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Resolución 044 de 2021 Secretaría Distrital de Gobierno

Fecha de Expedición:
15/06/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/06/2021
Medio de Publicación:
REGISTRO DISTRITAL 7163 junio 17 de 2021
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 044 DE 2021

 

(Junio 15)

 

Por la cual se adoptan medidas relacionadas con los registros previos para la puesta en marcha y funcionamiento otorgados a parques de diversiones, atracciones o dispositivos de entretenimiento en el Distrito Capital, con ocasión de la ampliación de la Emergencia Sanitaria hasta el 31 de agosto de 2021

 

EL DIRECTOR PARA LA GESTIÓN POLICIVA DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO

 

En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas en el artículo 03 de la Ley 1225 de 2008, las consagradas en el literal j) del artículo 14 del Decreto Distrital 411 de 2016, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que con la Ley 1225 del 16 de julio de 2008 se regula el funcionamiento y operación de los parques de diversiones, atracciones o dispositivos de entretenimiento, atracciones mecánicas y ciudades de hierro, parques acuáticos, temáticos, ecológicos, centros interactivos, zoológicos y acuarios en todo el territorio nacional, consagrando en el artículo 3, que, para instalación y puesta en funcionamiento de los Parques de Diversiones y Atracciones o Dispositivos de Entretenimiento, existentes y nuevos, en cualquiera de las categorías señaladas en el artículo 2 de dicha Ley, se requiere registro previo ante la respectiva autoridad distrital o municipal, acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos:

 

1. Certificado de existencia y representación legal, por parte de las personas jurídicas que pretendan instalar Atracciones o Dispositivos de Entretenimiento en un Parque de Diversiones, ponerlos en funcionamiento, usarlos y explotarlos o registro mercantil o cédula de ciudadanía o RUT, por parte de las personas naturales.

 

2. Contrato o autorización del propietario, poseedor o tenedor de los lugares donde operarán las Atracciones o Dispositivos de Entretenimiento. Cuando estos operen en inmuebles de propiedad del Estado se deberá acreditar el contrato celebrado con la respectiva entidad pública.

 

3. Póliza de responsabilidad civil extracontractual que cubra la responsabilidad civil derivada de lesiones a los visitantes y usuarios de los Parques de Diversiones y Atracciones o Dispositivos de Entretenimiento, cuyo valor será determinado por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, previa evaluación de los riesgos involucrados que incluya una certificación de inspección técnica de las instalaciones, la cual deberá amparar como mínimo, los siguientes: lesiones y/o muerte de personas, rotura de maquinaria e incendio.

 

4. Hoja técnica de cada atracción o dispositivo de entretenimiento expedida por el fabricante o instalador, la cual deberá contener, como mínimo, la siguiente información: capacidad, condiciones y restricciones de uso, panorama de riesgos, plan de mantenimiento, número de operarios requerido y descripción técnica del equipo.

 

5. Plan de señalización con las condiciones y restricciones de uso recomendadas por el fabricante o instalador, en lugares visibles en cada una de las Atracciones o Dispositivos de Entretenimiento existentes en el Parque de Diversiones.

 

6. Plan de emergencias del sitio donde opera el Parque de Diversiones.

 

7. Certificación de existencia de un contrato de servicios médicos para la atención de emergencias celebrado con una entidad legalmente constituida. 8. Certificación de la realización de pruebas previas a la puesta en marcha, de conformidad con las recomendaciones del fabricante o instalador”.

 

Que por su parte, en desarrollo de la facultad reglamentaria prevista en el artículo 8 de la Ley 1225 de 2008, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo con Resolución No. 0958 del 20 de abril de 2010, consagró en el artículo 5 que las certificaciones sobre idoneidad de los sistemas de protección contra incendios y condiciones de seguridad humana expedidas por los Cuerpos de Bomberos, así como el concepto favorable que debe emitirá la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias- ahora IDIGER en Bogotá, tendrán una vigencia de un (1) año contado a partir de la fecha de su expedición sin que necesariamente deba coincidir con la fecha del Registro del parque de diversiones o dispositivo de entretenimiento; siendo así, el operador debe antes del vencimiento de estos documentos tramitar su renovación para ser remitida a la autoridad para que se adicionada al Registro, so pena que, si el operador no llegara a solicitar oportunamente la renovación del certificado o del concepto favorable, quien esté encargada del Registro debe proceder a cancelarlo.

 

Que el registro tiene una vigencia de un (1) año y debe renovarse antes de su vencimiento, conforme lo prevé el parágrafo 2 del artículo 3 de la Ley 1225 de 2008, para lo cual los operadores de Parques de Diversiones y Atracciones o Dispositivos de Entretenimiento en Bogotá, presentan la documentación antes relacionada para la expedición del registro ante la Secretaría Distrital de Gobierno por intermedio de la Dirección para la Gestión Policiva, dependencia que por lo preceptuado en el literal j) del artículo 14 del Decreto Distrital 411 de 2016 es el área que lo expide.

 

Que ante la declaratoria del Ministerio de Salud y Protección Social del estado de emergencia sanitaria por causa del nuevo coronavirus COVID-19 en todo el territorio nacional hasta el 30 de mayo de 2020, contenida en la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, se adoptaron una serie de medidas con el objeto de prevenir y controlar la propagación del mismo y mitigar sus efectos, entre ellas la orden de aislamiento preventivo obligatorio, con algunas excepciones, de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 25 de marzo de 2020 y por lo previsto en el Decreto Nacional 689 del 22 de mayo de 2020 hasta las 12 de la noche del 31 de mayo de 2020.

 

Que igualmente el Gobierno Nacional con el Decreto 491 del 28 de marzo de 2020, adoptó medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas, entre ellas, la ampliación de la vigencia de permisos, autorizaciones, certificados y licencias, estipulando en su artículo 8 que cuando cualquiera de ellos venza durante el término de vigencia de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social y cuyo trámite de renovación no pueda ser realizado con ocasión de las medidas adoptadas para conjurarlas, “se entenderá prorrogado automáticamente el permiso, autorización, certificado y licencia hasta un mes (1) más contado a partir de la superación de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social” y así el titular debe realizar el trámite ordinario para su renovación superada dicha Emergencia Sanitaria

 

Que por lo anterior, esta Dirección para la Gestión Policiva expidió la Resolución No. 64 del 3 de abril de 2020, con la cual dispuso: a).- La prórroga automática de hasta un mes (1) más contado a partir de la superación de la Emergencia Sanitaria declarada con la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social, de catorce (14) de los registros que hubieran vencido durante la vigencia de tal declaratoria de Emergencia Sanitaria, de forma tal que dentro de dicho mes, los titulares de los registros deben realizar el trámite ordinario para su renovación, y, b).-Otorgar también el plazo del mes de superada la Emergencia Sanitaria declarada con la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social, para que trece (13) de los casos en dicho acto administrativo mencionados, los operadores acrediten, so pena de cancelación de los registros, la renovación de los documentos cuyo término de vigencia fenece en vigor de la Emergencia Sanitaria, demostrando que han radicado con oportunidad ante el IDIGER y la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá, las solicitudes de renovación, como lo dispone el artículo 5 de la Resolución No. 958 de 2010 del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

 

Que teniendo en cuenta que el Ministerio de Salud y Protección Social con la resolución 844 del 26 de mayo de 2020 amplió hasta el 31 de agosto de 2020 la emergencia sanitaria, esta Dirección para la Gestión Policiva, expidió la Resolución 83 del 29 de mayo de 2020 con la cual se dispuso la prórroga automática de hasta un (1) mes más contado a partir de la superación de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de: 1.- los registros previos relacionados en la Resolución 64 del 3 de abril de 2020 y 2.- de los cincuenta (50) casos en dicho acto administrativo mencionados, correspondientes a los registros previos que vencían desde junio hasta el 31 de agosto de 2020.

 

Que luego, ante la prórroga prevista hasta el 30 de noviembre de 2020 de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución No. 1462 del 25 de agosto de 2020, lo consagrado en el artículo 8 del Decreto 491 de 2020 resultaba aplicable para todos los eventos de los registros previos expedidos por esta Dirección para la Gestión Policiva que pudieran vencer durante la vigencia de dicha Emergencia Sanitaria, con ocasión de las medidas adoptadas para conjurarla y por lo tanto, esta Dirección para la Gestión Policiva emitió la Resolución 111 del 4 de septiembre de 2020 con la cual se dispuso la prórroga automática de hasta un (1) mes más contado a partir de la superación de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de: 1.- los registros previos relacionados en la Resolución 64 del 3 de abril de 2020 y 83 del 29 de mayo de 2020 y 2.- de los cincuenta y ocho (58) casos en dicho acto administrativo mencionados, correspondientes a los registros previos que vencían desde septiembre hasta el 30 de noviembre de 2020.

 

Luego, de manera similar a los casos anteriores, ante la prórroga prevista hasta el 28 de febrero de 2021 de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución No. 2230 del 27 de noviembre de 2020, esta Dirección para la Gestión Policiva, expidió la Resolución 143 del 4 de diciembre de 2020, disponiendo el amparo de lo previsto en el artículo 8 del Decreto Nacional 491 de 2020, la prórroga de los registros previos relacionados en las Resoluciones 64 del 3 de abril de 2020, 83 del 29 de mayo de 2020 y 111 del 4 de septiembre de 2020 y también de los 55 casos relacionados en el artículo 2 de dicha Resolución pertinentes a los registros que vencían en diciembre hasta el 28 de febrero de 2021.

 

Nuevamente fue procedente aplicar la prórroga automática ante la ampliación hasta el 31 de mayo de 2021 de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución No. 0222 del 28 de febrero de 2021, para los casos citados en las Resoluciones 64, 83, 111, 143 de 2020 y 014 de 2021, así como para los registros previos cuyo vencimiento se presentara por el paso del tiempo acorde con las fechas de expedición inicial de los mismos, o por no renovación de los documentos que se deben mantener vigentes durante los meses de marzo, abril y hasta el 31 de mayo de 2021, es decir para todos los eventos de vencimiento que en condiciones normales hubiera acaecido desde la primera declaratoria de Emergencia Sanitaria. Por estas razones la Dirección para la Gestión Policiva expidió la Resolución No. 014 del 3 de marzo de 2021, incluyendo como prorrogados los registros de los ochenta y nueve (89) sitios en el acto administrativo relacionados.

 

Que ahora ante la prórroga prevista hasta el 31 de agosto de 2021 de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución No. 0738 del 26 de mayo de 2021, esta Dirección para la Gestión Policiva, aplicando lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Nacional 491 del 28 de marzo de 2020, en relación con los registros que se indicarán en la parte resolutiva de la presente resolución, continuará en consonancia haciendo efectiva las prórrogas automáticas hasta un mes (1) más contado a partir de la superación de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, sin que ello impida que cada operador previamente a superarse la emergencia adelante si es posible, el trámite ordinario de renovación del registro.

 

Que en mérito de lo expuesto esta Dirección,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Disponer que los registros previos relacionados en la Resoluciones 64 del 3 de abril de 2020, 83 del 29 de mayo de 2020, 111 del 4 de septiembre de 2020, 143 del 4 de diciembre de 2020 y 014 del 3 de marzo de 2021 expedidas por esta Dirección para la Gestión Policiva, se prorrogan automáticamente hasta un mes (1) más contado a partir de la superación de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, por lo que en principio, tendrían los operadores hasta el 30 de septiembre de 2021 como plazo para realizar el trámite ordinario para su renovación, conforme lo dispone el artículo 8 del Decreto Nacional 491 del 22 de marzo de 2020.

 

Artículo 2. Prorrogar automáticamente hasta un mes (1) más contado a partir de la superación de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, los siguientes registros que vencerían en junio hasta el 31 de agosto de 2021, es decir en vigencia de la Emergencia Sanitaria, tanto por el cumplimiento de la fecha de registro de cada uno o por no poder contar con la renovación, ante las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional y Administración Distrital para conjurar la emergencia, de los documentos que debían mantenerse vigentes:

 


ITEM

NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO

VIGENCIA REGISTRO

IDIGER

BOMBEROS

EMPRESA A CARGO

NO. RGT

FECHA DE REGISTRO

CORREO ELECTRÓNICO

1

MONKIS PLACE

30/04/2021

31/12/2020

8/03/2021

MONKIS PLACE S.A.S

1

3/05/2001

fourcompanies@gmail.com

2

PLAYLAND SALITRE PLAZA

22/05/2020

11/04/2020

12/07/2020

PROMOTORA DE DIVERSIÓN S.A

7

24/05/2017

dquevedo@playland.com.com 

reyes@playland.com.co

3

CITY PARK

21/07/2020

24/04/2020

24/12/2019

CITY PARK S.A.S  

8

25/07/2017

fourcompanies@gmail.com

4

PLAYLAND TITAN PLAZA

1/08/2020

18/03/2020

19/06/2019

PROMOTORA DE DIVERSIÓN S.A

9

10/08/2017

dquevedo@playland.com.

comreyes@playland.com.co

5

PLAYLAND PLAZA IMPERIAL

1/08/2020

12/04/2020

19/06/2019

PROMOTORA DE DIVERSIÓN S.A

10

10/08/2017

dquevedo@playland.com.com 

reyes@playland.com.co

6

MUNDO AVENTURA

24/02/2022

15/01/2022

RADICADO NO. 2020- 13901 DEL 31/12/2020

CORPARQUES MUNDO AVENTURA

11

23/09/2017

jvargas@corparques.co

7

COMPENSAR SEDE CEF

25/09/2020

21/12/2019

29/08/2019

COMPENSAR SEDE CEF

12

29/09/2017

www.compensar.com

vigaleanom@compensar.com

8

GAME BOX

25/09/2020

27/10/2019

22/02/2019

RECREATEC LTDA

13

26/09/2019

fourcompanies@gmail.com

9

COMPENSAR

1/12/2020

2/01/2020

16/11/2019

CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMPENSAR

14

5/12/2017

www.compensar.com

vigaleanom@compensar.com

10

COMPENSAR

1/12/2020

23/01/2020

23/10/2019

CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMPENSAR

15

5/12/2017

www.compensar.com, 

vigaleanom@compensar.com

11

SALITRE MÁGICO

1/12/2020

14/01/2020

26/11/2019

CONCESIÓN PARQUE SALITRE MÁGICO S.A. S

16

5/12/2017

murrego@salitremagico.com.co ;

contacto@salitremagico.com.co

12

MCDONALDS POLO

4/02/2021

15/07/2020

10/03/2020

ARCOS DORADOS COLOMBIA S.A.S

17

8/02/2017

lina.ortiz@co.mcd.com

13

MULTIPARQUE

5/02/2021

10/12/2020

2/08/2020

MULTIPARQUE CREATIVO S.A.

18

7/12/2017

gerencia.comercial@multiparque.com

14

MCDONALDS FLORESTA

4/02/2021

15/07/2020

1/03/2020

ARCOS DORADOS COLOMBIA S.A.S

19

8/02/2017

lina.ortiz@co.mcd.com

15

CENTRO DE ENTRETENIMIENTO FAMILIAR REPLAY BOWLING CALIMA

11/03/2021

10/05/2020

29/12/2020

EUROPARK S.A.S.

26

13/03/2017

replay.luzm@hotmail.com

16

CENTRO DE ENTRETENIMIENTO FAMILIAR REPLAY BOWLING GRAN ESTACIÓN

11/03/2021

14/05/2020

2/01/2021

EUROPARK S.A.S.

27

13/03/2017

replay.luzm@hotmail.com

17

CENTRO DE ENTRETENIMIENTO FAMILIAR JUNGLA PARK

12/03/2021

12/12/2020

21/11/2020

PROYECTOS RECREATIVOS S.A.

29

13/03/2018

lajunglapark@yahoo.com

18

MCDONALDS PRIMERA DE MAYO

12/03/2021

4/07/2019

30/01/2021

ARCOS DORADOS COLOMBIA S.A.S

30

13/03/2018

lina.ortiz@co.mcd.com

19

MCDONALDS NQS

12/03/2021

4/07/2019

25/06/2020

ARCOS DORADOS COLOMBIA S.A.S

31

13/03/2018

lina.ortiz@co.mcd.com

20

TOYS PARK CENTRO SUBA

25/06/2020

6/05/2020

27/03/2020

METALDIXI LTDA

37

31/03/2017

lina.ortiz@co.mcd.com

21

MC DONALDS CALLE 125

8/04/2020

15/07/2020

17/05/2019

ARCOS DORADOS COLOMBIA S.A.S

42

11/04/2017

lina.ortiz@co.mcd.com

22

MC DONALDS CIUDAD SALITRE

8/04/2020

13/03/2020

8/05/2019

ARCOS DORADOS COLOMBIA S.A.S

43

11/04/2017

lina.ortiz@co.mcd.com

23

MC DONALDS CALLE 138

14/05/2020

15/07/2020

3/02/2020

ARCOS DORADOS COLOMBIA S.A.S.

45

17/05/2017

lina.ortiz@co.mcd.com

24

MC DONALDS HAYUELOS

14/05/2020

31/07/2019

15/05/2019

ARCOS DORADOS COLOMBIA S.A.S.

46

17/05/2017

lina.ortiz@co.mcd.com

25

HAPPY PARK TINTAL PLAZA

29/05/2020

22/07/2020

20/12/2019

HAPPY PARK LTDA

51

1/06/2017

operaciones@donals.com.co

26

CARRUSEL PLAZA DE LAS AMERICAS

26/06/2020

14/05/2020

6/12/2019

CARRUSELES S.A

52

29/07/2017

operaciones@carruseles.com.co

 

27

GALAXY PARK PORTAL 80

26/06/2020

16/07/2020

27/08/2019

CARRUSELES S.A

53

29/06/2017

operaciones@carruseles.com.co

28

COMPENSAR SEDE CUR

27/06/2020

22/06/2019

21/12/2019

COMPENSAR

54

29/06/2017

www.compensar.com

vigaleanom@compensar.com

29

STAR PARK HAYUELOS

27/08/2020

27/11/2020

22/12/2019

Inversiones Montero y CIA s. en C.

58

30/08/2017

administrativo1@starpark.com.co

30

STAR PARK BULEVAR NIZA

11/11/2020

6/10/2020

22/12/2019

Inversiones Montero y CIA s. en C.

60

14/11/2017

administrativo1@starpark.com.co

31

STAR PARK DIVERPLAZA

11/11/2020

8/10/2019

10/03/2020

Inversiones Montero y CIA s. en C.

61

14/11/2017

administrativo1@starpark.com.co

32

STAR PARK ALTAVISTA

11/11/2020

4/10/2019

20/03/2020

Inversiones Montero y CIA s. en C.

62

14/11/2017

administrativo1@starpark.com.co

33

CARROS ELÉCTRICOS CC CALIMA

20/11/2020

29/10/2020

25/08/2020

INVOKA BUSINESS & COMUNICATIONS SAS

65

23/11/2017

gerenciainvoka@gmail.com

34

CARRUSEL TUNAL

20/01/2021

22/01/2021

8/09/2020

CARRUSELES S.A

66

23/01/2018

operaciones@carruseles.com.co

35

LA PISTA INDOOR KART

8/04/2021

23/01/2021

28/01/2021

INDOOR KARTING LA PISTA S.A

73

13/04/2018

lapista@lapista.com.co  

36

LA JUNGLA PARK BOLERA

11/04/2021

14/01/2021

20/08/2020

PROYECTOS RECREATIVOS S.A.

74

13/04/2018

lajunglapark@yahoo.com

37

MCDONALD´S COLINA CAMPESTRE

23/04/2021

31/07/2019

16/02/2021

ARCOS DORADOS COLOMBIA S.A.S

75

24/04/2018

lina.ortiz@co.mcd.com

38

MCDONALD´S SUBA

23/04/2021

27/08/2020

24/03/2021

ARCOS DORADOS COLOMBIA S.A.S

76

20/04/2018

lina.ortiz@co.mcd.com

39

CITY PARK PLAZA CENTRAL

1/05/2020

22/01/2020

10/02/2020

CITY PARK S.A.S

77

3/05/2018

fourcompanies@gmail.com

40

MCDONALDS ANDINO

8/05/2020

2/08/2019

27/02/2020

ARCOS DORADOS COLOMBIA S.A.S

78

10/05/2018

lina.ortiz@co.mcd.com

41

YUPI JUMP

05/01/2022

07/12/2021

9/04/2020

PARQUE DE TRAMPOLINES Y PLAGROUND YUPI JUMP

79

30/05/2018

gerencia@yupijump.com.co

42

MCDONALDS CENTRO MAYOR

12/06/2020

31/07/2019

25/10/2019

ARCOS DORADOS COLOMBIA S.A.S

80

14/06/2018

lina.ortiz@co.mcd.com

43

MCDONALDS GALERIAS

12/06/2020

31/07/2019

3/02/2020

ARCOS DORADOS COLOMBIA S.A.S

81

14/06/2018

lina.ortiz@co.mcd.com

44

SUMMIT TRAMPOLINE PARK

28/07/2020

15/07/2020

24/06/2020

SUMMIT BOGOTÁ1 S.A.S

82

30/07/2018

natalia@summitbogota.com

45

MCDONALD´S KENNEDY

16/09/2020

13/03/2020

29/02/2020

ARCOS DORADOS COLOMBIA S.A.S

85

18/09/2018

lina.ortiz@co.mcd.com

46

MCDONALD´S DIVERPLAZA

16/09/2020

22/08/2020

18/03/2020

ARCOS DORADOS COLOMBIA S.A. S

86

18/09/2018

lina.ortiz@co.mcd.com

47

MCDONALD´S CC SANTA FE

16/09/2020

13/03/2020

 11/03/2020

ARCOS DORADOS COLOMBIA S.A.S

87

18/09/2018

lina.ortiz@co.mcd.com

48

MCDONALD´S BULEVAR

16/09/2020

22/08/2020

8/03/2020

ARCOS DORADOS COLOMBIA S.A.S

88

18/09/2018

lina.ortiz@co.mcd.com

49

HAPPY CITY LA COLINA

17/09/2020

25/08/2019

14/08/2019

DIVERTRÓNICA MEDELLÍN S.A.S

89

19/09/2018

info@happycity.com.co

50

HAPPY CITY GRAN PLAZA BOSA

18/09/2020

23/08/2019

9/05/2019

DIVERTRÓNICA MEDELLÍN S.A.S

90

20/09/2018

info@happycity.com.co

51

PARK PLAY CENTRO COMERCIAL TREBOLIS EL PORVENIR

30/09/2020

22/08/2019

10/06/2019

PARK PLAY LTDA

91

2/10/2018

javier_ng@hotmail.com

52

MONKIS PLACE USAQUÉN

6/11/2020

16/10/2020

13/06/2020

MONKIS PLACE SAS

93

7/11/2018

fourcompanies@gmail.com

53

CHUCK E CHEESE´S PLAZA CENTRAL

5/12/2020

2/12/2020

21/08/2020

INVERSIONES TORONTO S.A.S

94

7/12/2018

fourcompanies@gmail.com

54

PRESTO COLINA

13/03/2021

29/08/2020

22/07/2020

FRANQUICIAS Y CONCESIONES S.A. S

99

14/03/2019

macero@mesofoods.com y 

cbenavides@mesofoods.com

55

PRESTO CALLE 100

13/03/2021

4/12/2020

2/11/2020

FRANQUICIAS Y CONCESIONES S.A.S

100

14/03/2019

macero@mesofoods.com  y 

cbenavides@mesofoods.com   

56

CENTRO INTERACTIVO LEGO EDUCATION CLUB CAMPESTRE CAFAM

2/05/2020

16/04/2020

20/03/2020

CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR CAFAM

102

3/05/2019

jearango@cafam.com.co

57

HAPPY CITY GRAN PLAZA EL ENSUEÑO

21/05/2020

22/04/2020

8/04/2020

DIVERTRÓNICA MEDELLÍN S.A.S

103

22/05/2019

info@happycity.com.co

58

ÁFRICA

26/05/2021

15/01/2021

28/07/2020

CITY PARK S.A.S

105

27/05/2019

fourcompanies@gmail.com

59

CENTRAL DE ALEGRIAS BOSA PORVENIR

15/07/2020

2/05/2020

3/06/2020

CENTRAL DE ALEGRÍAS S.A.S.

110

16/07/2019

mduque@fotojapon.com

60

FAMILY PARK AUTOPISTA SUR

21/07/2020

16/07/2020

5/02/2020

RECREO PARK S.A.S

113

22/07/2019

mduque@fotojapon.com

61

PARQUE TEMÁTICO ATAHUALPA

21/08/2020

12/09/2020

7/09/2019

PARQUE TEMÁTICO ATAHUALPA

116

22/08/2019

mundolazoextremo@hotmail.com

62

GAME PARK

1/09/2020

16/08/2020

28/09/2021

DIVERSIONES DE COLOMBIA SAS

117

2/09/2019

asistente@diversionescolombia.com

63

HAPPY PLAY CENTRO COMERCIAL CALIMA

9/09/2020

6/09/2020

26/05/2020

HPLACE S.A.S

118

10/09/2019

administracion@diverkali.com

64

PLAY TIME

29/09/2020

12/07/2020

15/06/2020

MULTIJUEGOS SAS

121

30/09/2019

fourcompanies@gmail.com

65

CHUCK E. CHEESE´S

3/10/2020

9/08/2020

2/04/2020

INVERSIONES TORONTO S.A.S

122

4/10/2019

fourcompanies@gmail.com

66

HAPPYLAND COLOMBIA S.A.S.

22/10/2020

8/10/2020

25/06/2020

HAPPYLAND COLOMBIA S.A.S.,

123

23/10/2019

bogota@happyland.com.co

67

CITY PARK METRÓPOLIS

4/11/2020

3/12/2020

12/09/2020

CITY PARK S.A. S

125

5/11/2019

fourcompanies@gmail.com

68

PANDA PARK HAYUELOS

25/11/2020

10/09/2020

29/06/2020

DIVER TOYS COLOMBIA  

128

26/11/2019

sistemacolplay@hotmail.com

69

JUMP IT TRAMPOLINE PARK

28/11/2020

28/11/2020

15/11/2020

TRAMPOLINES RECREACION S.A.S

129

29/11/2019

gerencia@trampolinescolombia.com.co

info@trampolinecolombia.com.co

70

PLAYGROUND DELMOSPIZZA TINTAL PLAZA

3/12/2020

31/10/2020

16/05/2020

DELMOSPIZZA S.A.S

130

4/12/2019

delmobeltran@hotmail.com

 

71

PLAYGROUND DELMOSPIZZA CALIMA

8/12/2020

31/10/2020

14/03/2020

DELMOSPIZZA S.A.S

131

9/12/2019

delmobeltran@hotmail.com

 

72

MAGIC PARK

09/03/2022

04/02/2022

23/10/2021

INVERSIONES PARQUES Y DIVERSIONES S.A.S, siglas INVERSIONES P&D S.A.S

133

12/12/2019

jhuertas@diversicol.com

73

ARKADIA FAMILY CENTER BOGOTÁ

22/01/2021

17/01/2021

19/01/2021

ARKADIA FAMILY CENTER S.A. S

135

23/01/2020

gerencia@arkadia.com.co

74

SKY ZONE PLAZA CLARO

22/01/2021

22/01/2021

25/07/2020

SKYZONE PLAZA CLARO S.A.S

136

23/01/2020

gerencia@skyzone.com.co

75

TREN INFANTIL MOVIL 1 Y 2

10/02/2021

10/01/2021

26/11/2020

PLAY PARK S.A.S

137

11/02/2020

replay.luzm@hotmail.com

playpark@hotmail.com

 

76

PLAYGROUND CALI MIO LA CASTELLANA

13/02/2021

15/01/2021

25/04/2020

GRUPO CBC S.A.S

138

14/02/2020

carlosgarcia@cbc.com.co

77

PLAYGROUND CALI MIO CONTADOR

13/02/2021

15/01/2021

28/03/2020

GRUPO CBC S.A.S

139

14/02/2020

carlosgarcia@cbc.com.co

 

78

PLAYGROUND CALI VEA LAS MARGARITAS

13/02/2021

15/01/2021

10/04/2020

GRUPO CBC S.A.S

140

14/02/2020

carlosgarcia@cbc.com.co

79

PLAYGROUND CALI VEA CASTILLA

16/02/2021

15/01/2021

4/04/2020

GRUPO CBC S.A.S

141

17/02/2020

carlosgarcia@cbc.com.co

80

PLAYGROUND BRASA ROJA CASABLANCA

16/02/2021

15/01/2021

2/04/2020

GRUPO CBC S.A.S

142

17/02/2020

carlosgarcia@cbc.com.co

81

PLAYGROUND LA BRASA ROJA FONTIBÓN

16/02/2021

15/01/2021

26/03/2020

GRUPO CBC S.A. S

143

17/02/2020

carlosgarcia@cbc.com.co

82

PLAYGROUND CALI MIO NORMANDIA

17/02/2021

15/01/2021

31/03/2020

GRUPO CBC S.A.S

144

18/02/2020

carlosgarcia@cbc.com.co

83

PLAYGROUND CALI VEA COLINA CAMPESTRE

17/02/2021

15/01/2021

29/05/2020

GRUPO CBC S.A.S

145

18/02/2020

carlosgarcia@cbc.com.co

84

PLAYGROUND LA BRASA ROJA ILARCO

17/02/2021

15/01/2021

31/03/2020

GRUPO CBC S.A.S

146

18/02/2020

carlosgarcia@cbc.com.co

85

XTREME KARS COLOMBIA

2/03/2021

27/02/2021

24/07/2020

XTREME KARTS COLOMBIA S.A.S

147

3/03/2020

admonbgta@xtremekarts.co

86

JUMPERS

17/03/2021

20/12/2020

12/12/2020

JUMPERS

148

17/03/2020

vallejo1202@hotmail.com  

sergiolondo@gmail.com   

87

ATRACCIONES MECÁNICAS ÁLVARO LÓPEZ CORTÉS

19/05/2021

10/02/2021

23/10/2020

LOPEZ CORTES ALVARO

149

20/05/2020

alvarolopezcortes@outlook.es ; 

jhonflopez@hotmail.com


Artículo 3. Las prórrogas automáticas de los registros, se realizan sin perjuicio que los responsables de cada parque de diversión, atracción o centro de entretenimiento puedan ir adelantando con antelación a la del 31 de agosto de 2021 los trámites necesarios para las renovaciones de los documentos. Parágrafo. Los responsables de cada parque de diversión, atracción o centro de entretenimiento a los que se les confiere la prórroga, deben dar cumplimiento a las medidas decretadas por el Gobierno Nacional y la Administración Distrital, durante todo el tiempo que sea acorde con la Emergencia Sanitaria causada por la situación epidemiológica generada por el Coronavirus (COVID-19), entre ellas lo pertinente con la prohibición para la realización actividades que impliquen aglomeraciones de personas, de acuerdo con lo previsto por el Ministerio de Salud y Protección social, en congruencia con los protocolos y lineamientos expedidos por ese Ministerio, en especial lo determinado en la Resolución No. 1421 del 21 de agosto de 2020 “Por la cual se adopta el Protocolo de Bioseguridad para el manejo y control del riesgo del coronavirus COVID-19 en las actividades de los parques de diversión, jardines botánicos y reservas naturales” y en lo que resulte aplicable la Resolución 777 del 2 de junio de 2021 “Por medio de la cual se definen los criterios y condiciones para el desarrollo de las actividades económicas, sociales y del Estado en el marco de la emergencia sanitaria y se adopta el protocolo de bioseguridad para la ejecución de las mismas”.

 

Artículo 4. COMUNICAR las prórrogas automáticas de los registros a las Alcaldías Locales respectivas, para que efectúen las acciones de Vigilancia y Control de que trata el Decreto Distrital 037 de 2005 y las Resoluciones 0958 de 2010 y 543 de 2017 expedidas por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Artículo 5. Dados los efectos del presente acto administrativo, PUBLÍQUESE en el Registro Distrital y NOTIFÍQUESE en las condiciones del artículo 4 del Decreto Nacional 491 de 2021, a los Representantes Legales o personas autorizadas de las sociedades comerciales correspondientes a lo establecido en los artículos 1 y 2, a los correos electrónicos reportados en cada caso, haciéndoles saber en el acto de notificación que contra la misma procede el recurso de reposición y en subsidio de apelación, de conformidad con los artículos 76 y 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C; a los 15 días del mes de junio del año 2021.

 

ANDRÉS MÁRQUEZ PENAGOS

 

Director para la Gestión Policiva