RESOLUCIÓN 299 DE 2020
(Julio 10)
Por la cual se fija el
cronograma de unos exámenes de Estado y se modifica la Resolución número 888 de
2019, modificada por las Resoluciones números 196, 210, 233, 258 y 291 de 2020,
y se dictan otras disposiciones
La Directora General
del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes),
En ejercicio de sus
atribuciones legales y en especial las conferidas en la Ley 1324 de 2009, los
numerales 9 y 10 del artículo 9° del Decreto número 5014 de 2009, y
Ver Resolución
398 de 2020. Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación – ICFES.
CONSIDERANDO:
Que
el artículo 2.5.3.4.1.3. del Decreto número 1075 de 2015, por medio del cual
se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación, señala que
el calendario de aplicación del examen de Estado de Calidad de la Educación
Superior será determinado por el Icfes.
Que,
dando cumplimiento a lo anterior, el Icfes expidió la Resolución número 888 del
18 de noviembre de 2019, por la cual se establece el calendario 2020 de los
exámenes que realiza el Icfes.
Que
como consecuencia de la propagación del virus COVID-19, el Gobierno nacional
declaró la emergencia sanitaria y el estado de excepción de emergencia
económica, social y ambiental, hechos de fuerza mayor que obligaron al Icfes a
reprogramar o suspender algunos de los exámenes de Estado programados para el
año 2020. El examen de Estado Saber 11 calendario B fue suspendido por la
Resolución número 196 de 2020; y el examen Saber Pro y TyT del segundo semestre
fue suspendido por la Resolución número 276 de 2020.
Que
por la pandemia fue necesario adecuar el cronograma de algunos de los exámenes
de Estado y tomar decisiones con respecto a la habilitación de diferentes
modalidades, razón por la cual la Resolución número 888 también se modificó por
las Resoluciones números 258 y 291 de 2020.
Que,
en consideración al incremento de casos del virus COVID-19 que se registran a
nivel mundial, es necesario emitir medidas encaminadas a mitigar el contagio y
garantizar la salud y vida de los examinandos, por tal razón, el examen Saber
Pro y TyT exterior, se realizará en la modalidad virtual.
Que
el Icfes considera necesario establecer el nuevo cronograma de los exámenes
mencionados. Lo anterior con el fin de que los actores involucrados tengan la
información que permita avanzar en las actividades requeridas para realizarlos,
siempre y cuando estén dadas las condiciones sanitarias para su ejecución y
bajo el cumplimiento del estricto protocolo de bioseguridad para la aplicación
de pruebas de Estado del Icfes.
Que,
por lo anterior, la presente resolución procederá a modificar y reanudar las
siguientes etapas de aplicación de los exámenes mencionados, así: (i) se
reanudará el cronograma del examen Saber 11 Calendario B a partir de la fecha
de citación y sus etapas subsiguientes; (ii) el examen Saber Pro y TyT de
segundo semestre, incluirá un cronograma nuevo desde su inicio, habilitándose
su modalidad virtual y las reglas correspondientes para esta aplicación; y
(iii) el examen Saber Pro y TyT exterior se modificará a partir de la etapa de
registro y recaudo extraordinario, aplicación de la prueba y etapas que
dependan de lo anterior, habilitándose de igual manera su modalidad virtual y
las reglas correspondientes para esta aplicación.
Que,
con el objeto de dar aplicación al principio de publicidad de las actuaciones
administrativas, los numerales 1, 4 y 5 del artículo 1° de la Resolución número
888 de 2019 que se modifican por este acto administrativo, incluirán las etapas
finalizadas. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Modificación de cronogramas. Modifíquense los numerales 1, 4 y 5 del
artículo 1° de la Resolución Icfes número 888 de 2019, modificada por las
Resoluciones números 196 de 2020, 220 de 2020, 258, 276 y 291 de 2020, en los
términos señalados en las consideraciones de la presente resolución, así:
“(…)
1. EXAMEN SABER 11, PRE SABER Y VALIDACIÓN. CALENDARIO B
Descripción de la
Etapa
|
Fecha de Inicio
|
Fecha final
|
Registro Ordinario
|
Lunes, 25 de noviembre de 2019
|
Jueves, 19 de diciembre de 2019
|
Recaudo Ordinario
|
Lunes, 25 de noviembre de 2019
|
Viernes, 20 de diciembre de 2019
|
Registro extraordinario
|
Lunes, 23 de diciembre de 2019
|
Jueves, 9 de enero de 2020
|
Recaudo extraordinario
|
Lunes, 23 de diciembre de 2019
|
Viernes, 10 de enero de 2020
|
Reclamaciones sobre corrección de
datos, aclaración sobre reporte de discapacidad, cambio de jornada de
estudiantes, cambio de inscripción de graduado a estudiante, imposibilidad de
realizar el registro, cambio del municipio de presentación de la prueba,
entre otras.
|
Lunes, 25 de noviembre de 2019
|
Viernes, 17 de enero de 2020
|
Solicitud de devolución de la
diferencia cuando se hubiere pagado un mayor valor al que le correspondía.
|
Lunes, 25 de noviembre de 2019
|
Viernes, 31 de enero de 2020
|
Publicación de citaciones
|
Viernes, 28 de agosto de 2020
|
Viernes, 28 de agosto de 2020
|
Verificación datos de citación,
Solicitud extraordinaria de cambio, aclaración o corrección del municipio de
aplicación. Únicamente aplica cuando la citación muestre un municipio
distinto al seleccionado por el usuario durante la etapa de registro.
|
Sábado, 29 de agosto de 2020
|
Miércoles, 2 de septiembre de 2020
|
Aplicación Saber 11B y Validación
|
Domingo, 13 de septiembre de 2020
|
Domingo, 13 de septiembre de 2020
|
Aplicación PreSaber Electrónica en
casa
|
Lunes, 14 de septiembre de 2020
|
Miércoles, 16 de septiembre de 2020
|
Solicitud de abono para otro examen
por razones de fuerza mayor o caso fortuito
|
Domingo, 13 de septiembre de 2020
|
Viernes, 2 de octubre de 2020
|
Generación de resultados de
aprobación validantes
|
Miércoles, 28 de octubre de 2020
|
Miércoles, 28 de octubre de 2020
|
Publicación de resultados de
estudiantes e individuales Saber 11 en página web
|
Sábado, 14 de noviembre de 2020
|
Sábado, 14 de noviembre de 2020
|
Publicación de resultados de
validantes y Pre Saber (incluye diplomas y actas de aprobación de Validación
General del Bachillerato)
|
Sábado, 21 de noviembre de 2020
|
Sábado, 21 de noviembre de 2020
|
Publicación de resultados agregados
por Institución y Secretarías de Educación
|
Sábado, 16 de enero de 2021
|
Sábado, 16 de enero de 2021
|
Publicación clasificación de
resultados de planteles según categoría de rendimiento
|
Sábado, 23 de enero de 2021
|
Sábado, 23 de enero de 2021
|
Plazo para interponer reclamos contra
resultados individuales
|
Dentro de los dos (2) meses
siguientes a la fecha de publicación de los resultados individuales,
inclusive.
|
Plazo para interponer reclamaciones
contra resultados agregados por Institución y
Secretarías de Educación (Cuando
aplique)
|
Dentro de los dos (2) meses
siguientes a la fecha de publicación de los resultados agregados por
Institución y Secretarías de Educación inclusive.
|
Plazo para interponer reclamos sobre
resultados de clasificación de planteles según categoría de rendimiento
(Cuando aplique)
|
Dentro de los seis (6) meses
siguientes a la fecha de publicación de los resultados de clasificación de
planteles según categoría de rendimiento, inclusive.
|
3. (Sic) EXAMEN
SABER PRO Y EXAMEN SABER TyT. SEGUNDO SEMESTRE DE 2020
Descripción de la
etapa
|
Fecha de Inicio
|
Fecha final
|
Pre inscripción de programas por
parte de las IES
|
Viernes, 17 de julio de 2020
|
Miércoles, 5 de agosto de 2020
|
Pre inscripción de estudiantes por
parte de las IES
|
Viernes, 17 de julio de 2020
|
Miércoles, 5 de agosto de 2020
|
Registro ordinario (incluye SENA)
|
Jueves, 6 de agosto de 2020
|
Jueves, 27 de agosto de 2020
|
Recaudo ordinario
|
Jueves, 6 de agosto de 2020
|
Viernes, 28 de agosto de 2020
|
Registro extraordinario
|
Martes, 1° de septiembre de 2020
|
Jueves, 10 de septiembre de 2020
|
Recaudo extraordinario
|
Martes, 1° de septiembre de 2020
|
Viernes, 11 de septiembre de 2020
|
Reclamaciones sobre corrección de
datos, aclaración sobre reporte de discapacidad, cambio de jornada de
estudiantes, cambio de inscripción de graduado a estudiante, imposibilidad de
realizar el registro, cambio del municipio de presentación de la prueba,
entre otras
|
Sábado, 8 de agosto de 2020
|
Viernes, 18 de septiembre de 2020
|
Solicitud de devolución de la
diferencia cuando se hubiere pagado un mayor valor al que le correspondía
|
Jueves, 6 de agosto de 2020
|
Viernes, 2 de octubre de 2020
|
Publicación de citaciones
|
Viernes, 23 de octubre de 2020
|
Viernes, 23 de octubre de 2020
|
Verificación datos de citación,
Solicitud extraordinaria de cambio, aclaración o corrección del municipio de
aplicación. Únicamente aplica cuando la citación muestre un municipio
distinto al seleccionado por el usuario durante la etapa de registro.
|
Viernes, 23 de octubre de 2020
|
Miércoles, 28 de octubre de 2020
|
Aplicación
|
Sábado, 14 de noviembre de 2020
|
Domingo, 15 de noviembre de 2020
|
Publicación de certificados de
presentación del examen
|
Miércoles, 18 de noviembre de 2020
|
Viernes, 27 de noviembre de 2020
|
Solicitud abono para otro examen por
razones de fuerza mayor o caso fortuito
|
Domingo, 15 de noviembre de 2020
|
Lunes, 7 de diciembre de 2020
|
Publicación de resultados
individuales en página web
|
Sábado, 23 de enero de 2021
|
Sábado, 23 de enero de 2021
|
Publicación de resultados
institucionales Saber TyT
|
Sábado, 12 de junio de 2021
|
Sábado, 12 de junio de 2021
|
Plazo para interponer reclamos contra
resultados individuales
|
Dentro de los dos (02) meses
siguientes a la fecha de publicación de los resultados individuales,
inclusive
|
Plazo para interponer reclamos contra
resultados institucionales
|
Dentro de los dos (02) meses
siguientes a la fecha de publicación de los resultados institucionales
inclusive
|
5. EXAMEN
SABER PRO Y EXAMEN SABER TyT EN EL EXTERIOR
Descripción de la
etapa
|
Fecha de Inicio
|
Fecha final
|
Pre registro
|
Jueves, 7 de mayo de 2020
|
Miércoles, 27 de mayo de 2020
|
Publicación de la oferta definitiva
de ciudades
|
Martes, 2 de junio de 2020
|
Lunes, 8 de junio de 2020
|
Registro ordinario
|
Miércoles 10 de junio de 2020
|
Martes 23 de junio de 2020
|
Recaudo ordinario
|
Miércoles 10 de junio de 2020
|
Miércoles 24 de junio de 2020
|
Registro extraordinario
|
Lunes 28 de junio de 2020
|
Lunes 27 de julio de 2020
|
Recaudo extraordinario
|
Lunes 29 de junio de 2020
|
Martes 28 de julio de 2020
|
Reclamaciones con relación al proceso
de inscripción
|
Miércoles 10 de junio de 2020
|
Miércoles 5 de agosto de 2020
|
Solicitud de devolución de la
diferencia cuando se hubiere pagado un mayor valor al que le correspondía
|
Miércoles 10 de julio de 2020
|
Miércoles 19 de agosto de 2020
|
Publicación de primera versión de
citaciones
|
Sábado 15 de agosto de 2020
|
Sábado 15 de agosto de 2020
|
Recepción de reclamaciones sobre
citaciones
|
Lunes 17 de agosto de 2020
|
Viernes 21 de agosto de 2020
|
Publicación de versión definitiva de
citaciones
|
Sábado 17 de octubre de 2020
|
Sábado 17 de octubre de 2020
|
Aplicación del examen
|
Sábado 14 de noviembre de 2020
|
Martes 17 de noviembre de 2020
|
Solicitud abono para otro examen por
razones de fuerza mayor o caso fortuito
|
Miércoles 18 de noviembre de 2020
|
Domingo 6 de diciembre de 2020
|
Publicación de certificados de
presentación del examen
|
Viernes 20 de noviembre de 2020
|
Miércoles 24 de noviembre de 2020
|
Publicación de resultados
individuales en página web
|
30 de enero de 2021
|
30 de enero de 2021
|
Plazo para interponer reclamos contra
resultados individuales
|
Dentro de los dos (02) meses
siguientes a la fecha de publicación de los resultados individuales,
inclusive
|
|
Ver Resolución 407 de 2020. Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación.
Artículo 2°. Habilitación de modalidad virtual examen Saber Pro y TyT y Pre Saber. Habilítese la
aplicación del examen Saber Pro y TyT y Presaber en modalidad virtual.
Por
regla general, el examen se podrá presentar en la residencia del examinando o
en el lugar privado que este indique. De manera excepcional, el examen se
presentará en un sitio de aplicación señalado por el Icfes.
Los
examinandos inscritos al examen declararán al Icfes si cuentan con las
herramientas que cumplan con las condiciones tecnológicas y estándares técnicos
requeridos para presentar el examen en su residencia o en el lugar privado que
indiquen. La comunicación se realizará durante la etapa señalada en el
cronograma y a través del medio que señale la entidad.
Los
examinandos presentarán el examen en fecha y sitio de aplicación señalado por
el Icfes en alguno de los siguientes eventos: (i) si no manifiestan al Icfes,
durante la etapa correspondiente, que tienen las herramientas tecnológicas
necesarias para presentar el examen; (ii) si de la manifestación se concluye
que no tienen las herramientas con las condiciones tecnológicas y estándares
técnicos requeridos; y, (iii) por alguna otra razón excepcional que llegare a
definir el Icfes, de manera previa y con base en el procedimiento definido.
El
examen solo se podrá presentar en la residencia del examinando o en otro lugar
privado. No será posible presentarlo en salas de cómputo comercial o similares.
Artículo
3°. El
examen Saber 11 y validantes, se realizará en la modalidad escrita en los
sitios de aplicación que señale el Icfes.
Artículo
4°.
Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C.,
a los 10 días del mes de julio del año 2020.
La Directora General,
Mónica Ospina Londoño.
(C. F.).