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Resolución 1552 de 2021 Ministerio de Salud y Protección Social

Fecha de Expedición:
06/10/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/10/2021
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 1552 DE 2021

 

(Octubre 06)

 

Por la cual se realiza una segunda distribución y asignación de las vacunas contra la COVID -19 entregadas al Estado colombiano los días 20 de septiembre y 01 de octubre de 2021, de la vacuna mRNA-1273 del laboratorio Moderna Switzerland GMBH

 

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

 

En ejercicio de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el numeral 3 artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y el parágrafo 8 del artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 466, 630 y 744 de 2021 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 49 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 2 de 2009 establece que, "la atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad".

 

Que el artículo 2 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones" establece que el derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo, de tal manera que son titulares del derecho a la salud no sólo los individuos, sino también los sujetos colectivos, anudándose al concepto de salud pública.

 

Que en el artículo 6 de la mencionada Ley Estatutaria 1751 de 2015, se define el elemento de accesibilidad, conforme al cual los servicios y tecnologías de.salud deben ser accesibles a todos, en condiciones de igualdad.

 

Que el Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404, 466, 630 y 744 todos de 2021, adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID - 19, en el que se establecieron las fases y las etapas para la aplicación de la mencionada vacuna, así como la población que se prioriza en cada una de ellas. 


Que mediante las Resoluciones 1109, 1182, 1203 y 1244 todas de 2021, les fueron asignados a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, 3.650.000 dosis de la vacuna mRNA - 1273 del laboratorio Moderna Switzerland GMBH, para inmunizar a las personas priorizadas en las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación, así:

 

 

 

 

Que mediante la Resolución 1456 de 2021, les fueron asignadas a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, 332.640 dosis de la vacuna mRNA-1273 del laboratorio Moderna Switzerland GMBH, para ser aplicadas como segunda dosis a las personas de mayor riesgo que recibieron la primera, producto de la distribución realizada mediante Resoluciones 1109, 1182, 1203 y 1244 todas de 2021, así:

 

 

Que mediante la Resolución 1539 de 2021, les fueron asignadas a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, 852.460 dosis de la vacuna mRNA-1273 del laboratorio Moderna Switzerland GMBH, para ser aplicadas como segunda dosis a las personas de mayor riesgo que recibieron la primera, producto de la distribución realizada mediante Resoluciones 1109, 1182, 1203 y 1244 todas de 2021, así:

 

 

Que, de conformidad con las actas de entrega y recepción técnica de biológicos del 20 de septiembre y 01 de octubre de 2021, suscritas por funcionarios de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y del Ministerio de Salud y Protección Social, se recibieron un total de 2.104.620 dosis de la vacuna mRNA - 1273 contra la COVID-19, del laboratorio Moderna Switzerland GMBH identificadas con los números de lote 7007621068. 939918 y 939919, de las cuales quedo un saldo de 919.520 pendiente por asignar, que serán distribuidas a través de este acto administrativo.

 

Que mediante Resolución 2021041443 de 21 de septiembre de 2021, por la cual se modifica la Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia - ASUE a la vacuna Moderna mRNA-1273, se establece que esta debe ser administrada en adultos y niños de 12 años o más. Así mismo, puede almacenarse refrigerada, sin abrir, entre 2 °C y 8 °C, protegida de la luz, durante un máximo de 30 días, razón por la cual, con el fin de propender por la conservación adecuada del biológico, es necesario realizar la asignación a aquellos territorios que han tenido un alto rendimiento en la aplicación del biológico.

 

Que de acuerdo con la Resolución 1151, modificada por la Resolución 1426, ambas de 2021, la población de 18 a 49 años sin comorbilidades se aplicará la segunda dosisde la vacuna del laboratorio Moderna Switzerland GMBH a los 84 días y aquellas personas entre 18 a 49 años con comorbilidades la segunda dosis de la vacuna se aplicará con un intervalo de 28 días; sin embargo, aquellas personas que por alguna circunstancia requiera la aplicación de su segunda dosis entre el periodo de 28 a 84 días podrán realizarlo, según disponibilidad del biológico en el territorio, no obstante, el Ministerio de Salud y Protección Social, basado en la evidencia científica, recomienda la aplicación a los 84 días.

 

Que, de acuerdo con la precitada resolución, las personas mayores de 70 años a partir de los 6 meses de haber completado el esquema primario pueden acceder a una dosis de refuerzo con el biológico contra la COVID-19, de la vacuna mRNA-1273 del laboratorio Moderna Switzerland GMBH.

 

Que en el parágrafo 1 del artículo 4 de la Resolución 790 de 2021, mediante la cual se adoptaron nuevos criterios y reglas para la distribución, asignación y entrega de las vacunas contra la COVID - 19, establece que "las reglas de distribución no se aplicarán cuando se trate de segundas dosis".

 

Que la velocidad y avance del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19 presenta un comportamiento heterogéneo en cada territorio, debido a las distintas estrategias implementadas en la microplaneación y a la adherencia que ha tenido la vacunación en la población, por tanto, es necesario que sea la entidad territorial la que de acuerdo con su planeación defina el uso eficiente del biológico que aquí se asigna.

 

Que se han presentado casos en los que diferentes personas han recibido la primera dosis de la vacuna disponible en un prestador de servicios de salud habilitado en determinado territorio y al momento de cumplirse el tiempo establecido en el lineamiento del Ministerio de Salud y Protección Social para recibir la segunda dosis se encuentran en otro territorio por diferentes razones, así como casos de personas que han recibido la primera dosis de determinada vacuna en el extranjero y han retornado al país, territorio en donde se cumple el tiempo para recibir la segunda dosis de esa misma vacuna, razón por la cual, se autorizará de manera expresa a los prestadores de servicios de salud y demás agentes habilitados para aplicar la vacuna contra el COVID - 19 a aplicar la dosis faltante.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Asignación de vacunas para garantizar la segunda dosis producto de la distribución realizada mediante Resoluciones 1109, 1182, 1203 y 1244 de 2021. Asignar 919.520 dosis de la vacuna mRNA-1273 contra la COVID-19, del laboratorio Moderna Switzerland GMBH a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, las cuales deben ser aplicadas como segunda dosis a las personas que recibieron la primera, producto de la distribución realizada mediante Resoluciones 1109,1182, 1203 y 1244 todas de 2021, así:

 

 

Para la aplicación de las dosis asignadas mediante la presente resolución, las entidades territoriales deberán:

 

1.1. Garantizar la aplicación de segundas dosis pendientes en su jurisdicción, asignadas mediante resoluciones anteriores.

 

1.2. Aplicación de dosis de refuerzo de las personas mayores de 70 años, a partir de los 6 meses de haber completado el esquema primario, de acuerdo con la actualización de los lineamientos técnico-operativos, establecidos en el literal C del numeral 8.7 de la Resolución 1151, modificada por la Resolución 1426 ambas de 2021.

 

1.3. Suministrar a la población menor de 12 a 17 años dosis del biológico, cuando la entidad territorial, a partir de su micro planeación, lo considere necesario.

 

1.4. Completar, en el marco del análisis realizado desde la Mesa de Coordinación Territorial contra la COVID-19, los esquemas de vacunación pendientes de su territorio, iniciados con asignaciones de resoluciones anteriores y de personas cuya primera dosis fue aplicada en otro territorio dentro del país o en el extranjero, siempre y cuando la persona esté incluida en las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación y la vacuna que requiere se encuentre disponible. La aplicación de segundas dosis deberá realizarse con la misma vacuna que recibió la primera y conforme con el periodo interdosis establecido en la Resolución 1151 de 2021.

 

1.5. Adelantar estrategias de demanda inducida para la población de riesgo.

 

1.6. Garantizar la distribución equitativa de los biológicos, según directrices impartidas por este Ministerio.

 

1.7. Personas que durante el intervalo entre la primera y segunda dosis sean diagnosticadas con COVID-19, deberán esperar que transcurra un tiempo mínimo de noventa (90) días contados desde la fecha de inicio de síntomas en personas sintomáticas y por lo menos noventa (90) días contados desde la fecha de toma de muestra para personas asintomáticas para recibir la segunda dosis de este biológico, en los términos de la Resolución 1426 de 2021 emitida por este ministerio.

 

Artículo 2. Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 06 días del mes de octubre del año 2021.

 

FERNANDO RUIZ GOMEZ

 

Ministro de Salud y Protección Social