de implementación de estas disposiciones establecido en el artículo 5 del Acuerdo 002 de 2021 y ejecutar estrategias que permitan impulsar a las entidades y organismos distritales que aún no han integrado el componente geográfico en sus procesos institucionales.

 

Que en sesión ordinaria adelantada el 07 de marzo de 2023, la Comisión Distrital de Transformación Digital, en cumplimiento de sus funciones, aprobó la modificación al artículo 5 del Acuerdo 002 de 2021 en el sentido de ampliar hasta por 18 meses más del plazo originalmente dado, el plazo que tienen las entidades para implementar los lineamientos de integración del componente geográfico dentro de los procesos institucionales de las entidades u organismos del distrito, objeto del presente acto administrativo.

 

En mérito de lo expuesto, la Comisión Distrital de Transformación Digital,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1. Modificar el artículo 5 del Acuerdo 002 de 2021 en cuanto al plazo otorgado a las entidades y organismos distritales para integrar el componente geográfico dentro de sus procesos institucionales con el fin de articular sus procesos, subprocesos y procedimientos a las disposiciones contempladas en el mencionado Acuerdo, el cual quedará así:

 

“Las entidades y organismos distritales, quienes a la fecha de la entrada en vigencia del presente acuerdo aún no hayan integrado el componente geográfico dentro de sus procesos institucionales, tendrán plazo hasta el 21 de diciembre de 2024, para articular sus procesos, subprocesos y procedimientos a las disposiciones contempladas en el presente acto administrativo. Para tal efecto, se implementarán y aplicarán herramientas e instrumentos de acuerdo con los lineamientos de la IDECA, para lo cual las entidades que lo requieran podrán solicitar asesoría, apoyo o acompañamiento técnico que brinde la UAECD como coordinadora de la IDECA de Bogotá”.

 

Artículo 2. Comunicación. Comunicar el presente acuerdo a las entidades y organismos distritales a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

Artículo 3. Vigencia. El presente Acuerdo de la Comisión Distrital de Transformación Digital regirá a partir del día siguiente a su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado el Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de junio del año 2023.

 

MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE

 

Presidente

 

IVÁN MAURICIO DURÁN PABÓN

 

Secretario Técnico